Artículo 1
Plan decenal de salud pública. Adóptese el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, contenido en el Anexo Técnico que forma parte integral de la presente resolución, el cual será de obligatorio cumplimiento tanto para los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud — SGSSS, como del Sistema de Protección Social, en el ámbito de sus competencias y obligaciones. Parágrafo 1, Los demás actores y sectores que ejerzan acciones y funciones relacionadas con la intervención de los determinantes sociales de la salud, concurrirán al desarrollo y cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas y demás aspectos señalados en el mencionado Plan. Parágrafo 2. El anexo técnico contentivo del Plan Decenal de Salud Pública 2012- 2021, de que trata este artículo, se publicará en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social y en otros dispositivos de acceso electrónico.