Artículo ANEXO (93/245)
Cuando no se alcanza la meta de crecimiento con lactancia materna exclusiva, se procede en el siguiente orden: (1) descartar condiciones patológicas asociadas a ganancia insuficiente de peso — infección, anemia, hipotermia, baja adherencia a la posición canguro—; (2) verificar transferencia adecuada de leche y acceso a leche final; (3) evaluar posición canguro, disponibilidad materna y estado nutricional de la madre; (4) priorizar estrategias de optimización de producción de leche materna antes de suplementar; (5) considerar leche humana hipercalórica o hiperproteica del banco de leche humana cuando exista disponibilidad; (6) en ausencia de estas alternativas, valorar fortificación de leche materna o fórmula especial para pretérmino según protocolo institucional y criterio clínico 7’78. • Bancos de Leche Humana 80: Las instituciones que atienden recién nacidos pretérmino o con bajo peso al nacer que no cuenten con Banco de Leche Humana, deberán articularse con la Red Nacional de Bancos de Leche Humana, para lo cual deben establecer sus Centros de Recolección de Leche Humana y/o Centros de Recepción y Conservación de Leche Humana Donada Pasteurizada, de acuerdo con la normatividad y lineamientos nacionales vigentes, con el fin de garantizar el acceso oportuno a leche humana segura y de calidad para esta población de alto riesgo. Los Bancos de Leche Humana deberán priorizar, según disponibilidad y criterios técnicos institucionales, a recién nacidos pretérmino, con muy bajo peso al nacer, críticamente enfermos o con alto riesgo de complicaciones asociadas a la alimentación. • Extracción y Almacenamiento de Leche Materna 81: las madres deben estimular y mantener la producción de leche desde el postparto mediante extracción manual o mecánica cada 3 a 4 horas.