Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para la atención integral en salud de los recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o bajo peso al nacer, incluyendo las atenciones para el seguimiento ambulatorio en Programas Madre Canguro

Resolución · 1812 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 181–200 de 253

Artículo ANEXO (173/245)

Para ello, se recomienda realizar escenarios de educación para la salud mediante sesiones colectivas en los siguientes momentos: RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 74 KaMwawMHiaKmaisiMMMMwaKmMOMana • Primera sesión a los 3 meses de EC: explicación de la prematuridad y el bajo peso al nacer, funcionamiento del sistema nervioso central, estimulación básica (visual, auditiva, táctil). 9 Sesiones a los 6, 9, 12, 18 y 24 meses de EC: refuerzo de conocimientos y habilidades de estimulación adquiridos por las madres, padres y cuidadores. Los escenarios de educación para la salud deben ser dinamizados por profesionales entrenados en MMC e integrarse con las demás sesiones de fortalecimiento de capacidades de madres, padres y cuidadores para promover el desarrollo integral del niño(a) en el hogar. Asimismo, deberán incluir el reconocimiento de señales de alarma del desarrollo, la importancia de la estimulación en el hogar, la adherencia a las intervenciones de rehabilitación cuando estén indicadas y el fortalecimiento de las capacidades de la familia para favorecer el desarrollo infantil. Podrán apoyarse en materiales educativos impresos o digitales que faciliten el aprendizaje y la continuidad de las actividades de estimulación en el hogar. 3.4.3.S Inmunización del RNPT o con BPN La inmunización de los recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o con bajo peso al nacer constituye una intervención esencial para la reducción de la morbimortalidad asociada a enfermedades prevenibles por vacunas.

Artículo ANEXO (174/245)

Esta población presenta una mayor vulnerabilidad biológica debido a la inmadurez del sistema inmunológico, la menor transferencia transplacentaria de anticuerpos maternos —especialmente en prematuros extremos—, la mayor frecuencia de hospitalizaciones y la coexistencia de comorbilidades respiratorias, neurológicas y nutricionales. Por esta razón, las estrategias de inmunización deben garantizarse de manera oportuna, segura y basada en la mejor evidencia disponible. En términos generales, los recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o con bajo peso al nacer deben recibir las vacunas según el calendario vacunal vigente del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) de acuerdo con su edad cronológica y no con la edad corregida. El antecedente de prematurez o bajo peso al nacer no constituye una contraindicación para la vacunación rutinaria. El retraso injustificado en el inicio del esquema de vacunación aumenta el riesgo de infecciones graves en una población particularmente susceptible. Por esta razón, la vacunación debe iniciarse oportunamente desde el servicio de cuidado básico, intermedio o intensivo neonatal donde el paciente se encuentra hospitalizado, una vez cumpla los criterios establecidos para cada biológico y no existan contraindicaciones específicas, garantizando la continuidad del esquema durante el seguimiento ambulatorio197. La evidencia disponible demuestra que las vacunas utilizadas en prematuros son inmunogénicas y seguras. Sin embargo, algunos estudios han descrito una mayor frecuencia transitoria de episodios de apnea, bradicardia o desaturación posterior a la vacunación, especialmente en recién nacidos extremadamente prematuros hospitalizados o con enfermedad respiratoria severa. Estos eventos suelen ser autolimitados y no representan una contraindicación para continuar el esquema de vacunación.

Artículo ANEXO (175/245)

En recién nacidos aún hospitalizados con antecedentes de apnea significativa, soporte respiratorio o inestabilidad clínica reciente, puede considerarse vigilancia clínica posterior a la vacunación según criterio médico. Consideraciones específicas del esquema de vacunación El esquema de vacunación que se presenta a continuación se basa en los lineamientos vigentes en Colombia a 2026. La columna de comentarios recoge ajustes basados en la evidencia disponible y consideraciones específicas con corte a mayo 2026 para los recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o con bajo peso al nacer. Podrán presentarse cambios de conformidad con las actualizaciones del esquema en el marco de la ley 2406 del 2 de agosto de 2024 por tal razón aplicarán los lineamientos vigentes definidos por el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) al momento de su aplicación. Las indicaciones específicas pueden variar según modificaciones normativas, cambios en el perfil epidemiológico del país o nuevas directrices del Ministerio de Salud y Protección Social198. ont tWSKJ RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 75 Consideraciones específicas del esquema de vacunación Edad Vacuna Dosis Comentarios Debe administrarse de^cuerdo con los lineamientos nacionales vigentes. En Colombia, si el recién nacido BCG Única pesa >1800 g y se encuentra clínicamente estable, puede aplicarse al nacimiento.

Artículo ANEXO (176/245)

En recién nacidos menores de 1800 g, la aplicación puede diferirse según Recién criterio clínico y lineamientos institucionales. _______ Nacido La vacuna contra hepatitis B debe aplicarse en las primeras 12 y 24 horas de vida (Dosis 0). Hepatitis B Cero En recién nacidos hijos de madres HBsAg positivas se debe administrar vacuna e inmunoglobulina específica según recomendaciones nacionales independientemente del peso,_______________ En Colombia, desde septiembre de 2025, el PAI Pentavalente: incorporó la vacuna hexavalente acelular para recién nacidos con peso menor de 1500 g 199,200 Difteria, Tos Se recomienda considerar preferentemente el uso de ferina y Tétanos biológicos con componente pertussis acelular (DPaT), Primera idealmente para las tres dosis del esquema primario, de Haemophilus Influenzae tipo b acuerdo con el criterio médico y la disponibilidad en los (Hib) Programas Madre Canguro, debido a su mejor perfil de Hepatitis B tolera bi I ¡dad y menor riesgo de eventos adversos neurológicos y cardiorrespiratorios, como apnea, bradicard¡a y convulsiones febriles. *8 Se recomienda seguir los lineamientos vigentes del PAI semanas para vacunación contra poliomielitis, basados en el uso Polio Primera de vacuna antipoliomielítica inactivada, en concordancia con las estrategias actuales de seguridad y erradicación de la poliomielitis. __________ _ Rotavirus Primera Protege contra diarrea producida por rotavirus Neumococo Primera Protege contra neumonías, otitis, meningitis, bacteriemias Pentavalente: Difteria, Tos ferina y Tétanos Segunda Ver comentarios en el apartado de las 8 semanas. Haemophilus Influenzaetipo b *16 (Hib) semanas(4 Hepatitis B meses) Polio Segunda Ver comentarios en el apartado de las 8 semanas.

Artículo ANEXO (177/245)

Rotavirus Segunda Protege contra diarrea producida por rotavirus Neumococo Segunda Protege contra neumonías, otitis, meningitis y bacteriemias. Pentavalente: *A los 6 Difteria, Tos meses ( ferina y Tétanos Tercera Ver comentarios en el apartado de las 8 semanas. 24) Haemophilus semanas lnfluenzaei\po b (Hib) Polio Tercera Ver comentarios en el apartado de las 8 semanas. Influenza estacional cepa Se suministra la primera dosis de vacuna estacional A los 6 sur disponible a desde ios 6 meses de edad cronológica, para proteger meses Primera partir de abril o contra enfermedades producidas por el virus de la mayo de cada influenza. vigencia I RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 76 Continuación de la Resojución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para la atención integral en salud de los recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o bajo peso al nacer, incluyendo las atenciones para el Influenza estacional cepa Completar el esquema de la segunda dosis de vacuna. A los 7 sur disponible a Se requieren dos dosis en el primer año de vida para meses partir de abril o Segunda garantizar la primovacunación. mayo de cada Al completar la primovacunación se debe aplicar una vigencia dosis cada año con la nueva cepa. Aplicar según el esquema vigente del PAI en todo el A los 9 territorio nacional. No diferir por el antecedente de meses Fiebre amarilla Única prematurez en neonatos clínicamente estables a esta edad.

Artículo ANEXO (178/245)

Sarampión, Rubeola, Primera Protege contra Sarampión, Rubeola, Paperas Paperas Varicela Única Protege contra varicela A los 12 meses Neumococo Protege contra neumonías, otitis, meningitis y Refuerzo bacteriemias.__ Hepatitis A Única Protege contra hepatitis A Primer Polio Protege contra poliomelitis refuerzo Pentavalente: Difteria, Tos Difteria, Tos ferina, Tétanos. ferina y Tétanos Primer Meningitis y otras enfermedades causadas por A los 18 Haemophilus refuerzo hemophilus infuenzae tipo b. meses Influenzaetipo b Hepatitis B (Hib) Polio Sarampión, Rubeola, Segunda Protege contra Sarampión, Rubeola, Paperas Paperas *Nota técnica: De conformidad con las recomendaciones del Comité Nacional de Prácticas de Inmunización (CNPI) y los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social, los cuales se mantendrán vigentes conforme a la evolución del comportamiento epidemiológico de brote de Tos ferina, se podrá realizar acortamiento del esquema primario de vacunación de Colombia en el marco del brote actual por Tosferina. Conforme con lo anterior se emiten las siguientes indicaciones para las vacunas pentavalente y hexavalente en población menor de 1 año y demás vacunas que se aplican de manera simultánea en estas edades así: Iniciar y continuar esquemas de vacunación conforme al siguiente cuadro: Dosis Esquema actual Esquema acortado Primera 2 meses 1,5 meses Segunda 4 meses 3 meses Tercera 6 meses 4,5 meses Se deben registrar todas las vacunas aplicadas en el carné de vacunación, la historia clínica y en el sistema de Información Nominal PAIWEB.

Artículo ANEXO (179/245)

Uso preferente de la vacuna hexavalente acelular201-204 En recién nacidos prematuros o con bajo peso al nacer se recomienda el uso de vacunas combinadas hexavalentes con componente pertussis acelular (DPaT-VPI-Hib-HB), RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 77 particularmente para las tres dosis del esquema primario según lineamiento vigente, debido a su mejor perfil de tolerabilidad y reactogenicidad en comparación con vacunas que contienen componente pertussis celular. Esta recomendación se fundamenta en: • Lá mayor vulnerabilidad neurológica y respiratoria de los recién nacidos prematuros. • La jedücción^ de eventos adversos como fiebre elevada, irritabilidad y episodios cardiorrespiratorios. Adecuada inmunogenicidad, alcanzando niveles protectores de anticuerpos tras completar el esquema primario. Perfil de seguridad consistente con el observado en la población general, sin incremento de eventos adversos graves relacionados con la vacunación. Las recomendaciones de diferentes sociedades científicas de neonatologia y pediatría. La disponibilidad actual de esquemas hexavalentes acelulares utilizados en múltiples países para poblaciones de alto riesgo. Adicionalmente, el uso de vacunas hexavalentes favorece la reducción del número de inyecciones, reduciendo el dolor y el estrés del neonato, mejora la adherencia al esquema y facilita la oportunidad vacunal en una población con alta utilización de servicios de salud.

Artículo ANEXO (180/245)

Se recomienda considerar preferentemente el uso de biológicos con componente pertussis acelular (DPaT) en todos los recién nacidos, niños y niñas con antecedentes de prematurez y de bajo peso al nacer, idealmente para las tres dosis del esquema primario, de acuerdo con el criterio médico y la disponibilidad en los Programas Madre Canguro, debido a su mejor perfil de tolerabilidad y menor riesgo de eventos adversos neurológicos y cardiorrespiratorlos, dicha indicación deberá individualizarse de acuerdo con el criterio del médico tratante, considerando la recomendación de vacunas por fuera del esquema PAI vigente en el ámbito de su práctica médica, bajo el principio de autonomía profesional y según la evidencia científica disponible. Los aseguradores con su red de prestación de servicios deben garantizar la aplicación oportuna de las vacunas como parte integral de los servicios ofrecidos durante el seguimiento ambulatorio, favoreciendo la reducción de oportunidades perdidas de vacunación y fortaleciendo la vigilancia de posibles eventos adversos, especialmente en prematuros extremos y recién nacidos con comorbilidades. Consideraciones para vacunas no incluidas en el RAI El presente lineamiento se circunscribe exclusivamente a las vacunas incluidas PAI vigente en Colombia, las cuales cuentan con respaldo de política pública, evidencia de costo-efectividad poblacional y recomendación formal de las instancias de salud pública competentes. Las vacunas no contempladas en el PAI —entre ellas, la vacuna contra meningococo— no cuentan actualmente con recomendación como política pública en Colombia, en parte debido a que los análisis de costo-efectividad disponibles no han sustentado su incorporación al esquema nacional. En consecuencia, este lineamiento no emite recomendación sobre su uso205 206. Nota técnica: En situaciones de brote podrá recomendarse la vacunación contra meningococo según el serogrupo involucrado.

Artículo ANEXO (181/245)

En particular, para brotes por meningococo de los serogrupos A, C, Y o W se aplicarán las vacunas correspondientes, y en caso de brotes por meningococo del serogrupo B se recomienda considerar la vacunación con vacuna frente a meningococo B, de conformidad con las recomendaciones de las autoridades sanitarias competentes. No obstante, el médico tratante podrá, previo análisis individualizado del caso clínico, considerar la recomendación de vacunas por fuera del esquema PAI vigente en el ámbito de su práctica médica, bajo el principio de autonomía profesional y según la evidencia científica disponible, así como las condiciones particulares del paciente así lo justifiquen. Dicha decisión deberá quedar documentada en la historia clínica, con el soporte técnico-científico correspondiente. RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 78 Prevención de la infección grave por Virus Sincitial Respiratorio (VSR)207-215 Las recomendaciones contenidas en este apartado podrán actualizarse de acuerdo con la normatividad vigente, cambios en el perfil epidemiológico del país o nuevas directrices emitidas por las autoridades competentes. Estrategia Población objetivo Consideraciones para Colombia Gestantes entre la semana 28 y 36 de gestación Genera protección pasiva en el recién nacido por transferencia transplacentaria.

Artículo ANEXO (182/245)

La QMS Vacunación materna La población e indicaciones precalificó la primera vacuna materna contra (RSVpreF . podrá ser sujeta de ajustes de VSR en marzo de 2025. / Abrysvo®) acuerdo con los lineamientos Se inició la vacunación en agosto de 2025 en vigentes establecido por el los departamentos de Chocó y La Guajira, en Ministerio de Salud y noviembre se amplió la vacunación a todo el Protección Social. territorio nacional. Vacunación materna contra VSR + anticuerpo monoclonal en grupos priorizados no cubiertos por vacuna materna Podrán recibir anticuerpo monoclonal contra VSRsegún criterio médico y condiciones descritas a continuación: Estrategia híbrida Mayor eficacia, vida media más larga y mayor VSR - Recién nacidos de madres conveniencia que palivizumab. Administrar no vacunadas, o cuyo preferiblemente antes del egreso hospitalario. Anticuerpo nacimiento se haya dado Una sola dosis protege por una temporada monoclonal de hasta el día 14 después de completa. acción prolongada aplicada la vacuna materna La estrategia híbrida combina la vacunación contra VSR contra VSR. materna contra VSR y el anticuerpo monoclonal (actualmente - Recién nacido que cumplan de larga duración en RN vulnerables y de disponible solo en las condiciones de riesgo acuerdo con los lineamientos y normatividad Bogotá) establecidas en el vigente. lineamiento establecido por el Ministerio de Salud y Bogotá inició aplicación en febrero de 2026. Protección Social. La población e indicaciones podrá ser sujeta de ajustes de acuerdo con los lineamientos vigentes establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social. Se utilizará de acuerdo a la disponibilidad y normatividad vigente. Continúa siendo la Prematuros <32 semanas o alternativa cuando anticuerpo monoclonal de entre 32-35 semanas con acción prolongada contra VSR no está Palivizumab displasia broncopulmonar o disponible.

Artículo ANEXO (183/245)

Requiere 5 dosis mensuales cardiopatia congénita durante la temporada de.VSR. Costo elevado y hemodinámicamente vida media corta limitan su uso universal. significativa Actualmente en transición hacia el anticuerpo monoclonal de acción prolongada contra VSR como primera línea.______________________ RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 de 0 6 AGO 2026 HOJA N° 79 Vacunación materna216-223 La inmunización durante el embarazo y la vacunación de los convivientes (estrategia capullo o de nido) son componentes esenciales del plan de protección del recién nacido prematuro, dado que este no puede completar su propio esquema primario hasta las 18 semanas de' edad cronológica y permanece en alta vulnerabilidad durante ese período. Vacuna / intervención Momento recomendado Justificación A partir de la semana 12 de i Reduce el riesgo de enfermedad ; COVID-19 (mRNA u otras gestación, ‘ 1 ■ Actualización grave materna y, por anticuerpos i plataformas disponibles) : periódica durante el embarazo y I transferidos, ofrece protección ! : para cuidadores. ¡ neonatal indirecta. En cualquier momento del * Los prematuros son especialmente ; i Influenza estacional i embarazo. . vulnerables a la influenza grave. La : Todos los convivientes antes de : vacunación de cuidadores reduce la j la temporada epidémica. | exposición indirecta. I Reduce la transmisión de tos ferina i Tdap (tos ferina, difteria y A partir de la semana 20 de ; a'l -I recién nacido antes de que ; tétanos acelular) gestación. complete su esquema primario. Recomendada en cada embarazo.

Artículo ANEXO (184/245)

Transfiere anticuerpos al feto; : : Vacuna materna VSR ' : Gestantes entre semana de la I desde el nacimient0 i (RSVpreF / Abrysvo®)) : semana 28 y 36 de gestación. ¡ especialmente en zonas sin acceso | al anticuerpo monoclonal de acción ; prolongada contra VSR Nota técnica. De conformidad con las recomendaciones del Comité nacional de prácticas de inmunización y los lineamientos del Ministerio de Salud y protección Social los cuales se mantendrán vigentes conforme a la evolución del comportamiento epidemiológico de brote de Tos ferina se podrá realizar acortamiento del esquema primario de vacunación de Colombia en el marco del brote actual por Tosferina. En los casos en que la madre no haya recibido la vacunación recomendada durante la gestación, se deberá considerar su inmunización en el periodo posparto, idealmente antes del egreso hospitalario. Asimismo, se recomienda ofrecer la vacunación al padre u otros cuidadores principales que no se encuentren vacunados, preferiblemente durante el posparto inmediato y hasta las seis semanas posteriores al nacimiento, con el fin de reducir el riesgo de transmisión de enfermedades inmunoprevenibles al recién nacido durante sus primeras semanas de vida. Vacunación de convivientes y cuidadores (estrategia capullo)224 225 Se recomienda de manera enfática la vacunación de todos los convivientes del hogar y cuidadores habituales del recién nacido prematuro, especialmente durante los primeros 6 meses de vida. Esta estrategia complementa la protección directa del neonato y reduce la transmisión intradomiciliaria de agentes infecciosos prevenibles. Vacunas recomendadas para convivientes y cuidadores: • Tdap: si no recibieron dosis en los últimos 5 años.

Artículo ANEXO (185/245)

Prioritaria para madres en posparto que no se vacunaron en el embarazo, padres, abuelos y cuidadores directos. • Influenza estacional: en toda persona que conviva o cuide al prematuro. • COVID-19: actualización del esquema en cuidadores según las indicaciones nacionales vigentes. I RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 06 AGO 2026 HOJA N° 80 En el seguimiento del RNPT/PRBP se deben incluir la verificación del estado de vacunación de los cuidadores como parte de la evaluación familiar en la Etapa 0 (hospitalaria) y la Etapa 1 (seguimiento ambulatorio intensivo), y registrar las acciones realizadas. *Nota técnica: el esquema de vacunación nacional contra Tos Ferina, cubre población pediátrica hasta los 6 años y gestantes. Las recomendaciones de inmunización incluidas en este lineamiento podrán actualizarse conforme a las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de la Ley 2406 del 2 de agosto de 2024 y demás normatividad vigente. Por lo tanto, la aplicación de las vacunas deberá realizarse de acuerdo con los lineamientos y el esquema de vacunación vigentes definidos por el PAL 3.4.3.4 Micronutrientes para el RNPT o con BPN Vitaminas liposolubles 9 Profilaxis con vitamina k226~228: Todo recién nacido debe contar con verificación documentada de la profilaxis con vitamina K administrada al nacimiento.

Artículo ANEXO (186/245)

La vía intramuscular constituye la estrategia de mayor efectividad para la prevención del sangrado por deficiencia de vitamina K, incluida su forma tardía, por lo que se recomienda su administración ajustada al peso y realizada preferiblemente en las primeras horas de vida. La vitamina K es indispensable para la síntesis hepática de los factores de coagulación (II, Vil, IX y X). Los recién nacidos presentan reservas limitadas debido al bajo paso transplacentario, la inmadurez hepática y el bajo contenido de vitamina K en la leche materna, lo que los hace particularmente susceptibles a desarrollar enfermedad hemorrágica por deficiencia de vitamina K durante las primeras semanas de vida. La enfermedad hemorrágica del recién nacido puede presentarse en forma muy temprana (primeras 24 horas de vida), temprana (1-7 días de vida) o tardía (2-12 semanas de vida), esta última asociada con mayor frecuencia a lactancia materna exclusiva sin profilaxis adecuada o a condiciones que alteran la absorción de vitamina K. La forma tardía se asocia con mayor riesgo de hemorragia intracraneal, mortalidad y secuelas neurológicas. La administración intramuscular de vitamina K1 (1 mg en recién nacidos con peso 2=1500 g y 0,5 mg en <1500 g), antes.de las 6 horas de vida, ha demostrado una efectividad cercana al 100 % para la prevención de la forma clásica y muy alta para la forma tardía. En los recién nacidos que recibieron profilaxis intramuscular al nacimiento no se recomienda suplementación oral rutinaria posterior, ya que la administración intramuscular constituye la estrategia de mayor eficacia para prevenir la enfermedad hemorrágica por deficiencia de vitamina K.

Artículo ANEXO (187/245)

No obstante, en recién nacidos pretérmino alimentados exclusivamente con leche materna se ha descrito un mayor riesgo de deficiencia bioquímica de vitamina K durante el seguimiento, pese a la profilaxis intramuscular, y algunos programas especializados utilizan esquemas complementarios de suplementación oral. Sin embargo, no hay consensos internacionales y la evidencia disponible es insuficiente para recomendar esta práctica de forma rutinaria. La vía oral podrá considerarse únicamente cuando la profilaxis intramuscular no haya sido administrada o esté contraindicada, utilizando esquemas de dosis múltiples de acuerdo con los protocolos vigentes, dado que una dosis oral única no ofrece protección suficiente frente a la enfermedad hemorrágica tardía. En los lactantes con enfermedades que comprometan la absorción de grasas o el metabolismo de la vitamina K, la conducta deberá individualizarse según la condición clínica y el criterio del equipo tratante. 9 Suplementación con multivitamínico8'54'70'229: En los recién nacidos prematuros o con bajo peso se recomienda la administración de un multivitamínico que contenga vitaminas A, D y E, administrado por vía oral en solución de gotas, preferiblemente junto para favorecer su absorción. Podrán utilizarse preparados multivitamínicos que incluyan zinc, siempre que las dosis totales de micronutrientes sean apropiadas para la edad, el peso y la condición clínica del recién nacido.

Artículo ANEXO (188/245)

Esta suplementación debe mantenerse hasta alcanzar las 40 semanas de edad gestacional corregida, momento en el cual se considera que el neonato ha completado un desarrollo equivalente al término; a partir de entonces, se ancn numwanMnska I RESOLUCIÓN NÚMERO ■" ■ 001812 Q01812 DE C 6 AGP 20» I. >.WWMMW*1T*l«>WS«K3MaK3aftMM'TWIlMilMtaBRCMBtnaa*QIMKIMIakaB HOJA N° 81 continúa únicamente con la suplementación de vitamina D. A diferencia del recién nacido a término^ el prematuro presenta menores reservas de vitaminas liposolubles debido a la interrupción del tercer trimestre de la gestación y mayores requerimientos nutricionales, lo que justifica la suplementación durante las primeras semanas de vida. o Vitamina D. Constituye el componente prioritario dentro del esquema de suplementación, por su papel fundamental en la mineralizaclón ósea y la prevención de osteopenia y raquitismo. El riesgo de deficiencia se incrementa en el recién nacido prematuro debido a la baja transferencia transplacentaria, la limitada exposición solar materna y neonatal, así como en presencia de enfermedad hepática. La Posición Canguro puede considerarse como un período de invierno para el neonato: el niño permanece la mayor parte del tiempo en contacto piel a piel dentro del hogar, sin exposición directa al sol.

Artículo ANEXO (189/245)

Se recomienda un aporte de 400 a 800 Ul/día, ajustado según condiciones clínicas y factores de riesgo, pudiendo considerarse dosis hasta de 1,000 Ul/día en prematuros menores de 32 semanas o con riesgo elevado, de acuerdo con guías internacionales. La suplementación debe iniciarse una vez el neonato tolere la alimentación enteral completa. • En casos de insuficiencia o deficiencia documentada de vitamina D, el manejo deberá individualizarse mediante esquemas terapéuticos ajustados a la severidad del déficit y bajo supervisión médica. o Vitamina A. Sus reservas se acumulan principalmente durante el tercer trimestre del embarazo, por lo que el recién nacido prematuro presenta niveles limitados al nacimiento. Participa en la maduración pulmonar y el desarrollo visual, y su suplementación se ha asociado con una reducción en la incidencia de displasia broncopulmonar y retinopatía del prematuro. Se recomienda una dosis entre 1333-3300 Ul/kg/día por vía oral, manteniéndose hasta alcanzar las 40 semanas de edad gestacional corregida. o Vitamina E. Cumple una función antioxidante relevante en el recién nacido prematuro, especialmente en el contexto de mayor estrés oxidativo. Su suplementación se justifica por las limitadas reservas al nacimiento y las condiciones metabólicas propias de esta población. Se recomienda una dosis aproximada de 25 Ul/día, manteniéndose hasta alcanzar las 40 semanas de edad gestacional corregida. o En lactantes que reciben alimentación exclusiva con fórmula (se debe preferir siempre lactancia materna) en volúmenes suficientes (iguales o superiores a 1.000 mL/día), la necesidad de suplementación debe reevaluarse a criterio médico, de manera individual, considerando que estos productos se encuentran suplementados con vitaminas liposlubles.

Artículo ANEXO (190/245)

En presencia de insuficiencia o deficiencia documentada de vitamina D, el manejo deberá individualizarse con esquemas terapéuticos ajustados a la severidad del déficit y bajo supervisión médica. o El multivitamínico se administra por vía oral una o dos veces al día, según la presentación y las necesidades clínicas del recién nacido. En lactantes que reciben alimentación exclusiva con fórmula —reconociendo que la lactancia materna siempre es la opción preferente— y en volúmenes >1.000 mL/día, la necesidad de suplementación debe reevaluarse de manera individual, dado que estos productos se encuentran fortificados con vitaminas liposolubles. Descripción del procedimiento - Otros • Hierro preventivo54'230: El hierro es un micronutriente esencial para la eritropoyesis, el crecimiento y el desarrollo neurológico del recién nacido. En los prematuros y/o de bajo peso al nacer, la deficiencia de hierro representa la causa más frecuente de anemia, dado que las reservas corporales se acumulan principalmente durante el tercer trimestre de la gestación, periodo que esta población no completa. A esto se suman una mayor velocidad de crecimiento postnatal, mayor número de extracciones y, en consecuencia, un incremento en los requerimientos. RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE ü 6 ^0 2026 HOJA N° 82 o La suplementación preventiva con hierro es una intervención fundamental en esta población.

Artículo ANEXO (191/245)

El pinzamiento tardío del cordón umbilical (> 60 segundos), cuando sea posible, constituye la estrategia más efectiva para optimizar las reservas de hierro al nacimiento; no obstante, no reemplaza la necesidad de suplementación posterior. o Los recién nacidos canguro con alimentación enteral deben iniciar la suplementación con hierro una vez se haya alcanzado una tolerancia enteral adecuada, de acuerdo con la valoración clínica y nutricional del equipo tratante. La indicación, la dosis y el momento de inicio deben individualizarse considerando factores como el tipo de alimentación recibida (leche materna exclusiva, leche materna fortificada o fórmula láctea), el antecedente de transfusiones previas y la evolución hematológica de cada paciente. El seguimiento debe incluir la evaluación de la adherencia, la tolerancia gastrointestinal y la respuesta hematológica. Dosis y frecuencia orientadoras Las dosis y esquemas deben individualizarse con cada paciente y definirse según peso y edad postnatal, edad gestacional corregida, condición clínica, tipo de alimentación y protocolo institucional. Como orientación general: Medicamento Posologia Duración Comentarios Vitamina K Profilaxis intramuscular al Según esquema utilizado La profilaxis intramuscular nacimiento: 1 mg (>1500 es la estrategia de g) o 0,5 mg (<1500 g). elección para prevenir la enfermedad hemorrágica La vía oral solo se por deficiencia de vitamina considerará cuando no se K, incluida su forma tardía. haya administrado la profilaxis intramuscular, con vitamina K 2 mg VO semanal hasta las 40 semanas de edad corregida. Vitamina A 1333-3300 Ul/kg/día Hasta alcanzar 40 Desde la primera semana semanas de edad hasta las 40 semanas de corregida y peso > 2500 g edad gestacional corregida. Vitamina D 400-800 Ul/día VO.

Artículo ANEXO (192/245)

Hasta los 12 meses de Se recomienda, si es Hasta 1000 Ul/día en edad corregida o según posible, monitorizar al situaciones como seguimiento menos una vez el perfil prematurez extrema, fosfocálcico en recién enfermedad metabólica nacidos prematuros ósea o deficiencia extremos o con peso documentada. menor de 1500 gramos. Vitamina E 25 Ul/día VO. Desde la Hasta alcanzar 40 Función antioxidante, primera semana hasta las semanas de edad Deficiencia puede 40 semanas de edad corregida y peso > 2500 g asociarse a anemia gestacional corregida. hemolítica y retinopatía del prematuro. Hierro 2 a 3 mg/kg/día para Hasta los 12 meses de Ajustes según transfusión, elemental manejo preventivo, 3 a 6 edad corregida tipo de aporte enteral y mg/kg/día para manejo evolución clínica. Desde terapéutico las 2-4 semanas de vida o ■MU <1 [ RESOLUCIÓN NÚMERO 001812 DE 0 6 AGO 202B HOJA N° 83 al iniciar nutrición enteral plena La suplementación con calcio y fósforo debe individualizarse según la edad gestacional, el peso al nacer, la condición clínica, la vía y tolerancia de la alimentación enteral, así como la edad al momento del alta hospitalaria. La indicación, ajuste y duración de la suplementación se definirán de acuerdo con la valoración y el criterio del médico tratante. El PMC ambulatorio debe verificar en cada control: A. Adherencia al tratamiento y forma correcta de administración. B. Tolerancia digestiva y posibles eventos adversos. C. Persistencia o resolución de la indicación clínica. D.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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