Artículo 3 (59/113)
Actualizar los estándares de habilitación y los modos de verificación de los servicios oncológicos y continuar con la periodicidad definida en el Sistema Obligatoria de Garantía de Calidad en Salud (SOGCS). 3.1.2. Desarrollar y consolidar la verificación de los estándares de habilitación del 100% de prestadores de servicios oncológicos, al año 2017. 3.1.3. Definir los estándares de habilitación de las redes u otras formas funcionales de servicios oncológicos en concordancia con las disposiciones de! SOGC, al año 2014, 3.1.4. Gestionar y consolidar la verificación de los estándares de habilitación de redes u otras formas funcionales de servicios oncológicos, en el año 2021. Acciones en el nivel político y normativo. 3.1.1. Actualizar las normas de habilitación y el modo de verificación para servicios oncológicos. 3.1.2. Revisar y actualizar las normas de habilitación para las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) e implementar modos de verificación. 3.1.3. Realizar la verificación de estándares de habilitación en los servicios oncológicos, incluidos los pediátricos, que hacen parte del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud del Ministerio de Salud y Protección Social. 3.1.4. Definir el perfil de los verificadores de prestación de servicios oncológicos y realizar la capacitación de los mismos. 3.1.5. Realizar la verificación de los estándares de habilitación de redes u otras formas funcionales de servicios oncológicos, conforme a su desarrollo. Acciones en el nivel comunitario 3.1.1. Fomentar espacios de participación ciudadana frente a la definición e implementación de los criterios de habilitación de servicios oncológicos. Acciones en los servicios de salud 3.1.2.