Por la cual se adopta el Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia, 2012-2021.

Resolución · 1383 · 2013-05-02 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 115

Artículo 3 (19/113)

Una reciente evaluación de organización y gestión de la red de servicios para la atención del cáncer en Colombia realizada por el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Nacional de Cancerología, mostró los siguientes problemas prioritarios (47). + Concentración de la oferta de servicios oncológicos en cinco grandes ciudades: Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali y Medellín. - 2. MANO 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 30001 383 DE 2013 HOJA No. 13 » Falta de recurso humano especializado y subespecializado en oncología, mastología, gastroenterología, hemato-oncología, neurocirugía y cirugía de tórax, plástica reconstructiva, cabeza y cuello. + Subdesarrollo de servicios de cuidado paliativo y de apoyo a familias y cuidadores, + Fragmentación de la prestación de servicios sin articulación entre los servicios preventivos y los resolutivos. + Limitada capacidad (técnica y operativa) para la verificación del cumplimiento de los estándares de habilitación en servicios que representan un alto riesgo para los usuarios. + Deficiente sistema de regulación, vigilancia y control de la oferta de servicios, uso de medicamentos oncológicos y calidad de la atención. e Difícil control de los costos de atención debido a la fragmentación, modalidades de contratación y pago, negociación de tarifas y suministro de medicamentos. + No existen organizaciones dirigidas a pacientes de regiones que agregan desplazamientos, estadías y afectan ta continuidad y resultados del tratamiento. Inexistencia de rutas críticas de atención integradas. Deficiente monitoreo de los contratos por capitación para la atención al paciente con diagnóstico de cáncer.

Artículo 3 (20/113)

Desde la realidad colombiana y los determinantes sociales que impiden la consecución de los objetivos de salud, otros inconvenientes que han sido identificados en el desarrollo del actual Plan Nacional de Salud Pública 2007 - 2010 y que se ven reflejados en la Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2010, son: + Falta relación entre cobertura de citología cervicouterina con la mortalidad (76,6% de cobertura nacional), específicamente por dificultades en los componentes de calidad, seguimiento, acceso a diagnóstico definitivo y tratamiento de lesiones precancerosas. El deficiente control de calidad en la toma y lectura de la citología cervicovaginal. El 27% de las mujeres con lesiones intraepiteliales de alto grado, reportadas en citología, no han tenido diagnóstico definitivo a los seis meses. + Concentración de servicios oncológicos en Barranquilla, Bucaramanga, Cali y Medellín. + El 85% de los servicios oncológicos en Colombia se encuentran en el sector privado y se dedican solamente a una modalidad terapéutica (falta de atención integral). e La práctica de la citología se incrementa con la edad, el nivel educativo, el índice de riqueza. + La región Caribe es donde menos se practican la CCU. No hay grandes diferencias entre las otras regiones. + Los departamentos que presentaron coberturas de citología menores al 80% fueron Guainía (70%), Vaupés (71%) y Amazonas (78%). + En relación con el esquema de tamización, se encuentra que el 6% de las mujeres entre 18 a 69 años se realiza la citología cada tres años.

Artículo 3 (21/113)

A mayor edad y menor nivel educativo hay una superior tendencia a realizarse la citología cada tres años, sin diferencias entre zonas rural y urbana. + El 12% de las mujeres se ha realizado la citología solo una vez en la vida, siendo esta frecuencia más alta en aquellas sin hijos, de menor edad, residentes en zonas rurales, con el índice de riqueza más bajo y residentes en la Orinoquía y Amazonía. + El porcentaje de mujeres con CCV anual en la región caribe fue del 47,5% frente a 67,8% en Medellín y 65% en Bogotá. Así mismo, el porcentaje de mujeres con CCV cada 3 años fue de 4,2% en el Caribe y del 7,4% en Bogotá. A o - 2 4400 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 10001383 DE 2013 HOJA No. 14 Por el cual! se adopta el Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia, + En las subregiones se encuentra que el porcentaje anual de mujeres con CCV en San Andrés, Bolivar y Atlántico es del 43,6% y cada tres años del 2,8%, comparado con Bogotá que es del 65% y 4,2% respectivamente. + El porcentaje de mujeres con CCV anormal y coloposcopia/biopsia en Guainía es del 0,9% comparado con Putumayo que es del 5,7%. La existencia de guías de atención y protocolos de manejo unificados para los principales cánceres, son factores cruciales en la atención oncológica. El Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio de Salud y Protección Social) a través de la convocatoria 500 con COLCIENCIAS, contó en el 2012 con guías de atención integral para cáncer de mama, próstata, colon y recto en adultos, así como para leucemias y linfomas en niños.

Artículo 3 (22/113)

De igual manera a través del Convenio 153 de 2012, directamente con el Instituto Nacional de Cancerología, se adelantó la Guía de atención integral de cáncer de cuello uterino. En 2011 se actualizó el Plan Obligatorio de Salud, donde se incorporaron un número importante de tecnologías para el control del cáncer como son la prueba de VPH y las técnicas de inspección visual con ácido acético y lugol para la tamización y detección temprana de cáncer de cuello uterino, así mismo distintos procedimientos como laparoscopia para tratamiento de cáncer de cuello uterino, inclusión de HER2+, extirpación del ganglio centinela con radiomarcación para el diagnóstico de cáncer de mama y el trastuzumab para su tratamiento, la inclusión del pegfilgastrim para la profilaxis y tratamiento de la neutropenia febril para pacientes que reciben quimioterapia citotóxica para el tratamiento del cáncer (tumores sólidos y linfomas), adicionalmente la inclusión del kit de ostomía para pacientes con cáncer de colon y recto (48). MARCO POLÍTICO Y NORMATIVO Marco Político Las políticas de seguimiento del cáncer buscan la elaboración, implementación, evaluación y actualización de estándares, objetivos y modelos básicos de atención en los ámbitos del control del riesgo, detección precoz, manejo clínico, rehabilitación y cuidado paliativo. A nivel mundial, estas políticas han sido formuladas bajo un principio de equidad que garantice la integralidad del control, la calidad en la atención y la entrega de información veraz y oportuna (49). El Plan Decenal para el Control del Cáncer 2012-2021, ha seguido las metas definidas para las prioridades nacionales en salud relacionadas específicamente con los siguientes componentes: Salud sexual y reproductiva. Enfermedades crónicas no transmisibles. Nutrición. Seguridad sanitaria y del ambiente. Seguridad en el trabajo y las enfermedades de origen laboral.

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Se realizó un análisis de políticas, programas y planes sectoriales, que tuvieran relación con las prioridades y necesidades del control del cáncer en Colombia. Los sectores seleccionados fueron: seguridad alimentaria (agricultura, alimentación, veterinaria), salud humana, medio ambiente e industria. Las políticas y planes nacionales bajo las cuales se ha formulado el Plan, son: <= a - 2 WA10 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 10001283 DE 2013 HOJA No. 15 . Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para Todos” En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para Todos”, se propone una sociedad con más empleo, menos pobreza y más seguridad. Una sociedad con igualdad de oportunidades y con movilidad social, en la que el Estado acude eficazmente para garantizar que cada colombiano tenga acceso a las herramientas fundamentales que le permitirán labrar su propio destino, independientemente de su género, etnia, posición social, orientación sexual o lugar de origen. Para ello se propone asumir cuatro desafios dentro del pilar de Igualdad de oportunidades: 1) Aumentar la eficiencia del gasto social para que los recursos se traduzcan en mejores resultados en cobertura y calidad. 2) Mejorar la focalización del gasto social para que este beneficie prioritariamente a los más pobres y vulnerables. 3) Consolidar un sistema de protección social (SPS) que contribuya eficazmente a fortalecer y proteger el capital humano y los ingresos de los hogares y a reducir su vulnerabilidad. 4) Alcanzar la inclusión social de los diferentes étnicos, así como la igualdad de género. El Control del cáncer está incluido en la estrategia 1: “Promover el bienestar y una vida saludable, basada en la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad”, del pilar “Igualdad de oportunidades”, que al igual que los otros fundamentos está dirigido a alcanzar los cuatro desafíos antes mencionados.

Artículo 3 (24/113)

En este sentido la estrategia establece que es necesario implementar El Plan Decenal de Actividad Física y la reglamentación de las leyes de cáncer y obesidad, El Plan Decenal de Cáncer, considerando el fortalecimiento de estrategias de detección oportuna, en especial para cáncer de cérvix, seno y próstata y desarrollar una política para lograr un envejecimiento sano y una vejez activa, que deberá considerar los cambios y retos demográficos de la sociedad y estrategias que permitan articular y coordinar acciones intersectoriales, con apropiación de la misma en los ámbitos sociales, económicos y culturales (22). . Política Pública Nacional de Discapacidad (50). En Colombia, con anterioridad a la Constitución Política de 1991, se habían dado algunas disposiciones respecto a la discapacidad, sin embargo, a partir de su expedición, se ha venido consolidando un marco jurídico que determina los derechos de la población con discapacidad y al mismo tiempo las obligaciones del Estado y la sociedad para con ellos (51). . Metas y Estrategias de Colombia para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio — 2015 (52). Los Objetivos de Desarrollo del Milenio envuelven las aspiraciones de progreso del mundo en su conjunto. Representan la responsabilidad frente a las generaciones futuras, así como derechos universalmente aceptados como el derecho a la educación y el derecho a la salud (53). Los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio se basan en acuerdos concertados en conferencias de las Naciones Unidas celebradas en el decenio de 1990 y fueron adoptados por 189 países mediante la suscripción de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas. : per - 2 MAYO 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (001383 DE 2013 HOJA No. 16 Tres de los ocho objetivos, ocho de las dieciséis metas y dieciocho de los cuarenta y ocho indicadores se relacionan directamente con la salud.

Artículo 3 (25/113)

El control del cáncer se encuentra enmarcado en el objetivo 5, Mejoramiento de la Salud Sexual y Reproductiva. Una de las metas específicas es reducir entre 1990 y el 2015 la tasa de mortalidad por cáncer de cuello uterino a 5,5 muertes por 100.000 mujeres$. La estrategia definida para lograr este objetivo es incrementar el acceso de la población a la toma y lectura de citología cervical - uterina, así como mejorar la adhesión de la mujer al esquema de detección precoz del cáncer de cuello uterino y a su tratamiento (52). El compromiso de Colombia con los Objetivos de Desarrollo del Milenio no circunscribe su accionar en materia de política social, por el contrario la estrategia en este campo es amplia, abarca propósitos y metas fundamentales en programas sociales de gran impacto. Los resultados han sido muy favorables en la construcción y conservación del capital humano, particularmente focalizando la inversión en aquellos grupos poblacionales pobres y vulnerables. En materia de seguridad social en salud, el Gobierno ha centrado sus esfuerzos en fortalecer los mecanismos dirigidos a ampliar y mantener la cobertura de afiliación de la población, estrategia primordial en el objetivo de brindar protección financiera y posibilitar el acceso y utilización de los servicios de salud para toda la población. De esta manera, la consecución de logros en cada uno de los objetivos planteados, encuentra en la seguridad social en salud, su principal medio para lograrlo. + Política Nacional de Juventud 2005 — 2015. El Plan Nacional de Desarrollo 2003 - 2006 estableció el diseño e implementación de la Política Pública Nacional de Juventud con una visión a diez años. En cumplimiento de este mandato legal, el Programa Presidencial Colombia Joven asumió la responsabilidad de la formulación de un Plan Estatal con visión a largo plazo (54). + Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, 2003.

Artículo 3 (26/113)

Los temas más importantes en tomo a los cuales gira la política son: maternidad segura, planificación familiar, salud sexual y reproductiva de los adolescentes, cáncer de cuello uterino, infecciones de transmisión sexual incluyendo VIH/Sida y violencia Doméstica y sexual (55). . Política Nacional de Seguridad alimentaria y Nutricional. La política fija los lineamientos para la garantía de los derechos de la primera infancia, como elemento indispensable para mejorar su calidad de vida (56) . Plan de Acción Mundial de Salud de los trabajadores, 2008 — 2017. Insta a los Estados miembros a que en colaboración con los trabajadores, empleadores y organizaciones, elaboren políticas y proyectos nacionales para aplicar el Plan de Acción Mundial de Salud de los trabajadores, estableciendo los marcos jurídicos adecuados para su aplicación, seguimiento y evaluación (57). $ Línea de base 12,59 sobre 100.000 mujeres, construida con las estimaciones realizadas por el Instituto Nacional de Cancerología para el periodo 1990 — 1994, consolidados en los datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), ajustados por edad. 2.4800 2088 RESOLUCIÓN NÚMERO 10001383 DE 2013 HOJA No. 17 . Plan Decenal del deporte, la recreación, la educación física y la actividad física para el desarrollo humano, la convivencia y la paz 2009 — 2019. Establece las directrices básicas del sector bajo tres lineas fundamentales de política: 1 Fortalecimiento institucional. 2) Promoción y fomento de la recreación, la educación física, la actividad física, el deporte estudiantil y social comunitario. 3) Posicionamiento y liderazgo deportivo.

Artículo 3 (27/113)

Marco normativo Marco normativo El marco legal y normativo bajo el cual se formuló el Plan Nacional para el Control del Cáncer tiene una base internacional sólida que consta principalmente de los instrumentos internacionales vinculantes** y no vinculantestt de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), así como de acuerdos multilaterales sobre factores de riesgo para cáncer. La base nacional consta de la Constitución Política y los desarrollos legislativos. Instrumentos internacionales vinculantes Colombia ha incorporado en su legislación interna los más importantes tratados tendientes a controlar el cáncer y sus factores de riesgo. Estos tratados incluyen: * Convenio 136 de 1971 sobre benceno. Propone las acciones tendientes a regular las actividades laborales que comprenden el trabajo con benceno. + Convenio 139 de 1974 acerca de cáncer profesional. Exige a las partes determinar periódicamente las substancias y agentes carcinógenos a los que la exposición en el trabajo estará prohibida o sujeta a autorización y control. + Convenio 160 de 1985 referente a la información y notificación de las condiciones laborales. Acuerda el acopio, compilación y publicación de estadísticas básicas sobre población laboral de acuerdo a la concertación de los conceptos, definiciones y metodología con las organizaciones representativas de los empleadores y trabajadores. Recomienda compilar estadísticas sobre las enfermedades profesionales en todos los sectores económicos y con representación nacional. + Convenio 161 de 1985 respecto a los servicios de salud en el trabajo++. + Convenio 162 de 1986 sobre utilización del asbesto en condiciones de seguridad8$. + Convenio 170 de 1990 acerca de los productos químicos. + Convención de los derechos de los niños, entrada en vigor el 2 de septiembre de 1990. + Declaración del Milenio. Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 3 (28/113)

Asamblea general, A/RES/55/2, 13 de septiembre de 2000. + Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, realizado en Estocolmo el 22 de mayo de 2001***. + Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del tabaco, hecho en Ginebra el 21 de mayo de 2003++4+. “Hace referencia a los pactos, protocolos, acuerdos, cartas, convenciones o tratados que comprometen a los Estados a proteger y promover el respeto por los mismos. Los Estados que forman parte de estos instrumentos están obligados a garantizar que las leyes, políticas, planes y prácticas del gobierno cumplan con lo dispuesto en los mismos. ttAlude a resoluciones, pautas, recomendaciones o comunicaciones oficiales similares, emitidas por organismos internacionales, que proporcionan sugerencias, pautas y estrategias para el control del cáncer. Estos instrumentos son útiles para la interpretación de las obligaciones internacionales en materia de seguimiento del cáncer. + Aprobado por la Ley 378 de 1997 y promulgado mediante Decreto 873 de 2001. $$ Aprobado por la Ley 436 de 1998 y promulgado mediante Decreto 875 de 2001. *** Aprobado por la Ley 1196 del 2008. Colombia es parte del convenio a partir del 20 de enero de 2009. tt Aprobado por la Ley 1109 de 2006. Colombia es parte del convenio desde el 10 de julio de 2008. - 21400 2018. RESOLUCIÓN NÚMERO 10001 383 DE 2013 HOJA No. 18 Instrumentos internacionales no vinculantes Resolución WHA53.17 de 2000 de la Asamblea Mundial de la Salud: Estrategia mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles. Resolución CSP26.15 de 2002 de la OPS: Respuesta de salud pública a las enfermedades crónicas.

Artículo 3 (29/113)

Presenta cuatro líneas estratégicas de acción: La iniciativa CARMEN. La vigilancia de las enfermedades no transmisibles y los factores de riesgo. Las innovaciones de los servicios de salud que se ocupan de las afecciones crónicas La promoción de la causa para el cambio de políticas. Resolución WHA57.17 de 2004 de la Asamblea Mundial de la Salud: Estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud. Resolución WHA58.22 de 2005 de la Asamblea Mundial de la Salud: Prevención y control del cáncer. Insta a los Estados miembros que en la planificación de sus actividades de control, presten especial atención a los cánceres relacionados con exposiciones evitables, en particular la exposición a algunos agentes infecciosos. Resolución CD47.R9 de 2006 de la OPS: Estrategia regional y pian de acción para un enfoque integrado sobre la prevención y el control de las enfermedades crónicas, incluyendo el régimen alimentario, la actividad física y la salud. Resolución CD47.18 de 2006 de la OPS: Estrategia y plan de acción regional sobre la nutrición en la salud y el desarrollo, 2006 - 2015. Resolución WHA60.23 de 2007 de la Asamblea Mundial de la Salud: Prevención y control de las enfermedades no transmisibles. Resolución CD48.R2 del cuadragésimo octavo Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud: Solicita a los Estados miembros de la OPS a que consideren la pertinencia de implementar, según corresponda, el paquete MPOWER de la OMS. Resolución CD48.R10 de 2008 de la OPS: Estrategia y plan de acción regionales sobre la prevención y el control de cáncer cervicouterino. Normas Uniformes de Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su cuadragésimo octavo periodo de sesiones, mediante resolución 48/96, del 20 de diciembre de 1993.

Artículo 3 (30/113)

Normatividad Nacional Ley 09 de 1979, prescribe medidas sanitarias. Ley 30 de 1986, impone el Estatuto Nacional de Estupefacientes y otras disposiciones. Ley 100 de 1993, crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones. Ley 52 de 1993, aprueba el Convenio 167 y la Recomendación 175 sobre seguridad y salud en la construcción, adoptados por la septuagésima quinta reunión de la conferencia general de la OIT, Ginebra, 1998. Ley 375 de 1997, crea la Ley de Juventud y se dictan otras disposiciones. Ley 430 de 1998, dicta normas prohibitivas en materia ambiental referentes a desechos peligrosos y se imponen otras disposiciones. NE Y - 2 MAYO 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO )(0 01383 DE 2013 HOJA No. 19 Ley 715 de 2001, prescribe normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los Artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Ley 1109 de 2006, aprueba el “Convenio Marco de la OMS para el control del tabaco” hecho en Ginebra, el 21 de mayo de 2003. Ley 1122 de 2007, por la cual se reforma el sistema general de seguridad social en salud. Ley 1196 de 2008, decreta el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, realizado en Estocolmo el 22 de mayo de 2001. Ley 1335 de 2009, previene daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo y el abandono de la dependencia de tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.

Artículo 3 (31/113)

Ley 1355 de 2009, define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles, asociadas como una prioridad de salud pública y se dictan medidas para su control, atención y prevención. Ley 1384 de 2010, establece las acciones para la atención integral del cáncer en Colombia. Ley 1388 de 2010, por el derecho a la vida de los niños con cáncer en Colombia. Ley 1438 de 2011, reforma el Sistema de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Normatividad Internacional Organización de las Naciones Unidas (ONU). Resolución 4896 del 20 de diciembre de 1993, en la que se reafirma el compromiso de defender los derechos humanos, las libertades funda mentales, la justicia social, la dignidad y el valor de la persona Organización de las Naciones Unidas (ONU). Normas uniformes sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, 1993. Conferencia Iberoamericana: Declaración de Cartagena de Indias sobre políticas integrales para las personas con discapacidad en el área Iberoamericana, 27 al 30 de octubre de 1992. Organización de las Naciones Unidas para la Educación (UNESCO), conferencia mundial sobre necesidades educativas especiales. Acceso y calidad. Salamanca, España. Organización de las Naciones Unidas (ONU): Pacto Internacional de los derechos Civiles y Políticos, 1966. Organización de las Naciones Unidas (ONU): Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966. Organización de las Naciones Unidas (ONU): Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, 1960. Organización de las Naciones Unidas (ONU): Convención universal de los derechos humanos, 1948. Organización de Estados Americanos (OEA): Protocolo adicional a la convención americana sobre los derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, 1988.

Artículo 3 (32/113)

Organización de Estados Americanos (OEA): Declaración americana de los derechos y deberes del hombre, 1983. Organización de Estados Americanos (OEA): Convención americana sobre los derechos humanos, 1969. 2 M0 2088 RESOLUCIÓN NÚMERO )3()001 383 DE 2013 HOJA No. 20 PROPÓSITO El propósito del Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia para el período 2012 — 2021, es posicionar en la agenda pública el cáncer como un problema de salud pública y movilizar la acción del Estado, la acción intersectorial, la responsabilidad social empresarial y la corresponsabilidad individual para el control de esta enfermedad en Colombia. OBJETIVOS 1) Reducir la prevalencia de factores de riesgo modificables para cáncer. 2) Reducir las muertes evitables por cáncer mediante el mejoramiento de la detección temprana y la calidad de la atención. 3) Mejorar la calidad de vida de los pacientes y sobrevivientes de cáncer. 4) Garantizar la generación, disponibilidad y uso de conocimiento e información para la toma de decisiones. 5) Fortalecer la gestión del talento humano para el control del cáncer. METAS Y ACCIONES POR LÍNEA ESTRATÉGICA Las líneas estratégicas del plan se definen con base en los objetivos establecidos en el Modelo de Control del Cáncer. Para cada línea estratégica se definen metas y se enuncian las acciones que seguirán en el nivel político, comunitario y de los servicios. Línea estratégica 1. Control del riesgo (Prevención primaria) El control del riesgo de cáncer pretende reducir la incidencia de algunos tipos de patologías malignas, para las cuales se han identificado riesgos mediante estudios epidemiológicos y se han probado alternativas de intervención en el terreno de la promoción de la salud y en la protección específica. 1.1. Control del riesgo de consumo y exposición a productos de tabaco y sus derivados. Metas 1.1.1.

Artículo 3 (33/113)

Lograr el cumplimiento de los convenios internacionales vinculantes y ratificados por el Gobierno colombiano relacionados con el control del consumo de tabaco. 1.1.2. Disminuir la prevalencia de consumo de tabaco en jóvenes escolares de 13 - 15 años por debajo del 21,8% (línea de base 21.8%. Fuente: EMTAJ 2008). 1.1.3. Disminuir la prevalencia de consumo de tabaco en jóvenes de 16 — 18 años por debajo del 17,36% (línea de base 17,36%. Estudio Nacional de Consumo de Sustancias Psi-coactivas en Población Escolar Colombia 2011. 1.1.4. Posponer la edad de inicio de consumo de tabaco en los adolescentes colombianos por encima de 14 años (línea de base 11.9 años. Fuente: Estudio Nacional de consumo de Sustancias Psicoactivas en Población Escolar Colombia 2011. 1.1.5. Disminuir la prevalencia de tabaquismo en adultos de 18 a 69 años al 10% en los próximos 10 años (línea de base 12.8%. Fuente: ENS 2007) 1.1.6. Garantizar el cumplimiento de ambientes 100% libres de humo de tabaco y sus derivados a nivel nacional, en los lugares definidos por la Ley 1335 de 2009. ey nd - 2. M0Y0 2018: RESOLUCIÓN NÚMERO 10001 383 DE 2013 HOJA No. 21 1.1.7. Aumento del 100% en impuestos indexados al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y al Producto Interno Bruto (PIB) para los productos de tabaco y sus derivados, antes del 2021. 1.1.8.

Artículo 3 (34/113)

Aumentar a un 70% el tamaño de la advertencia sanitaria en las cajetillas de los productos de tabaco comercializados en el territorio colombiano antes del 2021, en consonancia con lo dispuesto en el Convenio Marco para el control del tabaco de la Organización Mundial de la Salud. Acciones en el nivel político y normativo 1.1.1. Definir las estrategias de seguimiento en la implementación de las Leyes 1109 de 2006 y 1335 de 2009, a nivel nacional y territorial. 1.1.2. Garantizar la implementación y monitoreo de la estrategia MPOWER, de acuerdo al Convenio Marco para el Control de Tabaco de la Organización Mundial de la Salud (OMS): a. Formalizar por las entidades competentes el trámite ante el Congreso de la República para el aumento de precios e impuestos a los productos del tabaco. b. Gestionar ante el Congreso de la República una reforma a la legislación existente, para el aumento del tamaño de la advertencia sanitaria en las cajetillas de los productos de tabaco comercializados en el territorio colombiano, en consonancia con lo dispuesto en el Convenio Marco para el control del tabaco de la OMS. Cc. Tramitar con el Ministerio de Educación Nacional la inclusión en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de contenidos relacionados con el control del consumo de tabaco. Desarrollar guías de práctica clínica para la cesación tabáquica. e. Gestionar la inclusión de intervenciones y programas de cesación del tabaquismo en el Plan Obligatorio de Salud (POS). f. Tramitar dentro de los planes de intervenciones colectivas, acciones orientadas a fortalecer la participación comunitaria frente a la disminución del consumo y exposición a humo de tabaco y sus derivados.

Artículo 3 (35/113)

9. Garantizar el cumplimiento de la protección de los ambientes 100% libres de humo de tabaco y sus derivados, mediante acciones de inspección vigilancia y control, por parte de las autoridades competentes según la Ley 1335 de 2009. h. Participar en el desarrollo de acciones intersectoriales para la vigilancia de la prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco y sus derivados. i. Garantizar la ejecución del 100% de los recursos provenientes de la cuenta de multas por sanciones al incumplimiento de la Ley 1335 de 2009, en proyectos de prevención del consumo y exposición al humo de tabaco y sus derivados. j. Generar los lineamientos respecto al uso de los dispositivos electrónicos de administración de nicotina en concordancia con el artículo 4 de la Ley 1335 de 2009. k. Reglamentar los contenidos de productos de tabaco en concordancia con el artículo 22 de la Ley 1335 de 2009. a Acciones en el nivel comunitario 1.1.1. Desarrollar intervenciones poblacionales orientadas al control del tabaquismo, incluidas en los planes de salud territorial. 1.1.2. Desarrollar estrategias de movilización social para la veeduría ciudadana y el control. De igual forma para el cumplimiento de los ambientes 100% libres de humo en la venta al menudeo y vigilancia comunitaria del acatamiento de la 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 100 01 3 8 3 be AN HOJA No. 22 1.1.3. 1.14 1.1.5. prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco y sus derivados. Fortalecer las estrategias de comunicación masiva orientadas al control del consumo y exposición al humo de tabaco y sus derivados.

Artículo 3 (36/113)

Generar alianzas con otros actores para desincentivar el consumo y exposición al humo de tabaco y sus derivados, así como garantizar los ambientes 100% libre de humo. Implementar y ejecutar estrategias educativas para otros actores, como complemento a la comunicación masiva y a las intervenciones comunitarias en los temas del control del consumo y exposición al humo de tabaco y sus derivados. Acciones en los servicios de salud 1.1. 1.1. 1.1. ON - 1.1.4. 1.1.5. 1.1.6. 1.2. Meta 1.2.1 Implementar la guía de práctica clínica para la cesación tabáquica. Introducir programas de cesación de tabaco basados en evidencia científica. Entrenar al personal de salud para la implementación de la consejería breve como herramienta para la identificación de riesgos y cesación del consumo de tabaco y sus derivados. Capacitar al personal de salud en la normatividad vigente relacionada con el control del consumo de tabaco y sus derivados. Desarrollar e implementar las estrategias educativas para los profesionales de los servicios de salud, como complemento a la comunicación masiva y a las intervenciones comunitarias en los temas de control del consumo y exposición al humo de tabaco y sus derivados. Implementar clínicas de cesación con cobertura nacional. Control del riesgo del consumo nocivo de alcohol Posponer la edad promedio de inicio de consumo de alcohol en los adolescentes colombianos por encima de 14 años (línea de base 12,44 años. Fuente: Estudio Nacional de Sustancias Psicoactivas en Población Escolar, Colombia, 2011) Acciones en el nivel político y normativo 1.2.1. 1.2.2. 1.2.3. 1.24, 1.2.5. Implementar a nivel nacional la estrategia Respuesta Integral frente al Consumo de Alcohol en Colombia.

Artículo 3 (37/113)

Incorporar los lineamientos de la estrategia Respuesta Integral frente al Consumo de Alcohol en Colombia en los planes territoriales de prevención del consumo de sustancias psicoactivas. Implementar a nivel nacional el Programa Pactos Por la Vida en concordancia con el Decreto 120 de 2010. Participar en el desarrollo de acciones intersectoriales para velar por el cumplimiento de la normatividad vigente sobre la vigilancia en el acceso, disponibilidad, publicidad, promoción y patrocinio del consumo de alcohol. Gestionar dentro de los planes de intervenciones colectivas acciones orientadas a fortalecer la participación comunitaria, frente a la disminución del consumo de alcohol. Acciones en el nivel comunitario 1.2.1. implementar la estrategia Prevención Selectiva del Consumo de Alcohol en Estudiantes de Secundaria. RESOLUCIÓN NÚMERO 30001383 DE 2 MAYO 2013 2013 HOJA No. 23 1.2.2. 1.2.3. 1.2.4. Aplicar las estrategias de movilización y control social para la prevención y mitigación del consumo de alcohol en entornos comunitarios. Desarrollar estrategias de movilización social para la prevención y mitigación del consumo de alcohol en entornos comunitarios, orientadas a la veeduría ciudadana para el control del acceso, disponibilidad, publicidad y promoción del consumo de alcohol. Ejecutar intervenciones poblacionales orientadas al contro! del consumo de alcohol, incluidas en los planes de salud territorial. Acciones en los servicios de salud 1.2.1. 1.2.2. 1.2.3. 1.3. Metas 1.3.1, 1.3.2. 1.3.3. 1.3.4. 1.3.5. 1.3.6. Implementar el Manual para la detección e intervención temprana del consumo de sustancias psicoactivas y problemas de salud mental en los servicios de salud amigables para adolescentes y jóvenes.

Artículo 3 (38/113)

Realizar programas y estrategias para la prevención del consumo de alcohol en el marco del eje de prevención de la política nacional de reducción del consumo de sustancias psicoactivas y su impacto. Implementar a nivel nacional las guías de Atención Integral al Consumo de Alcohol en los servicios de salud. Promoción del consumo de frutas y verduras y la alimentación saludable Incrementar anualmente el 10% en el número de puntos de distribución y comercialización de frutas y verduras a nivel departamental. Incrementar el consumo diario de frutas en la población de 5 a 18 años, por encima del 43% (línea de base 43%. Fuente: ENSIN 2010). Aumentar el consumo diario de frutas en la población de 19 a 64 años, por encima del 41% (línea de base consumo diario 41%. Fuente: ENSIN 2010). Incrementar el consumo de verduras en la población de 5 a 18 años, por encima del 12% (línea de base consumo diario 12%. Fuente: ENSIN 2010). Aumentar el consumo de verduras en la población de 19 a 64 años por encima del 41% (línea de base no consumo de verduras 41%. Fuente: ENSIN 2010). Implementar, ejecutar y evaluar la estrategia promocional intersectorial para mejorar la oferta y el consumo de frutas y verduras en los diferentes entornos en 90% de los departamentos y distritos, promoviendo el consumo inteligente y asertivo de estos alimentos en concordancia con el plan de seguridad alimentaria. Acciones en el nivel político y normativo 1.3.1. 1.3.2. Desarrollar acciones tendientes a la implementación de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre el régimen alimentario y la actividad física. Elaborar, difundir e implementar el lineamiento técnico de la promoción del consumo de frutas y hortalizas, fomentando acciones en los ejes de producción, comercialización y acceso de alimentos saludables para la población general.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 33), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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