Por la cual se adopta el Plan Decenal para el Control del Cáncer 2026-2035 y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 1233 · 2026-06-26 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–60 de 143

Artículo ANEXO (35/137)

0) Departamentos como Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Antioquia y Norte de Santander presentaron las tasas más altas de mortalidad ajustada por cáncer. (ver figura 5) (45) Figura 5. Mortalidad por cáncer según departamentos, Colombia 2024 Risaralda a a dl Hua Vañe del Cauca 75.6 Antioquía gn ES Norte de Santander Bogotá D.C. z z E Quincio y el lo Meta Santander Departamento 68,5 Caquers Artánuco : z Cotdas Tolima Casanare a E > a Bolivar y E El e E E 20,0 30,0 40.0 50.0 $00 70.0 800 Poo Tasa de mortatidad ejustarta por exar pos 100.000 habitantes Fuente: Sistema de Información de Cáncer en Colombia — Infocancer, con datos del (49) En menores de 0-14 años, según la mortalidad en Infocancer, con base en el registro del sistema de estadísticas vitales del DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), se observó una tendencia a la disminución en la tasa ajustada de mortalidad por 100.000 habitantes de 4,3 en 1997 (543 muertes) a 3,6 en 2024 (402 muertes). La información sobre la situación del cáncer del país es la base para la implementación de intervenciones eficaces a lo largo de todo el continuum para el contro! del cáncer, desde el control del riesgo, la detección temprana, diagnóstico, estadificación y tratamiento oportuno hasta la supervivencia, calidad de vida, y el cuidado al final de la vida. 4.6. Situación en salud del cáncer infantil. El cáncer infantil constituye una de las principales causas de morbilidad y mortalidad en niños, niñas y adolescentes a nivel mundial.

Artículo ANEXO (36/137)

Su impacto es particularmente significativo en los países de ingresos bajos y medianos (PIBM), donde persisten inequidades asociadas a determinantes sociales, económicos, culturales y a barreras estructurales del sistema de salud. Estas inequidades influyen de manera directa en la oportunidad diagnóstica, el acceso al tratamiento, la continuidad en la atención y, en consecuencia, en la mortalidad y la supervivencia de esta población. En el contexto colombiano, la carga del cáncer infantil ha mostrado un incremento progresivo en los últimos años. Según la Cuenta de Alto Costo (CAC), para diciembre de 2024 se han atendido 13.126 casos de cáncer en menores de 18 años, evidenciándose un aumento acumulado del 125,1 % en la prevalencia y del 62,9 % en los casos nuevos entre 2019 y 2024. Estos datos reflejan no solo el crecimiento de la carga de la enfermedad, sino también un aumento en la captación y el reporte, y una mayor visibilidad de la problemática en el país (50) . De acuerdo con el Observatorio Global de Cáncer - GLOBOCAN, se estima que en Colombia en 2022 se presentaron 2.124 casos nuevos de cáncer infantil (0-19 años), tasa ajustada de 14,0 por cada 100.000 menores), con mayores tasas en niños (15,9) que en niñas (12,0)(6). Los tipos de cáncer más frecuentes continúan siendo Y) las leucemias, seguidas por los tumores del sistema nervioso central (SNC) y los linfomas, patrón que coincide con lo reportado por la Cuenta de Alto Costo, el Sistema de Vigilancia del Instituto Nacional de Salud (INS) y centros especializados del país.

Artículo ANEXO (37/137)

De estos 796 casos corresponden a leucemias, tasa de incidencia ajustada de 5,5 por 100.000 menores), seguida de tumores del encéfalo y del sistema nervioso central (219 casos, tasa de incidencia ajustada de 1,5 por 100.000 menores) y linfomas (202 casos, tasa de incidencia ajustada de 1,3 por 100.000 menores). En términos de vigilancia epidemiológica, el INS ha reportado entre 2020 y 2024 un total de 7.309 casos notificados al sistema de vigilancia nacional. Para el año 2024, las leucemias agudas concentraron cerca del 38 % de los cánceres pediátricos, reafirmando su predominio en la población infantil y adolescente.(51) Respecto a la mortalidad, GLOBOCAN estima que en 2022 ocurrieron 784 muertes por cáncer en menores de O a 19 años en Colombia (tasa ajustada de 5,1 por 100.000 menores). Aunque las Estadísticas Vitales (SISPRO) muestran una ligera disminución de la mortalidad general por cáncer infantil entre 2021 y 2022 (de 4,41 a 4,00 por 100.000 habitantes), persiste una marcada heterogeneidad territorial, con departamentos como Atlántico, Huila, Meta y Norte de Santander presentando tasas históricamente superiores al promedio nacional. Las principales causas de muerte por cáncer en menores de 10 a 19 años fueron leucemia (357 muertes, tasa de mortalidad ajustada de 2,4 por 100.000 menores), seguido de tumores del encéfalo y sistema nervioso central (120 muertes, tasa de mortalidad ajustada de 0,8 por 100.000 menores) y linfomas (50 muertes, tasa de mortalidad ajustada de 0,3 menores).

Artículo ANEXO (38/137)

En cuanto a los desenlaces, la supervivencia global a 60 meses para el periodo 2017-2021 se ubicó alrededor del 65 %en menores de 18 años, con diferencias por grupo etario: 66 % en niños (0-14 años) y 57 % en adolescentes (15-18 años). Si bien se evidencia una mejora con respecto al periodo 2012-2016 —particularmente en leucemias (de 57,7 % a 64 %) y tumores del SNC (de 51,9 % a 56 %), persisten brechas asociadas al régimen de aseguramiento, la región de residencia, la oportunidad diagnóstica, la accesibilidad a centros especializados y las condiciones socioeconómicas de las familias. 5. Marco político y normativo El nuevo Plan Decenal para el Control del Cáncer 2026-2035, se sustenta en un marco normativo que integra instrumentos internacionales, constitucionales, legislativos y reglamentarios, entre los cuales se destacan: Derechos humanos, discapacidad e instrumentos internacionales e Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley 1346 de 2009 (54), y la Ley 1618 de 2013(55), que obligan al Estado a garantizar el goce efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, incluidos quienes presentan discapacidad derivada del cáncer, mediante la adopción de medidas legislativas, administrativas y de política pública. e Instrumentos internacionales de la OMS, la OPS y la OIT, tales como el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (56) , el Plan de Acción Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles y los convenios sobre sustancias cancerígenas laborales, que continúan vigentes y orientan los compromisos del país en la reducción de factores de riesgo y la protección de la salud de los trabajadores.

Artículo ANEXO (39/137)

0) La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que sustituyen a los Objetivos de Desarrollo del Milenio como marco global de referencia para el desarrollo sostenible y la salud, incluyendo metas específicas sobre ENT, salud universal y reducción de desigualdades. Plan regional de enfermedades no transmisibles, estrategia de salud pública impulsada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) para reducir la carga de ENT como cardiovasculares, diabetes y cáncer en las Américas, centrándose en reducir factores de riesgo (tabaco, alcohol, inactividad, mala dieta), fortalecer la atención primaria (paquete WHO PEN), mejorar la vigilancia y promover la salud mental, alineado con metas globales de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para el 2030 (57) . Iniciativa Mundial contra el Cáncer de Mama, lanzada por la OMS en 2021, orientada a reducir la mortalidad por cáncer de mama mediante un abordaje integral sustentado en tres pilares estratégicos: la promoción de la salud y la concienciación comunitaria, el diagnóstico oportuno y de calidad, y el acceso equitativo a un tratamiento integral, oportuno y basado en evidencia, a lo largo de todo el continuo de la atención (56) .

Artículo ANEXO (40/137)

Estrategia de eliminación del cáncer de cuello uterino, lanzada por la OMS en noviembre de 2020, cuyo objetivo es reducir la incidencia del cáncer de cuello uterino a menos de 4 casos por 100.000 mujeres, mediante la implementación articulada de intervenciones de prevención primaria y secundaria, que incluyen la vacunación contra el VPH, el tamizaje con pruebas de VPH y/o citología cervical, y el acceso oportuno al tratamiento, con el propósito de avanzar hacia un mundo libre de cáncer de cuello uterino (59) Iniciativa Mundial de la OMS contra el Cáncer Infantil, lanzada en 2018, cuyo objetivo es aumentar la tasa de supervivencia de niños, niñas y adolescentes con cáncer al 60 % para 2030, mediante el fortalecimiento del diagnóstico temprano, el tratamiento oportuno y de calidad, el acceso a medicamentos esenciales y la integración de los cuidados paliativos, con especial énfasis en países de ingresos bajos y medianos. En el área andina, se han registrado avances relevantes asociados al fortalecimiento de redes de atención oncopediátrica, la adopción de guías clínicas estandarizadas, la mejora en los sistemas de referencia y contrarreferencia y la implementación de estrategias de detección temprana en los primeros niveles de atención, así como iniciativas orientadas a garantizar el acceso a tratamientos y a reducir el abandono terapéutico, contribuyendo de manera progresiva al mejoramiento de la supervivencia infantil (60).

Artículo ANEXO (41/137)

Código Latinoamericano y Caribeño Contra el Cáncer, el cual plantea 17 recomendaciones basadas en la evidencia científica sólida más reciente y adaptadas a escenarios comunes en América Latina y el Caribe que contribuyan a la prevención del cáncer (38) Convenio Marco para el Control del tabaco de la OMS, cuyo objetivo es proteger a las generaciones presentes y futuras contra las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco proporcionando un marco para las medidas de control del tabaco que habrán de aplicar las Partes a nivel nacional, regional e internacional a fin de reducir de manera continua y sustancial la prevalencia del consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco (56). Estrategia y plan de acción para fortalecer el control del tabaco en la Región de las Américas 2025-2030 (34) Y Marco constitucional y de políticas de salud nacional Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, adoptado por la Resolución 1035 de 2022 (61) y ajustado por la Resolución 2367 de 2023, como política de Estado para orientar la salud pública en los próximos diez años, incluyendo la gestión de las enfermedades no transmisibles, la vigilancia en salud pública, el talento humano y la gobernanza (23). Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida” (Ley 2294 de 2023), que prioriza el fortalecimiento del modelo de salud preventivo y predictivo, la atención primaria en salud y la acción intersectorial para la reducción de riesgos y el control del cáncer (62).

Artículo ANEXO (42/137)

Ley Estatutaria 1751 de 2015, por la cual se regula el derecho fundamental a la salud, se definen las obligaciones del Estado y se consagran principios como la equidad, la continuidad, la progresividad y la participación social (63) Ley 100 de 1993, Ley 1122 de 2007, Ley 1438 de 2011 y Ley 715 de 2001, que estructuran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, sus competencias y la organización de la prestación de los servicios, complementadas y compiladas reglamentariamente en el Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud (64) Constitución Política de 1991, que reconoce la dignidad humana, la igualdad, la protección especial a personas en situación de debilidad manifiesta y el derecho a la seguridad social (65). Normatividad específica para el control del cáncer Leyes Ley 2475 de 2025, por medio de la cual se establece y garantizar el derecho al olvido oncológico en Colombia y se dictan otras disposiciones (66) Ley 2360 de 2024, Por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1384 de 2010 reconociendo para los efectos de esta ley como sujetos de especial protección constitucional a las personas con sospecha o que padecen cáncer (67). Ley 2291 de 2023, por medio de la cual se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología, empresa social del Estado, se define su objeto, funciones, estructura y régimen legal (68).

Artículo ANEXO (43/137)

Ley 2194 de 2022, que refuerza la rehabilitación integral y elimina barreras de acceso a programas de apoyo para personas con cáncer y modifica la Ley 1384 de 2010 - Ley Sandra Ceballos, por la cual se establecen las acciones para la atención integral del cáncer en Colombia(69) Ley 1733 de 2014 “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida (70) . Ley 2026 de 2020 (Ley Jacobo), que declara prioritaria la atención integral oncopediátrica y ordena la eliminación de barreras administrativas y de acceso para niños, niñas y adolescentes con cáncer y modifica Ley 1388 de 2010, “por el derecho a la vida de los niños con cáncer en Colombia” (71) Ley 1968 DE 2019 “por el cual se prohibe el uso de asbesto en el territorio nacional y se establecen garantías de protección a la salud de los colombianos” (70) Decretos Decreto 221 de 2023, Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto en desarrollo de la Ley 1968 de 2019” (71).

Artículo ANEXO (44/137)

Decreto 441 de 2022, por medio del cual se sustituye el Capítulo 4 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 relativo a los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías en salud (74) Decreto 647 de 2022, por el cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en el sentido de reglamentar la prelación de pagos y el giro directo a los prestadores de servicios de salud por las atenciones a la población menor de edad con presunción o diagnóstico de cáncer (75). - — Resoluciones Resolución 1786 de 2025 “Por medio de la cual se adopta el Lineamiento técnico y operativo de la Ruta Integral de Atención en Salud para las personas, familias y comunidades con potencial exposición al asbesto o con enfermedades relacionadas al asbesto” (74) Resolución 624 de 2025 “Por la cual se adopta el Manual para la señalización de los ambientes 100% libres de humo de tabaco y aerosoles emitidos por sus sucedáneos e imitadores” Resolución 202 de 2021, por la cual se modifica el

Artículo ANEXO (45/137)

artículo 10 de la Resolución 4505 de 2012 y se sustituye su anexo técnico con el propósito de ajustarlo a la captación y registro de información relacionada con las intervenciones individuales de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal (77) Resolución 229 de 2020, por la cual se definen los lineamientos de la carta de derechos y deberes de la persona afiliada y del paciente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y de la carta de desempeño de las Entidades Promotoras de Salud — EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado (76) Resolución 2263 de 2020, por la cual se establecen disposiciones para la selección de miembros y funcionamiento del Consejo Nacional Asesor en Cáncer Infantil y de los Consejos Asesores en Cáncer Infantil a nivel territorial (77) Resolución 276 de 2019, por la cual se modifica el artículo 4 y los anexos técnicos que hacen parte integral de la Resolución 3280 de 2018 276 (80). Resolución 3339 de 2019, Por la cual se establece e Implementa el mecanismo de cálculo y distribución de los recursos de la UPC para las Empresas Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar - ECO, para los cánceres priorizados (79) . Resolución 3280 de 2018, por medio de la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de Salud y la Ruta Integral de Atención para la Población Materno Perinatal y se establecen directrices para su operación (11).

Artículo ANEXO (46/137)

Resolución 247 de 2014, por la cual se establece el reporte para el registro de pacientes con cáncer (82) Resoluciones y decretos reglamentarios derivados de estas leyes, entre ellos la Resolución 4496 de 2012, por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de información en Cáncer y se crea el Observatorio Nacional de Cáncer Resolución 1552 de 2013, Por medio de la cual se reglamentan parcialmente los artículos 123 y 124 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones (81) Resolución 1440 de 2013, por la cual se reglamentan parcialmente los artículos 14 de la Ley 1384 de 2010 y 13 de la Ley 1388 del mismo año (84) Resolución 1442 de 2013, por la cual se adoptan las Guías de Práctica Clínica - GPC para el manejo de la Leucemias y Linfomas en niños, niñas y adolescentes, Cáncer de Mama, Cáncer de Colon y Recto, Cáncer de Próstata y se dictan otras disposiciones (85) y VU) Enfermedades no transmisibles, factores de riesgo y determinantes sociales e CONPES 4143 de 2025, define los lineamientos de la Política Nacional de Cuidado, reconociendo el cuidado como un derecho, un trabajo con valor económico y social, y un eje fundamental para la equidad (84,85) e Ley 2456 de 2025, por medio de la cual se crean los fondos de protección y apoyo a personas con discapacidad y sus cuidadores o asistentes personales, y se dictan otras disposiciones (87) e Ley 2354 de 2024, por medio de la cual se modifica el

Artículo ANEXO (47/137)

artículo 1? de la ley 1335 de 2009 y se dictan otras disposiciones (86) e Ley 2297 de 2023, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Cuidado, orientado a reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado no remunerado, así como a garantizar derechos de las personas cuidadoras y quienes requieren cuidado (89). e Ley 2281 de 2023, mediante la cual se crea el Ministerio de Igualdad y Equidad, incorpora dentro de sus funciones la estructuración del Sistema Nacional de Cuidado (90) e Planes y políticas de actividad física, deporte, recreación y nutrición que, aunque han tenido periodos específicos (como el Plan Decenal del Deporte, la Recreación, la Educación Física y la Actividad Física 2009-2019), se integran hoy al PDSP 2022-2031 en sus ejes de entornos y territorios saludables, determinantes sociales y promoción de la salud. e Ley 1968 de 2019, por el cual se prohíbe el uso de asbesto en el territorio nacional y se establecen garantías de protección a la salud de los colombianos (72) e Ley 1335 de 2009, que establece políticas para la prevención del consumo de tabaco, la protección de la población no fumadora y la regulación de ambientes libres de humo, en concordancia con el Convenio Marco para el Control! del Tabaco de la OMS (91). e Ley 1355 de 2009, que define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas como prioridad de salud pública y ordena medidas para su prevención, atención y control (92).

Artículo ANEXO (48/137)

Protección de datos, tecnologías e información en salud e Ley 1581 de 2012, que establece el régimen general de protección de datos personales, reglamentada y compilada en el Decreto 1074 de 2015, incluyendo disposiciones del Decreto 1377 de 2013 sobre autorizaciones y manejo de bases de datos, aplicables al tratamiento de la información clínica, epidemiológica y administrativa vinculada al cáncer (93). e Ley1273 de 2009, que tipifica delitos informáticos, relevante para la protección de la información clínica, los sistemas de información en salud y la seguridad digital en los procesos de registro, notificación y análisis de datos oncológicos (94) e Ley1266 de 2008 (habeas data financiero) y Ley 2157 de 2021, que regulan el tratamiento de datos en centrales de riesgo, la permanencia de reportes negativos y las garantías para los titulares de la información (95). Investigación, desarrollo e innovación e CONPES 4144 de 2025, define la hoja de ruta de Colombia en Inteligencia Artificial para los retos actuales y la transformación futura (96). Y e CONPES 4069 del 2022, la cual contiene la nueva Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que nos indica la hoja de ruta en materia de CTI para la próxima década. La nueva política busca incrementar la contribución de la CTI al desarrollo social, económico, ambiental, y sostenible, del país, con un enfoque diferencial, territorial, y participativo, para aportar a los cambios culturales que promuevan la consolidación de una sociedad del conocimiento (97). e Política Pública de Apropiación Social del Conocimiento en el marco de la Ctel, la cual busca generar condiciones para el uso, inclusión e intercambio de saberes y conocimientos en ciencia, tecnología e innovación (CTel) para la democratización de la ciencia y la construcción de una sociedad basada en el conocimiento (98).

Artículo ANEXO (49/137)

6. Líneas estratégicas Las líneas estratégicas y el componente de cáncer infantil del presente plan se estructuran a partir de la actualización del Modelo para el Control del Cáncer. Para cada uno de estos componentes se definen objetivos específicos y acciones estratégicas que orientan su implementación y contribuyen al cumplimiento de los resultados esperados.. 6.1. Línea estratégica 1. Vigilancia del Cáncer La vigilancia de las enfermedades no transmisibles ha evolucionado del concepto epidemiológico tradicional hacia un enfoque de salud pública. Este modelo integra variables demográficas, factores de riesgo y protectores, morbilidad, discapacidad, mortalidad y servicios de salud. Para el caso del cáncer, las estrategias de vigilancia en los diversos grupos poblacionales y en cada etapa del continuum de la enfermedad garantizan información válida para planificar y evaluar las acciones de control. Dada su complejidad, los Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP) se han consolidado como la estrategia global estándar para monitorear la incidencia y supervivencia. La línea de vigilancia en cáncer se fundamenta en tres componentes clave: la vigilancia epidemiológica (pilar del modelo para la prevención y el control del cáncer), el seguimiento de la atención en el sistema de salud y el Observatorio Nacional de Cáncer (ONC), este último bajo el liderazgo del Ministerio de Salud y el apoyo del Instituto Nacional de Cancerología. 6.1.1. Objetivos específicos 1. Generar y fortalecer el conocimiento sobre la magnitud y la carga del cáncer en Colombia, con la disponibilidad de datos válidos y comparables que permita la adecuada planificación de los servicios de salud y la adecuada distribución de los recursos en salud

Artículo ANEXO (50/137)

2. Monitorear, analizar y gestionar de manera sistemática la calidad, oportunidad, continuidad e integralidad de la atención en cáncer en el sistema de salud colombiano, mediante el uso articulado de información proveniente de múltiples fuentes (DANE, CAC, SIVIGILA), con el fin de identificar brechas, generar alertas tempranas y orientar acciones de mejora, regulación y toma de decisiones que contribuyan a mejores resultados en salud para las personas con cáncer. 3. Fortalecer la gestión del conocimiento y la capacidad analítica sobre la información en cáncer disponible en el país, articulando las fuentes nacionales existentes y promueva el uso de datos de calidad para la toma de 0] decisiones, el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas orientadas al control integral del cáncer en Colombia. 6.1.2 Acciones estratégicas Componente Acciones estratégicas Vigilancia epidemiológica del cáncer Definir como el estándar oficial para la incidencia y supervivencia la, información de los registros de cáncer de base para las ciudades y departamentos donde opere. Establecer los mecanismos para el intercambio de información entre los sistemas de la base de datos nacional SISPRO (EEVV, CAC, SIVIGILA) y los registros poblacionales de cáncer y proporcionar bases de datos de mortalidad con identificadores a los registros poblacionales de cáncer. Garantizar la cooperación entre Estado y academia para garantizar la sostenibilidad del funcionamiento de los Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP). Fortalecer el componente de Encuestas Poblacionales para generar la información de factores de riesgo o protectores relacionados con cáncer Establecer el suministro de información y eliminar las barreras de acceso a la información para los Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP) mediante el reporte de datos.

Artículo ANEXO (51/137)

Impulsar la modernización tecnológica de los Registros de Cáncer de Base Poblacional (RCBP) mediante la automatización de los procesos de extracción de datos y mejora de la oportunidad y calidad de la información salud Vigilancia de atención en el sistema de Definir el sistema de nacional de vigilancia de la atención del cáncer adulto e infantil integrando los registros de atención existentes para medir la gestión del riesgo de los canceres priorizados. Generar mecanismos de seguimiento y monitoreo de los indicadores de calidad en la atención en salud del país —incluyendo PORSD, tutelas, y demás instrumentos de control ciudadano— desagregados por regiones y servicios de salud, con el fin de identificar brechas, orientar acciones de mejora y fortalecer la formulación de políticas públicas Definir los estándares de cumplimiento de los indicadores de calidad de la atención de los canceres priorizados de acuerdo con la evidencia científica, estándares internacionales e iniciativas mundiales o globales que permita medir el desempeño de los actores del sistema encargados de la atención integral del cáncer. Definir, medir y evaluar indicadores de calidad de la atención en cáncer que permitan seguimiento periódico y toma de decisiones oportunas Diseñar e implementar estrategias que promuevan el uso. — correcto, uniforme y estandarizado de los códigos CIE-10 oncológicos por parte del personal asistencial Estructurar la gobernanza del ONC, definiendo los roles de los actores involucrados (Ministerios, instituciones de salud, academia, sector privado, entre otros) y garantizar el soporte financiero necesario para su sostenibilidad y funcionamiento integral a largo plazo. Producir recomendaciones técnicas y evidencia para orientar la formulación de políticas, incluyendo lineamientos para la regulación del Componente Acciones estratégicas Observatorio Nacional de Cáncer uso de la lA en cáncer, de manera que las intervenciones sean equitativas, sostenibles y eficaces.

Artículo ANEXO (52/137)

Constituir un espacio de articulación entre la academia, tomadores de decisiones, sociedad científica, la sociedad civil y población en general para el análisis, monitoreo y evaluación de las acciones para el control del cáncer. implementar estrategias de comunicación para la divulgación y apropiación del conocimiento generado, difundiendo de manera oportuna políticas públicas, legislación en cáncer y factores de riesgo a través del ONC. 6.2. Línea estratégica 2. Investigación, Desarrollo e Innovación para el control integral del cáncer La investigación, el desarrollo y la innovación articulan conocimiento, política pública, intersectorialidad y servicios de salud para comprender o resolver los retos para el control integral del cáncer atendiendo el enfoque de la política de investigación e innovación orientada por misiones, adoptando progresiva y éticamente tecnologías habilitadoras. Esta línea se implementa a través de la Red Nacional de Investigación en Cáncer fortaleciendo capacidades territoriales. 6.2.1. Objetivos específicos 1. Consolidar y fortalecer la Red Nacional de Investigación en Cáncer como un mecanismo articulador de las capacidades de 1+D+i en el ámbito territorial. 2. Diseñar y consolidar una estrategia nacional colaborativa que permita identificar, comparar y fortalecer las capacidades territoriales de I+D+i para el control del cáncer, articulando actores del sistema de CTI y salud, para orientar inversiones y decisiones de política con enfoque de equidad y cierre de brechas 3. Fortalecer las capacidades científicas, tecnológicas y de innovación para el control del cáncer mediante la adopción progresiva, ética e interoperable de tecnologías habilitadoras que integren, gestionen y usen inteligentemente la información en salud. 6.2.2.

Artículo ANEXO (53/137)

Acciones estratégicas Componente Acciones estratégicas Ampliar y actualizar el funcionamiento operativo de la Red Nacional de Investigación en Cáncer, formalizando y actualizando ecosistemas territoriales y temáticos de investigación en cáncer. Fortalecer capacidades de investigación e innovación mediante acompañamiento técnico, estandarización de buenas prácticas y promoción de resultados aplicables al sistema de salud y al sistema nacional de ciencia tecnología e innovación. Implementar estrategias de capacitación y educación continua en l+D+ien cáncer para los actores de los ecosistemas involucrados. U) Componente Acciones estratégicas Red Nacional de Investigación en Cáncer (RNIC) Implementar la estrategia de convocatorias cocreadas por misiones transformativas para el control integral del cáncer, con participación académica, clínica, y de la comunidad. Contar con un mecanismo nacional, permanente y articulado de convocatorias cocreadas orientadas por misiones transformativas. de 1+D+i en cáncer, en el marco del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Establecer esquemas de cofinanciación público-privada y cooperación internacional que aseguren la sostenibilidad de las convocatorias. Implementar un programa de investigación e innovación basada en la comunidad, que sea participativa, con pacientes, cuidadores y organizaciones sociales en territorios priorizados. Fortalecer el banco nacional de tumores terry fox mediante una logística de muestras y red nacional de biocustodía. Capacidades territoriales de l+D+i para el control integral del cáncer en Colombia Publicar, validar e implementar un Índice de Capacidades Territoriales de HD+i para el control del cáncer, con metodología estandarizada, indicadores comparables y tableros públicos de información en alianza con el Departamento Nacional de planeación. Consolidar una línea base y un sistema nacional de información interoperable sobre capacidades territoriales de 1+D+i para el control del cáncer, con actualización periódica y criterios de calidad de datos.

Artículo ANEXO (54/137)

Formular, facilitar y evaluar intervenciones e instrumentos de fomento orientados a reducir brechas territoriales identificadas, mediante incentivos, cofinanciación Nación—territorio y cooperación interinstitucional principalmente con el Departamento Nacional de planeación y el Ministerio de Ciencia Tecnología e innovación. Transformación digital, innovación y transferencia de tecnología para el control del cáncer Diseñar, validar y escalar modelos predictivos basados en inteligencia artificial para prevención y detección temprana, diagnóstico y tratamiento del cáncer, iniciando con cáncer de mama, cuello uterino y pulmón. Ampliar progresivamente la implementación de modelos predictivos a otros cánceres priorizados, con base en evidencia de impacto y factibilidad. Fortalecer capacidades institucionales y territoriales y formar talento especializado para que la investigación en cáncer genere innovación, facilitando el diseño, validación y prueba de soluciones de retos prioritarios para el control integral. Diseñar, implementar y consolidar una plataforma nacional integrada de datos en cáncer, interoperable con los sistemas de información en salud Incorporar tecnologías habilitadoras, incluidos esquemas de aprendizaje federado, para la gestión, análisis y uso inteligente de datos, garantizando protección de datos y soberanía de la información. Establecer marcos éticos y condiciones normativas y operativas que aseguren la sostenibilidad y adopción de la infraestructura digital en el sistema de salud, 6.3. Línea estratégica 3. Promoción, prevención y reducción del riesgo Las acciones aquí presentadas desarrollan las intervenciones de prevención primaria que incluyen aumentar la exposición a factores protectores del cáncer conocidos, reducir la exposición a riesgos de cáncer conocidos, proporcionar medios para reducir los efectos de la exposición a dichos riesgos o intervenir de otro modo en los estados patológicos que causan cáncer.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2026.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 39), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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