Artículo 61
CONFERENCIAS DE REVISIÓN, ENMIENDAS Y ASUNTOS CONEXOS. 1. El Depositario preparará para los Estados partes cada año, o cuando las circunstancias lo exijan, informes sobre el modo en que el régimen internacional establecido en el presente Convenio se ha aplicado en la práctica. Al preparar dichos informes, el Depositario tendrá en cuenta los informes de la Autoridad supervisora relativos al funcionamiento del sistema de inscripción internacional. 2. A petición de por lo menos el veinticinco por ciento de los Estados partes, el Depositario convocará periódicamente, en consulta con la Autoridad supervisora, Conferencias de revisión de dichos Estados partes con el fin de examinar: a) La aplicación práctica del presente Convenio y su eficacia para facilitar la financiación garantizada por activos y el arrendamiento de los objetos comprendidos en sus disposiciones; b) La interpretación de los tribunales y la aplicación que se haga de las disposiciones del presente Convenio y los reglamentos; c) El funcionamiento del sistema de inscripción internacional, el desempeño de las funciones del Registrador y su supervisión por la Autoridad supervisora, teniendo en cuenta los informes de la Autoridad supervisora; y d) La conveniencia de modificar el presente Convenio o los arreglos relativos al Registro internacional. 3. Con sujeción al párrafo 4o, toda enmienda al presente Convenio será aprobada, por lo menos, por una mayoría de dos tercios de Estados partes que participen en la Conferencia mencionada en el párrafo anterior y entrará en vigor, con respecto a los Estados que hayan ratificado, aceptado o aprobado dicha enmienda, cuando haya sido ratificada, aceptada o aprobada por tres Estados de conformidad con las disposiciones del artículo 49 relativas a su entrada en vigor. 4. Cuando la propuesta de enmienda del presente Convenio esté destinada a ser aplicada a más de una categoría de equipo, dicha enmienda será también aprobada, por lo menos, por una mayoría de dos tercios de los Estados partes en cada Protocolo que participen en la Conferencia mencionada en el párrafo 2o.