Por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestreucturan entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones.

Ley Ordinaria · 182 · 1995-01-20 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
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Título I — Sin título
Capítulo V — DE LAS CONCESIONES.
Título II — DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN.
Título IV — Sin título
Título V — DE LA REORGANIZACIÓN DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR.
Título VII — Sin título
Título III — Sin título
Capítulo I — Sin título
Capítulo II — De las 10:00 horas a las 19:00 horas el 50% será programación de producción nacional.
Capítulo III — DE LA OPERACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO.
Capítulo IV — DE LA TELEVISIÓN POR SUSCRIPCIÓN.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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