Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1070 de 2015 en lo relacionado con la reglamentación del servicio de reclutamiento, control reservas y la movilización.

Decreto · 977 · 2018-06-07 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 81–84 de 84

Artículo 2.3.1.4.16.1

Salvoconducto. La Cédula Militar para Oficiales y Suboficiales en servicio activo, reemplaza el Salvoconducto para el porte de armas a que se. refiere el Decreto 2535 de 1993 y normas que lo modifiquen. Parág~~fo. La e~poo.i~ión de .salvoconductos para porte de armas a Oficiales y SubofiCiales en sltuaclon de retiro o reserva, solamente requiere la presentación de la cédula militar y la comprobación de la procedencia legal del arma. (Decreto 063 de 1991 artículo 30) .LJ 081 O5 6 DECRETO NÚMERO DE 2018 HOJA No. 22 Continuación del Decreto "Por medio de la cual se modifica pardalmente el Decreto 1070 de 2015 en lo relacionado con la reglamentación del servicio de reclutamiento, control reservas y la movilización."\nArtículo 2°. 3.1.4.16.2. Tarjeta de identidad para el personal civil. Denominase "Tarjeta de Identidad para el personal civil" el documento que están obligados a portar los empleados públicos y trabajadores oficiales al servicio del Ministerio de Defensa Nacional. Parágrafo. El documento de que trata este artículo únicamente presta mérito para la identificación ante las autoridades militares y no reemplaza la Tarjeta de Reservista. (Decreto 063 de 1991 artículo 50)

Artículo 2.3.1.4.16.3

Costos. El costo de la expedición de los documentos de que trata el presente Decreto y de sus respectivos duplicados, será fijado mediante disposición que expida el Comando General de las Fuerzas Militares. (Decreto 063 de 1991 articulo 70)

Artículo 2.3.1.4.16.4

Cambio del documento de identificación militar. Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional que cambien de grado, bien sea por ascenso, retiro del servicio activo o promoción, están obligados a solicitar el cambio del documento de identificación militar correspondiente a su nuevo estado. (Decreto 063 de 1991 articulo 90)

Artículo 2.3.1.4.16.5

Fondo interno. Los dineros provenientes de los valores establecidos en el artículo 2.3.1.4.16.3, ingresarán al Fondo Interno, Decreto 2350 de 1971, de la Dirección de Reclutamiento de la respectiva Fuerza." (Decreto 063 de 1991 artículo 10) ·Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de su publicación, modifica el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1070 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, y deroga el artículo 2.5.6.2.2.6 del Decreto 1070 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los -7 JUN 2018 LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, L ~~ ~ ... ~i .. gARlA ÁNG . , : , !I\ HOLG • I EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, ~ 1 J ti LUIS C. VILLEGAS ECHEVER I 1 ~. '~ 081056 DECRETO NÚMERO HOJA No. DE 2018 23 Continuación del Decreto "Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1070 de 2015 en lo relacionado con la reglamentación del servicio de reclutamiento, control reservas y la movilización," LA MINISTRA DEL TRABAJO, LA MINISTRA DE EDUCACiÓN NACIONAL, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, LU GILB~RILLO

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Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

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