Campo de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente decreto se aplican a la población que deba afiliarse y a los afiliados al Sistema General Seguridad Social en Salud; a las Entidades Promotoras Salud-EPS y Entidades Obligadas a Compensar-EOC; a administradores y del Fondo de y -FOSYGA o haga sus a los aportantes, administradores y operadores de de la Integrada de Liquidación Aportes a los prestadores de servicios y a las entidades territoriales.
A los reg exceptuados y especiales establecidos legalmente aplica lo dispuesto en los artículos 12, numeral 12.2, 82, 83 Y 85 del presente decreto.
Artículo Definiciones. efectos expresiones afiliación, afiliado, datos inscripción a de Salud EPS, movilidad, novedades, registro, traslados, traslado de dentro un mismo régimen, traslado de entre diferentes, y validación tendrán los siguientes alcances:
1. Afiliación: el acto ingreso al Sistema General de Seguridad Social en Salud se a través del en el Afiliación Transaccional, por una vez, y la inscripción en una Entidad Promotora de Salud - - o Entidad Obligada a
3.2. Afiliado: la calidad que adquiere la persona una vez realizado afiliación y que otorga derecho a los servicios de salud del plan de beneficios que brinda Sistema General Seguridad Social en Salud y, cuando a las económicas.
3.3. Afiliado adicional: la persona que, no cumplir los para ser o beneficiario en el régimen contributivo, conforme a previsto en el decreto se inscribe en el núcleo familiar de un afiliado cotizante mediante el pago de una UPC adicional. Hoja 5
3.4. Afiliado cabeza de familia: Es persona que pertenece al régimen subsidiado responsable de realizar su afiliación y la de su núcleo familiar, según lo previsto en el decreto, así como el registro las novedades correspondientes.
3 Datos básicos: Son los datos referidos a la identificación afiliado: apellidos, nombres, fecha nacimiento, sexo, tipo y número de documento identificación y condición supervivencia.
3.6. Datos complementarios: Son los datos adicionales del afiliado y aportante, si fuere el relacionados con su ubicación geográfica e información de contacto, la administración del riesgo en salud y demás que determ el Ministerio de Salud y Protección Social.
3.7. Información de referencia: la información que permite validar la identificación y datos básicos los afiliados, el cumplimiento de requisitos para afiliación y las novedades en los regímenes contributivo y subsidiado, o que permite garantizar la integridad y consistencia de la misma.
3.8. Inscripción a la EPS: la manifestación voluntad libre y espontánea del afiliado de vincularse a una Entidad Promotora de Salud a través de la cual recibirá la cobertura en salud.
3.9. Movilidad: el cambio de pertenencia a un régimen dentro de la misma para afiliados en el Sistema General de uridad Social en Salud focalizados en los I y 11 del SISBÉN y algunas poblaciones especiales.
3.10. Novedades: Son cambios que afectan el estado la afiliación, la condición afiliado, la pertenencia a un régimen o la inscripción a una y actualizaciones los datos de los afiliados.
3.11. Plan beneficios: Es conjunto de tecnologías en salud a que tienen derecho afiliados al de Seguridad Social en Salud definido conforme a la normativa vigente, cual modificado y tendrá el que se determine en la reglamentación que expida Ministerio de Salud y Protección Social en desarrollo de lo establecido en el artículo 15 la Ley 1751 de 2015.
3.1 Poblaciones especiales: Son las personas por sus condiciones de vulnerabilidad, marginalidad. discriminación o en situación de debilidad manifiesta, lo dispuesto por la ley o por el Decreto pertenecer al régimen subsidiado. · '". 2353 de 2015 Decretel:in\)irt,~'ro' Hoja 6
3.1 Registro en el Sistema de Afiliación Transaccional: acto a través del cual se istra, por una única la información de los datos básicos y complementarios de los afiliados en Sistema Afiliación Transaccional.
14. Registro de novedades: Es acto de actualización la información de datos y complementarios los afiliados y las novedades de la afiliación en el Sistema de Afiliación Transaccional.
3.15. Traslados: los cambios de inscripción de dentro de un mismo régimen o los cambios de inscripción EPS con cambio de régimen dentro del Sistema General Seguridad Social en Salud.
3.16. Traslado de EPS dentro de un mismo régimen: el cambio de inscripción dentro un mismo régimen.
3.17. Traslado de EPS entre regímenes diferentes: cambio inscripción de regímenes diferentes.
3.18. Validación: la verificación de la información que reporta el afiliado, el aportante o la entidad territorial contra la información de referencia. el caso la validación de la identificación y datos básicos de personas, validación se realizará contra tablas construidas a partir de la información reportada por las entidades responsables de la expedición los documentos identidad.