apropiaciones incluidas en el presupuesto la 'flnonr.", fiscal de 2018 se en la A. FUNCIONAMIENTO Son aquellos que tienen por objeto necesidades las funciones "''',,,'n'''r1 en la Constitución Política y la Ley. 1. GASTOS los órganos para cumplir a cabalidad con PERSONAL como f'r-.ntr"''',l''O",lt<lf'",n de los servicios que sea 1.1. SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NÓMINA Comprende la remuneración por concepto sueldos y demás factores los servidores publiCaS vinculados a la planta personal, tales como: 1.1.1. legalmente eStélDle,eIOCIS, PERSONAL DE NÓMINA Pago las a los publicas, que incluye: la jornada ordinaria; la jornada nocturna; las jornadas mixtas; el trabajo ordinario en dominicales y festivos; los incrementos por antigüedad; y la remuneración a tienen derecho los funcionarios del Ministerio de y la Policía Nacional a quienes se les confieran comisiones diplomáticas, administrativas, de estudios, de tratamiento médico o especiales al exterior, en forma o transitoria. 2236 Página 64 de 90 DE DECRETO Continuaciór del Decreto "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, se etallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" 1.1.2. HORAS EXTRAS, DíAS FESTIVOS E INDEMNIZACiÓN POR VACACIONES Horas extras y días festivos, corresponde a la remuneración al trabajo realizado en horas adicionales a la jornada ordinaria diu~a o nocturna, o en días dominicales y festivos. Su reconocimiento y pago están sujetos a las limitaciones e ~ablecidas en las disposiciones legales vigentes. Indemnizaciónl por vacaciones, hace referencia a la compensación en dinero por vacaciones causadas y no disfrutadas qu~ se paga al personal que se desvincula o a quienes, por necesidades del servicio, no pueden t.omarlas en tij1mpo. La afectación de este rubro requiere resolución motivada suscrita por el Jefe del respectivo organo. 1.1.3. PRIMA ÉCNICA Reconocimien,o económico a algunos servidores públicos que se pagará de acuerdo al cargo que desempeñe y una vez sea otorgada conforme a los requerimientos legales. 1.1.4. OTROS IGASTOS POR SERVICIOS PERSONALES Son aquellos gastos por servicios personales asociados a la nomina que no se encuentran bajo las denominacionE s anteriores, igualmente, incluyen las remuneraciones especiales del Ministerio de Defensa Nacional y de la Policía Nacional, como lo son las bonificaciones por seguro de vida colectivo, dragoneante, policía militar y guardia presidencial, buena conducta, cuerpo profesional y por licenciamiento, partida alimentación ~ oldados, partida especial de alimentación cobertura de fronteras , primas de instalación y de alojamiento erl el exterior, y el auxilio de transporte establecido en la Ley 48 de 1993. Dentro de los ~astos por este concepto se atienden también , entre otros, los siguientes: GASTOS DE J EPRESENTACIÓN Parte de la reJ uneración de ciertos servidores públicos que las disposiciones legales han previsto . . I BONIFICACIÓ~ POR SERVICIOS PRESTADOS Pago por cadalaño continuo de servicios a que tienen derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores o~ciales, equivalente a los porcentajes señalados por las normas legales vigentes sobre la materia, correspondien1 s a la asignación básica, incrementos por antigüedad y gastos de representación. SUBSIDIO DE ALIMENTACiÓN Pago a los e I pleados públicos y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales de determinados niveles salariales para ,contribuir a su manutención en la cuantía y condiciones señaladas por la ley. Cuando el órgano suministre la alimentación a sus servidores no habrá lugar a este reconocimiento. AUXILIO DE Tr NSPORTE Pago a los em~leados públicos que por ley tienen derecho y, según lo contratado, a los trabajadores oficiales, en la cuantía y cohdiciones establecidas para ello. Cuando el órgano suministre el transporte a sus servidores no habrá lugar a ef te reconocimiento. I PRIMA DE SE ~VICIO Pago a que tier en derecho los empleados públicos y, según lo contratado, los trabajadores oficiales, en forma proporcional al tiempo laborado, siempre que hubieren servido en el respectivo órgano por lo menos un semestre. 36 DE la de 90 fiscal PRIMA DE VACACIONES los empleados públicos y, según lo contratado, los