Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en las actividades económicas de edición (CIIU 58), jurídicas y de contabilidad;(CIIU 69), administración empresarial, actividades de consultoría de gestión;(CIU 70); actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica (CIIU 7110); investigación científica y desarrollo;(CIIU 72); publicidad y estudios de mercado:(CIIU 73)…

Resolución · 899 · 2020-06-10 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 101–113 de 113

Artículo 3 (99/111)

b. Las empresas deben contar con un censo de ios trabajadores que viven con personas mayores a 70 años o con personas con morbilidades preexistentes susceptibles a los efectos del contagio de COVID-19 o que conviven con personas que presten servicios de salud. c. Afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social Integral, y solicitar el cumplimiento de este requisito, al persona! indirecto que presta los servicios para la compañía. 7.4.4, Monitoreo dei estado de salud del personal, proveedores, clientes y aliados (situación de contagio) a. Realizar toma rutinaria de temperatura al inicio de la jornada laboral y al finalizar la misma. Esta información deberá ser registrada por escrito en un formato que para tal fin se implemente. De igual forma se deberá garantizar que se efectúe control de temperatura en todos los ingresos, tanto peatonales como vehiculares, a través de mecanismos electrónicos tales como laser, digitales, termográficos y demás, de tal forma que no se generen congestiones o aglomeración de personas. b. Desarrollar un proceso de vigilancia para detectar al personal enfermo o con sintomas.

Artículo 3 (100/111)

c. Informar a las autoridades sanitarias si algún trabajador o prestador de servicios presenta sintomas y suspender sus actividades. RESOLUCIÓN NÚMERO “72£899DEe 2020 HOJA N? 37 d. El trabajador o prestador de servicios está en la obligación de reportar su estado de salud, así como el resultado de la prueba para el coronavirus COVID-19, incluso quienes no presenten síntomas, En estos casos, el empleador o contratante deberán garantizar el manejo de esta información con discreción y solo para fines de reporte ante las EPS y para adoptar las medidas pertinentes. 7.4.5.

Artículo 3 (101/111)

Manejo de situaciones de riesgo Implementar una línea de atención prioritaria, para que los trabajadores informen sobre cualquier eventualidad de salud. Reportar inmediatamente a la EPS o a la secretaria distrital o municipal de salud o quien haga sus veces, cualquier caso sospechoso que se presente, así como disponer de un área para el aislamiento de casos sospechosos de coronavirus COVID-19. Cuando alguno de los trabajadores experimente síntomas respiratorios o fiebre, (reportado dentro o fuera de las instalaciones) se realizará aislamiento preventivo en el lugar de trabajo, para lo cual debe colocarse tapabocas, dejarlo en una zona aislada y avisar a la EPS y a la ARL, para que establezcan los pasos a seguir. 7.5. Recomendaciones para trabajo en la vivienda = 7.5.1. Medidas al salir de la vivienda Visitar solamente aquellos lugares estrictamente necesarios y evitar aglomeraciones de personas. No saludar con besos, ni abrazos, ni dar la mano Utilizar tapabocas en el transporte público, supermercados, bancos y demás sitios. 7.5.2. Al regresar a la vivienda Desinfectar con alcoho! o lavar con agua y jabón los elementos que han sido manipulados al exterior de la vivienda. Quitarse los zapatos y lavar la suela con algún agente desinfectante. Antes de tener contacto con los miembros de la familia o residencia, bañarse con abundante agua y jabón, cambiarse de ropa y evitar saludarlos con beso, abrazo y darles la mano. Dejar en la entrada de su casa ropa y zapatos de cambio para su regreso Si lleva alguna compra, desinfectar el empaque y colocarla en una superficie limpia. Estar atento a las indicaciones de la autoridad local sobre restricciones dadas a movilidad y acceso a lugares públicos. Dirigirse solamente al laboratorio, evitar actividades intermedias como diligencias personales o visita a familiares, y evitar aglomeraciones de personas si usa transporte público.

Artículo 3 (102/111)

Evitar diálogos con personas, especialmente sí detecta que presentan cuadros respiratorios. 7.6. Muestreo de líquidos, sólidos y gases 7.6.1. En lugares abiertos Usar en el lugar de muestreo, Elementos de Protección Personal (EPP) básicos como bata u overol, guantes (látex o nitrilo), monogafas de seguridad, tapabocas y/o respirador máscara de gases. Desinfectar con los productos químicos y soluciones adecuadas, antes y después de usar los utensilios o equipos que se emplearán para el muestreo. Al terminar el muestreo se recomienda retirarse los elementos de protección personal a excepción del tapabocas. . Al ingresar las muestras al laboratorio, desinfectar los recipientes externamente con los productos químicos relacionados. 7.6.2.

Artículo 3 (103/111)

En lugares cerrados O JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO “22689 9ne 2020 HOJA N? 38 a. Usar en el lugar de muestreo, elementos de protección personal como bata de algodón o desechable, guantes (látex o nitrilo), monogafas de seguridad, careta, tapabocas y!o respirador máscara de gases. “bh. Mantener el distanciamiento si están presentes más personas en el lugar del muestreo. c. Desinfectar con los productos químicos y soluciones adecuadas, antes y después de usar los utensilios o equipos que se emplearán para el muestreo.

Artículo 3 (104/111)

d. A! terminar el muestreo retirarse los EPP a excepción del tapabocas. e. Al ingresar las muestras al laboratorio, desinfectar los recipientes externamente con los productos quimicos relacionados 7.6.3. Muestreo de residuos peligrosos a. Extremar el uso de elementos de protección personal como bata desechable antifluido, guantes (nitrilo), monogatas de seguridad, respirador máscara de gases. b. Mantener el distanciamiento si están presentes más personas en el lugar del muestreo. c. Desinfectar con los productos químicos y soluciones adecuadas, antes y después de usar los utensilios o equipos que se emplearán para el muestreo. Además del respirador máscara de gases. d. Al terminar el muestreo retirarse los elementos de protección personal y descartar los desechables. Cotocarse el tapabocas. e. Al ingresar las muestras al laboratorio, desinfectar los recipientes externamente con los productos químicos relacionados. 7.7. Recomendaciones para laboratorios en instalaciones permanentes 7.7.1. Recepción de equipos y/o ítems de ensayo a. La persona que tiene como función realizar la recepción de equipos y/o items de ensayo, deberá utilizar tapabocas, careta mascarilla, guantes y bata. b. Solicitar al remitente de paquetes y/o equipos si dispone de medidas de desinfección durante el transporte. c. Solicitar al cliente las instrucciones o recomendaciones para la desinfección de los items o equipos, pára evitar daños en los mismos.

Artículo 3 (105/111)

d. Informar a los clientes por correo electrónico o telefónicamente la hora y fecha en la que se realizará la recepción del equipo y/o muestra. - e. En el proceso de recepción de! equipo, tomar los datos completos de las personas que hacen la entrega, para hacer seguimiento o notificación en caso de contagio. Los datos minimos a tener en cuenta son: fecha, lugar, nombre completo, número de cédula, teléfonos de contacto. Esta información se debe manejar con confidencialidad entre el cliente y el * laboratorio, cuando se requiera divulgar se debe informar al cliente las razones. f. Si el equipo o ta muestra llega embalada, desinfectar el embataje con alcohol de una concentración no menor al 70 %. El laboratorio debe definir cómo proceder en los embalajes de cajas de cartón, si las desinfecta o las desecha. Para los embalajes de materia! plástico, y de madera como guacales, desinfectar con alcohol en una concentración no menor al 70 %, haciendo uso de un atomizador, siguiendo las indicaciones según las características de las superficies. g. Es importante que, al momento de la recepción, si la persona encargada de este proceso no posee la competencia requerida para el manejo de las muestras y/o equipos, solicite acompañamiento del experto del laboratorio en la magnitud o el ensayo para realizar el proceso de recepción correctamente

Artículo 3 (106/111)

h. El laboratorio debe solicitar que las muestras para ensayo se encuentren embaladas para evitar el deterioro de la muestra y facilitar la desinfección. ¡. Enel caso de muestras para analizar que no estén embaladas, evaluar la susceptibilidad de las mismas a las sustancias desinfectantes empleadas, con el objetivo de escoger la sustancia adecuada de tal forma que no afecte en análisis ora ¡0 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 226899De 2020 HOJA N? 39

Artículo 3 (107/111)

j. Proceder a desembalar el material'o el equipo, e inmediatamente desinfectar, siguiendo las recomendaciones del fabricante, las caracteristicas físicas y/o quimicas según sea el caso, y demás que le sean propias al material o equipo recibido. k. Para el almacenamiento de equipos usar los cubiculos, estantes o mesas, que han sido previamente desinfectados y que el laboratorio tiene destinados para ello, nunca colocar los equipos recibidos en el piso, y menos donde usualmente transitan personas. Los equipos serán almacenados en sus estuches originales (cuando los tengan) que ya han sido previamente desintectados. l.. Delimitar y demarcar las zonas de entrega y recepción de equipos, muestras o insumos con el objetivo de minimizar el contacto. m. El acceso a las personas que entregan equipos e insumos al laboratorio debe ser restringido hasta ciertos sitios establecidos previamente por el laboratorio. En caso de que no se encuentren documentados definir y delimitar el acceso de personal que entrega equipos e insumos al laboratorio. 7.7.2. Calibración y/o ensayo a. Implementar registro electrónico para hacer solicitudes y seguimiento del proceso de calibración o análisis. b. Desinfectar los sitios destinados para las actividades de calibración y/o ensayo, donde se manipulan los equipos y/o muestras, con alcohol al 70 % antes de iniciar el proceso de calibración y/o ensayo. c. Los equipos empleados en los procesos de calibración y/o ensayo de muestras deben ser desinfectados, siguiendo las especificaciones y recomendaciones dadas por los fabricantes en los instructivos de manejo y operación. Para ello utilizará los elementos de protección persona! y los elementos de bioseguridad requeridos. Cabe dar claridad que previo a una desinfección se realiza siempre una limpieza, para ello los laboratorios tienen documentada esta actividad con la profundidad y pertinencia adecuado a sus alcances de calibración y/o ensayo.

Artículo 3 (108/111)

d. Una vez se concluya las actividades de calibración y/o ensayo se procederá al embalaje del equipo y/o muestra, efectuando los procedimientos de limpieza y desinfección, atendiendo las particularidades de cada caso. e. Las áreas que han sido utilizadas en las actividades de calibración y ensayo se limpian y se desinfectan nuevamente, y se hace la disposición final de residuos, siguiendo este protocolo. f En los casos en los que se requiera supervisión o entrenamiento de personal en procesos del laboratorio, en los que no sea posible mantener una distancia de 2 metros entre personas, el laboratorio debe definir las estrategias que se emplearán para evitar el contagio. Se sugiere implementar turnos de trabajo, emplear barreras fisicas o emplear elementos de protección personal que ofrezcan mayor protección (tapabocas de alta eficiencia). g. En el caso de realizar o recibir el atestiguamiento remoto de calibración y/o ensayos, el laboratorio debe garantizar las herramientas necesarias para dicho proceso, tales como conexión a internet, dispositivos electrónicos de video y audio, entre otros. 7.7.3. Entrega de equipos calibrados o materiales ensayados a. Establecer previamente las áreas a las cuales tienen acceso las personas que van a retirar equipos. b. Las personas que pertenecen a los laboratorios, o a las empresas transportadoras encargadas de retirar los equipos, deben ser las encargadas de llevar los equipos y/o muestras hasta los vehículos para su transporte, ellos deben usar tapabocas y guantes acordes a la actividad y a la prevención de la propagación del virus que produce la COVID- 19. Cc. El laboratorio debe mantener limpias y desinfectadas las áreas donde almacena los equipos y/o muestras de ensayo para entrega.

Artículo 3 (109/111)

d. No compartir elementos entre las personas que reciben y entregan, como boligrafos, cuando esto suceda proceder a su desinfección. 70 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 46899 pe * 2020 HOJA N? 40

Artículo 3 (110/111)

e. El personal de las empresas transportadoras que retiren equipos y/o muestra de ensayo del laboratorio, serán responsables de utilizar los elementos de protección personal y los elementos de bioseguridad, los laboratorios deben exigir estos implementos tanto en la recepción como en la entrega de las muestras ensayadas. 7.8. Recomendaciones para laboratorios móviles o in sítu 7.8.1. Antes de la prestación del servicio a. Para realizar esta actividad, el uso de tapabocas y guantes es obligatorio en todo momento. Para la protección de los ojos, se deben emplear gafas de montura universal con protección lateral o caretas de protección facial. b. Durante la prestación de servicio, evitar el contacto fisico en todo momento, mantener una distancia mínimo de 2 metros entre las personas, cuando esta situación no sea posible, el laboratorio debe contemplar las medidas a tomar. Se recomienda emplear elementos de protección personal que ofrezcan mayor protección. Por ejemplo, uso de tapabocas de alta eficiencia. Cc. Desinfectar diariamente los elementos de protección personal reutilizables como cascos, respirador, máscaras de gases con filtro, gafas, protectores auditivos, etc. Por ningún motivo compartir estos elementos con los compañeros de trabajo. - d. Seguir las recomendaciones establecidas por las autoridades de la salud para el transporte : hacia el sitio de trabajo y para el regreso a casa. 7.8.2. Calibración y/o ensayo a. Los equipos que serán usados en la calibración y/o ensayo serán transportados por el personal experto del laboratorio utilizando para ello tapabocas y guantes. b. En caso de transportar los equipos móviles por servicio de mensajería debe exigirse * protocolos de operación en los que se indique la obligatoriedad del uso de tapabocas y guantes por parte del personal de la compañía de mensajería. c. Durante el proceso de calibración y/o ensayo el personal que realiza la actividad, utilizará los elementos de protección personal y los elementos de bioseguridad durante todo el desarrollo de la actividad.

Artículo 3 (111/111)

d. El laboratorio debe aplicar a cada equipo y/o ítem a ensayar los procedimientos de limpieza según el manual de fabricante respectivo y los procedimientos especificos de calibración y/o ensayo según su naturaleza específica, en las situaciones en que los laboratorios no dispongan de esta información la solicitará al cliente, o acordará con él los medios para obtenerla. e. Los equipos de cómputo, escritorio y sillas y accesorios de oficina serán frecuentemente limpiados y desinfectados según la frecuencia de uso y lo establecido en el protocolo de bioseguridad de! cliente. f. Una vez se concluyan las actividades del laboratorio se procederá a la limpieza y : desinfección de los equipos usados en la calibración y/o ensayo, posteriormente se colocarán en su empaque respectivo.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 97), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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