Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en relación con el derecho a morir dignamente, en sus dimensiones de eutanasia y de adecuación de los esfuerzos terapéuticos, y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 813 · 2026-04-28 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 61–74 de 74

Artículo 63

Instalación de los Comités. El Comité Interdisciplinario de Eutanasia, una vez integrado en los términos de la presente resolución, tendrá una sesión de instalación en la cual adoptará el reglamento interno, designará un secretario técnico y dispondrá todo lo necesario para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 64

Sesiones y convocatorias. El Comité será activado por el médico que recibió la solicitud, mediante informe a la Secretaría Técnica del Comité Interdisciplinario de Eutanasia por los canales institucionales, anexando la historia clínica pertinente y los soportes disponibles. La Secretaria Técnica registrará fecha y medio de recepción y convocará al Comité conforme a esta resolución. Una vez recibido el reporte, el Comité mantendrá sesiones permanentes con el fin de atender las funciones previstas en el artículo 62 de la presente resolución y el plazo allí establecido. Parágrafo 1. Las sesiones de los Comités podrán ser presenciales o virtuales y las decisiones y demás aspectos pertinentes quedarán registrados en actas. Parágrafo 2. En caso de duda razonable sobre las condiciones necesarias para acceder a la eutanasia, el Comité podrá solicitar conceptos y evaluaciones adicionales, así como invitar a personas naturales o jurídicas, cuyo aporte estime que puede ser de utilidad para los fines RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 de2 8ABR2O26 HOJA N° 38 Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte de los Esfuerzos Terapéuticos y se dictan otras disposiciones”. encomendados al mismo. Los invitados tendrán voz, pero no voto. En todo caso, se deberá garantizar la debida reserva y confidencialidad de la información. La invitación de otras personas o solicitud de conceptos adicionales, deben ser suficientemente justificadas en el acta de la sesión donde la persona invitada participe.

Artículo 65

Quorum para deliberar y decidir. El quorum para deliberar y decidir será el de la totalidad de sus integrantes. Las decisiones serán adoptadas, de preferencia, por consenso. En caso de que el Comité no llegue a un acuerdo en alguno de los temas, se admitirá la mayoría simple. Parágrafo. Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito, o por existencia de conflictos de intereses, el Comité no pueda sesionar con la totalidad de sus integrantes, la entidad deberá designar en un término no mayor a cuarenta y ocho (48) horas, el profesional del respectivo perfil que lo reemplace.

Artículo 66

Secretaria Técnica. La Secretaría Técnica de cada Comité Interdisciplinario de Eutanasia será determinada por sus integrantes y la misma tendrá las siguientes funciones: 66.1. Realizar la convocatoria a las sesiones del Comité. 66.2. Elaborar las actas correspondientes y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones emanadas del Comité. 66.3. Preparar y presentar al Comité las propuestas, documentos de trabajo, informes y demás material de apoyo, que sirva de soporte a las decisiones de este. 66.4. Llevar el archivo documental de las actuaciones del Comité y de los soportes respectivos y mantener la reserva y confidencialidad de estos, así como de la información que tenga conocimiento. 66.5. Dar respuesta a los derechos de petición, las solicitudes de información y requerimientos que se formulan al Comité. 66.6. Recibir el informe de la Solicitud de Eutanasia remitido por el médico que la recibió o por el designado conforme al artículo 52, registrando fecha y medio de recepción y los anexos pertinentes, y proceder a la convocatoria del Comité Interdisciplinario de Eutanasia según corresponda al caso. 66.7. Consolidar y remitir al Ministerio de Salud y Protección Social el informe sobre el manejo de la solicitud, el proceso de verificación y la realización del procedimiento eutanásico, de acuerdo con el articulo 54 y con el numeral 62.9 del artículo 62, por los canales y dentro de los plazos establecidos. 66.8. Las demás funciones que sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico o que le sean asignadas por el Comité. Capítulo IX Funciones de las IPS y EPS o las entidades que cumplan funciones de aseguramiento, para la garantía del derecho fundamental a morir con dignidad a través de la Eutanasia

Artículo 67

Funciones de las IPS. Son funciones de la IPS, en relación con el procedimiento para morir con dignidad, las siguientes: 67.1. Ofrecer y disponer todo lo necesario para realizar las evaluaciones y valoraciones para dar curso a la solicitud, sin perjuicio de la voluntad del paciente. 67.2. Designar a los integrantes del Comité. 67.3. Garantizar al Comité su acceso tanto a la documentación como al paciente para realizar las verificaciones que este considere pertinentes. 67.4. Comunicarse permanentemente con la EPS o quien haga sus veces. 67.5. Garantizar que al interior de la IPS existan médicos no objetores para la práctica del procedimiento eutanásico. 67.6. Velar por la reserva y confidencialidad de la información que, por causa de sus funciones, deba conocer y tramitar, sin perjuicio de las excepciones legales. El tratamiento de los datos personales deberá estar sujeto al marco jurídico de la protección de estos. 67.7. Garantizar el acceso a los médicos al Sistema de Reporte de Solicitudes de Eutanasia, por medio de la creación de usuarios y actualización de los mismos, si corresponde. RESOLUCIÓN NÚMERO 8 ABR2026.„ 000813.» . de2 __ HOJA N° 39 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte 67.8. Realizar el procedimiento eutanásico autorizado por su Comité Interdisciplinario de Eutanasia o, cuando deba realizarse en otra IPS, que puede ser de atención domiciliaria por razones clínicas, de seguridad o elección del paciente, coordinar integralmente la remisión y la programación sin trasladar cargas al paciente ni reiniciar el trámite respetando los plazos del artículo 31. 67.9. Capacitar a su personal asistencial y administrativo en el contenido del presente acto administrativo. Parágrafo. La IPS que convoque y sesione el Comité Interdisciplinario de Eutanasia asumirá la responsabilidad de ejecutar el procedimiento eutanásico o de garantizar su ejecución mediante acuerdos interinstitucionales dentro de la red de la EPS, las cuales pueden incluir IPS de atención domiciliaria sin que ello suponga reiniciar el trámite ni constituir barrera de acceso. Los traslados solo procederán por razones clínicas, de seguridad del procedimiento o por elección informada del paciente. En ningún caso habrá traslados por motivos ajenos al paciente, tales como razones administrativas, organizacionales o la ausencia de médicos no objetores.

Artículo 68

Funciones de las Entidades Promotoras de Salud o las entidades que cumplan funciones de aseguramiento. Las EPS o quien haga sus veces, tendrán las siguientes funciones: 68.1. Asegurarla comunicación permanente con el Comité Interdisciplinario de Eutanasia para conocer las decisiones que se adopten y para remitir la información que le sea solicitada de manera prioritaria sobre atenciones en salud que este le requiera. 68.2. Coordinar las actuaciones para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia. 68.3. Garantizar el trámite para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia, cuando el caso se presente en las IPS que no tengan los servicios de que trata el artículo 58 de la presente resolución. 68.4. Garantizar la disponibilidad de prestadores que cuenten con los servicios necesarios para dar trámite a la solicitud y a las evaluaciones y valoraciones necesarias. 68.5. Tramitar con celeridad, dentro de su red de prestadores, las solicitudes de las personas afiliadas y pacientes que pretendan hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia. 68.6. No interferir, en ningún sentido, en la solicitud o decisión que adopte el paciente, en relación con el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia. 68.7. Contar en su red prestadora de servicios con profesionales de la salud idóneos y suficientes, para atender los requerimientos que puedan surgir en relación con la garantía del procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia. 68.8. Garantizar oportunamente, cuando se requiera, la realización del procedimiento eutanásico autorizado con un prestador de su red, formalizando los acuerdos interinstitucionales y coordinando la referencia/contrarreferencia necesaria, sin reiniciar el trámite ni trasladar cargas al paciente, en los supuestos previstos en el artículo 58. 68.9. Garantizar toda la atención en salud derivada del procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia, atendiendo los criterios de prevalencia de la autonomía del paciente, la celeridad, la oportunidad y la imparcialidad 68.10. Velar por la reserva y confidencialidad de la información que, por causa de sus funciones, deba conocer y tramitar, sin perjuicio de las excepciones legales. El tratamiento de los datos personales deberá estar sujeto al marco jurídico de la protección de estos. Capítulo X Disposiciones finales

Artículo 69

Tratamiento de información. Las entidades y personas que participen en el flujo y consolidación de la información serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información que les sea aplicable, incluyendo el principio de responsabilidad demostrada y reforzada teniendo en RESOLUCIÓN NÚMERO 0QQ813 DE 2 8 ABÍ?026 HOJA N’ 40 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte cuenta que los datos relativos a la salud son catalogados como sensibles. Esto de conformidad con la Ley Estatutaria 1581 de 2012, reglamentada parcialmente por la Sección 1 del Capítulo 25 de! Título 2 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 del 2015 y la Ley 1712 de 2014. En virtud de lo anterior, los distintos actores se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso.

Artículo 70

Fraude o modificación de datos. En caso de la identificación de fraude, modificación de datos o alteraciones de estos por parte de médicos, IPS, EPS o los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, quien tenga conocimiento de ello, notificará a las instancias correspondientes para que se adelanten las investigaciones y sanciones pertinentes.

Artículo 71

De la eventual objeción de conciencia. La objeción de conciencia no puede ser alegada por las personas relacionadas con la atención y cuidado del final de la vida o que se encuentran atendiendo los requerimientos relacionados con el trámite de las solicitudes y. no exime al profesional de salud del deber de brindar información completa, clara y comprensible sobre el derecho a morir con dignidad, sus modalidades y los procedimientos disponibles. Tampoco puede alegarse por las instituciones prestadoras de salud. ... Solo los médicos que puedan ser llamados para la realización del procedimiento eutanásico podrán expresar su objeción de conciencia respecto de la realización del procedimiento. La existencia de objeción de conciencia deberá comunicarse de manera escrita y debidamente motivada al Comité Interdisciplinario de Eutanasia de la Institución Prestadora de Salud, para que no sea requerido a realizar el procedimiento.

Artículo 72

Certificación de defunción. La certificación de la muerte se diligenciará conforme a los lineamientos técnicos vigentes de certificación y codificación CIE vigente al momento del registro de la defunción. La realización del procedimiento eutanásico se documentará en la historia clínica, en el acta del Comité Interdisciplinario de Eutanasia y en los sistemas de información previstos en esta resolución, o la norma que la modifique o actualice, sin que ello suponga modificación del certificado de defunción ni de sus campos técnicos. En todo caso, deberá garantizarse la reserva de la historia clínica y la protección de los datos personales, evitando consignar en el certificado de defunción información distinta a la exigida por sus campos técnicos.

Artículo 73

Cobertura del trámite. La EPS o las entidades que cumplan funciones de aseguramiento garantizarán la cobertura oportuna de la atención de la Solicitud de Eutanasia y de las actuaciones del Comité Interdisciplinario de Eutanasia, conforme al régimen general de financiación vigente. La realización del procedimiento eutanásico será gratuita para el paciente y no dará lugar a copagos, cuotas moderadoras ni pagos compartidos, ni podrá ser facturada al usuario ni condicionada a depósitos, pagarés o garantías. La IPS gestionará la facturación exclusivamente frente a la EPS o al mecanismo aplicable, sin reiniciar el trámite.

Artículo 74

Actuación de la Superintendencia Nacional de Salud. La Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus funciones de inspección, vigilancia y control, hará seguimiento al cumplimiento de las obligaciones a cargo de los actores del sistema respecto de la garantía del derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia, la Adecuación de los Esfuerzos Terapéuticos y los Cuidados Paliativos. Para ello, determinará los mecanismos pertinentes para el ejercicio de esta función. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal podrán comunicar a la Superintendencia Nacional de Salud los incumplimientos identificados en su jurisdicción que afecten el cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente resolución. RESOLUCIÓN NÚMERO 000§13 DE 2 8 ABR2026 ~ hojanmi Continuación de la Resolución: "Pormedio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas porta Corte

Artículo 75

Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de su expedición, modifica parcialmente los artículos segundo y tercero de la Resolución 13437 de 1991 y deroga las Resoluciones 971 de 2021 y 825 de 2018.

Artículo ANEXO

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: Tatiana Lemus Pérez - Directora de Promoción y Prevención. Vo. Bo.; / '©Jaime Hernan Urrego Rodríguez.- Viceministro de Saludjíública y Prestación de Servicios y Rodolfo Enrique Salas Figueroa. Director Jurídico (f<"~ \ A. } y'—y RESOLUCIÓN NÚMERO OQOS13 DE g AB$026 HOJA N° 42 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte de los Esfuerzos Terapéuticos y se dictan otras disposiciones '. ANEXO TÉCNICO 1 ESPECIFICACIONES DE LOS DATOS A REPORTAR SOBRE EL TRÁMITE DE LA SOLICITUD DEL PACIENTE EN EL SISTEMA DE REPORTE DE SOLICITUDES DE EUTANASIA Nombre del elemento de .ongitud Longitud Definición Composición Valores permitidos Tipo de dato Formato máxima mínima dato Datos de Identificación 1 País de la Nemónico del país Código del país de Código a tres Alfar umérico 999 3 3 nacionalidad que determina el la nacionalidad caracteres según vinculo jurídico entre estándar ISO 3166-1. un individuo y un Nombre de pais de Altanumérico 200 3 Estado.___________ nacionalidad 2 Documento de Elemento de dato que Tipo de documento CC: Cédula Alfanumérico 99 2 2 identificación contiene el nombre y de identificación ciudadanía número de CE Cédula de identificación de una extranjería determinada persona CD Carné para efectos de diplomático identidad e PA. Pasaporte individualización SC: Salvoconducto de permanencia PT: Permiso Temporal de Permanencia TI: Tarjeta de identidad RC: Registro civil Número de Conjunto de 20 3 documento de caracteres identificación asignados a una determinada persona de acuerdo con el tipo de documento de identificación para efectos de identidad e individualización dentro del territorio nacional _____ 3 Nombres Y Nombre patronímico Primer apellido De acuerdo como se Alfanumérico 60 2 apellidos que aparece en el especifica en el primer lugar en el documento de documento de identificación. identidad._______ _ Nombre patronímico Segundo apellido De acuerdo como se Alfanumérico 60 2 que aparece en especifica en i el segundo lugar en el documento de documento de identificación identidad._________ Primera palabra del Primer nombre De acuerdo como se Alfanumérico 60 2 nombre que aparece especifica en el en primer lugar en el documento de documento de identificación. .identidad____ _____ Segunda palabra del Segundo nombre De acuerdo como se Alfanumérico 60 2 nombre que aparece especifica en el en segundo lugar en documento de el documento de identificación. identidad_____ _ Tercera palabra dei Tercer nombre De acuerdo como se Alfanumérico 60 2 nombre que aparece especifica en el en segundo lugar en documento de el documento de identificación. identidad__________ 4 Fecha de Fecha en que nacióla De acuerdo como se Fecha AAAAMM. 16 10 ■ nacimiento persona y que se PD especifica en el encuentra en el documento de documento de identificación o como identidad o que la declare el declare el individuo. individuo. _______ 5 | Sexo biológico Identificador para 01: Hombre Alfanumérico 99 2 2 determinar las 02: Mujer características 03: Indeterminado/ genéticas, Intersexual endocrinas Y morfológicas del cuerpo al nacer. RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 de28AB^026 HOJA N° 43 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte de los Esfuerzos Terapéuticos y se dictan otras disposiciones’'. : Nombra del . ;... .. /Mal # ’ elemento de Definición Composición Valores permitidos Tipo de dato .ongitud Longitud Formato minima dato mínima 6 Identidad de Es la construcción 01: Masculino Alfanumérico 99 2 2 género social que existe 02: Femenino sobre los cuerpos o el 03: Transgénero conjunto de reglas y 04: Neutro convenciones 05: No binario establecidas por la 06: No lo declara sociedad que definen las pautas de comportamiento a seguir por hombres y mujeres, de tal forma que las personas se identifican con un género especifico por autorreconocimiento al momento de la atención.______ 7 Categoría Identifica dor para 01 Discapacidad Alfanumérico 99 2 2 discapacidad determinar la física categoría de 02 Discapacidad discapacidad de visual acuerdo con el 03 Discapacidad dominio o dominios auditiva donde se presente la 04 Discapa cidad deficiencia o intelectual deficiencias 05 Discapacidad corporales del sicosocial solicitante (mental) 06: Sordoceguera 07 Discapacidad múltiple . 08: Sin discapacidad 8 Municipio Identifica una entidad Código del Código del municipio Alfanumérico 99999 5 5 desde el cual territorial de la municipio donde se según División se reporta la división político- ubica la IPS que Política solicitud de administrativa del reporta la Solicitud Administrativa de eutanasia Estado colombiano. de Eutanasia Colombia DIVIPOLA del DANE Dos (2) primeros dígitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio. Nombre del Nombre del Alfanumérico 200 3 municipio donde se municipio de ubica la IPS que residencia habitual reporta la Solicitud correspondiente al de Eutanasia código del municipio según División Política Administrativa de Colombia DIVIPOLA del PANE_____ _ 9 Municipio de Identifica una entidad Código del Código del municipio Alfanumérico 99999 5 5 residencia territorial de la municipio de según División habitual división político- residencia habitual Política administrativa del Administrativa de Estado colombiano. Colombia DIVIPOLA del DANE. Dos (2) primeros dígitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio. Nombre del Nombre del Alfanumérico 200 3 municipio de municipio de residencia habitual residencia habitual correspondiente al código del municipio según División Política Administrativa de Colombia DIVIPOLA del PANE___ __ __ 10 Pertenencia Identlficador para Élnia 01; Indígena Alfanumérico 99 2 2 étnica determinar la 02' ROM (Gitanos) pertenencia étnica de 03: Raizal (San la persona Andrés y Providencia) 04: Palenquero de San Basilio de Palenque 05: Negro(a) 06: Afrocolombiano 99: Ninguna de tas ____ anteriores RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 :DE¿g ABR2026 HOJA N° 44 Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte de los Esfuerzos Terapéuticos y se dictan otras disposiciones’’. Nombredel * elemento de ÍHB Doflnlción Composición Valores permitidos Tipo do dato Formato -ongltud Longitud máxima mínima dato fc __________ Identificador para Comunidad étnica Según catálogo de Altanumérico 599 3 3 determinar la referencia de comunidad indígena, comunidades pueblo ROM o étnicas. según comunidad negra, catálogo de Afro, palanquera y comunidades étnicas raizal que pertenece vigente. una persona._______ 11 Enlidad Entidad Promotora de Código asignado al Se consideran como Alfanumérico 999999 6 6 Promotora de Salud o entidad que administrador del tales: todas las Salud o cumpla funciones plan de beneficios entidades entidad que en salud responsables de la cumpla operación del funciones aseguramiento: las entidades promotoras de salud del régimen contributivo y subsidiado, entidades adaptadas, las que administran los regímenes Especial y de Excepción y el fondo nacional de salud de la población privada de la libertad. las secretarias de salud o la entidad que haga sus veces. las administradoras de planes voluntarios de salud, según catálogo vigente. Datos de la solicitud 12 Tipo de Tipo de expresión por Tipo de expresión 01: Verbal Alfanumérico 99 2 2 solicitud medio de la cual la 02: Escrita persona que desea 03: Documento adelantar el momento Voluntad Anticipada de muerte informa su 04: Registro de preferencia de solicitud de manera voluntaria, Eutanasia. inequívoca y 05: Apoyo persistente. interpretativo de la voluntad 13 Institución Institución prestadora Allanumérico 999999 12 12 prestadora de de servicios de salud 999999 servicios de en la cual el médico o salud donde se médica recibe la realiza la solicitud de eutanasia solicitud __ 14 Fecha y hora Es el momento en Fecha y hora en la Fecha AAAA'MM- 16 16 de que la persona cual se presenta la 00 HH MM presentación presenta la solicitud solicitud de la solicitud de eutanasia al personal médico. 15 Tipo de El tipo de condición Tipo de condición a 01: Oncológica Allanumérico 99 13 10 condición hace referencia a la la que corresponde 02: No Oncológica categorízación de las el diagnóstico enfermedades que motivan la condición de final de vida secundaria a un diagnóstico principal. La categorízación hace referencia a dos grandes grupos de diagnósticos según su tipo, oncológico o no oncológico _____ 16 Diagnóstico Diagnóstico Código del Código del Alfanumérico 9999 4 4 principal confirmado diagnóstico diagnóstico principal confirmado, de acuerdo con el catálogo CIE 10 vigente y las normas que la modifiquen, o sustituyan________ En caso de presentar Alfanumérico 9999 4 1 una de las enfermedades huérfanas incluir el código del catálogo de enfermedades huérfanas y las RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 de28 ABR2o26^ HOJA N° 45 Continuación de la Resolución: "Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte ííí i:7" Nombre del # eiemeotode Definición Composición' Valores permitidos Tipo de dato Formato .ongltud Longitud maxima mínima normas que la modifiquen, o sustituyan, según catálogo de enfermedades huérfanas vigente Nombre del Nombre Alfanumérico 9999 200 3 diagnóstico correspondiente al principal código ___ 17 Tipo de Tipo de condición Condición clínica 01-Enfermedad Alfanumérico 99 2 2 condición de secundaria a un de salud extrema incurable avanzada salud extrema diagnóstico que motiva la 02:En(ermedad médicamente solicitud de Terminal comprobado que se eutanasia 03: Agonía pueda caracterizar 04:Enfermedad como una condición grave e incurable limite que amenaza la 05: Lesión corporal vida, la cual provoca además una situación de necesidad de atenciones en salud. 18 Expresión Identificador de la 01 Si Altarsumérico 99 2 2 voluntaria, expresión voluntaría, 02: No informada e informada e 03: Apoyo inequívoca inequívoca. interpretativo de la voluntad 19 Identificación Identificación del Tipo de CC Cédula Alfanumérico 99 2 2 del médico médico de acuerdo identificación de la ciudadanía (a)que recibe con los requisitos persona CE Cédula de la solicitud para el ejercicio en extranjería del área de la salud PA: Pasaporte en Colombia PT: Permiso Temporal de Permanencia Número de Alfanumérico 20 3 identificación del médico que recibe la solicitud________ 20 Activación del Activación del oí: Si Alfanumérico 99 20 2 Comité comité a través del 02: No Interdisciplinari proceso o para el institucional que derecho a corresponda a la morir con IPS donde se dignidad a recibe la solicitud través de la eutanasia 21 Justificación de Se consideran 01: Ausencia de Alfanumérico 2 2 no activación razones de posibilidad de del Comité justificación de la no expresar una activación del Comité solicitud de manera Interdísciplinario para libre e informada srn el Derecho a Morir existencia de DVA o con Dignidad, de un RSE, sin aquellas posibilidad de usar relacionadas con el Apoyos no cumplimiento de Interpretativos de la condiciones minimas Voluntad para el 02; Expresión a procesamiento de la través de un tercero solicitud, afines con el que no corresponde individuo, con la a un apoyo solicitud o con el interpretativo de la desistimiento del voluntad paciente, al igual que 03: Ausencia de con el fallecimiento información concreta por causas naturales. sobre el ejercicio de derechos al final de la vida. 04: Desiste de la solicitud 05: Fallece antes de la activación del Comité___ 22 Fecha de Es el momento en AAAA-UM. Fecha 10 10 registro que se realiza la 00 . activación del comité Recepción por el Comité 23 Fecha de Fecha de notificación AA-XA-WV" Fecha 10 10 recepción por de la solicitud a la OO el Comité secretaria técnica del comité de acuerdo con lo reglamentado en la presente resolución, para dar RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 DE 2 8 ABR2026 HOJA N° 46 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte Nombre del # elementode Definición Composición Valores permitidos Tipo de dato Formato •ongltud Longitud dato máxima mínima inicio a las funciones de este 24 Actualización Determina la Fecha de Fecha AAAAMM- 10 10 del estado de OD respuesta dada a la respuesta del ia revisión y persona con respecto Comité a la verificación de a su solicitud ante el persona que la solicitud cumplimiento o no de solicita eutanasia los requisitos. Tipo de respuesta 01; Cumple con a la solicitud requisitos 02: No cumple con requisitos_________ Respuesta de la 0T Reitera persona_________ 02: Desiste Fecha de la Fecha AAAA-UM' 10 10 OO respuesta de la persona que solicita eutanasia al Comité_______ Terminación del proceso de manejo de la solicitud 25 Fecha de Fecha en la cual se Fecha AAAA-MM- 16 16 realización de 00 HH UM realiza el la eutanasia procedimiento> de inducción a la muerle 26 Tipo de Id'entificador dei tipo Tipo de 01: Consentimiento Alfanumérico 20 3 consentimiento de expresión de consentimiento Informado para el consentimiento para para la realización 02: DVA procedimiento la realización del del procedimiento 03' Consentimiento procedimiento eutanásico Sustituto eutandsico 27 I Fecha de Fecha en la cual el Fecha y hora en la Fecha AAAA MM OO 10 10 I notificación de paciente desiste cual se presenta el desistimiento desistimiento de la j de la solicitud solicitud_________ 28 j Fecha de En caso de Fecha y hora en la Fecha MAAMM-00 16 16 HH UU ' defunción del fallecimiento de la cual se presenta la | paciente que persona en el curso defunción del | presentó la del manejo de la paciente por otras j solicitud solicitud el Comité causas diferentes a reportará la fecha de la realización del defunción de la procedimiento persona para dar eutanásico. cierre al proceso. RESOLUCIÓN NÚMERO 000813 de 2 8 ABR2026 HOJA N° 47 Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se da cumplimiento a las órdenes emitidas por la Corte de los Esfuerzos Terapéuticos y se dictan otras disposiciones'’. ANEXO TÉCNICO 2 ESPECIFICACIONES DE LOS DATOS A REPORTAR SOBRE LOS CASOS DE EUTANASIA SEGÚN LO REGULADO POR EL ARTÍCULO 54 DE ESTE ACTO ADMINISTRATIVO Datos de Identificación _____________ ID | Número Nacionalidad Sexo biológico Identidad de género Fecha de nacimiento__ Hombre______ 1 Femenino Transgénero F Edad a fecha defunción Mujer ~ | Masculino Transgénero M ____________ ______________________ Intersexual.. _J______ No binario _________________________ No reporta Municipio/Departamento donde se realiza procedimiento eutanásico Municipio/Departamento de residencia habitual Entidades Promotoras de Salud o las entidades que IPS que recibió solicitud IPS que realizó procedimiento cumplan funciones de aseguramiento. patos de condición de salud extrema Diagnóstico principal_______ CIEW Diagnóstico secundario_____ CÍÉ10 Diagnósticos asociados_____ Tipo de condición de salud Enfermedad grave e Lesión . extrema ..................... incurable________ _ corporal___ Condición clínica de final de la Enfermedad incurable Enfetmedad I Agonía vida avanzada terminal Datos de trámite y verificación do la solicitud Fecha de la solicitud Número de Conformación del comité Fecha de identificador de la activación del solicitud en SRSE Comité_____ Abogado Fecha de respuesta del Comité_____ Psiquiatra Fecha de ■ reiteración Médico del Fecha de Diagnóstico programación Número de sesiones del comité y fechas Sesión Fecha Sesión Fecha Sesión Fecha Sesión Fecha Valoraciones revisadas por el comité Valoración que referencia diagnóstico y Fecha condición de salud extrema_________ Valoración de capacidad Mental Fecha Referencia a condición de sufrimiento y Fecha razonabilidad de intervenciones_______ Revisión de acceso a atenciones Valoraciones por Si No Valoraciones Si No Cuidado Paliativo .paraAET Solicitud de conceptos adicionales Datos del procedimiento Sitio de realización del procedimiento Tipo de profesional de la medicina que realiza el procedimiento Adherencia a protocolo de medicamentos GeneraTT | Especialista Tipo de especialidad SÍ No Tipo de consentimiento usado d T 1 DVA | TCS Anexos: a) Soporte escrito de la solicitud realizada o registro de la solicitud en la historia clínica o copia del Documento de Voluntad Anticipada que cumpla con los requisitos previstos en la Resolución 2665 de 2018 b) Resumen de historia clínica con copia de las evaluaciones, valoraciones y conceptos relacionados con la identificación de la existencia de las condiciones para adelantar el procedimiento eutanásico. C) Nota en la historia clínica del procedimiento eutanásico. d) Actas de las sesiones del Comité. e) Información adicional que el Comité considere pertinente. Observaciones adicionales

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2026.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 28), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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