Ámbito de aplicación. Las condiciones y reglas fijadas en esta resolución aplican a las personas que van a afiliarse, a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, a las entidades e instituciones responsables de la afiliación colectiva, institucional y de oficio, a los empleadores y otros aportantes, a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, a las Entidades Obligadas a Compensar — EOC, a las entidades territoriales, a tas Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, a los operadores de información de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes —- PILA, a la Superintendencia Nacional de Salud, a las entidades que administran los regímenes especiales y de excepción, y a quienes deban adelantar trámites en el SAT.