Artículo ANEXO (17/72)
Acciones encaminadas a reducir el uso de equipos de enfriamiento (neveras, aires acondicionados, cuartos fríos, entre otros) y extintores de fuego con sustancias con potencial de calentamiento global. Generar procedimientos para el control de inventados que evite la caducidad de los productos que se puedan convertir en residuos o desechos. Uso de productos, insumos o tecnologías que al ser usados no generen residuos con características peligrosas. 4.1.1.3.1.5. Identificación de condiciones para la segregación en la fuente de residuos La segregación consiste en la separación selectiva inicial de los residuos procedentes de cada una de las actividades, servicios, procesos o procedimientos realizados en el establecimiento. Esta actividad debe ser realizada por el generador con el fin de separar y almacenar los residuos en contenedores o recipientes para facilitar su posterior transporte, aprovechamiento, tratamiento o disposición final y evitar especialmente que los residuos no peligrosos estén en contacto con los residuos peligrosos. Para realizar la segregación en la fuente se debe cumplir como minimo con las condiciones descritas en el numeral 5.3. 4.1.1.3.1.6 Identificación y descripción de las condiciones para el movimiento interno de residuos El movimiento interno de residuos consiste en trasladar los residuos desde el lugar de generación hasta el almacenamiento intermedio o central según sea el caso, incluye también el traslado de los residuos del almacenamiento intermedio al central cuando aplique. El movimiento interno debe cumplir con las siguientes condiciones: El movimiento interno debe efectuarse, en lo posible, en horas de menor circulación de pacientes, empleados o visitantes de acuerdo con la actividad.