Por la cual se establecen los términos y se adopta la metodología para la elaboración de los Planes Financieros Territoriales de Salud por parte de los departamentos y distritos y se dictan otras disposiciones

Resolución · 4015 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 41–60 de 102

Artículo ANEXO (35/96)

51. Loterías - Foráneas, Renta del Monopolio, Impuesto a Ganadores, Rifas y Juegos Promocionales. Corresponde a los recursos recaudados esperados por impuesto a loterías foráneas, ganadores, utilidades, derechos de explotación de loterías, rifas y juegos promocionales en el año 2, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. 52. Juego de Apuestas Permanentes o Chance. Corresponde a los recursos recaudados esperados en el año 2 por derechos de explotación de las apuestas permanentes, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. 53. Recursos Transferidos por Coljuegos (Distintos a Premios no Cobrados). Corresponde a los recursos transferidos por Coljuegos que espera recaudar en el año 2, sin incluir los premios no cobrados, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. pe o 2 6 NOV 201 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 pe2013 HOJA No 24 de 57 54. 55. 56. 57. 58. 59. 60. 61. 62. 63. 64. Año 4 65. Sobretasa de Cigarrillos. Corresponde a los recursos recaudados esperados por la sobretasa de los cigarrillos y tabaco elaborado en el año 2, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. 6% Impuesto al Consumo de Licores, Vinos y Aperitivos. Corresponde a los recursos que se esperan recaudar por el impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos, destinados a salud en el año 2 multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Premios no Cobrados. Corresponde a los recursos que se esperan recaudar en el año 2 de los premios no cobrados del monopolio de juegos de suerte y azar, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta.

Artículo ANEXO (36/96)

Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados al Régimen Subsidiado. Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación del Régimen Subsidiado en el año 3, distintos a los registrados en los campos del 49 al 56. Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados a Prestación de Servicios en lo no Cubierto con Subsidios a la Demanda. Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 3, distintos a los registrados en los campos del 49 al 56. Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados a Salud Pública. Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 3, distintos a los registrados en los campos 49 al 56. Rentas Departamentales destinadas al Régimen Subsidiado. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas al Régimen Subsidiado en el año 3. Rentas Departamentales destinadas a Prestación de servicios. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas a la atención de la población pobre no asegurada y la atención de los eventos No POS en el año 3. Rentas Departamentales Destinadas a Salud Pública. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas a salud pública en el año 3. Rentas destinadas a Reorganización de la Red ( Artículo 4 de la Ley 1608 de 2013,

Artículo ANEXO (37/96)

Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 3 al Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de Empresas Sociales del Estado, distintos a los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. Rentas destinadas a la Financiación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero (Artículos 2, 4 y 7 de la Ley 1608 de 2013, Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 3 a la financiación de los Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. IVA cedido de Licores, Vinos y Aperitivos. Corresponde al valor recaudado esperado para el año 3 del IVA cedido de licores, vinos y aperitivos, destinados a salud, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. 2 6 NOV 213 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE 2013 HOJA No 25 de 57 66. 67. 68. 69. 70. 71. 72. 73. 74. 75. 76. 77. 78. 8 Puntos del Impoconsumo de Cerveza. Registre el valor recaudado esperado para el año 3 de los 8 puntos del impuesto al consumo de cerveza y sifones, destinados a salud, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Loterías - Foráneas, Renta del Monopolio, Impuesto a Ganadores, Rifas y Juegos Promocionales. Corresponde a los recursos recaudados esperados por impuesto a loterías foráneas, ganadores, utilidades, derechos de explotación de loterías, rifas y juegos promocionales en el año 3, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Juego de Apuestas Permanentes o Chance.

Artículo ANEXO (38/96)

Corresponde a los recursos recaudados esperados en el año 3 por derechos de explotación de las apuestas permanentes, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Recursos Transferidos por Coljuegos (Distintos a Premios no cobrados). Corresponde a los recursos transferidos por Coljuegos que espera recaudar en el año 3, sin incluir los premios no cobrados, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Sobretasa de Cigarrillos. Corresponde a los recursos recaudados esperados por la sobretasa de los cigarrillos y tabaco elaborado en el año 3, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. 6% Impuesto al Consumo de Licores, Vinos y Aperitivos. Corresponde a los recursos que se esperan recaudar por el impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos, destinados a salud en el año 3, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Premios no Cobrados. Corresponde a los recursos que se esperan recaudar en el año 3 de los premios no cobrados del monopolio de juegos de suerte y azar, multiplicado por el crecimiento determinado para esta renta. Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados al Régimen Subsidiado. Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación del Régimen Subsidiado en el año 4, distintos a los registrados en tos campos del 65 al 72. Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados a Prestación de Servicios en lo no Cubierto con Subsidios a la Demanda. Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 4, distintos a los registrados en los campos del 65 al 72. Otros Recursos Departamentales y/o Distritales Destinados a Salud Pública.

Artículo ANEXO (39/96)

Corresponde a otros recursos departamentales destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 4, distintos a los registrados en los campos del 65 al 72. Rentas Departamentales Destinadas al Régimen Subsidiado. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas al Régimen Subsidiado en el año 4. Rentas Departamentales destinadas a Prestación de servicios. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas a la atención de la población pobre no asegurada y la atención de los eventos No POS en el año 4. Rentas Departamentales Destinadas a Salud Pública. Corresponde al monto de o o RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA No 26 de 57 las rentas departamentales destinadas a salud pública en el año 4. 79. Rentas Destinadas a Reorganización de la Red ( Artículo 4 de la Ley 1608 de 2013, Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 4 al Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de Empresas Sociales del Estado, distintos a los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. 80. Rentas Destinadas a la Financiación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero (Artículos 2, 4 y 7 de la Ley 1608 de 2013,

Artículo ANEXO (40/96)

Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 4 a la financiación de los Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. INSTRUCCIONES PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO “PROYECCIÓN DE REGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD” INSTRUCCIONES GENERALES: e La Entidad Territorial debe diligenciar la totalidad de los campos del 1 al 44, para el primer plan financiero y del 1 al 50 para los subsiguientes. e El año base para el primer plan financiero corresponde al año 2012. + Para el primer plan, la UPC corresponde con lo determinado en los Acuerdo 30 y 32 de 2012 de la CRES para cada entidad territorial, plan que debe ser consistente con la matriz de cofinanciación del año 2012. + Para el primer plan, se registra la información del CONPES 145 y CONPES 148. + Los valores requeridos deben ser ingresados sin utilizar puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales, utilice el punto como separador de decimales. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS: 1. Código DANE Departamento. Registre el código DANE del departamento - DIVIPOLA DANE. Ejemplo: Antioquia: 05. 2. Código DANE de la Entidad. Registre el código de la Entidad Territorial municipal o distrital -DIVIPOLA DANE. Ejemplo: Agua de Dios - Cundinamarca 25001. 3. Nombre Departamento. Registre el nombre del departamento. 4. Nombre Municipio. Registre el nombre del municipio o distrito. Año Base 5. Afiliados al Régimen Subsidiado - Año Base. Corresponde a los afiliados cargados activos en la Base de Datos Unica de Afiliados — BDUA, con corte a diciembre del año base. 2 6 NO. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO ¿4015 DE 2013 HOJA No 27 de 57

Artículo ANEXO (41/96)

6. UPC Año Base. Corresponde al valor de la Unidad de Pago por Capitación para el año base. Costo Total Régimen Subsidiado — Año Base. Corresponde a la multiplicación de la UPC por población afiliada al Régimen Subsidiado para el año base en cada entidad territorial. Fuentes de financiación 2012 10. 12. 14. 15. SGP Demanda. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente Régimen Subsidiado para el año base. Se toma la información de la última doceava del año anterior, girada en enero del año base, y las once doceavas del año base, de acuerdo con los documentos CONPES correspondientes. CCF recursos 217-Ley 100 de 1993. Corresponde a los recursos de Cajas de Compensación Familiar, administrados directamente por dichas entidades, que financian el Régimen Subsidiado en Salud en cada entidad territorial para el año base. La información será tomada del monto estimado de recursos, publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en la última matriz de cofinanciación publicada del año base. Esfuerzo Propio Departamental. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio departamental aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año base. La información será tomada del monto estimado de recursos, publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en la última matriz de cofinanciación publicada, del año base. . Esfuerzo Propio Municipal. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio municipal o distrital aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año base. La información será tomada del monto estimado de recursos, publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en la última matriz de cofinanciación publicada, del año base. FOSYGA y PGN.

Artículo ANEXO (42/96)

Corresponde a los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA y Presupuesto General de la Nación, aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año base. La información será tomada del monto estimado de recursos, publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en la última matriz de cofinanciación publicada, del año base. . Total Afiliados al Régimen Subsidiado — Año 1. Corresponde a los afiliados proyectados para el año 1, determinados en el formato “PROYECCIÓN DE POBLACIÓN” en el campo 10. UPC — Año 1. Corresponde a la UPC determinada para el año 1 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social para cada entidad territorial. Costo Total Régimen Subsidiado — Año 1. Corresponde a la multiplicación de la UPC por población afiliada al Régimen Subsidiado para el año 1 en cada entidad territorial. (Campo 13 por Campo 14). 2R NOV 202 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE2013 HOJA No 28 de 57 Fuentes de Financiación Año 1 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. Año 2 23. SGP Demanda - Año 1. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente Régimen Subsidiado para el año 1. Para este año, se toma la información de la última doceava del año base, girada en enero del año 1 y las once doceavas del año 1. CCF Recursos 217-Ley 100 de 1993 — Año 1. Corresponde a los recursos de Cajas de Compensación Familiar administrados directamente por dichas entidades, que financian el Régimen Subsidiado en salud en cada entidad territorial para el año 1.

Artículo ANEXO (43/96)

La información será tomada del monto estimado de recursos, publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social del año 1. Esfuerzo Propio Municipal — Año 1. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio municipal o distrital, aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 1. La información será tomada del monto estimado de recursos publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social en el año 1. Participación Municipal en las Rentas Departamentales — Año 1. Corresponde a la participación municipal de las rentas departamentales, destinadas al Régimen Subsidiado, esta proporción es determinada por cada entidad departamental. Esfuerzo Propio Departamental - Año 1. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio departamental aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 1. Para determinar el monto total de los recursos a disponer, se deben revisar conforme a la metodología descrita en el Anexo 1 que hace parte integral de esta resolución. Recursos Transformados SGP-Prestación — Año 1. Corresponde a los recursos que no son necesarios para la financiación del componente de prestación de servicios en los no cubierto con subsidiados a la demanda del SGP- Prestación en el año 1, transformados al Régimen Subsidiado. FOSYGA y PGN - Año 1. Corresponde a los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA y Presupuesto General de la Nación, necesarios para realizar el cierre de la financiación de la afiliación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial. Corresponde al descuento del costo de afiliados de las demás fuentes de financiación.

Artículo ANEXO (44/96)

FOSYGA y PGN; = CTRSAño1¡(UPC Año1;x AfiliadosAño 1;) — SGPAño1¡ — CCFAño1;¡ — EPMAño1; — EPDAño1; — RTSGPPAño1; CTRS: Costo Total Régimen Subsidiado SGP: Sistema General de Participación CCF: Caja de Compensación Familiar EPM: Esfuerzo Propio Municipal EPD: Esfuerzo Propio Departamental RTSGPP: Recursos Transformados Sistema General de Participación Total Afiliados al Régimen Subsidiado — Año 2. Corresponde a los afiliados proyectados para el año 2, determinados en el formato “PROYECCIÓN DE POBLACIÓN" en el campo 13. 22 NOV 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE 2013 HOJA No 29 de 57 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. UPC - Año 2. Corresponde a la UPC proyectada para el año 2 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social para cada entidad territorial. Costo Total Régimen Subsidiado — Año 2. Corresponde a la multiplicación de la UPC y población afiliada al Régimen Subsidiado para el año 2 en cada entidad territorial. (Campo 23 por Campo 24). Fuentes de financiación Año 2 SGP Demanda - Año 2. Corresponde a los recursos proyectados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones componente Régimen Subsidiado para el año 2. La proyección de los recursos deberá ser realizada atendiendo los criterios establecidos en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de la entidad territorial. CCF recursos 217-Ley 100 de 1993 — Año 2. Corresponde a los recursos de Cajas de Compensación Familiar administrados directamente por dichas entidades, que financian el Régimen Subsidiado en salud en cada entidad territorial para el año 2.

Artículo ANEXO (45/96)

Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. Esfuerzo propio Municipal — Año 2. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio municipal o distrital aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 2. Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. Proporción de recursos departamentales - Año 2. Corresponde a la participación municipal de las rentas departamentales destinadas al Régimen Subsidiado para el año 2. Esta proporción es determinada por cada entidad departamental. Esfuerzo propio Departamental — Año 2. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio departamental aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 2. Para determinar el monto total de los recursos a disponer se deben revisar conforme a la metodología descrita en el Anexo 1 que hace parte integral de la presente resolución. Recursos Transformados SGP-Prestación — Año 2. Corresponde a los recursos que no son necesarios para la financiación del componente de prestación de servicios en los no cubierto con subsidiados a la demanda del SGP- Prestación en el año 2, transformados al Régimen Subsidiado. FOSYGA y PGN - Año 2: Corresponde a los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA y Presupuesto General de la Nación, necesarios para realizar el cierre de la financiación de la afiliación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial. Corresponde al descuento del costo de afiliados de las demás fuentes de financiación.

Artículo ANEXO (46/96)

FOSYGA y PGN; = CTRSAño2;¡(UPC Año2;x AfiliadosAño 2¡) — SGPAÑo2; — CCFAÑo2; — EPMAño2; — EPDAño2; — RTSGPPAño2; CTRS: Costo Total Régimen Subsidiado SGP: Sistema General de Participación CCF: Caja de Compensación Familiar EPM: Esfuerzo Propio Municipal EPD: Esfuerzo Propio Departamental RTSGPP: Recursos Transformados Sistema General de Participación 2 6 NOV. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE 2013 HOJA No 30 de 57 Año 3 33. Total Afiliados al Régimen Subsidiado - Año 3. Corresponde a los afiliados proyectados para el año 3, determinados en el formato “PROYECCIÓN DE POBLACIÓN en el campo 18. 34. UPC — Año 3. Corresponde a la UPC proyectada para el año 3, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social para cada entidad territorial. 35. Costo total Régimen Subsidiado - Año 3. Corresponde a la multiplicación de la UPC por la población afiliada al Régimen Subsidiado para el año 3 en cada entidad territorial. (Campo 34 por Campo 35). Fuentes de financiación Año 3 36. SGP Demanda - Año 3. Corresponde a los recursos proyectados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente Régimen Subsidiado para el año 3. La proyección de los recursos deberá ser realizada atendiendo los criterios del marco fiscal de mediano plazo.

Artículo ANEXO (47/96)

37. CCF recursos 217-Ley 100 de 1993 —- Año 3. Corresponde a los recursos de Cajas de Compensación Familiar administrados directamente por dichas entidades, que financian el Régimen Subsidiado en Salud en cada entidad territorial para el año 3. Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. 38. Esfuerzo propio Municipal —- Año 3. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio municipal o distrital aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 3. Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. 39. Proporción de recursos departamentales - Año 3. Corresponde a la participación municipal de las rentas departamentales destinadas al Régimen Subsidiado. Esta proporción es determinada por cada entidad departamental. 40. Esfuerzo propio Departamental - Año 3. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio departamental aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 3. Para determinar el monto total de los recursos a disponer se deben revisar conforme a la metodología descrita en el Anexo 1 que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo ANEXO (48/96)

41. FOSYGA y PGN - Año 3. Corresponde a los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA y Presupuesto General de la Nación, necesarios para realizar el cierre de la financiación de la afiliación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial. Corresponde al descuento del costo de afiliados de las demás fuentes de financiación. FOSYGA y PGN; = CTRSAño3,(UPC Año3;x AfiliadosAño 3;) — SGPAÑño3, — CCFAño3, — EPMAño3, — EPDAño3; — RTSGPPAño3, CTRS: Costo Total Régimen Subsidiado SGP: Sistema General de Participación CCF: Caja de Compensación Familiar EPM: Esfuerzo Propio Municipal EPD: Esfuerzo Propio Departamental RTSGPP: Recursos Transformados Sistema General de Participación . 2 6 NOV. 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO ¿4015 DE2013 HOJA No 31 de 57 Año 4 42. Total Afiliados al Régimen Subsidiado - Año 4. Corresponde a los afiliados proyectados para el año 4, determinados en el formato “PROYECCIÓN DE POBLACIÓN en el campo 19. 43. UPC - Año 4. Corresponde a la UPC proyectada para el año 4, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social para cada entidad territorial.

Artículo ANEXO (49/96)

44. Costo total Régimen Subsidiado — Año 4. Corresponde a la multiplicación de la UPC por la población afiliada al Régimen Subsidiado para el año 4 en cada entidad territorial. (Campo 42 por Campo 43). Fuentes de financiación Año 4 45.SGP Demanda - Año 4. Corresponde a los recursos proyectados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente Régimen Subsidiado para el año 4. La proyección de los recursos deberá ser realizada atendiendo los criterios establecidos en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de la entidad territorial. 46. CCF recursos 217-Ley 100 de 1993 - Año 4. Corresponde a los recursos de Cajas de Compensación Familiar administrados directamente por dichas entidades, que financian el Régimen Subsidiado en salud en cada entidad territorial para el año 4. Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. 47. Esfuerzo propio Municipal - Año 4. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio municipal o distrital aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 4. Estos recursos se estimarán con el crecimiento esperado del marco fiscal de mediano plazo. 48. Proporción de recursos departamentales — Año 4. Corresponde a la participación municipal de las rentas departamentales destinadas al Régimen Subsidiado. Esta proporción es determinada por cada entidad departamental. 49. Esfuerzo propio Departamental — Año 4. Corresponde a los recursos de esfuerzo propio departamental aportados a la financiación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial para el año 4. Para determinar el monto total de los recursos a disponer se deben revisar conforme a la metodología descrita en el Anexo 1 que hace parte integral de esta resolución.

Artículo ANEXO (50/96)

50. FOSYGA y PGN -— Año 4. Corresponde a los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA y Presupuesto General de la Nación, necesarios para realizar el cierre de la financiación de la afiliación del Régimen Subsidiado en cada entidad territorial. Corresponde al descuento del costo de afiliados de las demás fuentes de financiación. FOSYGA y PGN; = CTRSAñÑo4¡(UPC Año4;x AfiliadosAño 4;) — SGPAÑo4; — CCFAñÑO4; — EPMAño4; — EPDAño4; — RTSGPPAño4; CTRS: Costo Total Régimen Subsidiado SGP: Sistema General de Participación CCF: Caja de Compensación Familiar EPM: Esfuerzo Propio Municipal EPD: Esfuerzo Propio Departamental RTSGPP: Recursos Transformados Sistema General de Participación 2 6 NOV. 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE 2013 HOJA No 32 de 57 INSTRUCCIONES PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO “PROYECCIÓN DE RECURSOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA” INSTRUCCIONES GENERALES: La Entidad Territorial debe diligenciar la totalidad de los campos del 1al 52, para el primer plan financiero y del 1 al 65 para los subsiguientes. El año base para el primer plan financiero corresponde al año 2012. Para el año base del primer Plan Financiero, se registra la información del CONPES 145 y CONPES 148. Para el año 1 del primer Plan Financiero, se debe registrar la información del CONPES 158, 160 y 163. Los valores requeridos deben ser ingresados sin utilizar puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales, utilice el punto como separador de decimales. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS:

Artículo ANEXO (51/96)

1. Código DANE Departamento. Registre el código DANE del departamento - DIVIPOLA DANE. Ejemplo: Antioquia: 05. 2. Código DANE de la Entidad. Registre el código de la entidad territorial municipal o distrital -DIVIPOLA DANE. Ejemplo: Agua de Dios - Cundinamarca 25001. 3. Nombre Municipio. Registre el nombre del municipio. 4. Nombre Departamento o distrito. Registre el nombre del departamento o distrito. Año Base 5. Costo Per cápita PPNA. Corresponde al costo per cápita de la atención a la población pobre no asegurada en el año base. 6. Costo Per cápita NO POS. Corresponde al costo per cápita de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado en el año base. 7. Costo de la Atención de la PPNA. Corresponde a costo de la atención de ta población pobre no asegurada en el año base. 8. Costo de No POS. Corresponde a costo de la atención de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios en el año base. 9. SGP Prestación de Servicios. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente prestación de servicios para el año base. 10. SGP Aportes Patronales: Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente aportes patronales para el año base. 2 6 NOV. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO 4015 DE 2013 HOJA No 33 de 57 41. 12. 13. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. Rentas Departamentales o Distritales Destinadas a Prestación de Servicios. Corresponde al monto de las rentas departamentales o distritales destinadas a la atención de la población pobre no asegurada y la atención de los eventos No POS en el año base. Otros Recursos Destinados a Prestación de Servicios en lo no Cubierto con Subsidios a la Demanda.

Artículo ANEXO (52/96)

Corresponde a otros recursos destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año base. Recursos no Requeridos para Financiar la Prestación de Servicios. Corresponde a los recursos que no son necesarios para la financiación del componente de prestación de servicios en los no cubierto con subsidiados a la demanda del SGP- Prestación en el año base. . Costo Per cápita PPNA. Corresponde al costo per cápita de la atención a la población pobre no asegurada en el año 1. . Costo Per cápita No POS. Corresponde al costo per cápita de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado en el año 1. Costo de la Atención de la PPNA. Corresponde al costo de la atención de la población pobre no asegurada en el año 1. Costo de No POS. Corresponde a costo de la atención de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado en el año 1. Prestación de servicios de salud de las ESE en Condiciones de Eficiencia. Corresponde al costo de la prestación de servicios de salud de la ESE en condiciones de eficiencia a través de instituciones de carácter público en el año 1. Costo Programa redes ESE y Programa de Saneamiento Fiscal. Corresponde a costo del Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de Empresas Sociales del Estado (ESE) y del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero en el año 1. SGP Prestación de servicios. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente prestación de servicios para el año 1. SGP Aportes Patronales. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente aportes patronales para el año 1. Rentas Departamentales o distritales destinadas a Prestación de servicios.

Artículo ANEXO (53/96)

Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas a la atención de la población pobre no asegurada y la atención de los eventos No POS en el año 1. Otros Recursos Destinados a Prestación de Servicios en lo no Cubierto con Subsidios a la Demanda. Corresponde a otros recursos destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 1. Rentas destinadas a Reorganización de la Red ( Artículo 4 de la Ley 1608 de 2013, Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 1 al Programa Territorial de pe o 2.6 NOV ?nt2 RESOLUCIÓN NÚMERO ¿4015 DE2013 HOJA No 34 de 57 Reorganización, Rediseño y Modernización de Empresas Sociales del Estado, distintos a los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. 25. Rentas destinadas a la Financiación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero (Artículos 2, 4 y 7 de la Ley 1608 de 2013, Artículo 1 Decreto 728 de 2013, entre otros). Corresponde a los recursos que el departamento o distrito destinará en el año 1 a la financiación del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero de las ESE. 26. Recursos no Requeridos para Financiar la Prestación de Servicios. Corresponde a los recursos que no son necesarios para la financiación del componente de prestación de servicios en lo no cubierto con subsidiados a la demanda del SGP- Prestación en el año 1. 27.Costo Per cápita PPNA. Corresponde al costo per cápita de la atención a la población pobre no asegurada en el año 2. 28. Costo Per cápita No POS. Corresponde al costo per cápita de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios del Régimen Subsidiado en el año 2.

Artículo ANEXO (54/96)

29. Costo de la Atención de la PPNA. Corresponde a costo de la atención de la población pobre no asegurada en el año 2. 30. Costo de No POS: Corresponde a costo de la atención de los eventos no incluidos en el Plan de Beneficios en el 2. 31. Prestación de Servicios de Salud de las ESE en Condiciones de Eficiencia. Corresponde a costo de la prestación de servicios de salud de la ESE en condiciones de eficiencia a través de instituciones de carácter público en el año 2. 32. Costo Programa redes ESE y Programa de Saneamiento Fiscal: Corresponde a costo del Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de Empresas Sociales del Estado (ESE) y del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero en el año 2. 33.SGP Prestación de servicios. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente prestación de servicios para el año 2. 34. SGP Aportes Patronales. Corresponde a los recursos asignados a cada entidad territorial del Sistema General de Participaciones, componente aportes patronales para el año 2. 35. Rentas Departamentales o Distritales Destinadas a Prestación de Servicios. Corresponde al monto de las rentas departamentales destinadas a la atención de la población pobre no asegurada y la atención de los eventos No POS en el año 2. 36. Otros Recursos destinados a Prestación de Servicios en lo No cubierto con Subsidios a la Demanda. Corresponde a otros recursos destinados a la financiación de la atención de la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda en el año 2. 37. Rentas destinadas a Reorganización de la Red ( Artículo 4 de la Ley 1608 de 2013,

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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