Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 3803 · 2016-08-22 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 52

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN para la población colombiana contenidas en el Anexo Técnico que forma parte integral de la presente resolución, encaminadas a promover una dieta equilibrada que aporte la cantidad y calidad necesaria de energía y nutrientes.

Artículo 2

Campo de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución serán Una referencia necesaria para: 2.1 Las personas naturales y/o jurídicas que realicen evaluación y planeación de dietas individuales, de grupos poblacionales o programas de intervención nutricional y alimentaria. 2.2 Las personas naturales y/o jurídicas que diseñen, formulen, procesen y evalúen productos alimentarios, nutricionales y suplementos dietarios.

Artículo 3

Definiciones. Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se adoptan las siguientes definiciones: 3.1. Adecuación nutricional de un nutriente: es el nivel de ingesta de un nutriente que cubre las necesidades de un individuo de acuerdo a un criterio definido para el mismo, teniendo en cuenta el período de vida, grupo de edad, género, condición fisiológica y que no genera exceso ni deficiencia. 3.2. Alimentación saludable: es aquella que satisface las necesidades de energía y nutrientes en todas las etapas de la vida considerando su estado fisiológico y velocidad de crecimiento; promueve el suministro de nutrientes de la madre al feto, la práctica de la lactancia materna e incluye alimentos ricos en nutrientes en la alimentación complementaria y se caracteriza por ser una alimentación completa, equilibrada, suficiente, adecuada, diversificada e inocua que previene la aparición de enfermedades asociadas con una ingesta deficiente o excesiva de energía y nutrientes. 3.3. Aporte Dietético Recomendado (RDA - Recommended Dietary Allowance): es una estimación del nivel de ingesta diaria promedio de un nutriente, que es suficiente para cubrir las necesidades de casi todos los individuos saludables de un grupo particular (97 - 98%) por periodo de vida, condición fisiológica y género. 3.4. Azúcares intrínsecos: son los que se encuentran presentes en las células de las paredes de las plantas principalmente en frutas (fructosa) o como la lactosa en la leche. 3.5. Azúcares libres: los azúcares libres incluyen los monosacáridos y los disacáridos añadidos intencionalmente a los alimentos y las bebidas por el fabricante, el cocinero o el consumidor (sacarosa, jarabe de maíz alto en fructosa, jarabe de malta, miel y melaza) más los azúcares naturalmente presentes en la miel, los jarabes, los jugos de frutas y los concentrados de jugos de frutas. 3.6. Biodisponibilidad: capacidad de un nutriente para ser absorbido por el organismo a Partir de la combinación de alimentos que componen la dieta y luego acceder a los procesos metabólicos y fisiológicos; esta capacidad depende, entre otros factores de A 2 AGO 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO? 003803 “2016 HOJA No 4 de 26 la forma química del nutriente y su interacción con otros nutrientes. 3.7. Calidad proteica: es una expresión de su capacidad para cubrir el requerimiento de nitrógeno y aminoácidos necesarios para el crecimiento, mantenimiento y reparación de tejidos, y comprende dos factores como son la digestibilidad y la composición de aminoácidos esenciales de la proteína. 3.8. Cómputo aminoacídico: relación del aminoácido que se encuentra en menor proporción en la proteína del alimento o dieta (aminoácido limitante) con respecto al mismo aminoácido en el patrón de requerimiento de aminoácidos, determinando con que efectividad el nitrógeno dietético absorbido puede cubrir el requerimiento de aminoácidos esenciales para un nivel seguro de ingesta de proteína. 3.9. Costo energético del crecimiento: comprende la necesidad de energía para la síntesis del tejido de crecimiento y la energía depositada en estos tejidos principalmente en forma de grasa y proteína. 3.10. Dieta equilibrada: es aquella que contiene todos los alimentos necesarios para conseguir un estado nutricional óptimo, cumpliendo los siguientes objetivos: a) Aportar una cantidad de macronutrientes que generen la energía (calorías) suficiente para llevar a cabo los procesos metabólicos y de trabajo físico; b) Suministrar suficientes nutrientes con funciones estructurales y reguladoras (proteínas, minerales y vitaminas); c) Ser variada, debido a que no existe ningún alimento que contenga todos los nutrientes esenciales, y d) Que las cantidades de cada uno de los macronutrientes se encuentren en las proporciones establecidas en los Rangos de Distribución Aceptable de Macronutrientes - AMDR como lo muestra la Tabla 1 Tabla 1. Metas de ingesta de macronutrientes para la población colombiana expresadas en Rangos de Distribución Aceptable de Macronutrientes — AMDR AMDR % DE ENERGÍA TOTAL DIARIA MACRONUTRIENTES los 1-3 AÑOS | NIÑOS 4-18 AÑOS | ADULTOS Protemas 10-20 10-20 14-20 Grasa total 30-40 25-35 20-35 Carbohidratos — | 50-65 | 50-65 50-65 3.11. Digestibilidad: índice que cuantifica el proceso de transformación que sufren tos alimentos en el tracto gastrointestinal desde su ingestión hasta la excreción de los residuos de alimentos no aprovechados. 3.12. Distribución de la ingesta usual: se construye con los datos de ingesta usual de un individuo o población (promedio de las ingestas observadas obtenidas con mínimo dos recordatorios de 24 horas en días no consecutivos o en tres días consecutivos). Para construir esta distribución los datos deben ajustarse estadísticamente por la variabilidad día a día en la ingesta. 3.13. Efecto adverso: cualquier alteración significativa en la estructura o en la función del organismo humano, o cualquier alteración en una función fisiológicamente importante, que podría conducir a un efecto no deseable para la salud, como resultado de la ingesta excesiva de un nutriente. 3.14. Efecto Calorigénico del Alimento - ECA o termogénesis inducida por los alimentos: aumento del gasto energético causado por la ingesta de alimentos e incluye la energía necesaria para la digestión, absorción, transporte, metabolismo y almacenamiento de los macronutrientes. 3.15. Enfermedades no transmisibles: enfermedades relacionadas con la dieta no amos Yi 22 AG0 2016 . . A] RESOLUCIÓN NÚMERO - L038U3 2016 HOJA No 5 de 26 3.16. 3.17. 3.18. 3.19. 3.20. 3.21, 3.22. 3.23. 3.24. 3.25. 3.26. saludable, la nutrición y otras características del estilo de vida, como el sedentarismo, el tabaquismo, el uso abusivo del alcohol; representan una carga importante para la salud pública, tanto en términos de costo directo para la sociedad como en términos de años de vida ajustados por discapacidad. Estas enfermedades incluyen entre otras la enfermedad cardiovascular, enfermedades respiratorias crónicas, obesidad, diabetes y cáncer. Evaluación dietética: comparación de la ingesta usual de un nutriente con el valor de referencia apropiado (EAR, RDA, Al, UL), para decidir, con un determinado nivel de confianza, si la ingesta del individuo es adecuada, deficiente o excesiva, expresada como la probabilidad de inadecuación por déficit o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva. Fibra total: es un constituyente no nutritivo presente principalmente en la pared celular de los tejidos vegetales de leguminosas, cereales, frutas y verduras. Comprende la suma de la fibra dietaria y fibra funcional. Fibra dietaria: conforme con el artículo 3% de la Resolución 333 de 2011, son carbohidratos, análogos de carbohidratos y lignina, que no son hidrolizados por las enzimas endógenas del tracto gastrointestinal de los humanos. Fibra funcional: compuestos aislados constituidos por carbohidratos no digeribles que ejercen efectos benéficos en humanos que pueden ser aislados, extraídos, purificados y adicionados a los alimentos. Gasto de energía en actividad física: componente del gasto energético que depende de las características del trabajo realizado y su duración. Gasto Total de Energía (TEE - Total Energy Expediture): es la energía que gasta en promedio un individuo o grupo de individuos, en un período de 24 horas. Incluye la energía necesaria para cubrir la Tasa Metabólica Basal - TMB, ECA, actividad física, termorregulación, síntesis de tejidos en crecimiento. Este último aplica a la energía demandada para la producción y secreción de la leche materna. Índice de Masa Corporal - IMC: es un indicador simple de la relación entre el peso y la talla. Se obtiene al dividir el peso expresado en kilogramos entre la talla expresada en metros al cuadrado. Ingesta aceptable: término establecido por FAO - OMS, representa la mejor estimación de la necesidad realizada con base en la ingesta aceptable, término que únicamente aplica para la vitamina E, que sustenta la función conocida de esta vitamina, debido a que los datos disponibles para definir una recomendación fueron insuficientes. Ingesta Adecuada (Al - Adequate Intake): nivel de ingesta promedio recomendado sobre la base de estimaciones de ingesta observada de un nutriente o ingesta determinada por aproximaciones experimentales o a partir de estimaciones de la ingesta de nutrientes para un grupo o grupos de personas aparentemente saludables, en quienes se asume que ésta es adecuada, según criterios de adecuación establecidos para cada nutriente. La Al se establece en lugar del RDA cuando no hay suficiente evidencia científica para establecer el EAR y así calcular el RDA. Ingesta usual: ingesta promedio a largo plazo, de alimentos, nutrientes o un nutriente especifico, de un individuo o grupo de población. Kilocaloría (kcal): una kcal es la cantidad de energía necesaria para incrementar la temperatura de 1 litro de agua destilada de 14,5 "C a 15,5 ”C; utilizada de manera nn 22 AGO 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO ((038Y3 2016 HOJA No 6 de 26 habitual, a nivel nacional e internacional, en energía humana y para expresar el contenido energético en alimentos. 3.27. Nivel de Ingesta Máximo Tolerable (UL - Tolerable Upper Level Intake): nivel de ingesta promedio más alto de la ingesta diaria de un nutriente que probablemente no genera riesgo de efectos adversos para la salud de la mayoría de individuos de la población general; no se debe ingerir de manera crónica más de este valor. El término “tolerable” tiene la connotación de un nivel de ingesta que puede, con alta probabilidad, ser tolerado biológicamente por un individuo. 3.28. Nivel recomendado de ingesta de energía: para un grupo de población, es el requerimiento medio de energía de los individuos saludables, bien nutridos, que constituyen el grupo. 3.29. Nivel de Actividad Física (PAL - Physical Activity Level): gasto de energía de 24 horas expresado como un múltiplo de la TMB y se calcula como Gasto Energético Tota! TEE/TMB para 24 horas. Según la intensidad, la actividad física habitual o PAL se clasifica en ligera, moderada y fuerte que se asocian a estilos de vida sedentario, moderado o vigoroso respectivamente. 3.29.1 Actividad física ligera: comprende ocupaciones que no demandan mucho esfuerzo físico, incluye caminatas de distancias cortas, por lo general uso de transporte motorizado, no se practica actividad física regular y se gasta el tiempo libre en actividades en donde el individuo permanece sentado o de pie, invierten largo tiempo viendo televisión, leyendo, usando el computador o jugando sin mucho desplazamiento corporal. Ej. Mujer que trabaja en el área urbana en oficina y que solo ocasionalmente practica actividades que exigen esfuerzo físico. 3.29.2 Actividad física moderada: ocupaciones no extenuantes, pero con mayor gasto energético que la descrita en personas sedentarias, realizan actividades moderadas a vigorosas periódicamente, durante su rutina diaria obligatoria o voluntaria entre ellas se encuentran las labores que realizan los empleados de construcción, las mujeres del área rural que participan en trabajos agrícotas, mujer que trabaja en oficina y realiza actividad física de manera periódica. 3.29,3 Actividad física fuerte: trabajo extenuante con regularidad en tiempo de descanso, en el cual realizan actividades fuertes por varias horas como bailar, labores agrícolas no mecanizadas, se mueven más que el promedio, caminan diariamente largas distancias o usan transporte como la bicicleta, se mantienen ocupados en trabajos o tareas domésticas que demandan mucha energía durante varias horas al día o practican deporte o ejercicio que exige un alto nivel de esfuerzo físico, durante varias horas y durante varios días de la semana. La siguiente tabla muestra la categoría de la actividad física y el rango de PAL correspondiente: Tabla 2. Rango de PAL según la categoría de la actividad física CATEGORÍA ESTILO DE VIDA | VALOR PAL (RANGO) NN Ligera Sedentaria 1.40-1.69 Moderada Moderadamente activo 1.70-1.99 Fuerte | Activo 2.00-2.40 3.30. Nutriente: conforme con el artículo 3 de la Resolución 333 de 2011, se entiende como cualquier sustancia química consumida normalmente como componente de un alimento que aporta energía, o es necesaria para el crecimiento, el desarrollo y/o el mantenimiento de la salud, o cuya carencia hará que se produzcan cambios químicos ama Y) 22 AG0 2016 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO". 0633UJ3 HOJA No 7 de 26 o fisiológicos característicos. 3.31. —Nutriente esencial: conforme con el artículo 3 de la Resolución 333 de 2011, se entiende como nutriente que no es sintetizado por el organismo o es sintetizado en cantidades insuficientes y que debe ser consumido para garantizar el crecimiento, desarrollo y/o mantenimiento de la salud. 3.32. Planificación dietética: proceso que tiene como objetivo lograr una dieta usual nutricionalmente adecuada, es decir, que tenga una probabilidad baja de inadecuación por defecto o exceso de nutrientes. 3.33. Población aparentemente saludable: se refiere a la población con ausencia de enfermedad definida con base en la presencia de signos clínicos, síntomas y alteraciones en la función orgánica, evaluados por métodos de laboratorio clínico de rutina y examen físico. 3.34. Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes (AMDR - Acceptable Macronutrient Distribution Range): rango de ingesta de una fuente de energía que se asocia con reducción en el riesgo de enfermedad crónica, mientras aporta cantidades adecuadas de nutrientes esenciales. Se expresa como porcentaje de la ingesta total de energía. 3.35. Programas de intervención nutricional y alimentaria: serie organizada de actividades encaminadas a la consecución de objetivos y metas orientadas a proporcionar a la población beneficiaria una alimentación que permita satisfacer parcial o totalmente sus necesidades de energía y nutrientes en procura de alcanzar el bienestar alimentario y nutricional de los colectivos humanos, y desde allí contribuir al logro de los propósitos de las políticas públicas de alimentación. 3.36. Requerimiento de Energía (ER - Requirement Energy): nivel de ingesta de energía proveniente de los alimentos necesaria para balancear el gasto energético en hombres y mujeres adultos, con el fin de mantener el peso, la composición corporal y un nivel de actividad física deseable y necesario, acorde con una buena salud a largo plazo. En los niños y niñas incluye la energía necesaria para el crecimiento y desarrollo óptimo; en la gestación para el depósito de tejidos y durante la lactancia para la producción de leche materna. 3.37. Requerimiento de un nutriente: nivel más bajo de ingesta continua de un nutriente, que, según un indicador de adecuación, mantiene el estado nutricional de un individuo aparentemente saludable. 3.38. Requerimiento Promedio Estimado (EAR - Estimated Average Requirement): nivel de ingesta promedio diario estimado que cubre el requerimiento de la mitad de los individuos saludables (50%) de un grupo de edad, por periodo de la vida, estado fisiológico y género específicos. 3.39. Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN: estimaciones cuantitativas de la ingesta de energía y nutrientes que se emplean en la planeación y evaluación de dietas para personas aparentemente sanas. Comprenden un conjunto de valores de referencia como: Requerimiento de Energía - ER, Aporte Dietético Recomendado - RDA, Requerimiento Promedio Estimado - EAR, Ingesta Adecuada Al y el Nivel de Ingesta Máximo Tolerable - UL, Ingesta aceptable (únicamente aplica para Vitamina E). 3.40. Tasa Metabólica Basal - TMB: es la energía utilizada para el metabolismo basal referida a un periodo de tiempo, por lo general, se expresa como kilocalorías/24 horas. Representa el valor mínimo de gasto energético compatible con la vida; se mide en amp AY y 22 AGO 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO '038Y3 2016 HOJA No 8 de 26 estado de vigilia, posición supina, bajo condiciones estándar de reposo, ayuno, inmovilidad, termoneutralidad, y relajación mental. 3.41. Termorregulación: regulación de la temperatura corporal por medio del aumento o disminución del gasto energético, cuando la temperatura ambiental está por debajo o por encima de la zona de termoneutralidad o temperatura del medioambiente a la cual el consumo de oxígeno y la TMB son menores.

Artículo 4

Usos generales de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes — RIEN. Las recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes RIEN tendrán, entre otros, los siguientes usos generales. 4.1 Guiar el proceso de fortificación de alimentos y la formulación de suplementos dietarios estableciendo los valores para cubrir el requerimiento poblacional y para evitar la aparición de efectos adversos por déficit o exceso. 4.2 Proveer información básica para establecer las normas y los valores diarios para el etiquetado o rotulado nutricional de productos alimenticios. 4.3 Ser referencia para la formulación seguimiento y evaluación de la política alimentaria y nutricional, con énfasis en la adecuación del suministro de alimentos y productos alimentarios y nutricionales para cubrir las necesidades de la población del país. 4.4 Servir como marco de referencia para la actualización de las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos -GABA para la población colombiana. 4.5 Planear y desarrollar investigaciones en alimentación y nutrición. 4.6 Ser referencia básica para la planificación y evaluación dietética para individuos y grupos.

Artículo 5

Comité Asesor. En el marco de las competencias otorgadas por el artículo 17 de la Ley 1355 de 2009 y el Decreto 2055 de 2009, modificado por el Decreto 1115 de 2014 este Ministerio promoverá, a través de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional — CISAN, la creación del Comité Asesor para coordinar la implementación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la población colombiana.

Artículo 6

Revisión y actualización. Con el fin de mantener actualizadas las presentes disposiciones, conforme con los avances científicos y tecnológicos, nacionales e internacionales este Ministerio tendrá en cuenta las recomendaciones adoptadas por el Comité Asesor para la implementación Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la población colombiana.

Artículo 7

Vigencia y derogatorias. La presente resolución empezará a regir en un plazo de dieciocho (18) meses, contado a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 17855 de 1984, los artículos 49, 50 y 51 de la Resolución 11488 de 1984 y las definiciones de azúcares y kilocaloría establecidas en el artículo 3, capítulo 1, título ll de la Resolución 333 de 2011

Artículo ANEXO (1/45)

- EJANDRO GAVIRIA URIBE inistro fe Balud y Protección Social 22 AG0 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO, (3893 2016 HOJA No 9 de 26 ANEXO TÉCNICO El presente anexo establece las bases técnicas para las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN para la población colombiana definiendo los valores de referencia para calorías, proteína, carbohidratos, grasas, fibra, agua, vitaminas y minerales para los diferentes periodos de la vida y grupos de edad con sus respectivas tablas en donde se registran los respectivos valores. INDICE 1. BASES CONCEPTUALES cooccoocccccccncencc names 10 1.1 Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN. ——————-— —_————————— === 10 1.1.1 Población aparentemente saludable: --..emmaa ao - ano» 10 1.1.2. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: -------- - 10 1.2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia: 10 1.2.1. Fuente de información científica de los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la población colombiana e 11

Artículo ANEXO (2/45)

2. USOS ESPECÍFICOS Y APLICACIONES DE LOS VALORES DE REFERENCIA DE LAS RIEN PARA PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DIETÉTICA. orar 13 2.1. Planificación dietética para Individuos y para grupos. --..==-==- 13 2.1.1. Planificación dietética para individuos: -——————_—_— === 13 2.1.2. Planificación dietética para grupos: ————__—_._.—————————————- 13 2.2. Evaluación dietética para individuos y para grupos. rr 14, 2.2.1. Evaluación dietética para ¡NdividUOS: —ramaanannanniaanina canaria 14 2.2.2. Evaluación dietética para grupos: ——— mm 14 3. RECOMENDACIONES DE INGESTA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES - RIEN ESTABLECIDOS PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA. --oormecciccmmmacnnonmnasancesssarnss 15 3.1. Requerimientos de Energía: . mmm 15 3.2. Recomendaciones de Ingesta de Proteína: --——- A A 19 3.3. Recomendaciones de Ingesta de Grasa: - ——————— e ->_—__——————— === 20 3.4. Recomendaciones de Ingesta de Carbohidratos: --——-—— —m—m— 21 3.5. Recomendaciones de Ingesta de Fibra: -———————m ———=- 2 1 3.6. Recomendaciones de Ingesta de Agua: 3.7. Recomendaciones de ingesta de Vitaminas liposolubles:-—-——omemmnmsm e. 22 3.8. Recomendaciones de ingesta de Vitaminas Hidrosolubles: -—————————_————- 23 3.9. Recomendaciones de ingesta de Macro Minerales: Y 3.10.

Artículo ANEXO (3/45)

Recomendaciones de ingesta de Micro Minerales: A de RESOLUCIÓN NÚMERO. 0038093 22 A60 2016 2016 HOJA No 10 de 26 1.1. 1.1.1. 1.1.2. 1.2. BASES CONCEPTUALES Parámetros Utilizados en la Determinación de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes - RIEN. Los parámetros que se adoptan para la estimación de las RIEN, son: Población aparentemente saludable: Las recomendaciones de ingesta aplican para la población aparentemente saludable. Los profesionales responsables de la atención nutricional de individuos con necesidades especiales (enfermos, deportistas de alto rendimiento, entre otros) tomarán como base estas recomendaciones haciendo las respectivas adaptaciones a cada condición en particular. Categorías por períodos de la vida y grupos de edad: Los períodos de vida y grupos de edad utilizados para la expresión de las RIEN se presentan en la Tabla 1: Tabla 1. Períodos de vida y grupos de edad utilizados para la expresión de las RIEN en la población colombiana. PERIODOS DE LA VIDA GRUPOS DE EDAD Lactantes 098 meses o 7 - 12 meses Preescolares 1 -3 años Escolares 4-8 años : 9 -13 años Pubertad y adolescencia 14718 años 19 - 30 años Adultos 31 59 años 60 - 69 años Adultos mayores Mayor 70 años 14 - 18 años Gestación y lactancia 19 - 30 años 31 - 50 años Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de Ingesta - Valores de Referencia: Los nutrientes para los cuales se establece la recomendación de ingesta y sus respectivos valores de referencia se muestran en la Tabla 2. Tabla 2. Nutrientes para los cuales Colombia establece la Recomendación de ingesta - Valores de Referencia.

Artículo ANEXO (4/45)

COMPONENTE VALORES DE REFERENCIA Agua Al! Energía Requerimiento de energía Proteína Al, EAR?, RDA?, AMDR* Grasa Al, AMDR Carbohidratos Al, EAR, RDA, AMDR Fibra Al VITAMINAS LIPOSOLUBLES Vitamina A At, EAR, RDA, UL$ Vitamina D Al, EAR, RDA, UL Vitamina E “Ingesta aceptable?” UL Vitamina K Al VITAMINAS HIDROSOLUBLES Tiamina Al, EAR, RDA 22 AG0 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO. (63893 2016 HOJA No 11 de 26 1.2.1. COMPONENTE VALORES DE REFERENCIA Riboflavina Al, EAR, RDA Niacina Al, EAR, RDA, UL Ácido pantoténico Al Vitamina B6 A!, EAR, RDA, UL Vitamina B12 Al, EAR, RDA Folato Al, EAR, RDA, UL Vitamina € Al, EAR, RDA, UL MINERALES Calcio AI, EAR, RDA, UL Fósforo Al, EAR, RDA, UL Magnesio Al, EAR, RDA,UL Hierro Al, EAR, RDA, UL Zinc Al, EAR, RDI, UL Selenio Al, EAR, RDA, UL Cobre Al, EAR, RDA, UL Yodo Al, EAR, RDA, UL Fluoruro Al, UL Sodio Al, UL Potasio Al Convenciones: 1 Al Ingesta Adecuada 2 EAR Requerimiento Promedio Estimado 3 RDA Aporte Dietético Recomendado 4 AMDR Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes 5 UL Nivel de Ingesta Máximo Tolerable 5 Ingesta aceptable - Valor que aplica únicamente para vitamina E Fuente de información científica de los valores de referencia de energia y nutrientes establecidos para la población colombiana.

Artículo ANEXO (5/45)

Los valores de referencia para energía, agua, fibra y nutrientes fueron basados en reportes de comités reconocidos a nivel internacional tales como: el Consejo de Alimentación y Nutrición y el Instituto de Medicina de los Estados Unidos (FNB:!10M), Consejo Nacional de Salud e Investigación Médica de Australia y Nueva Zelanda (NHMRC), acompañados del Comité Conjunto conformado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Universidad de las Naciones Unidas (UNU) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). (Ver Tabla 3). Tabla 3. Fuente de información científica para los valores de referencia de energía y nutrientes establecidos para la población colombiana. FUENTE DE INFORMACIÓN ANO NUTRIENTES Hierro (Ajuste por biodisponibilidad) FAO - OMS 2001 Vitamina E Vitamina A? (Unidades de medida) Fosforo 1997 Magnesio Fluoruro Tiamina Rivoflavina Niacina 1998 Ácido Pantoténico . Vitamina B6 ENB:OM Vitamina B12 Folato Vitamina A Vitamina € Hierro Selenio Cobre Yodo 2000 22 AG0 2016 - . A] RESOLUCIÓN NÚMERO - 003343 2016 HOJA No 12 de 26 FUENTE DE INFORMACIÓN | AÑO NUTRIENTES I Grasa Proteína 2002 - 2005 Carbohidratos Fibra Agua Sodio 2004 Potasio 2011 Vitamina D Calcio FAO - OMS - UNU 2001 Energía NHMRC Vitamina K Australia y Nueva Zelanda - Grupo Consultivo Internacional de la 2005 Zinc nutrición del zinc (IZINCG) a En Vitamina A para la población colombiana se adoptaron ¡os valores de las recomendaciones de ingesta del FNB:10M (2000).

Artículo ANEXO (6/45)

En cuanto a las unidades la decisión fue conservar las recomendadas por FAO - OMS 2001 Las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes que se establecen para la población colombiana fueron actualizadas con base en la información disponible a partir de fuentes de los organismos internacionales referenciados en el cuadro anterior, en el lapso de 1994-2011 Se adoptan los requerimientos de energía establecidos por el Comité FAO — OMS - UNU (2001), con base en la pertinencia de la metodología utilizada para su desarrollo, que reflejan los avances en el conocimiento en este campo de la nutrición humana y considerando que se ajustan a las características de la población colombiana. Se adoptan las recomendaciones de ingesta definidas por el Comité de Alimentación y Nutrición y el Instituto de Medicina de los Estados Unidos, así: FNB:I/OM 1997-2011 para agua, proteínas, grasa, carbohidratos, fibra, vitamina A, tiamina, riboflavina, niacina, ácido pantoténico, vitamina B6, vitamina B12, folato, vitamina C, fósforo, magnesio, hierro, selenio, cobre, yodo, fluoruro, sodio y potasio, calcio y vitamina D, teniendo en cuenta que ta metodología para determinación de las recomendaciones presenta una descripción detallada del procedimiento que se siguió para ta obtención de los valores estimados en cada periodo de la vida, fundamentada en la mejor evidencia científica disponible. Se adoptan las recomendaciones de ingesta para vitamina E del comité FAO - OMS (2001) el cual estableció una “Ingesta aceptabie” teniendo en cuenta que la principal función de la vitamina E parece ser la prevención de la oxidación de los Ácidos Grasos Poliinsaturados - PUFA. Para proteínas y el hierro se hacen ajustes para la población colombiana teniendo en cuenta las características de calidad de la dieta que se consume en el país:

Artículo ANEXO (7/45)

a) Proteínas: El Comité FNB - 10M fija los requerimientos para una calidad de proteína del 100%, sin embargo, teniendo en cuenta que la dieta de la población colombiana es mixta, se ajustan los requerimientos de proteína a partir de los 7 meses de edad y cero días cumplidos, según los valores de digestibilidad (80%) y cómputo aminoacídico (90%), según el criterio establecido por la Fundación Cavendes de Venezuela para la dieta latinoamericana. b) Hierro: Los valores de referencia de ingesta de hierro, se ajustaron a una biodisponibilidad del 12% que está dentro de los rangos propuestos por la FAO - OMS (2001) y que responde a las características de la dieta colombiana acorde a la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional - ENSIN 2005. Para Colombia se adoptan los valores de referencia de ingesta del zinc y vitamina K del Comité NHMRC de Australia - Nueva Zelanda, y además, para el zinc se aplican los ajustes y correcciones del Grupo Consultivo Internacional de la Nutrición del Zinc (IZINCG, 2004). 22 AG0 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO. 003843 2016 HOJA No 13 de 26 2. USOS ESPECÍFICOS Y APLICACIONES DE LOS VALORES DE REFERENCIA DE LAS RIEN PARA PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DIETÉTICA. Las RÍEN se aplican en todas las actividades de planeación y evaluación dietética, considerando la variabilidad entre los individuos en cuanto a sus requerimientos y su ingesta, con el fin de hacer Una estimación más razonable del nivel del nutriente requerido para lograr adecuación nutricional, prevenir déficit y efectos adversos para la salud por ingesta en exceso. 2.1. Planificación dietética para Individuos y para grupos. 2.1.1.

Artículo ANEXO (8/45)

Planificación dietética para individuos: Se utilizan los valores de referencia de ingesta para planificación dietética para lograr una dieta nutricionalmente adecuada, esto es, con una probabilidad baja de inadecuación por deficiencia o exceso de ingesta de energía y nutrientes. 2.1.2. Planificación dietética para grupos: La meta de planificación dietética en grupos es lograr que las ingestas usuales del grupo cubran los requerimientos de la mayoría de los individuos (97 - 98%). En la Tabla 4 se muestra el resumen de los usos de los valores de referencia de ingesta para la planificación en individuos y grupos. Tabla 4. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la planificación dietética en individuos y grupos. USOS RECOMENDADOS DE LA PLANIFICACIÓN DIETÉTICA PARA INDIVIDUOS a _PARA GRUPOS El EAR se usa junto con la distribución de la ingesta usual del nutriente para planificar con una prevalencia baja de ingesta inadecuada (2 - 3%). VALOR DE REFERENCIA Nutriente con valor de EAR El EAR no se utiliza. El RDA se usa para planificación dietética, para reducir la probabilidad de inadecuación en la ingesta de un 2 a 3% (0.02 a 0.03). Se usa como el objetivo de planeación para los nutrientes que no tienen definido un valor de EAR para alcanzar una probabilidad baja de inadecuación. Nutriente con valor de RDA El RDA no se utiliza. Nutriente con valor de Al Usar para la planeación media de la ingesta. con Una Nutriente con valor de UL Se usa para planificar con una probabilidad baja de efectos adversos por ingestas excesivas. Nutriente con Se utiliza para planificación en individuos puesto que cada rango recomendado se asocia con un Se usa para planificar prevalencia baja de riesgo por ingestas excesivas. valor de riesgo reducido de enfermedades AMDR crónicas, mientras que aporta cantidades adecuadas de nutrientes esenciales.

Artículo ANEXO (9/45)

Se planea con la ingesta promedio de energía requerida para mantener un peso corporal y un ER nivel de actividad física consistentes con buena salud a largo plazo, en adultos; en niños, para el óptimo crecimiento; Se utiliza como objetivo de planeación para lograr una distribución de macronutrientes en la cual el porcentaje de ingesta de cada fuente de energía de la mayoría de los miembros del grupo esté dentro del rango aceptable recomendado. Se utilila en la planeación del requerimiento de energía para un grupo con el propósito de lograr una prevalencia aceptablemente baja de ingesta inadecuada y de exceso potencial. A , A) RESOLUCIÓN NÚMERO» 003883 22 AO 2016 HOJA No 14 de 26 VALOR DE REFERENCIA USOS RECOMENDADOS DE LA PLANIFICACIÓN DIETETICA PARA INDIVIDUOS PARA GRUPOS durante la gestación para el incremento de tejidos, y durante la lactancia para la secreción de leche, para asegurar buena salud de la madre y el niño. 2.2. 2.2.1. 2.2.2. Evaluación dietética para individuos y para grupos. Evaluación dietética para individuos: Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética en individuos son: El Requerimiento Promedio Estimado - EAR que permite decidir con determinado nivel de confianza si la ingesta de un individuo es adecuada; la Ingesta Adecuada - Al se utiliza para nutrientes que no tienen valor de EAR, no se debe usar como punto de corte para estimar la proporción de la población con ingesta inadecuada (deficiente); y el Nivel de Ingesta Máximo Tolerable - UL que permite evaluar la probabilidad de inadecuación o riesgo de efectos adversos por una ingesta excesiva del nutriente. También se utilizan el Requerimiento de Energía - ER y el Rango Aceptable de Distribución de Macronutrientes - AMDR.

Artículo ANEXO (10/45)

Evaluación dietética para grupos: Se utiliza para determinar la prevalencia de la inadecuación o de exceso de la ingesta de energía y nutrientes. Los valores de referencia recomendados para evaluación dietética son EAR, UL, Al, ER, AMDR. No se utiliza para evaluación dietética en grupos el RDA, debido a que cuando se calcula la proporción de individuos en un grupo que presenta ingestas inferiores al RDA, siempre conduce a sobrestimación de la verdadera prevalencia de inadecuación. En la Tabla 5 se presentan los usos de los valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individuos y grupos. Tabla 5. Resumen de los usos de valores de referencia de ingesta para la evaluación dietética en individuos y grupos. Nutriente con valor de EAR Nutriente con valor _ de RDA Se usa para estimar la probabilidad de que la ingesta usual sea inadecuada. No se utiliza. VALOR DE USOS RECOMENDADOS EN LA EVALUACIÓN DIETÉTICA: REFERENCIA PARA INDIVIDUOS PARA GRUPOS Se utiliza para estimar la prevalencia de inadecuación de ingesta dentro de un grupo. No se utiliza Nutriente con valor de Al Nutriente con valor de UL Se utiliza para evaluar la ingesta dietética cuando el nutriente no tiene valor de EAR, se considera que la ingesta usual en o por encima de este nivel tiene una probabilidad baja de inadecuación. Su uso permite inferir únicamente que la ingesta media usual en o por encima de este nivel implica una prevalencia baja de inadecuación. Se usa para evaluar si un nivel de ingesta superior al UL ocasiona al individuo un riesgo de efectos adversos para la salud por ingesta excesiva. Se usa para estimar el porcentaje de la población en riesgo potencial de efectos adversos por ingesta excesiva de un nutriente. Nutriente con valor de AMDR Se utiliza en evaluación de ingesta individual para verificar que su Valor se encuentre dentro de los rangos recomendados para cada Mmacronutriente.

Artículo ANEXO (11/45)

Permite la evaluación de la ingesta dietética de poblaciones mediante la determinación de la proporción del grupo que se ubica por fuera o dentro del rango. RESOLUCIÓN NÚMERO* 22 AGO 2016 0038u3 2016 HOJA No 15 de 26 Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones VALOR DE USOS RECOMENDADOS EN LA EVALUACIÓN DIETÉTICA REFERENCIA PARA INDIVIDUOS PARA GRUPOS Se recomienda el empleo del IMC | Se utiliza para estimar la ER como uno de los indicadores útiles | prevalencia de inadecuación de la en la adecuación de la ingesta | ingesta en un grupo con relación al usual de energía para adultos. IMC o el peso para la talla. 3.1. RECOMENDACIONES DE INGESTA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES - ESTABLECIDOS PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA. RIEN Requerimientos de Energía: Se adopta como expresión de la ingesta dietética de energía, el requerimiento promedio de un grupo de población referido como la cantidad de energía que debe suministrar la dieta para mantener el balance de energía, según edad, género, estatura, peso y un grado de actividad física compatible con buena salud a largo plazo, mientras se aportan todos los nutrientes para conformar una alimentación saludable. El cálculo de los requerimientos de energía en todas las edades se basó en la medición y estimación del gasto total diario de energía más la necesidad de energía para crecimiento, gestación y lactancia. Los componentes del requerimiento de energía son: el Metabolismo Basal, la respuesta metabólica a los alimentos (ECA), la actividad física, el costo energético del crecimiento, gestación y lactancia. Tabla 6. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de lactantes de O a 12 meses alimentados con leche materna, con fórmula y con leche materna + fórmula.

Artículo ANEXO (12/45)

REQUERIMIENTO DIARIO DE ENERGÍA EN KCAL/KGIDÍA EDAD | PESO (KG) | ALIMENTADOS CON | ALIMENTADOSCON | Leone MArESNAs (MESES) LECHE MATERNA FÓRMULA FÓRMULA (TODOS) Niño | Niña | Niño | Niña | Promedio | Niño | Niña | Promedio | Niño | Niña | Promedio 0-1 4,58 | 435 | 106 | 99 102 122 | 117 | 120 113 | 107 110 1-2 5,550 | 514 | 98 95 97 110 | 108 109 104 | 101 102 23 6,28 | 582 | 91 90 90 100 | 101 100 95 94 95 3-4 6,94 | 6,41 | 79 80 79 86 89 87 82 84 83 45 748 | 6,92 | 79 79 79 85 87 86 81 82 82 5-6 7,93 | 7,35 | 78 79 78 83 85 84 81 81 81 6-7 8,30 | 7,71 | 76 76 76 81 81 81 79 78 79 7-8 8,62 | 8,03 | 77 76 76 81 813 81 79 1 78 | 79 8-9 8,89 | 8,31 | 77 | 76 77 81 1 81 81 79 78 | 79 9-10 9,13 | 8,55 | 79 77 | 78 82 | 81 81 80 79 80 10-11 9,37 | 8,78 | 79 77 78 82 81 81 80 79 80 11-12 962 | 9,00 | 79 77 78 82 81 81 81 79 80 RESOLUCIÓN NÚMERO - 003803 2h AGO Moa No 16

Artículo ANEXO (13/45)

de 26 Nutrientes- RIEN para la población colombiana y se dictan otras disposiciones”. Tabla 7. Requerimiento diario de energía para la población colombiana de niños y niñas de 1 a 18 años, con tres niveles de actividad fisica habitual.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 68), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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