Términos o descriptores permitidos para las declaraciones de propiedades relacionadas con el contenido de nutrientes: Alto, Buena fuente, Libre de, Bajo, Muy bajo, Magro y Extramagro.
17.1 Alto: por porción declarada en la etiqueta, el alimento debe contener 20% ó más del valor de referencia de uno o más nutrientes, a excepción de los nutrientes del numeral 17.2.
En el caso de alimentos tipo comida o plato principal de una comida, el uso del término “alto” significa que el producto contiene un alimento que cumple con la definición de “alto” y la etiqueta identifica el alimento para el cual se hace la declaración.
17.2 Alto en ácidos grasos omega- 3, grasas monoinsaturadas, poliinsaturadas o insaturadas:
17.2.1 Ácidos grasos omega- 3: por 100 g y por 100 kcal, el alimento debe contener al menos 0,6 g de ácido alfa-linolénico o al menos 80 mg de la suma de ácido eicosapentanoico y ácido decosahexanoico.
17.2.2 Grasas monoinsaturadas: al menos un 45 % de los ácidos grasos presentes en el alimento proceden de grasas monoinsaturadas y las grasas monoinsaturadas aportan más del 20 % del valor energético del producto.
17.2.3 Grasas poliinsaturadas: al menos un 45 % de los ácidos grasos presentes en el alimento proceden de grasas poliinsaturadas y las grasas poliinsaturadas aportan más del 20 % del valor energético del producto. RESOLUCIÓN NÚMERO 333 DE 2011 HOJA No 20
17.2.4 Grasas insaturadas: al menos un 70 % de los ácidos grasos presentes en el alimento proceden de grasas insaturadas y los grasas insaturadas aportan más del 20 % del valor energético del producto.
Los alimentos que cumplan con el descriptor “alto”, también podrán utilizar los siguientes sinónimos: “rico en” o “excelente fuente de”.
17.3 Buena fuente: por porción declarada en la etiqueta el alimento contiene 10% al 19% del valor de referencia de uno o más nutrientes, a excepción de los nutrientes del numeral 17.4. En el caso de alimentos tipo comida o plato principal de una comida, el uso del término “Buena fuente” significa que el producto contiene un alimento de acuerdo con la definición de “Buena fuente” y que la etiqueta identifica el alimento para el cual se hace la declaración.
17.4 Buena fuente de ácidos grasos omega-3: por 100 g y por 100 kcal, el alimento debe contener al menos 0,3 g de ácido alfa-linolénico, o al menos 40 mg de la suma de ácido eicosapentanoico y ácido decosahexanoico.
Los alimentos que cumplan con el descriptor “buena fuente de”, también podrán utilizar los siguientes sinónimos: “proporciona”, “fuente”, “contiene” o “con”.
17.5 Libre de: por porción declarada en la etiqueta y por cantidad de referencia el alimento debe cumplir los siguientes niveles:
a) Calorías: Contiene menos de 5 kcal. Si un alimento cumple con esta condición sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido calórico, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que, el alimento naturalmente, es libre de calorías.
b) Grasa: Contiene menos de 0,5 g de grasa total, incluyendo alimentos tipo comida o plato principal de una comida. El alimento no debe contener ingredientes que sean grasas, que puedan ser interpretados por el consumidor como que contienen grasa, excepto si el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de grasa”. Si el alimento cumple con las anteriores condiciones sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido de grasa, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que el alimento naturalmente es libre de grasa.
El término “libre de grasa” podrá ser utilizado en la leche descremada, siempre y cuando, cumpla los requisitos establecidos en este literal.
c) Grasa saturada
Contiene menos de 0,5 g de grasa saturada. Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida debe contener menos de 0,5 g de grasa saturada y menos de 0,5 g de ácidos grasos trans por porción declarada en la etiqueta. El alimento no debe contener ingredientes que sean grasas, que puedan ser interpretados por el consumidor como que contienen grasa, excepto si RESOLUCIÓN NÚMERO 333 DE 2011 HOJA No 21
el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de grasa saturada”. Si el alimento cumple con las anteriores condiciones sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido de grasa saturada, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que el alimento naturalmente es libre de grasa saturada.
d) Ácidos grasos trans: Contiene menos de 0,5 g de ácidos grasos trans. Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida debe contener menos de 0,5 g de ácidos grasos trans y menos de 0,5 g de grasa saturada por porción declarada en la etiqueta. El alimento no debe contener ingredientes que sean grasas, que puedan ser interpretados por el consumidor como que contienen grasa, excepto si el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de grasa trans”. Si el alimento cumple con las anteriores condiciones sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido de ácidos grasos trans, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que el alimento naturalmente es libre de grasa trans.
e) Colesterol: Contiene menos de 2 mg de colesterol. Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida debe contener menos de 2 mg por porción declarada en la etiqueta. El alimento no debe contener ingredientes que puedan ser generalmente interpretados por los consumidores como que contienen colesterol, excepto si el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de colesterol”. Si el alimento cumple con las anteriores condiciones sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido de colesterol, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que el alimento naturalmente es libre de colesterol. Cuando el alimento no es “bajo” en grasa saturada, debe aparecer inmediatamente adyacente a la declaración de “Libre en colesterol” en un tamaño de letra no inferior a la mitad del tamaño de letra de dicha declaración, seguida de la siguiente leyenda: “Ver Información Nutricional para grasa saturada"
f) Azúcares: Contiene menos de 0,5 g de azúcares o en el caso de alimentos tipo comida o plato principal de una comida debe contener menos de 0,5 g de azúcares por porción declarada en la etiqueta. El alimento no contiene un ingrediente que sea azúcar o ingredientes que generalmente son interpretados por los consumidores como que contienen azúcares, excepto si el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de azúcares” y El alimento está etiquetado como "bajo en calorías" o "reducido en calorías" con el cumplimiento de los requisitos indicados en el presente capitulo, o RESOLUCIÓN NÚMERO 333 DE 2011 HOJA No 22
El término “libre de azúcar” está inmediatamente acompañado, cada vez que se utiliza, por la declaración "no es un alimento bajo en calorías", o "no es un alimento reducido en calorías".
Se permite el uso de la declaración “sin azúcar añadido”, “sin azúcar adicionada” u otras que tengan el mismo significado, únicamente cuando el alimento cumpla con los siguientes criterios:
- Ninguna cantidad de azúcares o de otros ingredientes que contengan azúcares que funcionalmente sustituyan los azúcares adicionados, han sido añadidos durante procesamiento o envasado; - No contiene ingredientes con azúcares adicionados, tales como: mermelada, jalea o jugo concentrado de frutas; - El producto para el cual el alimento es sustituto contiene normalmente azúcares añadidos; - Contiene la declaración “No es bajo en calorías” o “No es reducido en calorías” (a menos que cumpla con los requisitos establecidos para “bajo o “reducido” en calorías) y la indicación “Ver información nutricional sobre contenido de calorías y azúcares”
g) Sodio: Contiene menos de 5 mg de sodio. Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida debe contener menos de 5 mg de sodio por porción declarada en la etiqueta. El alimento no debe contener cloruro de sodio o cualquier otro ingrediente que contenga sodio, excepto si el ingrediente, en la lista de ingredientes, es seguido por un asterisco refiriéndose a una nota ubicada al final de dicha lista con la siguiente leyenda: “aporta una cantidad insignificante de sodio”. Si el alimento cumple con las anteriores condiciones sin necesidad de procesamiento o alteración especial, formulación o reformulación para disminuir el contenido de sodio, la etiqueta debe incluir una declaración indicando que el alimento naturalmente es libre de sodio.
Se permite el uso del término “...% Libre de grasa” en la etiqueta, si el alimento cumple los requisitos para ser considerado alimento “Bajo en grasa”. Así mismo, el uso del término “100 % Libre de grasa” se permite únicamente para alimentos que cumplen con el requisito de “Libre de grasa”, con un contenido de grasa total de menos de 0,5 g por 100 g de producto y sin ninguna grasa adicionada.
Los alimentos que cumplan con el descriptor “libre de”, también podrán utilizar los siguientes sinónimos: “no contiene”; “sin”; “cero” (o su expresión numérica); “exento de” o “fuente no significativa de”.
17.6 Bajo en: por porción declarada en la etiqueta el alimento cumple los siguientes niveles:
a) Calorías: - Contiene un máximo de 40 kcal - Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida, el producto contiene 120 kcal o menos por 100 g.
b) Grasa: - Contiene 3 g o menos de grasa total. - Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida, el producto contiene 3 g o menos de grasa total por 100 g de producto y no más de 30% de las calorías totales serán aportadas por la grasa. RESOLUCIÓN NÚMERO 333 DE 2011 HOJA No 23
El término “bajo en grasa” podrá ser utilizado en la leche semidescremada, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos en este literal.
c) Grasa saturada: - Contiene máximo 1 g de grasa saturada y las calorías provenientes de la grasa saturada no deben superar el 15% de las calorías totales. - En el caso de alimentos tipo comida o plato principal de una comida, contiene menos de 1 g de grasa saturada por 100 g del alimento y no más del 10% de las calorías totales serán aportadas por la grasa saturada.
d) Colesterol: - Contiene 20 mg o menos de colesterol y 2 g o menos de grasa saturada y no más del 10% de las calorías totales deben ser de grasa saturada. - Para alimentos tipo comida o plato principal de una comida, el producto contiene menos de 20 mg de colesterol y 2 g o menos de grasa saturada por 100 g de producto.
e) Sodio: - Contiene máximo 140 mg de sodio - Para alimentos tipo comida y plato principal de una comida debe contener menos de 140 mg por 100 g de producto.
El término “bajo en sal” puede usarse si el producto cumple con el criterio “bajo en sodio”.
Los alimentos que cumplan con el descriptor “bajo en”, también podrán utilizar los siguientes sinónimos: “poco”, “pocas”, “baja fuente de” o “contiene una pequeña cantidad de”.
17.7 Muy bajo en: solamente se permite para sodio, si por porción declarada en la etiqueta el alimento contiene un máximo de:
- 35 mg de sodio - Para alimentos tipo comida y plato principal de una comida debe contener menos de 35 mg de sodio por 100 g de producto.
17.8 Magro: solamente se aplica para carnes y pescados. Debe contener menos de 10 g de grasa total, menos de 4,5 g de grasa saturada y menos de 95 mg de colesterol por porción declarada en la etiqueta, incluyendo los alimentos tipo comida y plato principal de una comida. 17.9 Extramagro: solamente se aplica para carnes y pescados. Debe contener por porción declarada en la etiqueta y por 100 g, máximo 5 g de grasa total, 2 g de grasa saturada y 95 mg de colesterol, incluyendo alimento tipo comida y plato principal de una comida