Artículo ANEXO (294/401)
6. Profesional de la medicina especialista en cuidado intensivo pediátrico, puede realizar la disponibilidad en la categoría telexperticia sincrónica entre profesionales de la salud de acuerdo con lo definido por el prestador de servicios de salud en el estándar de procesos prioritarios. Estándar de infraestructura Complejidad mediana Modalidades intramural, telemedicina - prestador remisor 7. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios y adicionalmente cuenta con: 7.1. Ambiente a manera de filtro, para acceso del talento humano en salud y visitantes, con lavamanos y área de casilleros. 7.2. Estación de enfermería. 7.3. Ambiente o área para brindar información a familiares. 7.4. Ambiente de cubículos por cunas (4 m2), o camas (8 m?), señalizado y de circulación restringida solo para personal autorizado, con: 7.4.1.Salida de oxigeno medicinal por cuna o cama. 7.4,2. Salida de aire medicinal por cuna o cama. 7.4.3. Sistema de vacío por cuna o cama. 7.5. Lavamanos, que puede ser compartido entre varios cubículos. 8. Los anteriores ambientes pueden ser compartidos entre los servicios de cuidado intermedio e intensivo pediátricos. 9. Las puertas de acceso al servicio deben permitir el paso y giro de cunas o camas. 10. Disponibilidad de: 10.1. Ambiente para extracción de leche materna y preparación de fórmulas artificiales. 10.2. Ambiente de aislamiento. Modalidad telemedicina - prestador de referencia 11. Cumple con los criterios que le sean aplicables de todos los servicios. Estándar de dotación Complejidad mediana Modalidades intramural, telemedicina - prestador remisor