Fases del Plan Inmediato de Acción en Salud - PIAS. De conformidad con lo establecido en el Auto 2049 de 2025 de la Honorable Corte Constitucional el Plan Inmediato de Acción en Salud - PIAS, contendrá las siguientes fases:
2.1. Fase de diagnóstico y delimitación del problema: en la fase de diagnóstico y delimitación del problema las dependencias del Ministerio de Salud y Protección Social deberán identificar y considerar las fallas estructurales expuestas en el Auto 2049 de 2025 para efectos de guiar el plan.
En esta fase, también deberán definirse los indicadores del goce efectivo del derecho a la salud y realizarse la etapa de participación efectiva ciudadana, donde se recopilen insumos de todos los actores del sistema y los órganos de control, para a partir de allí proferir una evaluación sobre el alcance, los responsables y la disponibilidad de recursos para su ejecución. RESOLUCIÓN NÚMERO 00260B DE 2025 HOJA No 4 de 28 1 5 DIC 2025 Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se adoptan las medidas necesarias para el disposiciones’’
2.2. Fase de diseño y formulación estratégica: en la fase de diseño y formulación estratégica se definirán los objetivos, metas y plazos tendientes a garantizar el goce efectivo del derecho a la salud, las alternativas de solución y el diseño del plan.
2.3. Fase de implementación y ejecución: en la fase de implementación y ejecución deberá (a) emitirse los actos administrativos necesarios para darle fuerza a la ejecución del plan, (b) establecerse los mecanismos de coordinación entre todas las entidades involucradas, especialmente, el Ministerio de Salud y Protección Social, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia, la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, para su respectiva ejecución y (c) asegurarse el flujo de oportuno de recursos asignados al plan.
2.4. Fase de seguimiento, evaluación y ajuste: en la fase de seguimiento, evaluación y ajuste se adelantará un efectivo y oportuno seguimiento al cumplimiento del Plan de Inmediato de Acción en Salud - PIAS, para efectos de efectuar los ajustes a los que hubiere lugar.
Parágrafo. La responsabilidad de liderar cada una de las fases del Plan Inmediato de Acción en Salud - PIAS, recae en el Viceministro de Protección Social y el Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios.