Artículo ANEXO (336/411)
Cotizante B_ Adicional 1 20 150 ¡169 Liquidación UPC cotización adicional Valor UPC adicional, calculado por el FOSYGA para un periodo de 30 días 12 1 170 [170 Coincidencia 2 Sugerido 3_ Direccionado TOTAL Este Ministerio establecerá las condiciones técnicas mínimas para la disposición y entrega de esta información y comunicará al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA o a quien haga sus veces y a los operadores de información dichas condiciones. 11.VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD El operador validará la información reportada sobre los pensionados a cargo del pagador de pensiones, cruzando: 10 vUN 2016 AZ RESOLUCIÓN NÚMERO) 72388 DE2016 Página 214 a) Eltipo de documento del pensionado o beneficiario de UPC adicional, reportado en el campo 7 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 se debe cruzar con el tipo de documento del afiliado de la BDUA definido en el campo 3 de la tabla “información de la Base de Datos Única de Afiliados — BDUA con destino a los operadores de información”. b) El número de identificación del pensionado o beneficiario de UPC adicional de que trata el campo 8 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 se debe cruzar con el número de documento del afiliado de la BDUA definido en el campo 4 de la tabla “información de la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA con destino a los operadores de información” del artículo anterior. Como resultado de estos cruces se deberá proceder de la siguiente forma: Verificación EPS Caso 1.