Por la cual se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.

Resolución · 2388 · 2016-06-10 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 321–340 de 416

Artículo ANEXO (316/411)

TOTAL Posición , de Validaciones y origen de los Campo | Long inicial | Final Tipo Descripción datos Registro de 1 5 1 5 N | Intereses de | Debe ser 00039 para este caso mora. 2 1 6 6 N | Tipo de registro. | Debe ser 3 para este caso Valor del Ingreso | Tomado del campo 3 del renglón 31 3 13 7 19 N Base de | - Aportes del archivo de salida para Cotización las administradoras de salud Suma de! campo 4 del renglón 31- Aportes del archivo de salida para 4 13 20 32 N Total cotización | las administradoras de salud más el obligatoria. campo 4 del renglón 36 mora del archivo de salida para las administradoras de salud Aportes al Fondo de Solidaridad y 5 13 33 45 N Garantía FOSYGA Suma del campo 5 del renglón 31- Aportes del archivo de salida para Total UPC las administradoras de salud más el 6 13 46 58 N adicional campo 5 del renglón 36 mora del archivo de salida para las administradoras de salud TOTAL 58 4. DEFINICIÓN DE LOS ARCHIVOS DE SALIDA PARA CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. Este archivo contiene la información correspondiente a cada Caja de Compensación Familiar, así: 4.1 Registro de salida tipo 1. Encabezado Posición " A Validaciones y origen de los Campo | Long Inicial | Final Tipo pesapbción datos 1 1 1 1 N Tipo de registro Debe ser 1 para este caso 2 5 2 6 N | Secuencia. Inicia 00001 Número de : 3 16 7 | 22 | A lidentificación (NIT) Sa a cegtstrado en el campo 4 de la Administradora. 9 p : e Debe ser el digito de verificación 4 1 | 23 | 23 | N | Digo de verificación | do NIT de la administradora i correspondiente.

Artículo ANEXO (317/411)

Código El registrado en el campo 34 del administradora archivo tipo 1 5 6 24 29 A | Caja de Compensación Familiar Nombre O razón | El registrado en el campo 1 del 6 150 30 179 A | social del pagador de | archivo tipo 1 pensiones. Tipo documento del | El registrado en el campo 2 del 7 2 180 181 A pagador de | archivo tipo 1 pensiones. Número de . 8 [| 16 | 182 [497 | A identificación del ono y O RESOLUCIÓN NÚMERO “(2388 DE 2016 Página 199 Continuación de ta resolución “Por la cual se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Posición , - $ Validaciones y origen de los Campo | Long Inicial | Final Tipo Descripción datos pagador de pensiones. Digito de verificación : 9 1 | 198 | 198 | N del pagador de istrado en el campo 4 del pensiones. Pp Período de pago: | El registrado en el campo 10 del 7 199 205 A (aaaa-mm). registro tipo 1 del archivo tipo 2 Fecha de pago |El registrado en el campo 13 del 11 10 206 215 A (aaaa-mm-dd) registro tipo 1 del archivo tipo 2 Número de radicación o de la . A El registrado en el campo 12 del 12 10 216 225 A | planilla integrada de : : AURA liquidación de registro tipo 1 del archivo tipo 2 aportes. Forma de | El registrado en el campo 10 del 13 1 226 226 A presentación. archivo tipo 1 Código de la sucursal | El registrado en el campo 5 del 14 10 227 236 A o de la dependencia | archivo tipo 1 Nombre de la : 15 | 40 | 237 | 278 | A sucursal o de la |El ¡egistrado en el campo 6 del dependencia. p Valor total de las | El registrado en el campo 15 del 16 12 277 288 N | mesadas registro tipo 1 del archivo tipo 2.

Artículo ANEXO (318/411)

Número total de | El registrado en el campo 14 del 17 7 289 295 N pensionados. registro tipo 1 del archivo tipo 2. El valor lo debe calcular el . operador de información de 18 3 296 298 N | Días de mora. acuerdo con la fecha de pago de la planilla. Es el código del operador de 19 2 299 300 N | Código del operador. | información por donde se realizó el pago de la planilla. El contenido de este campo lo debe calcular el operador de Número de registros | información y corresponde a la 20 8 301 308 N de salida tipo 2. cantidad de registros del registro salida tipo 2 liquidación detallada incluidos en este archivo. TOTAL 308 4.2 Registro de salida tipo 2. Liquidación detallada Posición : 5 Validaciones y origen de Campo | Long Inicial | Final Tipo Descripción los datos 4 4 1 4 N | Tipo de registro. Debe ser 2 para este caso Debe iniciar en 0000001 y 2 7 2 8 N | Secuencia. ser secuencial para el resto de registros. . : Lara El registrado en el campo 7 Tipo identificación del . ñ - 3 2 9 10 A pensionado. del registro tipo 2 del archivo tipo 2 : ea El registrado en el campo 8 No. de identificación del : : - 4 16 11 26 A pensionado. del registro tipo 2 del archivo tipo 2 : : El registrado en el campo 3 Primer apellido del : : : 5 20 27 46 A pensionado. AN tipo 2 del archivo RESOLUCIÓN NÚMERO: (02388 DE 2016 Página 200 _ Posición 2 aba Validaciones y origen de Campo | Long inicial | Final Tipo Descripción los datos . El registrado en el campo 4 6 s0 | a7 | 76 | A Segundo apellido della edistro tipo 2 del archivo pensionado, A tipo 2 : El registrado en el campo 5 Primer nombre del : ñ : 7 20 77 96 A pensionado.

Artículo ANEXO (319/411)

SN tipo 2 del archivo El registrado en el campo 6 Segundo nombre del : . - 8 30 97 126 A pensionado. SN tipo 2 del archivo Código del departamento | El registrado en el campo 19 9 2 127 128 A |de la ubicación de | del registro tipo 2 del archivo residencia tipo 2 Código del municipio de | El registrado en el campo 20 10 3 129 131 A |la ubicación de | del registro tipo 2 del archivo residencia tipo 2 El registrado en el campo 51 11 7 132 138 N | Tarifa. del registro tipo 2 del archivo tipo 2. El registrado en el campo 52 12 9 139 147 N | Valor aporte del registro tipo 2 del archivo tipo 2. El registrado en el campo 58 13 9 148 156 N Valor de la mesada del registro tipo 2 del archivo pensional tipo 2 , El registrado en el campo 35 14 3 | 157 | 159 | N |Número de días | a registra tipo 2 del archivo cotizados tipo 2 El registrado en el campo 22 15 1 160 160 A | ING: Ingreso. del registro tipo 2 del archivo tipo 2. El registrado en el campo 23 16 1 161 161 A | RET: Retiro. del registro tipo 2 del archivo tipo 2. vSP: Variación | El registrado en el campo 28 17 1 162 162 A | permanente de la | del registro tipo 2 del archivo mesada pensional. tipo 2. El registrado en el campo 29 18 1 163 163 A | SUS: Suspensión. del registro tipo 2 del archivo tipo 2. Fecha de ingreso El registrado en el campo 55 19 10 164 173 N | Formato (AAAA-MM.- | del registro tipo 2 del archivo DD). tipo 2. Fecha de retiro. El registrado en el campo 56 20 10 174 183 N | Formato (AAAA-MM- | del registro tipo 2 del Archivo DD).

Artículo ANEXO (320/411)

Tipo 2, Fecha inicio VSP El registrado en el campo 57 21 10 184 193 N | Formato (AAAA-MM- | del registro tipo 2 del archivo DD). tipo 2. TOTALES 193 4.3 Totales de la autoliquidación por administradora TOTAL | Posición |. mn. o Í Campo Long Inicial | Final | Tipo Descripción Validaciones y origen de los datos Tipo de 1 1 1 1 N registro. Debe ser 3 para este caso 10 JUN 2018 RESOLUCIÓN NÚMERO3 (02388 DE2016 Página 201 Seguridad Socíal integral y Parafiscales” TOTAL Campo Long A Tipo Descripción Validaciones y origen de los datos Sumatoria del campo 12 del registro de 2 13 2 14 N | Valor aporte salida tipo 2 -Liquidación detallada para Cajas de Compensación Familiar El registrado en el campo 19 del . registro de salida tipo 1-Liquidación E y LE 18 y Dias de mora detallada para Cajas de Compensación Familiar Valor interés | Liquidación del valor en mora del 4 13 19 31 N de mora campo 3 de este registro 5 13 32 44 N nar total a Suma del campo 3 y 5 de este registro TOTAL 44 5. IDENTIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS DE SALIDA DE PENSIONADOS: Los archivos de salida deben identificarse con los siguientes campos: campo Descripción Valor permitido 1 Fecha de pago Formato AAAA-MM-DD 2 Modalidad de Planilla Integrada de | 1 Electrónica Liquidación de Aportes. 2 Asistida 3 Número de formulario único o planilla pagada 4 Tipo de documento NI = Número de identificación tributaria CC * Cédula de ciudadanía CE = Cédula de extranjería TI + Tarjeta de identidad RC * Registro civil PA = Pasaporte CD = Carnet diplomático 5 Número de identificación del aportante sin digito de verificación 6 Código de la entidad administradora Código de la administradora de acuerdo con el listado de administradoras emitido por el Ministerio.

Artículo ANEXO (321/411)

Para los archivos que se envían al Ministerio, el código deberá corresponder a MINPS 7 Código del operador de información a | Código asignado por el Ministerio través del cual pagó el aportante a Tipo de archivo IP Archivo de salida de información detallada de la planilla pagada de pensionados AP = Archivo de datos del aportante planilla de pensionados IPR= Archivo de salida de información de planilla de pensionados con ajustes técnicos que reemplaza uno anterior. APR =Archivo de datos del aportante planilla de pensionados con ajustes técnicos que reemplaza uno anierioL. re 9 eriodo de pago ai cual pertenece la | Formato AAAA-MM planilla. Este período debe corresponder al período que efectivamente pagó el aura omoo 10 JUN 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO (002388 DE2016 Página 202 campo Descripción Valor permitido aportante para el respectivo subsistema de la Protección Social. Los nombres de los archivos deben ser grabados en mayúsculas. La extensión de los archivos debe ser .TXT. Los campos de los nombres de los archivos deben ir separados por guion inferior (Carácter subrayado). Cuando se presenten archivos de reproceso el operador de información deberá enviar una comunicación a las administradoras y al Ministerio indicando las razones por al cuales solicita el reproceso del archivo, previo al envío del archivo de reproceso RESOLUCIÓN NÚMERO” (12388 DE2016 Página 203 CAPITULO No. 4 VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS Este proceso consiste en la validación del cumplimiento con las reglas recaudo al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales reportados por los pagadores de pensiones y verificada por los operadores de información, en cumplimiento de la normatividad existente.

Artículo ANEXO (322/411)

Para este proceso se presentan a continuación las diferentes relaciones que validan la coherencia de la información, donde el valor valido es el que se encuentra al cruzar las diferentes variables que son reportadas por el pagador de pensiones y que pueden ser de la siguiente manera: a Si el contenido de la casilla es “X”, indica que la combinación es obligatoria b Si el contenido de la casilla es “O”, indica que el tipo de combinación es opcional c. Siel contenido de la casilla está en blanco, indica que el tipo de combinación no es permitido 1. RELACIÓN TIPO DE PENSIONADO VS TIPO DE PAGADOR DE PENSIONES Para la relación de tipo de pensionado frente al tipo de pagador de pensiones es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campos Fuente Tipo de pagador de pensiones Campo 27 del archivo tipo 1 Tipo de pensionado Campo 17 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 Reglas de validación: Regla 1 ATRIBUTO Validación Xx Permitido Espacio blanco NO permitido Tabla de referencia Tabla 16. Pagador de pensiones Pagador de Pensiones 172) 01 Empleador je] e 02 Administrador de pensiones z 2 03 Pagador de pensiones 2) z ul 04 Pensiones de entidades de los regímenes especial y de excepción. RESOLUCIÓN NÚMERO (2388 DE 2016 Página 204 Tabla 17. Tipo de pensionado Tipo de pensionado 1 | Pensionado de régimen de prima media. Tope máximo de pensión 25 smlmv 2 | Pensionado de régimen de prima media. Sin tope máximo de pensión pensión 3 Pensionado de régimen de ahorro individual. No aplica tope máximo de 4 | Pensionado de Riesgos Laborales.

Artículo ANEXO (323/411)

Tope máximo de 25 smlmy 5 | Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión de 25 smimv 6 ¡ Pensionado por el empleador sin tope máximo de pensión 7 Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, con tope máximo de pensión de 25 smimv máximo en pensión 8 Pensionado de entidades de los regimenes especial y de excepción sin tope 9 | Beneficiario UPC adicional Tabla 18. RO1 - Regla de validación — Tipo de pensionado Vs Tipo de pagador de pensiones adi Tipo de pagador de pensiones Tipo de pensionado carpo y É pro E 01 02 03 | 04 Pensionado de régimen de prima media. Tope máximo de pensión 25 01 Xx Xx Xx SMLMV Pensionado de régimen de prima 02 X X media. Sin tope máximo de pensión Pensionado de régimen de ahorro 03 x individual. No aplica tope máximo de pensión Pensionado de Riesgos Laborales. 04 x Tope máximo de 25 SMLMV Pensionado por el empleador, con tope 05 Xx máximo de pensión de 25 SMLMV Pensionado por el empleador sin tope 06 x máximo de pensión . Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, 07 x con tope máximo de pensión de 25 SMLMV Pensionado entidades de los regímenes especial y de excepción, sin 08 Xx tope máximo en pensión _ Beneficiario UPC adicional 09 *x *x Xx Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensionado y tipo de pagador de RESOLUCIÓN NÚMERO "1.2388 DE2016 Página 205 pensiones No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado. 2.

Artículo ANEXO (324/411)

RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS TIPO DE PAGADOR DE PENSIONES Para la relación de tipo de pensión frente al tipo de pagador de pensiones es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campos Fuente Tipo de pagador de pensiones | Campo 27 del archivo tipo 1 Tipo de pensión Campo 9 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 Reglas de validación: Regla 1 Atributo Validación Xx Permitido Espacio blanco No permitido Tabla de Referencia Tabla 19. Tipo de pensión Tipo de pensión 1 Vejez 2 Sobrevivencia vitalicia riesgo común 3 Sobrevivencia temporal riesgo común 4 Sobrevivencia temporal riesgo común. Cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos 5 Sobrevivencia vitalicia por riesgo labora! 6 Sobrevivencia temporal riesgo laboral 7 Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos. 8 | Invalidez riesgo común 9 | Invalidez riesgo laboral 10 |Jubilación 11 | Jubilación para compartir 12 |Sanción 13 | Convencional 14 | Convencional para compartir 15 |Gracia 16 |Por convenio internacional 20 | Sentencia judicial 21 | Conciliaciones 1.0 JUN 2016 RESOLUCIÓN NÚMERO( 7 (2388 DE 2016 ' Página 206 Tabla 20. R02 - Regla de validación — Tipo de pensión Vs Tipo de pagador de pensiones Tipo de pensión Código o Tipo de pagador de pensiones No 1 2 3 4 Vejez 1 X Xx Sobrevivencia vitalicia riesgo común 2 Xx SS Xx Xx Sobrevivencia temporal riesgo común 3 *x Xx Xx Xx Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo ANEXO (325/411)

Cónyuge o compañera (o) menor de 30 4 Xx X X Xx años sin hijos Sobrevivencia vitalicia por riesgo 5 laboral Sobrevivencia temporal riesgo laboral 6 SS Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (o) menor de 30 7 Xx años sin hijos. Invalidez riesgo común 8 X Xx Xx Xx Invalidez riesgo laboral 9 Xx Jubilación 10 X Xx Xx Jubilación para compartir 11 Xx SS Sanción 12 Xx Convencional 13 Xx X Convencional para compartir 14 Xx Xx Gracia 15 Xx Por convenio internacional 16 Xx Sentencia judicial 20 Xx Xx Xx X Conciliaciones 21 Xx X Xx X Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y tipo de pagador de pensiones No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado. 3. RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS TIPO DE PENSIONADO Para la relación de tipo de pensión frente al tipo de pensionado es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campos" Fuente Tipo de pensionado Campo 17 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 Tipo de pensión Campo 9 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 Reglas de validación: Regla 1 Atributo Validación X Permitido Espacio blanco No permitido o 10 JUN 2016 RESOLUCION NUMERO 2172388 DE 2016 Página 207 du Tabla 21.

Artículo ANEXO (326/411)

RO3 - Regla de validación — Tipo de pensión Vs Tipo de pensionado old Sneon Código Tipo de pensionado oNo (4 |2|3 41 5 6 7|8|9 Vejez 1 Xx XA Xx a pd vitalicia riesgo 2 Xx Xx Xx xixixix sobrevivencia temporal riesgo 3 Xx Xx Xx xixixix Sobrevivencia temporal riesgo Cónyuge o compañera (0) menor 4 Xx x x XX X[X de 30 años sin hijos revivencia vitalicia por riesgo 5 Xx xix obrevivencia temporal riesgo 6 Xx xx Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (0) 7 XxX |X|*X menor de 30 años sin hijos. Invalidez riesgo común 8 XxX X|X X |X|X|X Invalidez riesgo laboral 9 SS Jubilación 10 X |X¡X|X Jubilación para compartir 11 XxX X |X|X|X Sanción 12 x|X Convencional 13 x| Xx Convencional para compartir 14 Xx |X x|X Gracia 15 Xx |X Por convenio internacional 16 AS Sentencia judicial 20 X|X|X|X|X|X|X|X Conciliaciones 21 Xx |X X|X|X]X|X Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un Pagador de Pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y tipo de pensionado No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado.

Artículo ANEXO (327/411)

4. RELACIÓN TIPO DE PLANILLA VS TIPO DE PENSIONADO Para la relación de tipo de planilla frente al tipo de pensionado es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campo Fuente Tipo de pensionado Campo 17 del registro tipo 2 del archivo tipo2 Tipo de planilla Campo 18 del registro tipo 1 del archivo tipo 2. Reglas de validación: Atributo Validación Xx Permitido Espacio blanco No fermitido sf ALO OniE v uy ¿ULO RESOLUCIÓN NÚMERO "(1 2388 DE2016 Página 208 Tabla de Referencia Tipos de planilla Planilla pago normal pagadores de pensiones P Planilla pago retroactivos R Planilla pago re — liquidación L Tabla 22. R04- Regla de validación — Tipo de planilla Vs Tipo de pensionado Tipo de pensionado Ti de planilla e 1 2 13| 4 5 6/7 38 9 Planilla pago normal pagadores de pensiones a X XIX | X X E E Planilla pago retroactivos Xx X Xi X *x XIX |X Planilla pago re — liquidación L Xx XXX *X XIX|X Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de planilla y tipo de pensionado No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado.

Artículo ANEXO (328/411)

5. RELACIÓN TIPO DE PENSIONADO VS TIPO DE NOVEDAD QUE PUEDE PRESENTAR Para la relación de tipo de pensionado frente al tipo de novedad que pueda es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campo Fuente Tipo de pensionado | Campo 17 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. Novedad Fuente ING Campo 22 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. RET Campo 23 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. TAE Campo 25 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. VSP Campo 28 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. TDE Campo 24 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. TAP Campo 27 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. TDP Campo 26 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. Novedad que puede presentar 6. RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS SUBSISTEMA AL QUE APORTA Para la relación de tipo de pensión frente al subsistema al que aporta es necesario tener en cuenta las siguientes fuentes de información: Fuente de información Campo Fuente Tipo de pensión | Campo 9 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. au A JUN 2 RESOLUCIÓN NÚMERO - 2388 be 2016 Página 209 Reglas de validación: Atributo Validación Xx Permitido Espacio blanco No permitido (0) Opcional Tabla 23. R6- Regla de validación — Tipo de pensión Vs Subsistema al que aporta _ Subsi Tlpo de penslón Código o PESglSma - No SAL PEN CCF Vejez 1 Xx o Sobrevivencia vitalicia riesgo común 2 Xx o Sobrevivencia temporal riesgo común 3 Xx o Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo ANEXO (329/411)

Cónyuge o compañera (o) menor de 30 4 XxX x O años sin hijos Sobrevivencia vitalicia por riesgo 5 Xx lo) laboral 6 x (0) Sobrevivencia temporal riesgo laboral Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (o) menor de 30 7 x x O años sin hijos. Invalidez riesgo común 8 Xx lo) Invalidez riesgo laboral 9 x o Jubilación 10 x (0) | Jubilación para compartir 11 Xx Xx MZ Sanción 12 Xx [0] (e) Convencional 13 x O Convencional para compartir 14 x x o) Gracia 15 x O Por convenio internacional 16 x o Sentencia Judicial j 20 Xx O O Conciliaciones 21 *x [0] 0] Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y subsistema al que aporta No sea “X”, u “O” el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado.

Artículo ANEXO (330/411)

7. VALOR DE LA MESADA PENSIONAL DE LOS PENSIONADOS En la tabla se establecen los topes mínimos de la mesada pensional para cada tipo de pensión como se muestra a continuación: Código tipo de Tipo de pensión IBC pensión | 1 Vejez Mayor o igual 1 SMLMV 2 Sobrevivencia vitalicia riesgo común Puede ser inferior a 1 SMLMV 3 Sobrevivencia temporal riesgo común Puede ser inferior a 1 SMLMV RESOLUCIÓN NÚMERO. » .. 002388 DE 2016 Página 210 Seguridad Social Integral y Parafiscales" Código tipo de Tipo de pensión IBC pensión Sobrevivencia temporal riesgo común 4 cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos Puede ser inferior a 1 SMLMV 5 Sobrevivencia vitalicia riesgo laboral Puede ser inferior a 1 SMLMV 6 Sobrevivencia temporal riesgo labora! Puede ser inferior a 1 SMLMV Sobrevivencia tempora! riesgo laboral 7 cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos Puede ser inferior a 1 SMLMV 8 Invalidez riesgo común Mayor o igual 1 SMLMV 9 Invalidez riesgo labora! Mayor o igual 1 SMLMV 10 Jubilación Mayor o igual 1 SMLMV 11 Jubilación para compartir Puede ser inferior a 1 SMLMV 12 Sanción Mayor o igual 1 SMLMV 13 Convencional Mayor o igual 1 SMLMV 14 Convencional para compartir Puede ser inferior a 1 SMLMV 15 Gracia Mayor o igual 1 SMLMV 16 Convenio internacional! Puede ser inferior a 1 SMLMV 20 Sentencia judicial Puede ser inferior a 1 SMLMV 21 Conciliaciones Puede ser inferior a 1 SMLMV

Artículo ANEXO (331/411)

8. APORTES A SALUD A EPS DIFERENTES Los aportes a salud de los pensionados deberían ir directamente al FOSYGA solamente en los siguientes casos: 2059 co SALUD DE LOS PENSIONADOS Que el respectivo cotizante no haya estado afiliado a una EPS Que la EPS se encuentre liquidada. Cuando sea de periodos anteriores a Abril de 1994 Que el Pensionado sea de entidades de los regímenes especial y de excepción TARIFA DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN Desde el 26 de diciembre de 19868 a la fecha las tarifas de aportes a salud de los pensionados los las siguientes: PERIODO TIPO DE PENSIONADO PENSIONADO RESIDENTE EN EL EXTERIOR TARIFA A APLICAR de diciembre de 1968 - 31 de marzo de 1994 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 3 Pensionado de régimen de ahorro individual. No aplica tope máximo de pensión 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope máximo 20 SMMLV 5. Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 5,00% RESOLUCIÓN NÚMERA (002388 Bs Mina 211 PENSIONADO RESIDENTE TARIFA A PERIODO TIPO DE PENSIONADO EN EL APLICAR EXTERIOR 7. Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, con tope máximo de pensión de 25 SMMLV 8. Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 8.00%

Artículo ANEXO (332/411)

2. Pensionado del régimen de prima media 10 00% sin tope máximo de pensión 12.00% 1 de abril 3. Pensionado de régimen de ahorro 19% Cuand , de 1994 - 31 Mdividual. No aplica tope máximo de o Luando e. 94 pensión Ss pensionado está de io 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope no y máximo 20 SMMLV camita 5. Pensionado por el empleador, con tope Colombia máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 7. Pensionado de entidades de los 1 de abril | regímenes especial y de excepción, con de 1994 -. 31 |tope máximo de pensión de 25 SMMLV S 1.00% de diciembre|8. Pensionado de entidades de los ! de 1994 regímenes especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 12,00% 3 Pensionado de régimen de ahorro 1% Cuando el 1 de enero de |individual. No aplica tope máximo de pensionado está 1995 - 31 de | pensión Ss en el exterior y no enero de 2007 | 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope tiene el grupo máximo 20 SMMLV familiar el 5. Pensionado por el empleador, con tope Colombia máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 7 Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción., con 102 cdi pe tope máximo de pensión de 25 SMMLV S 4.00% enero de 2007 8. Pensionado de entidades de los : regimenes especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV

Artículo ANEXO (333/411)

2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 12,50% 1 de febrero 3. Pensionado de régimen de ahorro 1,5% Cuando el de 2007 - 30 individual. No aplica tope máximo de pensionado está de noviembre | Pensión Ss en el exterior y no de 2008 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope tiene el grupo máximo 20 SMMLV familiar el 5. Pensionado por el empleador, con tope Colombia máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión _— o ION 2016 RESOLUCIÓN NUMERO: (2388 E2016 Página 212 PENSIONADO RESIDENTE TARIFA A EN EL APLICAR EXTERIOR PERIODO TIPO DE PENSIONADO 7. Pensionado de entidades de los 1 de febrero | regimenes especial y de excepción., con de 2007 - 30 | tope máximo de pensión de 25 SMMLV de noviembre | 8. Pensionado de entidades de los de 2008 regímenes especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 12,00% NN 3. Pensionado de régimen de ahorro 1% Cuando el TAS individual. No aplica tope máximo de pensionado está pensión Ss en el exterior y no 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope tiene el grupo máximo 20 SMMLV familiar el 5. Pensionado por el empleador, con tope Colombia máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 1. Pensionado del régimen de prima media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV 2. Pensionado del régimen de prima media sin tope máximo de pensión 12,00%

Artículo ANEXO (334/411)

3. Pensionado de régimen de ahorro 0% Cuando el 4 de diciembre | individual. No aplica tope máximo de pensionado esta de 2015- ala | pensión Ss en el exterior y no fecha 4. Pensionado de Riesgos Laborales. Tope tiene el grupo máximo 20 SMMLV familiar el 5. Pensionado por el empleador, con tope Colombia máximo de pensión 6. Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión 7. Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción., con tope máximo de pensión de 25 SMMLV 8. Pensionado de entidades de los regímenes especial y de excepción, sin tope máximo de pensión. Ss 1,50% de diciembre de 2015 1 de diciembre de 2008 - A la fecha S 1,0% 10. INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS ÚNICA DE AFILIADOS — BDUA CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga o quien haga sus veces, preparará y dispondrá periódicamente para consulta, descargue o acceso de los operadores, la información extraída de la Base de Datos Única de Afiliados — BDUA, que a continuación se relaciona: Posición o Validaciones y Origen de los Campo | Long Tipo Descripción inicio | Fin | * p Datos : Serial asignado en BDUA a cada 1 16 1 16 N |Serial afiliado Corresponde al código a la EPS o EOC para el Régimen 2 6 17 22 A |Código de la EPS Contributivo. Es equivalente al definido en el campo 32 del registro tipo del archivo tipo 2.

Artículo ANEXO (335/411)

RESOLUCIÓN NÚMERO 7 002388 DE 2016 Página 213 Posición Campo | Long Inicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Tipo documento del afiliado De acuerdo con la Resolución 2629 de 2014, Anexo Técnico, numeral 2.2.1 Régimen Contributivo, TABLA 4 Estructura del archivo maestro de afillados al Régimen Contributivo son: RC: Registro Civil de Nacimiento TI: Tarjeta de Identidad CC: Cédula de Ciudadanía CE: Cédula de extranjería PA: Pasaporte. CD: Carné diplomático Número de identificación del afiliado. Número de identificación del afiliado, es equivalente al definido en el campo 8 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. Primer apellido Corresponde al primer apellido del afillado, es equivalente al definido en el campo 3 del registro tipo del archivo tipo 2. Segundo apellido Corresponde al segundo apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 4 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. Primer nombre Corresponde al primer nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 5 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 111 140 Segundo nombre Corresponde al segundo nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 6 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 141 |148 Fecha de afiliación a la EPS Fecha a partir de la cual está vigente la afiliación a ta EPS por parte del afiliado. (Formato es AAAAMMDD). 10 1 149 |149 Tipo de Afiliado Corresponde a: D.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 48), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma