Artículo ANEXO (217/606)
Para el caso de los pueblos indígenas el objetivo es establecer principios, fundamentos propios y criterios estratégicos_necesarios para el desarrollo de la acción territorial, comunitaria, institucional e intersectorial del Plan Decenal de Salud Pública -PDSP. 4.5 Interculturalidad en salud Se define como principio en la Ley Estatutaria de Salud- 1751 de 2015, entendida como "el respeto por las diferencias culturales existentes en el país y en el ámbito global, así como el esfuerzo deliberado por construir mecanismos que integren tales diferencias en la salud, en las condiciones de vida y en los servicios de atención integral de las enfermedades, a partir del reconocimiento de los saberes, prácticas y medios tradicionales, alternativos y complementarios para la recuperación de la salud en el ámbito global". La interculturahdad en salud es un espacio de reconfiguración de las relaciones entre la RESOLUCIÓN NÚMERW 002367 29 DIC 2023- Hoja No. 134 de 381 DE Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — medicina alopática y la cultura propia en salud, que permitirá sobre la base del respeto, la libre determinación de los pueblos y el gobierno propio, garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y la pervivencia material y cultural de los pueblos étnicos y sus miembros. (Walsh, 2007). En este sentido, las medicinas y las terapias alternativas y complementarias (MTAC) representan una "propuesta filosófica y conceptual que invita a ver y a asumir la vida desde diferentes perspectivas y paradigmas, los cuales permiten identificar su naturaleza y realizar una aproximación a su forma de interpretar la realidad, concebir el mundo y atender la salud" (MSPS.