Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el Programa de Tamizaje Neonatal

Resolución · 207 · 2024-02-13 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 81–99 de 99

Artículo ANEXO (77/95)

Niño o niña excluido del programa de tamizaje neonatal: recién nacido vivo a quien se realizó el tamizaje pero que fallece antes del diagnóstico habiendo tenido un tamizaje positivo. Se incluyen también los niños y las niñas con diagnóstico prenatal de cardiopatía. Respecto al resultado obtenido, el tamizaje puede definirse como: Tamizaje positivo: recién nacido con pulsooximetría a las 24 horas del nacimiento por debajo del punto de corte o con una diferencia mayor a 3% entre la pulsooximetría pre y post ductal, según el procedimiento de tamizaje. Tamizaje negativo: recién nacido con pulsooximetria a las 24 horas del nacimiento por encima del punto de corte y con una diferencia menor a 3% entre la pulsooximetría pre y post ductal según el procedimiento de tamizaje. Respecto al diagnóstico de cardiopatia congénita compleja dentro del Programa de Tamizaje Neonatal, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: Diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita: recién nacido con tamizaje de cardiopatía congénita positivo a quien se le realiza diagnóstico de cualquier cardiopatía congénita. Diagnóstico descartado de cardiopatía congénita: recién nacido con tamizaje positivo para cardiopatía congénita en quien no se identifican alteraciones cardiovasculares estructurales durante la evaluación diagnóstica. En relación con el tratamiento dentro del Programa de Tamizaje Neonatal, se especifican las siguientes definiciones: Niño o niña con tratamiento: niño o niña con diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita quien se encuentra en tratamiento médico o ha recibido tratamiento quirúrgico o intervencionista, se encuentra én programación de cirugía u otra intervención, o está en manejo expectante por indicación médica.

Artículo ANEXO (78/95)

Niño o niña sin tratamiento: Niño o niña con diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita quien se encuentra sin tratamiento ni seguimiento por cardiología pediátrica a pesar de estar indicado por causa de su diagnóstico. Niño o niña sin información de tratamiento: Niño o niña con diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita en quien no se cuenta con información sobre tratamiento médico, quirúrgico o intervencionista por causa de su patología. Niño o niña con seguimiento en el marco de la RPMS: niño o niña con diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita compleja quien tiene seguimiento en la consulta de valoración integral en salud por profesional de pediatría o medicina con apoyo de pediatría con abordaje de su condición de mayor riesgo según lo señalado en la RPMS. Niño o niña sin seguimiento en el marco de la RPMS: niño o niña con diagnóstico confirmado de cardiopatía congénita compleja quien no tiene seguimiento en la consulta de valoración integral en salud por profesional de pediatría o medicina con apoyo de pediatría con abordaje de su condición de mayor riesgo según lo señalado en la RPMS Estas definiciones serán empleadas en la formulación, la evaluación y el seguimiento del programa de tamizaje neonatal, en la linea específica de cardiopatía congénita, pero que no generan conflicto frente a las definiciones que puedan tenerse en el SIVIGILA, puesto que este es solo un elemento del funcionamiento del programa de tamizaje neonatal y no lo abarca completa ni integralmente. NOTA: debe considerarse que un niño o una niña puede tener cardiopatía congénita y manifestarla posterior a haber tenido un tamizaje negativo, lo que debe comunicarse también a las familias. De otro lado, todos los casos de cardiopatía congénita deben reportarse al SIVIGILA, incluso aquellos que tienen diagnóstico prenatal y que por este motivo fueron excluidos del programa de tamizaje neonatal. Procedimiento de tamizaje de cardiopatía congénita compleja.

Artículo ANEXO (79/95)

RESOLUCIÓN NÚMERO 00000207 DE 2024 HOJA No. 35 de Tamizaje Neonataf' El tamizaje de cardiopatía congénita compleja se realiza a través de la medición de la saturación de oxígeno en la hemoglobina de los eritrocitos por medio de la pulsooximetria. Esta pulsooximetría debe hacerse en la palma de la mano derecha (preductal) y en la región distal de cualquiera de los pies, (postductal) a todo recién nacido a término, aparentemente sano. Puede hacerse en serie (uno seguido del otro, es decir, de forma secuencial) o en paralelo (pre y postductal simultáneamente), hasta obtener una lectura confiable (se alcanza cuando hay regularidad y/o estabilidad de la onda registrada en el pulsooxímetro o si existe alguna indicación de que el dispositivo está monitoreando adecuadamente la frecuencia cardiaca del recién nacido) (AAP, 2011). Este tamizaje podrá ser realizado por profesionales en enfermería, profesionales en medicina general, especialistas en pediatría o en neonatología y debe hacerse entre las 24 y las 48 horas del nacimiento o lo más cercano a esta ventana de tiempo antes del egreso hospitalario del recién nacido, en el caso en el que sea dado de alta antes del tiempo establecido en la Resolución 3280 de 2018 ola norma que la sustituya o la modifique. A este respecto, la IPS que atiende al recién nacido debe garantizar la estancia hospitalaria de mínimo 24 horas para todos los recién nacidos a término, sin riesgos ni complicaciones. Igualmente, la IPS debe garantizar el desarrollo de capacidades de los profesionales encargados de realizar el tamizaje neonatal de cardiopatía congénita. El líder o referente de tamizaje neonatal de la IPS debe verificar regularmente la forma como los profesionales practican el tamizaje de cardiopatía congénita compleja y debe adoptar las medidas a las que haya lugar para garantizar su adecuada realización.

Artículo ANEXO (80/95)

Debe quedar por escrito esta verificación, la formulación del plan de mejora necesario y su implementación. El tamizaje se hace mediante un proceso que puede ser de un solo paso, o repetido en hasta tres pasos, según los hallazgos que se vayan presentando. Se recomienda realizar el tamizaje durante el estado de alerta del niño o niña para reducir la posibilidad de que se' presente una hipoxemia relacionada con hipoventilación durante el sueño profundo. Sin embargo, no existe un criterio de incondicionalidad respecto al estado de sueño-vigilia del recién nacido para realizar el tamizaje. De otro lado, el recién nacido debe estar respirando el aire ambiente (no tener oxigeno suplementario), estar tranquilo y en un ambiente térmicamente adecuado. Existen estudios que demuestran que pueden presentarse diferencias significativas de forma normal en la pulsooximetría según la altitud en la que viven los recién nacidos, pero también dependiendo de la edad de los niños en el momento del registro de la oximetria y del tipo de pulsooxímetro que se utilice para la medición. Esto quiere decir que la práctica (y también el programa) de tamizaje neonatal de cardiopatía congénita compleja de un país debe considerar variables y características propias de la población, de la altitud en la que nacen los niños y de las prácticas de atención de los recién nacidos, lo que podrá verse reflejado en tasas de falsos positivos en mayor o menor grado, que pueden tener como consecuencias la ansiedad parental ante la posibilidad de que sus hijos tengan una cardiopatía congénita (con la posible afectación secundaria del vínculo, el relacionamiento de los padres con sus hijos y las prácticas de cuidado de los niños) y el mayor costo del programa de tamizaje neonatal (Diferencias de pulsooximetría por altitud, 2008; 2013).

Artículo ANEXO (81/95)

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que el Programa de Tamizaje Neonatal de Colombia frente a la línea de cardiopatía congénita compleja, incluye elementos adicionales de valoración del recién nacido complementarios a la toma de la pulsooximetría, lo que representa una medida complementaria para detectar niños con posible cardiopatía congénita que hayan sido posibles falsos negativos en el tamizaje. De esta forma, a partir del protocolo implementado por la Academia Americana de Pediatría, el Colegio Americano del Corazón y la Asociación Americana del Corazón para el tamizaje de cardiopatía congénita compleja, en el contexto del Programa de Tamizaje Neonatal de Colombia, se considera ajustar los puntos de corte y adaptar el protocolo de tamizaje según la altitud y previendo también los distintos resultados que pueden presentarse como consecuencia de la progresiva adherencia a la indicación de estancia hospitalaria de mínimo 24 horas para los recién nacidos sanos, a término. Sin embargo, se aclara que esta adaptación del protocolo y de los puntos de corte del programa de tamizaje neonatal de cardiopatía congénita compleja de Colombia podrá ser revisada y ajustada posteriormente a partir del análisis que se haga del funcionamiento del programa y considerando las generalidades y las particularidades de la prestación de los servicios de salud en el país. Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, el tamizaje neonatal de cardiopatía congénita para recién nacidos de lugares con una altitud menor a 1.500 m.s.n.m, se debe realizar según lo descrito en la figura 3. Así mismo, el tamizaje neonatal de cardiopatía congénita para recién nacidos de lugares con una altitud mayor o igual a 1.500 m.s.n.m., se deberá hacer según lo definido en la figura 4. 1 3 FEB 2024 RESOLUCIÓN NÚMERO 00000207 DE 2024 HOJA No. 36 de Tamizaje Neonata!' Figura 4.

Artículo ANEXO (82/95)

Esquema tamizaje neonatal de cardiopatía congénita en recién nacidos en lugares con altitud menor a 1.500 m.s.n.m. (MSPS. Adaptado de AAP, 2011) Recién nacido a término y cercano al término sano, a las 24-48 horas de nacido (altitud menor a 1.500 m.s.n.m.) - Tamizaje con pulsooxlm Pro y post Michel entre 9096y 94 Mayor O emal OS% Menor de 90% (pro o post dttetea Diferencia de 9% o menos du tall Diterencla de .196o entre pulsomdmetrla pre y nulsouximetr la pele y ductal post duc tal Repetir yate 1 hora después Entre 90%y 04% (pro y post Mayor o gu• a OS% Menor de YO% (pre o post ductal) Diferencia de a% o menos do tal) Diferencia de 480 mas entre entre putsooyltnetrla pre pulsooximetr la preypost 1 y post luctal Repetir taMicaje 1 hora des tes Mayor o 'grial a 90% Menor de 90% (pro" 1,00 Diferencla cl 4%0 masar-11re - Diferencia d • 3510. menos Mortal) pulsooximete pro y post ductal entre pulsooximetrla prO y post cluctal 4 Tamizaje positivo 1-•• [ Tamizaje negativo E Figura 5. Flujograma de tamizaje neonatal de cardiopatía congénita en recién nacidos en lugares con altitud mayor o igual a 1.500 m.s.n.m. (MSPS.

Artículo ANEXO (83/95)

Adaptado de AAP, 2011) Recién nacido a término y cercano al término sano, a las 24-48 hora de nacido (altitud mayor o igual Te lz.jec p lo ' t p vp td t I - Entre 90 3 (prr y Post Mayor 0 suela 93% nclenctr de 90% (pre vio post duela 0 Diferencia de 3%. menos du taf) - Diferencia do 4% o ty-lás entr entre pulsooxirnetrra pro Y Irla pro y p051 rite post 'lucia ' ) opetirtorriizajo 1 hora despu 9054, y9?tdipot Mayor (3 81,11a 92% hAenot de 005' (pro y/o post duna') - Diferencia de 396° MCDOS ductall Diferencia de 4% o más entre entre polsooxiMetrIn pro y PUlsooxirnetr it pre y post duela' Post ductal) Repet aje 1 h. a ~pu ro Mayor o guata 00 N'ene, de 90% (p,e Y/0 post Diferencia de 0%o más entre - Diferencio de 3% o r-r, los ductel) [YO Isooximett-la pro y post dm:tal entre Pulsoo..rnetri° prov Pos t duct, ") Tamizaje positivo 1••• [ Tamizaje negativo E Interpretación del tamizaje de cardiopatía congénita El tamizaje neonatal de cardiopatía congénita (como práctica de tamizaje dirigida a identificar grupos de niños con riesgo de presentar una cardiopatía congénita) se realizará al universo de recién nacidos a término y cercanos al término (con prematuridad leve de 35 semanas o más), y que se encuentren aparentemente sanos.

Artículo ANEXO (84/95)

Se excluyen del tamizaje los recién nacidos prematuros puesto que ellos ya se consideran población de riesgo y requieren una atención integral que implica monitorización invasiva o RESOLUCIÓN NÚMERO OOOOO2O7 DE 2024 HOJA No. 37 de Tamizaje Neonata!' no invasiva (según el estado clínico del paciente) y a que pueden presentar hipoxemia por inmadurez orgánica relacionada con la prematuridad, lo cual va a producir inmediatamente un resultado positivo del tamizaje. tamizaje de cardiopatía congénita será interpretado por un profesional en neonatología, profesional en pediatría o profesional en medicina general entrenado en la interpretación de los resultados del tamizaje de cardiopatía del o la recién nacido (a). Así mismo, se excluyen los recién nacidos enfermos, puesto que la hipoxemia es un indicador frecuente de enfermedad en los neonatos, que inmediatamente va a resultar en un tamizaje positivo, pero que además por causa de su enfermedad en particular, van a recibir distintas medidas de atención integral en salud en la fase aguda y en su seguimiento. No obstante, debe tenerse en cuenta que la cardiopatía congénita compleja puede llevar a deterioro clínico del neonato en las primeras 24 horas de vida, antes de la realización del tamizaje neonatal, por lo que la historia clínica y el examen físico son indispensables en la posible detección de una patología de este tipo como responsable del deterioro. En todo caso, el resultado final del procedimiento de tamizaje neonatal de cardiopatía congénita compleja podrá ser solamente positivo o negativo. El resultado del tamizaje será positivo cuando: 1) El niño o la niña presente una saturación menor a 90% en cualquier momento del tamizaje y a cualquier altitud, y 2) Cuando presente una diferencia de igual o mayor a 4% entre la pulsooximetría pre y postductal (independiente de cuál sea la mayor) en la medición repetida y a cualquier altitud.

Artículo ANEXO (85/95)

El resultado del tamizaje será negativo cuando: 1) El niño o la niña presente una saturación mayor o igual al punto de corte según la altitud en la primera o en la segunda medición (95% por debajo de los 1.500 m.s.n.m. y 92% por encima de los 1.500 m.s.n.m.) y no tenga una diferencia igual o mayor a 4% entre la pulsooximetría pre y postductal en ninguna de las mediciones; y 2) Cuando tenga una saturación mayor o igual a 90% en la tercera medición de pulsooximetría, en el caso en el que haya estado indicada la repetición, y no tenga una diferencia significativa entre las saturación pre y postductal (mayor al 3%). La pulsooximetría preductal puede ser mayor que la post duda' en casos de corto circuito de derecha a izquierda con ductus abierto, como en la hipertensión pulmonar suprasistémica. A su vez, la pulsooximetría post ductal puede ser mayor que la preductal en casos de corto circuito de izquierda a derecha con ductus abierto, como en la Transposición de grandes arterias. Por este motivo, se valora la diferencia entre pulsooximetrías pre y postductales y no la predominancia de una de ellas sobre la otra. NOTA: debe tenerse en cuenta que un resultado de tamizaje negativo NO descarta del todo, una cardiopatía congénita (ni siquiera una cardiopatía congénita compleja), especialmente aquellas que no son dependientes del ductus, por lo que deben analizarse siempre los demás datos que puedan ser recuperados en la anamnesis y en el examen físico general y en el examen cardiovascular, incluyendo la toma de tensión arterial en las cuatro extremidades, ya establecida en la Resolución 3280 de 20180 la norma que la modifique o sustituya. Claves para un correcto tamizaje.

Artículo ANEXO (86/95)

Debe garantizarse que todos los equipos, dispositivos e insumos para la realización tanto del tamizaje como de la evaluación diagnóstica, sean adecuados para la evaluación de recién nacidos, lo que incluye el pulsooxímetro, el electrocardiógrafo y el ecocardiógrafo. A nivel del tamizaje, el oximetro de pulso consta de tres partes: 1) El monitor (donde se encuentra la pantalla con los valores y la onda pletismográfica de la saturación de oxígeno o un equivalente), 2) el cable, y 3) el sensor (con la fuente de luz y el detector). Se recomienda emplear el pulsooximetro con sensor de cinta adhesiva y no uno de pinza, puesto que este último plantea mayores riesgos de alteraciones en el registro. En la figura 6, se presenta como modelo un procedimiento de tamizaje neonatal con un sensor de cinta adhesiva. RESOLUCIÓN NÚMERO 00000207 DE 2024 HOJA No. 38 de Tamizaje Neonata(' Figura 6. Modelo de realización de tamizaje neonatal de cardiopatia congénita con pulsooximetro con sensor de cinta adhesiva. (Tomado de Circulaban. 2018) Para el correcto tamizaje, se debe emplear solamente un sensor neonatal, y asegurarse que el sensor esté en contacto con la piel, sin lesionarla. Asimismo, la fuente de luz y el detector del sensor deben estar alineados. Debe cubrirse el sensor para evitar la interferencia con la luz, y durante la medición, se debe evaluar la correlación adecuada entre la onda de pulso y la frecuencia cardíaca del niño. Actuación frente a un tamizaje positivo para cardiopatía congénita Todo recién nacido con tamizaje positivo para cardiopatia congénita debe ser hospitalizado y atendido con criterio de URGENCIA, puesto que las cardiopatias congénitas susceptibles de tamizaje tienen una alta probabilidad de generar mortalidad neonatal a corto plazo.

Artículo ANEXO (87/95)

En este sentido, ante un tamizaje positivo para cardiopatía congénita se debe garantizar la valoración completa del estado fisico del niño inmediata (para considerar causas adicionales de hipoxemia e incluyendo la toma de tensión arterial), la estabilización que el niño pueda requerir según su estado clínico, la valoración por cardiología pediátrica y la toma de Ecocardiograma transtorácico con Doppler a color (realizado por cardiólogo pediatra). Teniendo en cuenta lo anterior, los niños y las niñas con tamizaje positivo deben ser hospitalizados en una Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales y deben permanecer monitoreados. En caso de no contar con cardiólogo pediatra ni con ecocardiograma en la institución en la que nació el niño, la EAPB debe garantizar el traslado URGENTE a institución en la que se pueda realizar la confirmación diagnóstica e iniciar el tratamiento que el niño requiera según su patología y su estado clínico. En todo caso, la valoración por cardiología pediátrica y la realización del ecocardiograma debe ser garantizado dentro de las 24 horas siguientes a obtener el resultado positivo del tamizaje neonatal. Se recomienda que antes de la valoración por cardiologia pediátrica y la realización del ecocardiograma, al recién nacido con tamizaje positivo para cardiopatía congénita se le realice un electrocardiograma (EKG) completo (que incluya las derivaciones derechas V3R y V4R) y una radiografia de tórax (en proyecciones anteroposterior y lateral). Sin embargo, la realización del EKG y de la radiografía de tórax no debe considerarse un requisito (y, por lo tanto, una potencial barrera) para acceder a la valoración por cardiología pediátrica ni para la realización del ecocardiograma con Doppler.

Artículo ANEXO (88/95)

Identificación y valoración de niños con riesgo yto sospecha de cardiopatía congénita susceptibles de no ser detectados por el tamizaje neonatal La elaboración de la historia clínica con enfoque antenatal de riesgo, valorando adecuadamente los antecedentes familiares y obstétricos, y la realización del examen físico completo, y también el especifico cardiovascular, son fundamentales para identificar grupos de niños con riesgo y/o sospecha de cardiopatia congénita, que, en algunos casos, pueden tener tamizaje negativo. A continuación, se describen los elementos más importantes para tener en cuenta tanto en la anamnesis como en el examen físico para la detección de riesgo o de una posible cardiopatia congénita en un recién nacido (independiente del resultado del tamizaje neonatal): Datos de anamnesis: Datos de evaluación antenatal de cromosomopatias o de defectos congénitos por ecografia prenatal de detalle anatómico. RESOLUCIÓN NÚMERO 0000020.7 DE 2024 HOJA No. 39 Prematuridad. Recién nacidos macrosómicos. Sospecha de síndromes genéticos como el Síndrome de Down (se asocia con Canal AV, CIA, CIV, Tetralogía de Fallot, Ductus Arteriosus Persistente-DAP), Trisomía 13 y 18 (CIV, Coartación de Aorta, Displasias polivalvulares y Cardiopatías complejas), Síndrome de Noonan (Estenosis pulmonar, CIA y Miocardiopatía), Síndrome de Williams, (Estenosis aórtica supravalvular), Síndrome de DiGeorge (Interrupción del arco aórtico, Tronco arterioso).

Artículo ANEXO (89/95)

Defectos congénitos como los asociados a rubeola congénita (se asocian con DAP y estenosis pulmonar periférica), Asociación CHARGE (CIA, CIV, DAP), Asociación VACTERL (CIV, Tetralogía de Fallot). Hijo o hija de madre con enfermedades maternas como la Diabetes (se asocia con hipertrofia septal asimétrica y con transposición de grandes arterias) o el Lupus Eritematoso Sistémico (se asocia con Bloqueo Aurícula Ventricular Completo, requiere EKG y ecocardiograma). Hijos o hijas de madres con exposición a agentes físicos o químicos como el alcohol (Comunicación Interauricular — CIA o Comunicación Interventricular — CIV), Litio (Anomalía de Ebstein), fármacos o drogas como el ácido retinoico (Cardiopatias troncoconales), Ácido Valproico (CIA, CIV, Estenosis aórtica, Coartación aórtica, Atresia pulmonar sin CIV), la talidomida, anfetaminas y AINES (alteran los procesos de maduración de la musculatura lisa a nivel arteriolar pulmonar y ductal en el tercer trimestre del embarazo con posible Hipertensión Pulmonar). Datos del examen físico: Adicional a los demás elementos fundamentales del examen físico general completo que puedan sugerir una patología aguda o una comorbilidad, en el contexto de la atención neonatal y del programa de tamizaje neonatal, siempre deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos en relación con el examen cardiovascular: Frecuencia cardiaca: taquicardia o bradicardia. Cianosis: aunque debe tenerse en cuenta que no todas las cardiopatias congénitas producen cianosis. Hiperdinamia precordial: siempre es considerada anormal y sugestiva de cardiopatía congénita. Indica sobreesfuerzo cardiaco.

Artículo ANEXO (90/95)

Punto de Máximo Impulso: permite valorar la posibilidad de sobrecarga de trabajo de segmentos anatómicos específicos del corazón y puede sugerir crecimiento de cavidades cardíacas. Presencia de hepatomegalia: es un indicador de congestión venosa central asociada a falla cardiaca retrógrada. Palpación de pulsos braquiales y femorales: se valora su intensidad y simetría, permite valorar diferencias que pueden presentarse en patologías como la Coartación de Aorta. Soplos cardiacos: siempre son considerados patológicos en los recién nacidos. Tensión arterial en las 4 extremidades: debe presentar mediciones similares entre las 4 extremidades, con diferencias entre miembros inferiores y superiores.que no sean mayores a 10 mm Hg. Deben registrarse estas mediciones en la historia clínica y hace parte del examen físico neonatal completo exigido en la Resolución 3280 de 2018 ola norma que la modifique o sustituya. Relación con los demás componentes de la Atención Integral en Salud y las Rutas Integrales de Atención en Salud. Reconociendo que la cardiopatía congénita compleja es una agrupación de patologías distintas que pueden llegar a requerir un manejo diferente, el objetivo principal de esta línea de tamizaje dentro del Programa de Tamizaje Neonatal consiste en la identificación de los niños con sospecha de cardiopatía congénita compleja y la garantía de su evaluación diagnóstica urgente. La evaluación diagnóstica, el tratamiento y el seguimiento debe hacerse en el marco de la atención resolutiva que se necesite, sin barreras de ningún tipo.

Artículo ANEXO (91/95)

Todo niño o niña, independiente del resultado del tamizaje neonatal con pulsooximetría o de la presencia de factores o antecedentes de riesgo o de alteraciones al examen físico, tiene derecho a la atención resolutiva particular a su condición, pero también al resto de los procedimientos y atenciones enunciados en los Lineamientos técnicos y Operativos de la RIAMP y la RIAPMS de la Resolución 3280 de 2018 ola norma que la modifique o sustituya. En el caso de tener un tamizaje positivo o de cumplir algunos de los criterios de mayor riesgo para la salud, la supervivencia y del desarrollo de la mencionada Resolución, deben ser considerados como niños de mayor riesgo y recibir la valoración integral en salud acorde a su condición de riesgo. RESOLUCIÓN NÚMERO 00000207 DE 2024 HOJA No. 40 de Tamizaje Neonataf' Bibliografía Ambou Frutos, I., Liana Lastra Pérez, I., Deysi Vilches Lescaille, I., Lisis Osorio Illas, I., Meysi Ramos López, I., Nasibis Rodriguez.Ahuar I Instituto Cubano de Oftalmología, I. I., .. Habana, L. (2018). Manifestaciones clínicas asociadas al síndrome de TORCH Clinical manifestations associated to the TORCH syndrome. Revista Cubana de Oftalmología. Busa, J., Harrison, J., Chappell, J., Yoshinaga-ltano, C., Grimes, A., Brookhouser, P. E., ... Mason, P. (2007). Year 2007 position statement: Principies and guidelines for early hearing detection and intervention programs. Pediatrics. https://doi.oro/10.1542/peds.2007-2333 Cortés-González, V., & Villanueva-Mendoza, C. (2015). Epidemiología del glaucoma congénito en la Asociación para Evitar la Ceguera en México, revisión de 5 años.

Artículo ANEXO (92/95)

Revista Mexicana de Oftalmologia. https://doi.org/10.1016/j.mexoft.2015.01.003 Cullen, P., Guzman, B. (2014). Tamiz de cardiopatías congénitas críticas Recomendaciones actuales. Acta Médica Grupo Ángeles, 12(1), 24-29. Gamm, D. M., Kulkarni, A. D., & Albert, D. M. (2007). Retinoblastoma. In Garner and Klintworth's Pathobiology of Ocular Disease Part B, Third Edition. https://doi.org/10.1016/8978-0-12-374984- 0.01319-X García, R., Peddy, S., (2018). Heart Disease in Children. Prim Care Clin Office Pract, 45 (2018): 143-154. D01: 10.1016/j.pop.2017.10.005. Gilbert, C., & Foster, A. (2001). Childhood blindness in the context of VISION 2020- The right to sight. Bulletin of the World Health Organization. https://doi.org/10.1590/S0042- 96862001000300011 Harold, J (2014). Screening for critical congenital heart disease in newborns. Circulation,130(9): e79-81. Instituto Nacional de Salud (2017). Informe del evento Defectos Congenitos en Colombia. Disponible en: https://www.ins.gov.co/buscador- eventos/Informesdeevento/DEFECTOS%2000NGVDC3%89NITOS%202017.pdf 10 Instituto Nacional de Salud (2017). Protocolo de Vigilancia en Salud Pública Defectos Congénitos. Disponible en: https://www.ins.ciov.co/buscador- eventos/Lineamientos/PRO Defectos conoenitos.odifIsearch=defectos%20conqénitos 11 Kemper, A., Mahle, W., Martin, G. & cols. (2011). Strategies for implementing Screening for Critical Congenital Heart Disease.

Artículo ANEXO (93/95)

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Artículo ANEXO (94/95)

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Artículo ANEXO (95/95)

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2024.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 12), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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