Conformación y Actualización de la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA). El administrador Fiduciario del FOSYGA recibirá la información, consolidará y administrará la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y al Sector Salud, incluyendo la información de los regímenes exceptuados de éste, en los términos indicados a continuación:
2.8 MAY 201
RESOLUCIÓN NÚMERO 00001382 DE 2010 HOJA No 3
a) b) c) d)
1. Reglas generales para la entrega de Archivos Maestro de Ingreso y/o Novedades de Actualización.
El Administrador Fiduciario del FOSYGA recibirá un archivo Maestro de Ingresos y/o un archivo de novedades de actualización por cada EPS, en la estructura definida en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución y de acuerdo con el calendario establecido y en los horarios con él acordados.
2. Términos para la remisión al FOSYGA de archivos maestros de reporte de novedades y/o actualización dentro de los procesos establecidos para la BDUA por parte de las entidades obligadas a reportar la información de afiliación en salud:
Primer proceso: sexto (6?) día hábil
Segundo proceso: décimo (10*) día hábil
Tercer proceso: décimo cuarto (14?) día hábil
Proceso de Traslados: En el tercer (3) día hábil las EPS remiten la solicitud de traslados al FOSYGA, en el segundo proceso de BDUA; es decir, el décimo (10?) día hábil, se recibe en el FOSYGA la respuesta de las EPS sobre los traslados solicitados el tercer (3%) día hábil del mes.
A continuación se precisa para cada Régimen las fechas de entrega de novedades de ingreso y/o actualización:
a) En el Régimen Contributivo:
Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) reportarán las novedades de ingreso y/o actualización dentro de los procesos establecidos para BDUA, el 6%, 10" y 14? días hábiles de cada mes.
En el tercer (3) día hábil de cada mes las EPS reportarán los archivos Rí y en el segundo proceso de BDUA, décimo (10*) día hábil, las EPS remiten la respuesta a los traslados solicitados en los archivos R4.
b) En el Régimen Subsidiado: La remisión de novedades en el Régimen Subsidiado se hará de la siguiente manera por parte de las entidades:
Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado (EPS'S), entregarán la información de ingreso y/o actualización en el primer y segundo proceso de BDUA, (sexto (6%) y décimo (10% días hábiles de cada mes).
En el tercer (3) día hábil de cada mes las EPS Subsidiadas reportarán los archivos S1 y en el segundo proceso de BDUA, décimo (10?) día hábil, las EPS subsidiadas remiten la respuesta a los traslados solicitados en el archivo S4.
En el tercer proceso de BDUA, décimo cuarto (14%) día hábil de cada mes, los municipios, el Distrito Capital y las departamentos que tienen a su cargo corregimientos, remitirán las novedades de anulación de ingreso no autorizados por el municipio que ocurrieron en el mismo mes, y/o actualización de la novedad de fallecido.
1)
Ñ
Wu
“== SS
2 8 MAY 2010 RESOLUCIÓN NÚMERO) 0001982 DE 2010 HOJA No 4
c) Entidades administradoras de planes adicionales de salud, entidades de medicina prepagada y entidades de régimen especial: Reportarán las novedades de ingreso y/o actualización en el tercer proceso de BDUA, es decir, el décimo cuarto (14*) día hábil de cada mes a partir del mes de septiembre de 2010.
En ningún caso se recibirán archivos maestros de ingresos y/o de novedades de actualización después de las fechas definidas para tal fin.
3. Términos de reporte de Resultados de Validación y Actualización de la BDUA.
El Administrador Fiduciario del FOSYGA validará la información entregada por las entidades obligadas a reportar y procederá a distribuir los resultados a todas las entidades en los siguientes días hábiles de cada mes, los cuales aplican para los Regímenes Contributivo y Subsidiado sin perjuicio de lo dispuesto en el literal c) del presente numeral:
a) Primer proceso: octavo (8?) día hábil
b) Segundo proceso: décimo segundo (12?) día hábil
c) Tercer proceso: décimo sexto día (16) día hábil; término aplicable también para los regímenes Especiales, Entidades de Medicina Prepagada y para las Entidades Administradoras de Planes Adicionales de Salud del mes en que se reportó la información.
d) Proceso de Traslados: En el quinto (5) día hábil, se dispone por parte del FOSYGA los archivos R2, R3, S2 y S3 a las EPS para que generen la respuesta a la solicitud de traslado, y en el décimo segundo (12”) día hábil respuesta de la actualización de los traslados en BDUA, archivos R5, R6, S5 y S6.
PARÁGRAFO 1. Para el Régimen Subsidiado se dispondrá copia de los resultados de cada proceso en el FTP asignado por el Administrador del FOSYGA a los Departamentos, al Distrito Capital, a los municipios y a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado (EPS-S) que reportaron novedades. Los resultados de la información de los afiliados que se actualizaron en la BDUA por los procesos de la misma, se verán reflejados en el Archivo Consolidado de Régimen Subsidiado que les proporciona a cada entidad el Consorcio Fiduciario del FOSYGA en el FTP destinado para tal fin.
PARÁGRAFO 2. El Administrador Fiduciario del FOSYGA entregará al Ministerio de la Protección Social, copia de los resultados de todos los procesos de validación de los archivos de ingresos y/o actualización y de traslados presentados por las entidades, así como el resultado de la actualización de la BDUA después de cada proceso.