Por la cual se adopta los lineamiento técnicos y operativos contra el COVID -19

Resolución · 197 · 2021-02-22 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–40 de 131

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9. Contar con ta capacidad instalada para ta expansión del servicio de vacunación en diferentes áreas de la institución, las cuales deben tener sala de espera que permita la observación posterior a la vacunación de la población vacunada, según el biológico y que cumplan con las medidas higiénico-sanitarias para evitar el contagio por COVID-19, h. Servicio de vigilancia privada para la seguridad de las vacunas 24/7. 3. POBLACIÓN OBJETO De acuerdo con las recomendaciones de ta OMS, para reducir la morbilidad, mortalidad y proteger los sistemas de salud, se debe realizar la vacunación de manera escalonada iniciando con lá población prioritaria. Esto debido a que la producción inicial de la vacuna contra la COVID-19 es limitada, siendo un reto maximizar su Uso para tener mayor impacto en la salud. Por lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social lideró un proceso interdisciplinario, interinstitucional e intersectorial con base en la evidencia científica disponible y con el acompañamiento del Comité Asesor de Vacunas COVID-19, la Instancia Asesora Intersectorial y el Comité Nacional de Prácticas en Inmunizaciones (CNPI) avanzó en la definición de la población priorizada a vacunar en cada una de las etapas definidas en las dos fases del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19. E! proceso de priorización de la población se encuentra descrito en el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, en donde se plantea como propósito la inmunidad del 70% de la población, es decir, a 35.734.649 de los 51.049.498 habitantes proyectados para Colombia durante el año 2021 para avanzar en el objetivo de la inmunidad de rebaño o inmunidad colectiva. Las personas menores de 16 años y las mujeres gestantes serán objeto de la vacunación cuando ta información disponible permita evaluar el balance riesgo beneficio en estos grupos En el

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articulo 7 del Decreto 109 de 2021 se establece la priorización de la población en fases y etapas de la aplicación de la vacunación contra le COVID-19 asi: RESOLUCIÓN NÚMERO; 9197 — 202: HOJA No 40 2.2 FEB 2021 contra el COVID-19” 3.1.Primera fase La primera fase está integrada por las tres primeras etapas y busca reducir la morbilidad grave y la mortalidad especifica por COVID-19 y proteger al talento humano que presta servicios salud, a los cuidadores de poblaciones de especial protección, así como a la Fuerza Pública. Etapa 4: En esta etapa se vacunará, de forma progresiva, al personal cuya actividad principal está involucrada con la atención de pacientes que tienen diagnóstico confirmado de COVID-19 y, en consecuencia, se encuentran en una exposición permanente, intensa y directa al virus; y a los habitantes del territorio nacional que tienen el mayor riesgo de presentar un cuadro grave y de morir por COVID-19. En esta etapa se vacunará a: a. Las personas de 80 años y más.

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b. Talento humano en salud; profesionales de la salud en servicio socia! obligatorio: médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia - servicios y médicos internos, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policia Nacional de Colombia, que realizan su trabajo en los servicios de: - Cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atienda COVID-19. - Urgencias en donde se atienda COVID-19. - Hospitalización en modalidad intramura! y extramural en donde se atienda COVID-19, - Laboratorio clinico, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el personal que toma (intramural y extramural), manipula y procesa muestras de COVID-19. - Radiotogía e imágenes diagnósticas. - Terapia respiratoria que atienda pacientes con COVID-19. - — Transporte asistencial de pacientes c. Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada a pacientes sintomáticos respiratorios intra y extramural, siempre que dicha atención implique un contacto estrecho y prolongado con la vía aérea expuesta del paciente.

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d. Talento humano de servicios generales, vigilancia, celaduría, administrativo y de facturación , que realizan su trabajo en los servicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atiende pacientes contagiados de COVIO-19; urgencias en donde se atienda COV10-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramura! en donde se atiendaCOVIO-19, asi como el talento humano encargado de la distribución de alimentos en el área intrahospitalaria; del traslado de pacientes en el ámbito intrahospitalario y de las labores de lavandería, mantenimiento y transporte, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia. e. Talento humano en salud del servicio de vacunación contra el COVID-19. Talento humano que realice autopsias o necropsias, incluido el persona! del Instituto Naciona! de Medicina Legal y Ciencias Forenses. g. Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19.

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h. Talento humano en salud que por su perfil profesional tenga un contacto intenso mucho más frecuente y en condiciones de urgencia con la vía aérea expuesta de los pacientes, dada ta realización de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal! o la traqueotomia. — Etapa 2: En esta etapa se vacunará de forma progresiva a los habitantes del territorio nacional que tienen un riesgo alto de presentar un cuadro grave y de morir por COVID-19 y al talento humano que desarrolla su actividad principal en los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad y en los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que, por el desarrollo de estas, tienen una exposición alta al virus. Se vacunará especificamente a: a. La población entre los 60 y los 79 años. b. Todo el talento humano; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia - servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad a RESOLUCIÓN NÚMERO, 73197 2021 22 FEB 291 HOJA No 11 contra el COVID-19" que desarrollen sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por los prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa 1. c. Talento humano en salud de los servicios de salud que se presten intramuralmente en los establecimientos carcelarios y penitenciarios que les aplique el modelo de atención en salud definido en la Ley 1709 de 2014. d. Talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes a los regimenes especiales y de excepción.

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e. Los médicos tradicionales, sabedores ancestrales y promotores comunitarios en salud propia. f Los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en un prestador de servicios de salud. Etapa 3: En esta etapa se vacunará, de forma progresiva a los habitantes del territorio nacional que tienen un riesgo moderado de presentar un cuadro grave y de morir por COVID -19 o un riesgo moderado de exposición al virus; a los cuidadores de población de especial protección: a las Fuerzas Militares y la Policia Nacional. En esta etapa se vacunará específicamente a: a. La población que tenga entre 16 y 59 años y presente una de las siguientes condiciones: - Enfermedades hipertensivas (110-115, 127.0,127.2) - Diabetes (E10-E14) - Insuficiencia renal (11417-N19) - VIH (B20-B24) - Cáncer (COO-D48) - — Tuberculosis (A15-A19) - EPOC (J44) - ASMA (J45) - Obesidad (E65-E68) - — Enlista de espera de trasplante de órganos vitales. - Postranspiante de órganos vitales. b. Los agentes educativos, madres y padres comunitarios vinculados a los servicios de primera infancia, identificados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF. c. Los docentes, directivos docentes y personal administrativo de los centros de educación inicial, prescolar, básica primaria, básica secundaria y educación media. d. Los cuidadores institucionales de niños, niñas y adolescentes del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF. e. Talento humano encargado de la atención y el cuidado de adultos mayores institucionalizados. f. Los cuidadores de adultos mayores en atención domiciliaria, identificados por un prestador de servicios de salud.

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g. Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación en las escuelas de formación, de las Fuerzas Militares de Colombia h. Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación en las escuelas de formación de la Policía Nacional de Colombia. i. Guardia indígena y guardia cimarrona. j. Talento humano de las funerarias, centros crematorios y cementerios, que manipulen cadáveres. 3.2 Segunda fase La segunda fase, que se compone de las dos últimas etapas, tiene por objeto reducir el contagio. Esta fase tendrá las siguientes etapas: Etapa 4: En esta etapa se vacunará a los habitantes del territorio nacional que viven en contextos en los que se dificulta garantizar el distanciamiento físico y se vacunará especificamente a: a. La población privada de la libertad que esté cumpliendo su condena o medida de aseguramiento en la modalidad intramura! b. Persona! de custodia y vigilancia de la población privada de la libertad y personal encargado del suministro de alimentación al interior de los establecimientos de reclusión. c. Personal de la Fiscalia Genera! de la Nación dedicada a la custodia y vigilancia de los internos en las celdas transitorias a cargo de la Fiscalía Genera! de la Nación. d. Los bomberos de Colombia ES RESOLUCIÓN NÚMERO: > 33197 202127 FEB 2021 HOJANO 12 Continuación de fa resolución Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19" e. Los socorristas de la Cruz Roja Colombiana f. Los socorristas de la Defensa Civil. g. Los habitantes de calle identificados por las alcaldías municipales h. Los controladores aéreos y los bomberos aeronáuticos. i. Los pilotos y auxiliares de vuelos internacionales.

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Etapa 5: En esta etapa se vacunará a la población de 16 años y más que no se encuentre en las poblaciones indicadas en las etapas, 1, 2, 3 Y 4. Se mantendrá el orden de aplicación comenzando con los adultos entre 50 y 59 años, hasta llegar a los jóvenes y adolescentes que se encuentren dentro de la población objeto del Plan Nacional de Vacunación. Tendrán prioridad para vacunarse un mes antes del viaje, los deportistas y oficiales que representen al país en el extranjero en los juegos Olímpicos y Paralímpicos Tokio 2020+1, si es que se exige como requisito para participar, estar vacunado contra el COVID - 19. El tipo de relación laboral, contractual o clase de vinculación que tenga el personal priorizado con las diferentes instituciones no es un factor a tener en cuenta para la priorización en la aplicación de la vacuna. Si una persona tiene condiciones que la hagan pertenecer a dos o más etapas dentro de la priorización, primará aquella que le permita recibir con mayor prontitud la vacuna contra el COVID- 19. Las personas que por cualquier motivo no hayan recibido la vacuna en la etapa que le correspondía según la priorización, tendrán derecho a vacunarse en las etapas siguientes. Atendiendo a las diferencias de acceso efectivo a servicios y aplicando los principios de equidad y justicia distributiva entre poblaciones urbanas y rurales, de acuerdo con lo establecido en la Politica de Atención Integral en Salud - PAIS, en los ámbitos territoriales dispersos, con alta ruralidad y en los resguardos indígenas se podrán unificar fases y etapas, con el fin de garantizar la vacunación ' de la totalidad de la población objeto del Plan Nacional de Vacunación. La priorización establecida en el Plan Nacional de Vacunación obedece a la mejor evidencia científica disponible al momento de la expedición del Decreto 109 de 2020, sin embargo, si existiere variación en la evidencia científica, tanto la población objeto como la priorización establecida, podrán ser actualizadas.

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Teniendo en cuenta que las vacunas contra el COVID-19 son un bien escaso y que llegarán al pais gradualmente, el Ministerio podrá definir aplicaciones prioritarias de la vacuna dentro de la misma etapa. 4. META DE VACUNACIÓN La entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal, deberán vacunar a la población de su jurisdicción de acuerdo con las fases y etapas establecidas en el Plan Naciona! de Vacunación a fin de cumplir con la meta definida en el referido plan 5. RUTA DE VACUNACIÓN 5.1. Disposición de la información de la población a vacunar por cada etapa La disposición de la información de la población a vacunar por cada etapa se registrará en la plataforma MIVACUNA COVID-19, la cual será administrada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esta plataforma permitirá a la población la consulta individual de la información sobre la etapa de la vacunación contra la COVID-19 en la que está priorizado y conocer el lugar y la fecha. La conformación de esta base de datos maestra se hará de manera gradual y se irá incluyendo en esta plataforma de acuerdo con la ejecución de las etapas del Plan Nacional de Vacunación. Los habitantes del territorio nacional podrán consultar el lugar, la fecha y la hora de la cita para la aplicación de la vacuna, en la plataforma MIVACUNA COVID-19 haciendo consulta individual por tipo y número de identificación. Adicionalmente las alcaldías distritales y municipales deben disponer de un mecanismo para que las personas que no tienen acceso a MIVACUNA COVID-19 puedan consultar la etapa y fase en la que fue priorizada.

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RESOLUCIÓN NUMERO. so 0 197 2021 v) 2 FEB 20% HOJA No 13 La consulta individual a la plataforma MIVACUNA COVID-19 se realizará en el siguiente enlace: httos://mivacuna.sispro.gov.co/MiVacuna?v1 «e A: Bo consulto A MiVacuna no Mumero Et documento * Confenar eúmero de documento * Fecha de expedicion de gacemento? E Atención al usuario: Telétono en Bogotá D.C 157111130 5043, en el resto del pars 018000 950020 Horas de anos a iestes Zam n Som, sabados de Bam a 1701 jorrada contras - Cenita de Contacta a Caxtadano “Correo edectebrico soportomivacunafminsalos gor co Centro de Contacto al Ciudadare Copyrignt O 207 «Ministerto de Sans y Protección Social Versión « 2091.2.2.1 5.2. Asignación punto de vacunación Las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán: a. Asignar el punto de vacunación en el municipio o distrito de residencia de cada usuario y cerca al lugar de su vivienda.

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b. Para el talento humano en salud, el punto de vacunación se asignará teniendo en cuenta el municipio o distrito donde labora y bajo los siguientes criterios: - Si los prestadores de servicios de salud donde labora el talento humano en salud cuentan con punto de vacunación, éste deberá asumir el proceso de vacunación de todos ellos. Si los prestadores de servicios de salud donde labora el talento humano en salud no cuentan con punto de vacunación, pero desea habilitarlo transitoriamente, podrán hacerlo. Si los prestadores de servicios de salud donde labora el talento humano en salud no cuentan con punto de vacunación y tampoco desea habilitarlo, deberán informar a la entidad territorial para que de manera conjunta se realice la coordinación con un prestador de servicios de salud para realizar la vacunación del mencionado talento. Las entidades territoriales y las responsables del aseguramiento en salud entregarán el listado nominal a cada prestador habilitado para vacunar a la población asignada. Todas estas acciones deben ser coordinadas por la entidad territoria!. 5.3. Agendamiento de citas El prestador de servicios de salud debe realizar el agendamiento de todos los usuarios asignados por las entidades responsables del aseguramiento, de acuerdo con las fases y etapas a través de los mecanismos que disponga. Si el esquema de la vacunación requiere de dos dosis, en la misma llamada se agendarán las dos citas respetando el intervalo entre las dosis y de la misma manera garantizará que complete el esquema con la misma vacuna. Asimismo, deben habilitar líneas de RESOLUCIÓN NÚMERO: - = - 5497 2021 7.2 FEB 2091 HOJA No 14 contra el COVID-19" atención para que las personas que han consultado la plataforma MIVACUNA COVID-19 y no han sido contactadas, puedan comunicarse para programar la cita. 5.3.1. Actividades del proceso de agendamiento. Los prestadores de servicios de salud deberán realizar las siguientes actividades:

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a. Informar al usuario que: - — Está priorizado para la vacunación por fase y etapa - — Lavacunación es voluntaria y, por tanto, deberá decir si desea vacunarse. - — Sila respuesta es afirmativa agendar la cita. - — Sila respuesta es negativa se dejará registro de esa decisión y la razón por la cual no la acepta. Se le indicará a la persona que no pierde su derecho de vacunarse hasta cuando manifiesta libre y autónomamente su voluntad en ese sentido y se le señalará que para estos efectos podrá solicitar ante la entidad responsable de su aseguramiento la inclusión en los listados de priorización. Sobre las contraindicaciones particulares para su aplicación contenidas en el anexo técnico de cada una de las vacunas. - — Que para las mujeres en edad fértil, se debe descartar que estén en embarazo antes de la vacunación. - Que puede acceder al formato de consentimiento informado, publicado en plataforma MIVACUNA COVID-19 si desea hacerlo, de lo contrario se le entregará en el momento previo a la vacunación. b. Garantizar los apoyos y ajustes razonables para que las personas accedan al agendamiento de las citas sin barreras comunicacionales y actitudinales. Deben contar con un seguimiento de confirmación al agendamiento y disponer de una lista de espera de manera que se garantice el uso total de la vacuna en la población priorizada de acuerdo con la fase o etapa en que se está desarrollando la vacunación. c. Entregar diariamente el listado de citas programadas a la entidad territorial y a la entidad responsable del aseguramiento en salud y esta, a su vez, debe entregar diariamente el listado de citas programadas a este Ministerio para publicación en la plataforma MIVACUNA COVID-19.

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Las entidades responsables del aseguramiento en salud y las entidades territoriales departamentales, distritales o municipales, según corresponda, verificarán que los prestadores de servicios de salud cumplan con su obligación de agendamiento de citas de la población asignada y que elaboren un proceso de búsqueda y demanda inducida de aquellas personas que no se logren contactar o no cumplan con la cita programada. 5.3.2. Vacunación en personas con antecedentes de COVID-19 confirmado Las personas con antecedente de COVID-19 confirmado serán vacunadas transcurrido un tiempo mínimo de noventa (90) dias contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos noventa días (90) contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas. Serán agendadas en el momento que corresponda según fase y etapa. Si ésta ya se surtió, el prestador deberá reprogramar la cita para la vacunación. 5.4. Aplicación y registro de la vacuna El prestador de servicios de salud debe contar con el(los) equipo(s) vacunador(es) conformado(s) por: un auxiliar o técnico en enfermeria o salud pública con experiencia en vacunación que hará las veces de anotador, un auxiliar o técnico en enfermería o salud pública con experiencia que hará las veces de vacunador, un digitador.

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Para los equipos extramurales, se debe disponer de un supervisor quien tendrá a cargo hasta 5 equipos a nivel extramural urbano y hasta 3 equipos a nivel extramural disperso y contar con talento humano en salud entrenado para identificar posibles reacciones alérgicas de tipo inmediato incluida la anafilaxia, cuando las condiciones técnicas de la vacuna asi lo requieran Asi mismo deberá cumplir con las medidas de bioseguridad en todo el proceso de la vacunación, manejo de la cadena de frío, manejo de residuos generados y el procedimiento para garantizar la vacunación segura y contar con talento humano en salud entrenado para identificar posibles reacciones alérgicas de tipo inmediato incluida la anafilaxia, cuando las condiciones técnicas de la vacuna así lo requieran. RESOLUCIÓN NÚMERO; = 27,9 197 2021 22 FEB 2021 HOJA No 15 contra el COVID-19" La persona debe presentarse el día y la hora asignada por el prestador de servicios de salud. Los menores de edad deben presentarse con quien ejerza su patria potestad o quien tenga su custodia quienes también deben suscribir el documento en donde consta el consentimiento informado del menor. Las personas que hayan sido declarados incapaces por sentencia judicial comparecerán en los términos de la Ley 1996 de 2019. La persona que no sepa o no pueda firmar, podrá firmar a ruego. Si la persona agendada no asiste a la cita asignada o por algún motivo no fue vacunada, el prestador de servicios de salud debe reagendar la cita, de acuerdo con la disponibilidad de la vacuna contra la COVID-19.

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Durante el tiempo que permanezca la persona en observación posterior a la vacunación, el prestador de servicios de salud deberá desarrollar actividades de comunicación e información en salud, en el marco de la ruta de atención de acuerdo con el curso de vida en que se encuentre el usuario y en caso de presentarse una reacción adversa grave al momento de la vacunación, iniciará el protocolo de atención y activará el sistema de referencia y contrarreferencia en el caso de requeririo. 5.4.1. Consentimiento informado para la vacunación contra el COVID-19 El consentimiento informado hace parte del proceso de vacunación contra la COVID-19, mediante el cual el usuario del servicio manifiesta de manera autónoma su voluntad de recibir a no el esquema completo de vacunación, previo entrega de la información por parte del anotador respecto a la vacuna, la relación riesgo - beneficio, las indicaciones, contraindicaciones y los posibles eventos adversos esperados de la vacuna que se le va a aplicar y atender cualquier inquietud que tenga al respecto. Se debe diligenciar un único formato que contiene el consentimiento informado Anexo 4 “consentimiento informado para la aplicación de la vacuna contra el SARS-CoV-2/COVID-19", solamente una vez. Si la persona se presenta con el formato firmado en el que consta el consentimiento informado, en todo caso se le deberá suministrar la información sobre beneficios y riesgos, confirmar si la comprendió y en caso afirmativo, aplicar la vacuna. Si no lo lleva impreso, el prestador de servicios de salud deberá entregar el formato, suministrar la información sobre beneficios y riesgos, indicar que la vacunación es voluntaria y preguntar si acepta vacunarse. Si la respuesta es negativa se dejará el registro en el mismo formato y en el PAIWEB, indicándole a la persona que no pierde su derecho de vacunarse cuando manifieste libre y autónomamente su voluntad en ese sentido y se le señalará que para estos efectos podrá solicitar al prestador de servicios de salud que le agende una cita nuevamente.

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Las entidades responsables del aseguramiento en salud y el prestador de servicios de salud deberán garantizar el enfoque diferencial de acuerdo con los contextos interculturales para facilitar el diálogo y la comunicación con mensajes claros y sencillos, y la adecuación necesaria, así como la disponibilidad de intérprete para disminuir el temor, aclarar inquietudes y generar confianza hacia la vacunación. Este documento se debe salvaguardar en la historia clinica del paciente y adicionalmente conforme al procedimiento que se defina en el sistema de información nominal PAIWEB 5.4.2. Carné de vacunación El prestador de servicios de salud registrará en el carné de vacunación establecido para tal fin la aplicación de la vacuna. En él se deben diligenciar todas las variables de manera completa, clara y legible. De igual manera reiterar al usuario la importancia de la conservación de este documento, así como presentarlo en el momento de la aplicación de la segunda dosis según corresponda. 5.5. Construcción de confianza en la información que se suministra durante el proceso de vacunación contra COVID-19 Con el fin de brindar una información de manera respetuosa y oportuna sobre el proceso de vacunación y generar confianza en el usuario al momento de la aplicación de la vacuna, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos por parte del equipo vacunador: a. Capacidad: Demuestre que posee los conocimientos en el área de la inmunización y la RESOLUCIÓN NÚMERO 29197 202122 FEB 2021 hoJano 16 contra el COVID-19” 5.6. 5.6.1. >3 5.6.2. comunicación interpersonal y que puede responder a las preguntas frecuentes Objetividad: Demuestre que no tiene conflictos de interés relacionados con la industria farmacéutica. Transparencia Es fundamental que la comunicación sea transparente, honesta y abierta y que no se intente ocultar información a los pacientes. Inclusividad: Considere todas las opiniones como relevantes.

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Coherencia Es importante ser coherente y constante en los mensajes sobre la vacunación con todos los pacientes en cada control o visita. Empatía: El diálogo debe ser bidireccional, y deben tomarse en cuenta las inquietudes de las personas con relación a la seguridad de la vacunación. Actividades de los perfiles que conforman el grupo de vacunación Supervisor (médico o enfermera profesional, con experiencia en vacunación). Utilizar las medidas y elementos de protección personal y verificar que todo el equipo vacunador cumpla con las medidas higiénico-sanitarias. Coordinar con el equipo vacunador el desarrollo de la ruta de vacunación contra la COVID- 19 según la táctica y estrategia establecida en el punto de vacunación. Realizar el cronograma de trabajo diario y semanal en cualquiera de las tácticas de vacunación. Realizar la supervisión del vacunador, digitador y anotador frente al rendimiento y el cumplimiento de la política de vacunación segura, así como el monitoreo del logro de la productividad día por estrategia. Verificar la calidad del dato relacionado con el adecuado diligenciamiento de los formatos diseñados para la vacunación contra la COVID-19. Gestionar la suficiencia de insumos para el desarrollo de la vacunación. Consolidar y elaborar el informe mensual del número de personas vacunadas y esquemas completos y coordinar con el área de vigilancia el reporte de ESAVI. Evaluar el avance de la meta de vacunación y proponer estrategias para alcanzar la cobertura de vacunación contra la COVID-19. Realizar seguimiento diario al movimiento de biológico por equipo vacunador (dosis aplicadas, perdidas reportadas). Mantener actualizado y activo el plan de contingencia de red de frio. Evaluar el ingreso de los datos al PAIWEB y reportar cualquier anomalía al respecto Realizar control y verificación de las temperaturas de los biológicos según tipo de fabricante y reportar al municipio cualquier excursión de cadena de frío que se presente. Activar el protocolo de urgencias en caso de presentarse una eventualidad.

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Verificar el proceso de alistamiento, empaque y suficiencia de insumos antes de iniciar la vacunación. Coordinar la debida gestión documental y custodia de los soportes de la vacunación contra el COVID-19 (registro y consentimiento informado). Participar en la revisión, consolidación y análisis de la información de coberturas de vacunación contra la COVID-19 en su institución y en la entidad territorial. Verificar la calidad del dato de la información en los registros ingresados en el PAIWEB en conjunto con el digitador. Anotador (Auxiliar o técnico en enfermeria o salud pública con experiencia en vacunación) Utilizar las medidas y elementos de protección personal. Realizar el alistamiento de la agenda, insumos y elementos, para el registro de las personas a vacunar durante la jornada. Recibir al usuario, solicitate el documento de identidad, el carné en los casos en que el esquema de vacunación requiera una segunda dosis, y verificar fecha y hora de la cita. Desarrollar el proceso de asesoría al usuario que se va a vacunar contra la COVID-19 para el diligenciamiento del formato de consentimiento informado. Entregar copia del consentimiento firmado al supervisor para ser anexado en la historia clínica y en magnético. Asegurar el cumplimiento de las medidas higiénico-sanitarias. Diligenciar la plantilla de registro de vacunación por usuario. Direccionar a la persona al área de vacunación e informar que posterior a esta, debe permanecer en la sala de espera el tiempo que se le indique según el biológico Diligenciar el registro diario de vacunación (físico o magnético) de acuerdo con los formatos enviados por el Ministerio. RESOLUCIÓN NÚMERO; 39197 2021 7) FEB 2021 HOJA NO 17 contra el COVID-19” 5.6.3. Vacunador (Auxiliar o técnico en enfermería o salud pública con experiencia en vacunación) a. Utilizar las medidas y elementos de protección personal. b. Realizar el alistamiento de los biológicos, insumos y elementos, para el proceso de vacunación diaria.

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c. Explicar el proceso de aplicación del biológico al usuario y dar recomendaciones en los cuidados post vacunales. d. Realizar la aplicación del biológico cumpliendo los lineamientos de vacunación segura. e. —Reiterar al usuario su permanencia en la sala de espera el tiempo que se le indique según el biológico. f. Realizar monitoreo de temperatura de los biológicos. g. Mantener el movimiento de biológico actualizado. h. Cumplir con el cronograma de limpieza y desinfección de las neveras, termos, cavas entre otros. ¡. En la segunda dosis de vacuna, si aplica, indagar al usuario si presentó algún ESAVI. Si cumple con criterios de ESAVI-grave notificar según el Protocolo Nacional de ESAVI-298 del INS. 5.6.4. Digitador (Se requiere que tenga conocimiento del manejo del sistema PAIWEB). a. Utilizar las medidas y elementos de protección personal. b. Realizar el alistamiento del carné y verificar los elementos para el funcionamiento del sistema de información nominal PAIWEB. c. Ingresar diariamente al PAIWEB la información del 100% de los vacunados, según la estrategia utilizada. d. Entregar el balance diario, semanal y mensuaj de las personas vacunadas desagregado por fase, etapa y población priorizada. e. En caso de no aceptación de vacunación en el punto de vacunación, ingresar la información en el PAIWEB. f Entregar el carné de vacunación ratificando la fecha de la cita para la aplicación de la segunda dosis, si se requiere. 6.

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TÁCTICAS DE VACUNACIÓN Dada la necesidad de ser eficientes y efectivos con ta vacunación por la escasa disponibilidad actual de vacunas contra la COVID-19 y su llegada gradual al país, cada entidad territorial en coordinación y concertación con las entidades responsables del aseguramiento y los prestadores de servicio de salud, deben incluir en el plan de acción tas tácticas de vacunación de acuerdo con las características particulares de cada territorio y la población priorizada, estar enmarcadas en una microprogramación local que garantice el cumplimiento de la meta establecida en cada fase y etapa, estas deben ser evaluadas y ajustadas permanentemente en la medida en que va avanzando la vacunación. La vacunación se realizará a través de las modalidades intramural o extramural dependiendo de tas condiciones de aplicación de ía vacuna, de acuerdo con la etapa y de manera paralela se realizará vacunación en población cautiva concentrada en instituciones, tales como hospitales, clínicas, centros de larga estancia para personas adultas mayores, hogares de paso, entre otros. El ideal es ir avanzando progresivamente en la vacunación de manera ordenada e incorporando nuevas tácticas cuando las anteriores ya lograron su objetivo y siempre respetando las medidas de prevención del contagio del COVID-19, de acuerdo con los Lineamientos generales para el PA! en el contexto de la pandemia de COVID-19 que obra en el enlace: https: //www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GIPS15.pdf Por todo lo anterior, es necesario contar con una estructura del PAI fortalecida en recursos humanos, físicos y materiales, con participación de la comunidad y coordinación interinstituciona! e intersectorial. A continuación, se presenta un esquema general de las tácticas de vacunación contra el COVID-19. RESOLUCIÓN NÚMERO 2,5197 2021 22 FEB 202 HOJA No 18 contra el COVID-19" Figura 1.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 28), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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