Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021.

Resolución · 1841 · 2013-05-28 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 301–320 de 515

Artículo ANEXO (295/509)

Fortalecer instancias que agrupen a las organizaciones o asociaciones de personas mayores, para contribuir en la formulación, implementación y seguimiento a las políticas públicas de envejecimiento. vejez y familia. Promover la creación de redes institucionales de apoyo entre instituciones de atención a personas mayores que tengan como propósito la garantía integral de los derechos de esta población. Diseño y puesta en marcha de un sistema de evaluación de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, y de la Política Nacional de Apoyo y Fortalecimiento de las Familias, de RESOLUCION NÚMERO jo 0 01 8 4 1 DE 2013 HOJA No 139 de 326 28 MAYO 2013 carácter intersectorial, que incluya los sistemas de seguimiento actualmente en funcionamiento y que responda a las ofertas y demandas específicas de la población. Este sistema debe permitir la verificación de los procesos de planificación y gestión pública en las intervenciones individuales y colectivas a este grupo poblacional. 9 Fomento de competencias y habilidades en los servidores públicos para la aplicación y desarrollo de los diferentes ejes y estrategias de las políticas públicas de envejecimiento y vejez y la política nacional de apoyo y fortalecimiento de las familias; con un enfoque intersectorial e inter- institucional, que incluya la participación de la academia y la sociedad civil. 8.1.4.2.4.5 Sistema de calidad para los servicios de protección y promoción social Efectuar estudio de caracterización de la oferta institucional, que incluya el registro e identificación de los prestadores, la pertenencia al sector público o privado, su carácter confesional o no, revisión de los modelos de atención establecidos y los recursos con que cuentan para la prestación del servicio: lo que incluye la valoración de las condiciones físicas y ambientales con que cuenta para el ejercicio de sus servicios.

Artículo ANEXO (296/509)

Sistema de Registro Institucional de la oferta de servicios sociales caracterización de la oferta institucional para la atención de las personas mayores en sus diferentes modalidades de atención; desarrollo de bases de datos por tipos de institución, por nivel departamental, distrital y municipal; y disposición de la información actualizada de manera permanente. Fortalecer el proceso de auditoría a los servicios de atención de las personas mayores: revisión, ajuste o desarrollo de los estándares de calidad y planes de mejoramiento; capacitación y asistencia técnica a las entidades territoriales para mejorar las competencias de los equipos de auditores; gestión de los planes de mejoramiento y acciones correctivas según la norma y publicación de los ranking de cumplimiento por parte de las Entidades Promotoras de Salud (o quien haga sus veces) e Instituciones Prestadoras de Salud. d. Promoción de la política de calidad en los servicios de atención de la población mayor, a través de acciones de sensibilización, centradas en mejorar el acceso, calidad y calidez en la atención y cuidado, en los servicios de promoción y protección social con énfasis en Atención Primaria en Salud APS, salud mental, ambientes saludables, actividad física y cultural, recreación, nutrición, prevención de accidentes (señalización de espacios y vías) en el entorno y en el hogar, además de favorecer procesos de preparación para la jubilación. 8.1.4.3 Salud y género 8.1.4.3.1 Definición del componente Las desigualdades en salud asociadas al género implican riesgos diferentes para hombres y mujeres, los cuales aumentan de acuerdo con los roles establecidos socialmente: para las mujeres por posiciones y condiciones de inequidad y discriminación respecto a los hombres, y para los hombres por el establecimiento de exigencias en el desarrollo de la masculinidad.

Artículo ANEXO (297/509)

Para reducir la vulnerabilidad asociada al género se requiere determinar las causas que la originan desde los espacios sociales, incluyendo la familia, los grupos sociales, las comunidades y las instituciones, con el fin de modificarlas o eliminarlas; para ello debe realizarse un análisis de las vulnerabilidades sociales, económicas, físicas y de las condiciones ambientales de los habitantes en cada territorio, de acuerdo con la idiosincrasia, condiciones geográficas, ambientales, sociopolíticas, económicas y sociales propias. Es imprescindible el conocimiento e implementación de la normatividad nacional e internacional aprobada y adoptada por el pais, que garantice el acceso a los derechos de hombres y mujeres; por lo que se requiere trabajo sectorial, transectorial y comunitario en los ámbitos nacional, departamental, distr tal, municipal y local. RESOLUCION NÚMERO i Ni O 1 8 4 1 DE 2013 HOJA No 140 de 326 2 8 00 2013 Continuación de la resolución "Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012 — 2021" 8.1.4.3.2 Objetivos del componente Promover condiciones que favorezcan el acceso a la atención efectiva en salud de los hombres y mujeres durante el transcurso de su vida, ajustado al contexto familiar, social, económico y político, desde la perspectiva de género y equidad.

Artículo ANEXO (298/509)

Garantizar la adecuación de los servicios de salud con perspectiva de género, con atención humanizada y de calidad, de acuerdo con las necesidades diferenciales de hombres y mujeres, según su edad, pertenencia étnica, discapacidad, orientación sexual e identidad de género, y según los diferentes factores que generen o aumenten la vulnerabilidad. 8.1.4.3.3 Meta del componente A 2021, Colombia contará con la adecuación del modelo de atención integral al enfoque de género, orientado a la reducción de las inequidades de género en salud con participación social y articulación intersectorial con trabajo y educación. 8.1.4.3.4 Estrategias del componente 8.1.4.3.4.1 Promoción de la equidad de género para la salud Promoción de espacios de articulación de los sectores salud, educación y trabajo para la equidad en salud, incluida la educación superior, que faciliten la introducción de contenidos con enfoque de género y salud en los currículos académicos. Desarrollo de condiciones saludables en el ámbito laboral enfocadas a la reducción de las inequidades de género en el trabajo, exigiendo la vinculación obligatoria a la seguridad social integral, la formalización del empleo y el reconocimiento y prevención de condiciones generadoras de riesgo y vulnerabilidad asociadas a la labor. Promover en los empleadores el reconocimiento de la dimensión social y familiar de los trabajadores hombres y mujeres, para facilitar el ejercicio de las jefaturas de familia y el cuidado de personas dependientes y con discapacidad. Campañas de información, educación y comunicación para promover la política de familia, orientadas a la formación de familias democráticas, respetuosas e incluyentes, que reconozcan los derechos de todos y cada uno de sus miembros y fomenten la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en la crianza de los hijos e hijas, el cuidado de personas dependientes, con o sin discapacidad, así como su papel en el fortalecimiento y cohesión de su comunidad.

Artículo ANEXO (299/509)

Generación de espacios equitativos de participación para hombres y mujeres, para la elaboración de políticas públicas, visibilizando los factores que perpetúan las inequidades y la discriminación por razón de género, identidad de género y orientación sexual, promoviendo el desarrollo de habilidades para la vida y toma de decisiones asertivas, la prevención de la violencia y de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y la explotación sexual de mujeres y hombres. 8.1.4.3.4.2 Fortalecimiento de la institucionalidad para responder equitativamente al goce efectivo de derechos, necesidades y demandas Atención integral en salud con enfoque de género, que reconozca las condiciones diferenciales de género y permita la superación de las barreras de acceso, oportunidad, uso y calidad de los servicios de salud, Se desarrollan normas, lineamientos técnicos, adecuación de registros, instrumentos y herramientas operativas para promotores de salud, instituciones prestadoras de servicios y para las entidades territoriales. Plan de asistencia técnica y capacitación a los f uncionarios para mejorar sus capacidades básicas de gestión institucional, de servicios y salud pública, y fomento de mecanismos de participación y control social efectivos. Evaluación de equidad de género en salud, incorporando un análisis de indicadores en los RESOLUCION NÚMERO i nO ni R41 DE 2013 HOJA No 141 de 326 2 8 kgyo 2013 observatorios de salud para que se examine la brecha entre hombres y mujeres de acuerdo con: 1) participación y oportunidades económicas; 2) nivel educativo; 3) participación y empoderamiento político; y 4) salud y supervivencia. c.

Artículo ANEXO (300/509)

Seguimiento y auditoría a la implementación del acceso efectivo y calidad en la atención integral con enfoque de género, identificando barreras, desigualdad, e incluyendo a las víctimas de violencia por identidad de género y a la población LGBTI. Implica desarrollar y operar modelos de atención, prestación de servicios ligados a procesos de auditoría y planes de mejoramiento. 8.1.4.4 Salud en poblaciones étnicas 8.1.4 4.1 Definición del componente En cumplimiento de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y en la Ley 1438 de 2011, El Ministerio de Salud y Protección Social avanzó en el proceso participativo de construcción del capítulo étnico para garantizar los derechos de dichos grupos, acogiéndose a la normatividad vigente, así como también a sus dinámicas y tiempos propios. Todo lo anterior, hace parte del Proceso de Consulta Previa a los grupos étnicos, liderado por el Ministerio del Interior. Se han adelantado acuerdos de levantamiento regional de los insumos con los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales y el pueblo Rrom; y espacios de trabajo para ajustar la metodología y la ruta para la concertación de los contenidos del capítulo para cada grupo, que serán formulados y harán parte integral del Plan Decenal de Salud Pública, una vez estos sean expedidos; y que deberán ser adoptados y adaptados en todos los planes de salud territorial e institucional. Se espera que en 2014 Colombia haya incorporado al PDSP el capítulo étnico, el cual definirá los objetivos sanitarios, metas, estrategias y acciones concertadas con los grupos étnicos, como sujetos de derechos, para promover la atención con calidad de acuerdo con las necesidades diferenciales. Las estrategias a seguir con cada grupo étnico están supeditadas al proceso de concertación en los espacios nacionales establecidos por la ley.

Artículo ANEXO (301/509)

Transitoriamente, hasta tanto el capítulo étnico se estructure, obedeciendo a las dinámicas propias de dichos grupos, los responsables de la ejecución del PDSP deberán incluir en sus líneas de acción estrategias sectoriales, transectoriales y comunitarias, las acciones para la atención de las vulnerabilidades de estas poblaciones, con la orientación aquí descrita. 8.1.4.4.2 Objetivos del componente Asegurar las acciones diferenciales en salud pública para los grupos étnicos tendientes a garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y mejorar las condiciones de vida y salud y lograr cero tolerancia con la morbilidad, mortalidad y discapacidad evitables, mediante la formulación del capítulo étnico que será un anexo integral del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021. 8.1.4.4.3 Metas del componente A 2014, Colombia cuenta con un capítulo étnico que desarrolla la ruta de la salud pública para esta población. A 2021, Colombia cuenta con un modelo de atención y prestación de servicios en salud con adecuación etnocultural. 8.1.4.4.4 Estrategias del componente 8.1.4.4.4.1 Planeación en salud con adecuación etnocultural Levantamiento de insumos regionales para el PDSP Capítulo étnico con los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizaies y el Pueblo Rrom, para formular las metas, estrategias y acciones sectoriales, transectoriales y comunitarias que se deben incluir en el capítulo étnico del PDSP. Formulación, concertación y aprobación del capítulo étnico.

Artículo ANEXO (302/509)

Para adoptar y operar el capítulo RESOLUCION NÚMERO 1 nnniR 4 1 DE 2013 HOJA No 142 de 326 2 s Kl o 2013 i étnico en el marco de la cosmovisión y cosmogonía de los pueblos y en el marco estratégico del PDSP. Adopción, adaptación y armonización del capítulo étnico con los Planes de Salud Territorial y Planes Operativos Anua! e Institucional. Desarrollo, implementación, seguimiento y evaluación de modelos de atención en salud con enfoque intercultural, en el marco de la concertación de los grupos étnicos. Consolidación de alianzas con los gestores comunitarios de los diferentes grupos étnicos, para facilitar el desarrollo de modelos y rutas de atención y acceso a los servicios, preservando las raíces culturales de la medicina tradicional y el reconocimiento de los médicos tradicionales y parteras como alternativas de atención en salud bajo estándares definidos. Fortalecimiento de la institucionalidad para responder equitativamente al goce efectivo de derechos, a las necesidades y demandas de los grupos étnicos. Promoción de la seguridad alimentaria y nutricional para los grupos étnicos. Desde los patrones de crianza, dietas y curaciones relacionadas con el concepto de nutrición en contextos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales, y el pueblo Rrom. Información, comunicación y educación en salud, en articulación con la medicina tradicional: adecuación a los imaginarios, tradiciones y valores, entre otros, de la cultura; y en las lenguas propias de los grupos étnicos. Vincular mecanismos y medios alternativos de difusión reconocidos por las comunidades.

Artículo ANEXO (303/509)

Entrenamiento a promotores de los pueblos indígenas, del pueblo Rrom y las comunidades negras, afrocolombianas, paienqueras y raizales sobre promoción de la salud, prevención primaria, vigilancia y control sanitario, para su ubicación estratégica en las zonas que sean priorizadas de acuerdo con los riesgos territoriales. Adecuación de la estrategia de control integral de las enfermedades transmisibles para los pueblos indígenas: desarrollo y concertación de los contenidos de las intervenciones de promoción de la salud, gestión de riesgo en salud y gestión de la salud pública para su adecuación con la medicina tradicional en el marco del Sistema Indígena de Salud Propia e intercultural SISPI. Investigación sobre la situación en salud de los grupos étnicos, buscando orientar acciones que mantengan la salud, prevengan la enfermedad y la determinación social asociada, para formular estrategias y acciones que mejoren el estado de salud de estas poblaciones. k. Seguimiento y evaluación en salud a los grupos étnicos, mediante la i mplementación y desarrollo del Observatorio Nacional de Salud de las Etnias de Colombia (MSPS, Observatorio Nacional de Salud Indígena y Etnias de Colombia, 2013), con el propósito de identificar las líneas de base, seguimiento y evaluación de las estrategias y políticas dirigidas al bienestar de los diferentes grupos étnicos. 8.1.4.5 Discapacidad 8.1.4.5.1 Definición del componente La convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, promulgada por la Asamblea de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y aprobada por Colombia mediante la Ley 1346 de 2009, reconoce a las personas con discapacidad como "aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás" (ONU.

Artículo ANEXO (304/509)

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad). Los Estados partes que han adoptado este tratado internacional reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, sin discriminación por motivos de discapacidad; así mismo, adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta además la perspectiva de género y de identidad cultural. Bajo estas consideraciones, el Plan Decenal de Salud Pública PDSP, 2012-2021, constituye un instrumento RESOLUCION NÚMERO -Jarm1 1/ 4 1. DE 2013 HOJA No 143 de 326 2 A wyo 2013 Continuación de la resolución "Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012— 2021" de política pública que reconoce a las personas con discapacidad corno sujetos de derecho, con necesidades y expectativas especificas que requieren de la intervención transectorial, sectorial y comunitaria, así como, de su participación activa, para consolidar mejores condiciones de vida enmarcadas en la inclusión social. La atención integral a la salud de las personas con discapacidad está orientada a prevenir la discapacidad en la población general, lo que representa un verdadero reto en materia de salud pública, ya que requiere de un cambio de cultura tanto de la población como de los servidores públicos y del personal de otros sectores, incluyendo la adopción de estilos de vida saludables y de medidas preventivas para reducir los factores de riesgo a lo largo de toda la vida. Para ello, se contempla la suma de esfuerzos de diversos programas y servicios de prevención de amenazas, riesgos y daños evitables para la salud y la promoción de la salud, evitando o mitigando la aparición de la discapacidad. Incluye también una serie de estrategias y líneas de acción para contribuir a que las personas con discapacidad disfruten del derecho al más alto nivel posible de salud, sin discriminación.

Artículo ANEXO (305/509)

Para ello, deben incorporar acciones enfocadas a garantizar la atención integral y la prestación de servicios de rehabilitación con calidad, para mejorar su calidad de vida y favorecer su inclusión social, con absoluto respeto a sus derechos y a su libre decisión. Es importante recordar que el Plan Decenal de Salud Pública transversaliza la atención diferencial para las personas con discapacidad en todas las dimensiones prioritarias y en sus componentes, y en este capítulo presenta las estrategias específicas que contribuyen a consolidar el acceso efectivo al ejercicio del derecho a la salud en estos grupos poblacionales. 8.1.4.5.2 Objetivos del componente Prevenir la discapacidad en la población general del país y contribuir a que las personas con discapacidad disfruten del derecho al más alto nivel posible de salud, sin discriminación, mediante el establecimiento de políticas públicas y estrategias en materia de información, promoción de la salud, prevención, detección temprana, atención médica, habilitación y rehabilitación, desarrolladas en corresponsabilidad por el sector salud, la sociedad y otros sectores, con la finalidad de mejorar el estado de salud para su bienestar y desarrollo integral y sostenible. Generar acuerdos intersectoriales en el marco de las competencias institucionales del nivel nacional y territorial para promover los procesos de inclusión social de las personas con discapacidad. 3. Promover el reconocimiento de las personas con discapacidad como sujetos de derecho, a través del trato digno y la prevención de toda forma de abuso o violencia en el ámbito familiar, comunitario e institucional. 4 Promover estrategias de información, educación y comunicación en salud accesibles para las personas con discapacidad, reconociendo sus necesidades diferenciales. Cualificar la gestión de información en discapacidad que dé cuenta de la situación actual de la discapacidad en el país, su geo-referenciación e inter-operabilidad con otros sistemas, orientada a la generación de conocimiento y a la toma de decisiones para materializar políticas, planes, programas y proyectos que redunden en el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

Artículo ANEXO (306/509)

Brindar información y formación a las personas que trabajan en el sector salud y en otros sectores, sobre la discapacidad y sus particularidades frente al derecho a la salud. 8.1.4.5.3 Meta del componente A 2021, Colombia contará con un adecuado modelo de atención integral en salud para personas con discapacídad, que permita promover el desarrollo de políticas públicas orientadas a mejorar las condiciones y entornos cotidianos para su desarrollo integral, para garantizar servicios de salud accesibles e incluyentes y asegurar la calidad y disponibilidad de los servicios y de la oferta de habilitación y rehabilitación centrada RESOLUCUJN NÚMERO ) O r 4 1 DE 2013 . HOJA No 144 de 326 28 MAYO 2013 en las necesidades y características de las personas con discapacidad y en el fortalecimiento de sus capacidades, 8.1.4.5.4 Estrategias del componente 8.1.4.5.4.1 Articulación y gestión intersectorial Promoción de procesos de articulación intersectorial que favorezcan el acceso de la población con discapacidad al ámbito educativo, laboral, social, cultural y de participación ciudadana. Definición e implementación de acciones intersectoriales para el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones: telemedicina, tele-rehabilitación y educación en salud para la población con discapacidad, especialmente la residente en zonas dispersas. c.

Artículo ANEXO (307/509)

Gestión para la articulación de todos los sectores para la generación de entornos accesibles en lo físico, tecnológico y comunicacional, a partir de la implementación de ajustes razonables y de la aplicación del diseño universal. 8.1.4.5.4.2 Atención integral en salud para las personas con discapacidad bajo el enfoque diferencial Implementación y evaluación de los planes sectoriales, intersectoriales y territoriales para la atención integral en salud de la población colombiana, donde se estructuren proyectos y programas de atención diferencial para las personas con discapacidad. Identificación de las personas con discapacidad y verificación de necesidades en salud, para brindar atención en promoción de la salud, prevención de enfermedades, detección temprana de la discapacidad e identificación de los factores de riesgo que acentúen una discapacidad existente, y de los factores protectores de la salud, la atención y rehabilitación, según las particularidades de las personas con discapacidad y su grupo familiar. Gestión, seguimiento y evaluación de la adecuación de todos los servicios de salud a las necesidades diferenciales de las personas con discapacidad, asegurando la accesibilidad física, comunicativa y tecnológica a los servicios de salud Fortalecimiento de las competencias del recurso humano en salud en cualquier modalidad de atención para la atención diferencial, efectiva y con calidad a la población con discapacidad. e. Implementación de la estrategia de Rehabilitación Basada en Comunidad RBC, corno un proceso de desarrollo local inclusivo, de carácter intersectorial. t. Desarrollo e implementación de modelos de prestación de servicios de atención en salud, con enfoque de trabajo en equipo interdisciplinario, dirigidos a promover la mayor autonomía e independencia posible en el marco de condiciones de vida digna. Acceso a tecnologías de asistencia y apoyo para las personas con discapacidad, en el marco de los procesos de rehabilitación integral. Autogestión para el uso adecuado de servicios y cuidados, involucrando a los afectados, a los cuidadores y a profesionales de la salud. g.

Artículo ANEXO (308/509)

Desarrollo y organización de la oferta de servicios de salud para la atención de las necesidades diferenciales de las personas con discapacidad. Disposición de redes y rutas disponibles para la atención en salud de la población con discapacidad residente en zonas dispersas. Conexión con servicios de protección social para niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y personas mayores con discapacidad, en situación de calle, abandonados o en riesgo de abandono. 8.1.4.5.4.3 Movilización de voluntades políticas para desarrollar proyectos de inversión social Promoción y gestión de estímulos empresariales para la inclusión laboral y productiva, así como la nivelación salarial de personas con discapacidad. Certificación de la condición de discapacidad, a las personas que la requieran. c. Capacitación en el desarrollo de procesos de gestión para la prestación de los servicios de atención a la población con discapacidad, con la participación de las personas con discapacidad, familia, cuidadores y profesionales que proveen dichos servicios. RESOLUC1ON NÚMERO fl fl ri 4 1 DE 2013 HOJA No 145 de 326 7 1,1fT 2013 Seguimiento a la articulación de los planes territoriales de salud pública con los planes de acción de los comités territoriales de discapacidad en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad. Generación, seguimiento y evaluación de la adecuación de los sistemas de transporte, vías y señalización vial accesible para las personas con discapac dad. 8.1.4.5.4.4 Promoción de trato digno hacia las personas con discapacidad Promoción de escenarios saludables y de trato digno hacia las personas con discapacidad en los diferentes ámbitos de interacción, Campañas de comunicación, información y educación para la prevención del abandono, maltrato o discriminación hacia las personas con discapacidad en cualquier entorno.

Artículo ANEXO (309/509)

Procesos de formación dirigidos a las familias: cuidadores y agentes comunitarios e institucionales en torno a la promoción del trato digno y la prevención de la violencia hacia las personas con discapacidad. Seguimiento a los programas para la prevención del abuso sexual y toda forma de violencia hacia las personas con discapacidad. Programas de protección hacia las personas con oiscapacidad en situación o riesgo de abandono. 8.1.4.5.4.5 Educación y comunicación en salud inclusión en todas las publicaciones, metodologías, desarrollos didácticos, planes, estrategias y piezas comunicativas de información y comunicación, de diseños accesibles y lenguajes adaptados a personas con discapacidad. Comunicación alternativa, aumentativa, braille, libro hablado, transcripción en video a lengua de señas, entre otras. Campañas comunicativas, informativas y educativas de difusión de las rutas y mecanismos de acceso a la oferta de programas y servicios para la atención integral a la discapacidad. o. Gestión y promoción de espacios y mecanismos de diálogo accesibles que garanticen la participación de las personas con discapacidad. d. Implementación, seguimiento y evaluación de una campaña de información, comunicación y educación en derechos y deberes para las personas con discapacidad. 8.1.4.5.4.6 Gestión de la información y el conocimiento en discapacklad a. Ampliación de la cobertura del Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad RLCPD, en todas las regiones del país.

Artículo ANEXO (310/509)

13. Identificación de la línea de base para el seguimiento y evaluación de las acciones establecidas en el Plan Decenal de Salud Pública PDSP dirigidas al bienestar de las personas con discapacidad Investigación permanente sobre la situación en salud de las personas con discapacidad, para prevenir la enfermedad mediante la intervención positiva de los Determinantes Sociales de la Salud. Seguimiento y evaluación en salud a las personas con discapacidad, incluyendo las variables que caracterizan a ia población en los diferentes registros administrativos y de seguimiento liderados por el sector salud, con desarrollo e implementación del Observatorio Nacional e Intersectorial de Discapacidad para Colombia. 8.1.4.6 Víctimas del conflicto armado interno 8.1.4.6.1 Definición del componente El artículo 30 de la Ley 1448 de 2011 (Congreso de la República de Colombia, 2011), define como víctimas a "aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1° Enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del RESOLUCiON NÚMERO3000i 114 1 . DE 2013 HOJA No 146 de 326 mo 2013 Continuación de la resolución "Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012 — 2021" conflicto armado interno" (Ley 1448 de 2011, Ley para la Reparación Integral de Víctimas del Conflicto Armado, 2011).

Artículo ANEXO (311/509)

En cumplimiento de la Ley 1438 de 2011, el Ministerio de Salud y Protección Social ha realizado acercamientos con la población víctima del conflicto armado a través de los delegados de la mesa transitoria de la Unidad de Víctimas, para definir la metodología y la ruta para la concertación de los contenidos del capítulo específico del Plan Decenal de Salud Pública, que define las directrices relacionadas con la atención de la población víctima del conflicto armado. La formulación de estos contenidos hará parte integral del Plan Decenal de Salud Pública, una vez estos sean expedidos; y deberán ser adoptados y adaptados en todos los planes de salud territorial e institucional. Transitoriamente, hasta tanto el Capítulo para población víctima del conflicto armado se estructure, obedeciendo a las dinámicas propias de la Mesa Nacional de la Unidad de Víctimas, los responsables de la ejecución del PDSP deberán incluir en sus líneas de acción estrategias sectoriales, transectoriales y comunitarias las acciones para la atención de las vulnerabilidades de estas poblaciones, con la orientación aquí descrita. 8.1.4.6.2 Objetivos del componente Asegurar las acciones diferenciales en salud pública entre la población víctima del conflicto armado tendiente a garantizar el acceso, a mejorar las condiciones de vida y salud y a lograr cero tolerancia con la morbilidad, mortalidad y discapacidad evitables, mediante la formulación del capítulo específico para esta población, que será un anexo integral del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021. 8.1.4.6.3 Metas del componente A 2014, Colombia cuenta con un capítulo específico en el Plan Decenal de Salud Pública dirigido a garantizar el acceso y mejorar las condiciones de salud entre la población víctima del conflicto armado, incorporado al documento marco del PDSP.

Artículo ANEXO (312/509)

A 2021, Colombia tendrá un modelo de atención integral en salud para población víctima del conflicto armado, en el que las entidades territoriales cuenten con la capacidad técnica para ejecutar y monitorear el programa de atención psicosocial y salud integral para población víctima del conflicto. 8.1.4.6.4 Estrategias del componente 8.1.4.6.4.1 Planeación en salud Construcción conjunta, consulta, formulación, concertación y aprobación del capítulo específico del PDSP para víctimas del conflicto armado, con insumos nacionales y regionales; incluye metas, estrategias, acciones sectoriales, transectoriales y comunitarias. Adopción, adaptación y armonización en los Planes de Salud Territorial y Planes Operativos Anual e Institucional. Implementación y promoción de la ruta PAPSIVI (Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas). Adecuación de la red de servicios y articulación de la estrategia de formación y desarrollo de capacidades para la salud pública en los territorios. Monitoreo, evaluación y seguimiento a lo largo de todo el proceso de implementación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas PAPSIVI en las fases de focalización, caracterización, formulación, evaluación y seguimiento de planes de atención con las víctimas del conflicto armado. Implementación, seguimiento y evaluación del Observatorio Nacional de Víctimas y del Observatorio de Violencias (MSPS, Observatorio Nacional de Víctimas de Colombia, 2013), para la identificación de líneas de base, seguimiento y evaluación de las estrategias y políticas dirigidas al bienestar de las víctimas del conflicto armado. e.

Artículo ANEXO (313/509)

Promoción de la participación de las víctimas del conflicto en los comités de justicia transicional y en los comités ampliados de justicia transicional; Comité de Vigilancia Epidemiológica RESOLUCION NÚMERO 0 0011 1 DE 2013 HOJA No 147 de 326 28 MAYO 2013 Comunitaria COVECOM Comité de Participación Comunitaria COPACO; veedurías en salud; y en todos los espacios donde las decisiones que se tomen afecten a esta población. Investigación permanente de la situación en salud de las personas víctimas del conflicto armado, buscando orientar acciones que mantengan la salud y prevengan la enfermedad y la determinación social asociada para su intervención. Fortalecimiento de la institucionalidad para responder equitativamente al goce efectivo de derechos, a las necesidades y demandas de las víctimas. Fortalecimiento institucional y preparación específica del talento humano para garantizar la atención en salud con enfoque psicosocial a las víctimas dei conflicto armado. Inversión en infraestructura y tecnología sanitaria que garantice el acceso a los servicios de salud de las víctimas del conflicto armado. Articulación nacional-territorial. Fortalecimiento de la estrategia de articulación nación- territorio, que promueva la eliminación de barreras de acceso y fomente el acceso al Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas en los servicios de salud, ajustado con los insumos aportados por los usuarios y la articulación con otros programas, proyectos y estrategias presentes en los territorios. Asistencia humanitaria en casos de emergencia, teniendo en cuenta el hecho victimizante del cual fueron víctimas las personas, familias y comunidades, desde un enfoque psicosocial y diferencial en el marco del conflicto armado. I.

Artículo ANEXO (314/509)

Formación de líderes comunitarios y población en general sobre derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, que faciliten el ejercicio de verificación de la garantía de los derechos y favorezcan el acceso a servicios de salud con calidad a la población identificada como víctima del conflicto armado. 8.2 Dimensión fortalecimiento de la ALitoridad Sanitaria para la gestión de la salud 8.2.1 Definición de la dimensión Con el objetivo de mantener la salud, entendida más allá de la ausencia de enfermedad, la gestión de la salud busca la intervención organizada de la sociedad para promoverla y prolongar la vida, minimizando, y si es posible, eliminando, los comportamientos dañinos y las influencias perjudiciales de factores medioambientales y sociales, y así mismo la respuesta adecuada de los servicios de salud en los casos en que se requieren para prevenir las enfermedades, detectarlas cuando existen y recuperar la salud o, como mínimo, a reducir el sufrimiento y la dependencia (Aboal-Viñas, 2010). La gestión de la salud pretende, entonces, controlar el riesgo primario, entendido como la probabilidad de aparición de nueva morbilidad, y controlar el riesgo técnico, entendido como la probabilidad de ocurrencia de eventos derivados de fallas de atención en los servicios de salud y de la mayor carga de enfermedad por mortalidad evitable y discapacidad. Para garantizar la gestión en salud existe el Sistema Sanitario compuesto por múltiples elementos institucionales nacionales y locales, que se articulan con la finalidad o propósito de contribuir al bienestar de la población mediante un conjunto de actividades proactivas y reactivas necesarias para reducir al mínimo la vulnerabilidad de la salud colectiva y gestionar adecuadamente las respuestas para la detección temprana del riesgo, el daño individual, la reparación y recuperación de la salud. Dentro del Sistema Sanitario existe la Autoridad Sanitaria que desde su organización tiene tres niveles escalonados de acuerdo con su jurisdicción.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 39), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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