Artículo ANEXO (3/21)
6. PLAN DE PRODUCCIÓN Y FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL CANNABIS CON FINES MEDICINALES O CIENTÍFICOS El Plan de Producción y Fabricación es un documento que presenta el potencial licenciatario o solicitante para explicar en detalle el desarrollo y organización de las operaciones que el Ministerio de Salud y Protección Social autorizará. Este plan es uno de los requisitos que deben cumplirse en el caso en el que se esté interesado en producir o fabricar derivados del Cannabis con fines medicinales o científicos. Las condiciones definidas por los solicitantes en el Plan de Producción y Fabricación, serán sujetas a verificación y control por parte de las entidades competentes. En caso de incumplimiento en su implementación y entendiendo que el cumplimiento del PPF hace parte de las obligaciones del licenciatario, se configurará la causal de condición resolutoria definida en los artículos 2.8.11.2.4 y 2.8.11.6.8 del Decreto 780 de 2016. A continuación se detalla los componentes del Plan de Producción y Fabricación de Productos Derivados del Cannabis con Fines Medicinales o Científicos: 6.1 Información General a. Nombre o Razón Social del potencial licenciatario: Esta sección debe ser apodada por las personas naturales, mayores de edad, con su información personal completa. Así mismo, en caso de personas jurídicas debe incluir la razón social, el nombre del representante legal, así como su información e identificación. b. Información de contacto: Debe entregarse la información de correspondencia que se usará para que el potencial licenciatario sea contactado por el MSPS. c. Información de las instalaciones: Debe proporcionarse la información de las instalaciones donde los procesos de producción y fabricación se van a llevar a cabo, indicando: 1. Dirección o mecanismo de ubicación 2. Teléfono 3. Dirección electrónica de contacto