Por el cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 con sus capítulos diferenciales: indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera

Resolución · 1035 · 2022-06-14 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 641–660 de 710

Artículo ANEXO (636/705)

Asimismo, se utilizó la metodología SMART, para definir las características de una buena meta cumpliendo con los criterios de ser específicas, medibles, alcanzables, relevantes y temporales, es decir, limitadas a un tiempo determinado. (CEPAL, 2015). Por su parte, bajo los criterios CREMA, Claro, Relevante, Económico, Monitoreable y Adecuado se verificó la adecuada formulación de los indicadores, la correspondencia de su nombre con la fórmula de cálculo, la congruencia de las unidades de medida y los períodos de referencia de las variables involucradas, entre otros aspectos (DNP, 2009). RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 250 de 273 generación de conocimiento, teniendo en cuenta difereritesi fúentes de información tanto primarias (encuestas, entrevistas, grupos locales) como secundarias (documentos, registros administrativos, encuestas poblacionales, observatorios, estadísticas); el uso de los datos integrados en el Sistema Integrado de la Protección Social -SISPRO, así como el seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas del PDSP, con el propósito final de apoyar la toma de decisiones. Calidad. Deberá tener en cuenta: i) estandarización de los datos e indicadores del Plan Decenal de Salud Pública PDSP; ü) integración de fuentes de información para la medición de indicadores del Plan Decenal de Salud Pública; iii) unificación de criterios metodológicos en el análisis y generación de información; iv) garantía de la evidencia y gestión del conocimiento sobre la situación de salud.

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Teniendo en cuenta lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social, con el concurso de diferentes instituciones dentro y fuera del sector salud, recopilará, consolidará y dispondrá la información necesaria para el seguimiento y evaluación del PDSP por parte de todos los actores interesados; conscientes de la función insustituible que cumple el Estado colombiano en cuanto a garantizar la universalización y continuidad de los servicios de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) para toda la población, que contribuye al fortalecimiento de la democracia, el liderazgo y la gobernanza de los actores del sistema de salud como un elemento clave en lo que concierne a proporcionar a la ciudadanía información sobre las condiciones de salud y el cumplimiento de las metas del PDSP. De otro lado, la evaluación contemplará distintas tipologías para la identificación y obtención de los elementos necesarios para conocer y valorar la efectividad frente al logro de los objetivos en relación con los procesos de gestión y los resultados alcanzados. Estas tipologías seguirán las pautas que en materia de evaluación establece el DNP con el fin de aportar evidencia para la toma de decisiones en salud pública. Ver Gráfico 2. Gráfico 5. Tipo de Evaluaciones, Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. Analiza de manera sistemática la forma en que opera una intervención pública y cómo sus procesos conducen al logro de objetivos. Identifica las relaciones que casa una de las actividades requiere para producir bienes y servicios. Permite analizar y valorar un programa tomando como marco de referencia el arreglo institucional en el que opera. Institucional' Estudia las razones por las cuales falla la capacidad institucional en los programas de una intervención, para brindar los insumos para mejorar la gestión y proveer de manera más efectiva los bienes o servicios. Determina los efectos o no de la intervención pública, una vez se han consumido los productos. Estos efectos deben estar relacionados con la intervención pública. 1.r identificar er icar efectos atribuidos intervención publica.

Artículo ANEXO (638/705)

La medición de impacto permite si2 ZU la relación de causalidad entre I1) intervención publica I Ir lt do. Fuente: tomado de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Politices Públicas de DNP (2014). Para el caso de las tipologías de evaluación propuestas, y con relación a las evaluaciones de operaciones, institucional y de resultados serán incluidos los distintos actores involucrados en la gestión de la salud pública -teniendo en cuenta sus competencias administrativas y de planeación- tanto del nivel nacional como territorial considerando que las necesidades e intervenciones en salud pública y la capacidad de respuesta a dichas necesidades son distintas para cada territorio y grupo poblacional; adicionalmente valorando el esquema de gobernanza e identificando los factores " Estas fipologias están sujetas a modificaciones que el DNP pueda realizar en sus guías, como ente rector de seguimiento y evaluación en el país. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 251 de 273 críticos de éxito y los cuellos de botella para la articulación sectorial, intersectorial y entre los diferentes niveles de gobierno, lo cual resulta fundamental dada la naturaleza del diseño y la implementación multisectorial del PDSP. En segundo lugar, con relación a la evaluación de impacto esta será desarrollada en doble vía, de un lado, la evaluación de impacto de la política que según acuerdos institucionales del MSPS y el DNP se realizará sobre la intervención en el marco de uno de los ejes estratégicos del PDSP, el de Gestión de la Atención Primaria Integral en Salud, presentando sus resultados al cierre del decenio durante el año 2032.

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De otro lado, dado a que es relevante dialogar con diferentes marcos conceptuales en materia de evaluación, se plantea abordar la evaluación de la estrategia de Salud en Todas las Políticas (STP) con las herramientas metodológicas que se consideren pertinentes y vigentes en su momento, y cuyos resultados permitan establecer la viabilidad de réplica en uno o varios ejes estratégicos del PDSP95. En este punto cabe señalar que, dadas las posibles diferencias territoriales en la implementación del Plan que derivan en diferentes resultados, y considerando el involucramiento de distintos tipos de actores (nacionales, subnacionales, gubernamentales y no gubernamentales), y distintas tipologías de evaluación (operaciones, institucional, resultados e impacto) es imperante implementar la evaluación de la política pública desde un enfoque mixto (cuantitativo y cualitativo). El enfoque cuantitativo permitirá obtener información de manera agregada para las unidades objeto de estudio, numérica y representativamente, a partir de indicadores que permitan complementar el análisis con un enfoque cualitativo que conduzca a la caracterización precisa del proceso, la identificación de tendencias, la identificación de actores implicados según roles y a la comparación con otros entornos si se requiere (MSPS, 2021). De igual manera, la evaluación contemplará la triangulación de fuentes de información primaria y secundaria e integrará distintas estrategias que den cuenta de los diversos aspectos que interfieren en el proceso de implementación, entre las que se plantea por ejemplo incorporar los estudios de caso96. Así, la estrategia de triangulación de información permitirá lograr una comprensión más profunda y detallada de los hallazgos de cada componente, aclarando resultados dispares o variados que surjan en las distintas fases (Ahmad & Yunos, 2004). Asimismo, el proceso de evaluación buscará contar con la mayor participación de los actores involucrados, cuyos roles serán definidos por los equipos técnicos que estén a cargo.

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En el marco del ciclo PHVA de mejoramiento continuo, las evaluaciones hacen parte de la fase Verificar, donde los resultados y recomendaciones obtenidos, son insumos para la toma de decisiones que se implementan en la fase de Actuar y a su vez retroalimentan la fase de Planear. Esta dinámica permanente contribuye de manera efectiva al logro de objetivos y metas establecidas, al fortalecimiento de políticas públicas y la adecuada implementación de planes de desarrollo territorial y sectorial. De acuerdo con esto, el PDSP prevé la realización periódica de diferentes tipos de evaluación (Ver Gráfico 3), las cuales orientarán la toma oportuna de decisiones basadas en evidencia, y la realización de los ajustes necesarios para redireccionar elementos estratégicos para el logro efectivo de los resultados esperados. El proceso de evaluación además dé contar con los elementos de tipo técnico y procedimental anteriormente descritos, en conjunto con el comité técnico del PDSP 2022-2031 y tal como lo establece el acto normativo, determinará las modificaciones necesarias en cuanto a la periodicidad y tipo de evaluación, alcance, actores implicados, siempre siguiendo los lineamientos para los procesos de evaluación definidos por el DNP. Lo anterior bajo la comprensión de que el diseño de la evaluación, la modalidad de implementación (externa o interna) y el uso de los resultados se establecerá partiendo de los recursos disponibles (Merino, 2008). 95 Se insta a tomar los marcos conceptuales desarrollados por la OMS, como por ejemplo el de "Evaluación de Impacto en Salud" (Bacigalupe et al. 2009) 96 El estudio de caso es una herramienta de investigación que permite estudiar las particularidades de un fenómeno, con el fin de entender cómo funciona en los diferentes contextos (Stake, 1995), a partir del seguimiento a los procesos o actividades relacionadas (SAGE, 2008). RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 252 de 273 Gráfico 3.

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Periodicidad propuesta de la Evaluaciones del PDPS 2022-2031. OrMID Armonización de políticas públicas Armonización e Armonización o Acompañamiento en la implementación implementácion implementación e • , e Cambia de Cao,cle, Gobierno LOC.21 Gobiln'oLdál Evimoatto PM/P21:2-203i Fuente: Elaboración MSPS De resaltarse, que tal y como se observa en el gráfico anterior, estratégicamente las evaluaciones se realizaran el año anterior a los cambios de gobierno nacional, asegurando aportar desde el sector salud los insumos necesarios para el desarrollo del, plan de desarrollo y de igual manera a la planeación territorial. Finalmente, de acuerdo con la Guía metodológica para el seguimiento y la evaluación de políticas públicas del DNP (2014), el desarrollo de las evaluaciones se plantea en varias etapas, a continuación, se presenta a manera de resumen el propósito en cada una de estas97.Ver Tabla 1. Tabla 1. Fases de la Evaluación de Políticas Estratégicas Fases de la evaluación Tiene como propósito determinar el alcance y la metodología a utilizar para abordar la evaluación de la intervención seleccionada. Para esto, se parte de elaborar la cadena de valor de la intervención, con el fin de identificar las causas y efectos de la política pública a evaluar, y de esta forma establecer Diseño de la evaluación la interrelación de los bienes o servicios ofrecidos por el Estado y los resultados esperados sobre la población objeto. De este ejercicio resultan los cuellos de botella, los cuales definen las necesidades de la evaluación. Es así como se puede establecer la hipótesis y el tipo de evaluación más pertinente. De igual manera de elabora el mapa de actores involucrados en la intervención. En esta se conforma un Comité Técnico de seguimiento a la Evaluación, en el cual, como mínimo, debe estar integrado por un representante de la entidad ejecutora de la intervención pública que se evaluará y el equipo técnico que ejecutará la evaluación.

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En Ejecución de la evaluación esta fu:se se lleva a cabo la recolección de información (ya sea cuantitativa o cualitativa. o mixta), la triangulación, el análisis de información y el desarrollo del informe de resultados, incluidas las conclusiones y recomendaciones. Aquí se socializan los resultados obtenidos de la evaluación, a través de canales oficiales. de tal forma que se den a conocer a los tomadores de decisiones y los actores involucrados Socialización)' uso de los o que tengan interés en la intervención, sirviendo de insumo para la retroalimentación del resultados ciclo de política pública. Y se elabora el plan de transferencia e implementación de las recomendaciones, en donde se detallan las recomendaciones y los responsables de su realización Fuente: Adoptado de Guía metodológica para el seguimiento y la evaluación de políticas públicas del DNP (2014), y adaptado MSPS (2022). 97 Estas etapas están sujetas a las modificaciones que el DNP pueda realizar sobre la Gula de Evaluaciones de Política Pública. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 253 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" 5. Operacionalización del Sistema de Seguimiento y Evaluación La operacionalización del SSE se llevará a cabo por medio de unos pasos lógicos y ordenados que permitirán determinar responsables, procesos, momentos y salidas de la información (Ver gráfico 4). El proceso se desarrollará siguiendo las competencias, responsabilidades y necesidades de información de los actores involucrados, asegurando que el SSE brinde los elementos necesarios para la planeación y el seguimiento de los procesos y actividades necesarias para el cumplimiento del PDSP y la toma de decisiones en salud pública. Gráfico 4. Pasos para la operacionalización del Sistema de Seguimiento y Evaluación del PDSP 2022-2031.

Artículo ANEXO (643/705)

Deseo/Pode mimo/pata 1.41.neu important/ny Usuadm del Salidas,/ construcoan ne /mentos Mero pe 'ab Iihd Pucouoda análisis de S MS para la Indkedarm Indicedoes tMormacalin TPISPIentic Id en tinca clOrt de WsposisfrWM Alsorltmo de Pujado Dese rrelb de /Minas Sistemas de Mermas:SR Tableros de metrol *dores Mermados en Catalosode Marco Ltyko.BSC I in te rm ac ¡Sr, de enálltils del SGSSS por actores el SSE iS, cadora Uso metodolmla Ocluir resportsubblades de CREMA para Indica Acres de Fiche plan de embude *RAM»,lo/Mecham I Sistema{ de hfcernaci5n Ir, formes IdentilicusiOnde contexto KM Metas Intetsectorial Liad 1 de otros secares los nueces I Inc0Cadore Ftha de melase Agrupar Indicador) I Indlcadoesbickm SPAGISA acial tu Indicadora pT5 ATJVPIrIndtadora . Obs eme miss 'MOR/Iba' [AMI Agrupar Indicnkres I SISPI Mapas detplor ARL frCrIl la e In atador es baje empata del Internas de drpAnosdc Saltdastrcestablecidal Plan. f 1110k tics control estretésko y est:oteas Departa/rento Nacional de PleneeckSn Fuente: Elaboración MSPS Usuarios del SSE: El sistema se estructura bajo planos de relaciones horizontales y verticales entre los actores asegurarán el seguimiento y evaluación de los ejes estratégicos, estrategias y fines del PDSP, además del seguimiento de metas e indicadores de los PTS y sus contenidos (ASIS y Caracterización) y Rutas.

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Los usuarios del Sistema se clasifican según sus competencias en administradores y operativos, teniendo al Ministerio como i. administrador del sistema, además de su función de realizar el seguimiento al plan y realizar las evaluaciones planteadas en este capítulo; y ii. las entidades territoriales y las entidades promotoras de salud como operativos teniendo la obligación de realizar el cargue de la información, con el adicional para la entidad territorial de ser las responsables de velar por el cargue de información de los actores de su jurisdicción y hacer seguimiento al cumplimiento de las metas que se les atribuya a estos actores. Dichas funciones consignadas en el apartado de competencias de los actores. Identificación y construcción de indicadores: partiendo del catálogo de indicadores del SISPRO el sistema traerá los indicadores identificados para el seguimiento de las metas, de igual manera se realizará el proceso operativo para la construcción de indicadores nuevos que se requieran. Se debe señalar que para la selección de indicadores se utilizará la metodología CREMA. Marco lógico e identificación de indicadores: se tomarán los elementos de la planeación estratégica lo que permitirá a nivel nacional desde el comité técnico del PDSP un mayor dinamismo para el seguimiento y ajuste de metas durante la implementación del Plan. Desarrollo de instrumentos: Complementarios a los lineamientos técnicos y operativos que emitirá el Ministerio en la etapa de implementación del plan, se establecerán los algoritmos que permitirán establecer los flujos de la información al interior del sistema. Además, se RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 254 de 273 de conflicto amado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera" establecerá el plan de acción de las meias yjines,, el , cual deberá guiar sobre las características del seguimiento y la evaluación qué se llevará a cabo.

Artículo ANEXO (645/705)

Procesamiento de datos: se dispondrá de rutinas de análisis distintivas para las metas y fines, y que evidencien la cadena de valor (descrita en el Capítulo 6), teniendo en cuenta las características diferenciales de los elementos 'a seguir y las diferencias que existen en las fuentes de información y registros utilizados para la construcción de los indicadores, diferencia de tiempo de reporté, fechas,de, corte de los registros, nivel de desagregación de las variables y otras. En este momento también se realizará la agrupación de indicadore según los procesos objeto de seguimiento y evaluación. lnteroperabilidad: Existirá un relacionamiento en doble vía con los demás sistemas del sector salud y de la intersectorialidad, logrando con ello la comunicación e intercambio de datos que permitan nutrir el proceso de seguimiento y evaluación del Plan, además de aportar información a los demás sistemas. Salidas y análisis de información: La difusión y comunicación son necesarias para materializar la gobernanza de los datos, la interoperabilidad y gestionar el conocimiento que se derivará de las acciones del Plan; para ello, la comunicación y difusión se llevará a cabo por medio de formatos, visualizaciones y lenguajes accesibles para todos actores del sistema y demás. Es importante el compromiso de todos los actores para que las herramientas de difusión y comunicación se sostengan a lo largo del tiempo, generando retroalimentación y mejora continua al sistema Además de lo anterior, el Sistema en su marco lógico y estratégico para la implementación y funcionamiento en todos los niveles y actores del sistema de salud establece los elementos necesarios para la rendición de cuentas y el perfeccionamiento de la insfitucionalidad, la gobernanza de datos y el rol de las Entidades Territoriales, con elementos que facilitaran la toma de decisiones, la coordinación entre las instituciones y actores involucrados.

Artículo ANEXO (646/705)

Por ello, es importante mantener canales de comunicación y materializar la normativa al respecto, así como los protocolos, lineamientos y demás reglas para su implementación y funcionamiento emitirá al respecto el Ministerio de Salud y Protección Social. Gráfico 5. Proceso del Sistema de Seguimiento y Evaluación del PDSP 2022-2031. Tetina rata POSP (Fines • Indicadores KPI :=> - Inteligencia de Negocios - KPI e Analítica Visual Eres estretéebers Estlatellsel 2 Miden de PTS 3. Tiendes . ---y---, rintludoner ry ire SISPRO W.Adll• AMI 4 vadees Interseclarle A rniNcenamiento ' 1. Resuenes:II ell Saud Pgog rTrW7P-T S e> Estrategias e> Ejes Estratégicos 2 Sesudo lintexi~ Elcreaco Técnica Ofrenda riman SIVIGILA tilnua Otras Fuentes Registros. Niveles: 1 Medanal aneen ed POSP ano renda, ido dee irenereil Estrodtra dei PeraP tadnia de Wat Valor linea base - avance indicador - Tendencia Instotufl .1 SAPO. AF1. ,evesecterrof Sedares Fuente: Elaboración MSPS RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 255 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenguera" Capítulo 12. Sostenibilidad Financiera del PDSP 2022-2031

Artículo ANEXO (647/705)

1. Contexto de la gestión financiera de la salud pública en Colombia 1.1. Gasto en salud y salud pública en Colombia El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) colombiano está fundamentado sobre los principios de eficiencia, universalidad, integralidad y solidaridad, y busca garantizar el mayor estado de salud de todos los colombianos con el uso eficiente de los recursos financieros. En este sentido, las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001, 1122 de 2007, 1438 de 2011 y 1797 de 2016, entre otras, señalan las fuentes y usos de los recursos del SGSSS (Glassman, 2009). Ahora bien, de conformidad con el literal b) del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y la Resolución 3042 de 2007 y modificatorias, todos los recursos de salud de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital y municipal se deben manejar a través del Fondo de Salud, el cual fue creado como una cuenta especial del presupuesto, con el propósito de tener precisión sobre el origen y destinación de los recursos de cada fuente. Para tal efecto, dichos fondos de salud están conformados por cuatro subcuentas: 1) Subcuenta de Régimen Subsidiado; 2) Subcuenta de prestación de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda; 3) Subcuenta de salud pública colectiva; y 4) Subcuenta de otros gastos en salud (Colombia). La formulación del presupuesto de los fondos de salud de las entidades territoriales, se sujetará a los objetivos, programas y proyectos prioritarios y viables en los planes sectoriales de salud que se formulen en el ámbito territorial, en coordinación con los respectivos planes, políticas y programas nacionales. Todos los gastos con cargo a los recursos del Fondo de Salud estarán reflejados en el plan financiero y presupuestal de la respectiva entidad territorial, y de conformidad con lo establecido en el

Artículo ANEXO (648/705)

artículo 33 de la Ley 1122 de 2007. Con el propósito de orientar y contextualizar sobre la estructura del financiamiento del sector en el ámbito territorial, en razón a la complejidad del tema y teniendo en cuenta los actores y procesos que intervienen en la gestión de los recursos, a continuación, se señalan de manera general, las fuentes que pueden ser aplicadas a cada subcuenta o componente: 1.1.1. Subcuenta de Régimen Subsidiado de Salud. Los recursos del régimen subsidiado, de conformidad con el Decreto 971 de 2011 compilado en el Decreto 780 de 2016, son girados a las entidades promotoras de salud y a las instituciones prestadoras de servicios de salud, mediante el mecanismo denominado Liquidación Mensual de Afiliados — LMA, que consiste en la liquidación del valor de las Unidades de Pago por Capitación — UPC que corresponden a cada EPS por entidad territorial de acuerdo con la afiliación y novedades de la afiliación que son reportadas por las EPS a la Base de Datos Única de Afiliados — BDUA y validadas por las entidades territoriales (MSPS, Decreto 780, 2016). Los recursos producto de la liquidación de la UPC del régimen subsidiado, en virtud de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 1438 de 2011, en concordancia con el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015, son objeto de giro directo desde la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, en nombre de la entidad territorial a las EPS, y en nombre de estas últimas a las IPS y a los proveedores de servicios y tecnologías en salud (Congreso de la República, 2015). En este contexto, las entidades territoriales deben realizar la ejecución de los recursos girados con situación y sin situación de fondos, en virtud de la LMA que publica mensualmente ADRES. Fuentes. Sistema General de Participaciones — SGP.

Artículo ANEXO (649/705)

Los recursos de la participación para salud del SGP corresponden al 24,5% de las asignaciones sectoriales98. De la participación para el sector salud, 87% se destinan para el componente de aseguramiento en salud de los afiliados al Régimen Subsidiado, los cuales se asignan y distribuyen por entidad territorial mediante los Documentos de Distribución emitidos por el DNP y conforme con la normativa vigente. 98 Las asignaciones sectoriales corresponden al 96% del SGP, teniendo en cuenta que el 4% es destinado para asignaciones especiales, de conformidad con lo establecido en la Ley 715 de 2001, RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022. Hoja No. 256 de 273 de.conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizál y palenquera" Cajas de Compensación Familiar— CCF que administran el Régimen Subsidiado. Presupuesto General de la Nación — PGN y ADRES. Recursos que aporta la Nación. Ingresos Corrientes de Libre Destinación y Esfuerzo Propio. Ingreso de la entidad territorial sin destinación específica. Rentas Territoriales. Mínimo el 50% de , los 8 Puntos porcentuales del impoconsumo de cervezas y sifones; ImPoconsumo de digarrillos y >tabaco elaborado; Minirno el 50% del impoconsumo de licores, vinos y aperitivos; Monopolió de lidóres que los departamentos deben destinar para financiar la salud. El 75% del IVA de licores, vinos y aperitivos, que es recaudado por la Nación con tarifa del 5°/O'Y luego girado a los departamentos. Los impuestos y derechos de explotación, de los juegos de suerte y azar, previo descuento del valor destinado por ley a pensiones, funcionamientd e investigaciión. Los recursos de los premios no reclamados. Otros Recursos.

Artículo ANEXO (650/705)

Recursos de capital de este componente. 1.1.2. Subcuenta de Préstación de Servicios de Salud en lo No Cubierto con Subsidios a la Demanda. En esta subcuenta se incluyen los gastos por concepto de i) la atención a la población no afiliada, ii) los recursos para concurrir en la financiación de los gastos de operación de la prestación de servicios de salud de las ESE o de los administradores de infraestructura pública destinada a la prestación de servicios de salud, ubicadas en zonas alejadas o de difícil acceso que sean monopolio en servicios trazadóres y no sostenibles por ventá de servicios, V iii) pago de deuda por concepto de los servicios y tecnologías no financiados ton cargo a la UPC prestados a los afiliados al régimen subsidiado hasta el 31 de diciembre de 2019. Fuentes. Sistema General de Participaciones — SGP Subsidio a la oferta. De la participación para el sector salud, 3% se destinan para el subcomponente del Subsidio a la Oferta, los cuales se asignan y distribuyen por entidad territorial mediante Documentos de Distribución emitidos por el DNP y conforme con la normativa vigente. Estos recursos son asignados para concurrir en la financiación de la operación de la prestación de servicios de salud y tecnologías efectuadas por las IPS o adMinistradores de infraestructura pública, ubicadas en zonas alejadas o de difícil acceso que sean monopolio en servicios trazadores y no sostenibles por venta de servicios. Excedentes de la cuenta maestra del régimen subsidiado. Excedentes del SGP de prestación de servicios eh ló no cubierto con subsidios a la demanda. Excedentes del SGP de Salud Pública generados a 31 de diciembre de 2019. Excedentes de rentas cedidas en virtud de lo definido en el artículo 4 de la Ley 1797 de 2016. Rentas territoriales.

Artículo ANEXO (651/705)

Mínimo el 25% de los 8 puntos porcentuales del impuesto al consumo de cervezas y sifones; Mínimo él 25% del impoconsumo de licores, vinos y aperitivos y de las rentas del monopolio de licores que los departamentos deben destinar para financiar la salud; Derechos de explotación de los juegos de suerte y azar, con destino a la prestación de servicios en lo no cubierto con subsidios a la demanda. Otros recursos. Recursos de capital de este componente. 1.1.3. Subcuenta de Salud Pública Colectiva. Corresponde a los recursos destinados a financiar el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PIC) y las acciones de Gestión de la Salud Pública (GSP) relacionadas con las competencias de salud pública asignadas en la Ley 715 de 2001 a las entidades territoriales (Congreso de la República, 2001). Fuentes Sistema General de Participaciones —SGP. De la participación para el sector salud, 10% se destinan para el subcomponente de acciones de salud pública, los cuales se asignan y distribuyen por entidad territorial en cada vigencia, mediante Documentos de Distribución emitidos por el DNP y conforme con la normativa vigente. Rendimientos financieros del SGP subcomponente de salud pública. Transferencias nacionales para la co financiación de Enfermedades Transmitidas por Vectores — ETV, Tuberculosis — TBC y enfermedad de Hansen. 9_9. Circular 44 de 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 257 de 273 Otras transferencias que realice la nación para actividades de salud pública. Ingresos por venta de servicios del laboratorio de salud pública. Rentas territoriales. Rentas del monopolio de licores, vinos y aperitivos, y de los derechos de explotación de los juegos de suerte y azar, que no estén por ley destinados al aseguramiento y a la prestación de servicios. Otros recursos y recursos propios.

Artículo ANEXO (652/705)

Recursos de capital de este componente y otros recursos de la ET que no tengan destinación específica. Excedentes de la cuenta maestra del régimen subsidiado durante el término que dure la emergencia sanitaria por el coronavirus CO VID — 19 ( Articulo 24 Decreto 538 de 2020). Recursos no comprometidos del SGP subcomponente de Salud Pública de vigencias anteriores. 1.1.4. Subcuenta de Otros Gastos en Salud. La subcuenta de otros gastos en salud solo podrá manejarse a través de dos (2) cuentas bancarias según el concepto de gasto: de inversión en salud o de funcionamiento. I) los gastos de funcionamiento conforme a lo definido por el Estatuto Orgánico de Presupuesto, y io los gastos de inversión, los cuales incluyen la financiación los Programas Territoriales de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de Empresas Sociales del Estado — ESE, los programas de saneamiento fiscal y financiero de las IPS públicas viabilizados por el MHCP, y los recursos para el mejoramiento de la infraestructura y dotación de la red pública de Instituciones Prestadoras de Servicios de salud. Fuentes para Gastos de Funcionamiento. Rentas cedidas. El porcentaje definido por la entidad territorial para funcionamiento, el cual no puede exceder el 25%. Ingresos corrientes de libre destinación. Son ingresos de la entidad territorial sin destinación específica para el sector salud. Recursos de balance. Son ingresos de capital provenientes de la liquidación del ejercicio fiscal del año anterior para este componente. Otros recursos. Son recursos de impuestos o rentas territoriales sin destinación específica. Fuentes para Inversión Ingresos corrientes de libre destinación. Corresponde a ingresos de la entidad territorial sin destinación específica. Recursos de balance. Son ingresos de capital provenientes de la liquidación del ejercicio fiscal del año anterior para este componente. Excedentes de la cuenta maestra del régimen subsidiado. Excedentes del SGP de la cuenta maestra de prestación de servicios a 31 de diciembre de 2015, en virtud de lo definido en el

Artículo ANEXO (653/705)

artículo 21 de la Ley 1797 de 2016. Excedentes de rentas cedidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1797 de 2016. Recursos nación. Transferidos por la Nación para financiar los gastos de inversión de las entidades territoriales. Recursos Lotto en línea. Los recursos acumulados en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales — FONPET provenientes del Lotto en Línea no requeridos para la financiación de obligaciones pensionales del sector salud. 2. Financiamiento de la Salud Pública 2.1. Financiamiento del aseguramiento en salud. En el entendido de la integralidad del financiamiento de la salud pública se debe comprender que el financiamiento de los servicios de salud orientados hacia la gestión individual del riesgo hace parte de los recursos asignados para la salud pública. El PDSP 2022-2031 establecerá un plan de acción para estimar los recursos que son destinados a las acciones colectivas e individuales a cargo del aseguramiento. El sistema de salud colombiano garantiza las atenciones y prestaciones de servicios de salud a través de un sistema de aseguramiento que reconoce dos estructuras de organización para el flujo de recursos: El Sistema contributivo que establece una organización basada en una administración del riesgo financiero delegada a las Empresas Aseguradoras del Plan de Beneficios y este a su vez RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 258 de 273 genera el flujo de recursos a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Este sistema es financiado a través de la mancomunación de recursos realizada por tres partes, i) el empleado, ii) el empleador y ii) y recursos de la nación. Por otro lado, el sistema subsidiado que reconoce a las Entidades Territoriales como administradoras del riesgo financiero y asignación de recursos a las Empresas Sociales del Estado o en su efecto a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

Artículo ANEXO (654/705)

Este sistema es financiado de manera solidaria por los aportes realizados por la Nación a través de los recursos del sistema. Con referente al acceso a servicios y tecnologías en salud para la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de todas las prioridades de eventos de interés en salud pública se financian a través de tres mecanismos que son gestionados por el aseguramiento (MSPS, 2021)1 Mecanismo de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Es una prima de riesgo definida por el Ministerio de Salud y Protección Social por región, grupos de edad y sexo. La UPC financia todas las tecnologías y servicios de salud tipo medicamentos, procedimientos, que incluyen los dispositivos médicos. Para el año 2021 el país ,disponía más de 45 billones de pesos para la financiación de estas tecnologías y con la actualización de los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC, efectuada mediante la Resolución 2292 de 23 de diciembre de 2021, el porcentaje de medicamentos y procedimientos financiados con esta fuente es del 93,6% y 97%, respectivamente. Este mecanismo de pago financia actualmente las acciones descritas y propuestas en la resolución 3280 de 2018 que implementan las Rutas Integrales de Promoción y Mantenimiento y la Ruta Integral de Salud Materno Perinatal. Pago por demanda. Incluye la financiación de las tecnologías en salud que no pueden ser financiadas por los dos mecanismos descritos previamente. Este mecanismo financia tecnologías que incluyan medicamentos en normas farmacológicas y no tengan alternativa terapéutica respecto a los medicamentos disponibles a nivel nacional. Así mismo, los medicamentos vitales no disponibles que no tengan definido los valores de referencia, los medicamentos adquiridos por compra centralizada o riesgo compartido, medicamento con el principio activo NUSINERSEN y medicamentos para enfermedades raras formulados por primera vez durante la vigencia del presupuesto máximo. 2.2.

Artículo ANEXO (655/705)

Gestión financiera de la salud pública de las entidades territoriales A nivel territorial, la implementación del PDSP se concreta a través del Plan Territorial de Salud — PTS, instrumento estratégico e indicativo de política pública en salud del nivel departamental, distrital y municipal, que permite a las entidades territoriales contribuir con el logro de las metas estratégicas del Plan Decenal de Salud Pública. Los recursos necesarios para la efectiva implementación del Plan Territorial de Salud son programados en el componente de inversión plurianual, el cual debe ser coherente y consistente con el Plan Financiero Territorial de Salud, que hace parte integral del Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Territorial. Estos recursos deben ser ingresados y ejecutados desde las subcuentas del Fondo Local de Salud de acuerdo a la norma. El Plan Financiero Territorial de Salud es el instrumento de planeación, que integra y consolida la información sobre los requerimientos de recursos y fuentes de financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud — SGSSS, a nivel nacional, departamental, distrital y municipal. Constituye el instrumento de programación, seguimiento y control de los recursos territoriales destinados al sector salud, en articulación con el marco fiscal de mediano plazo de la respectiva entidad; así mismo, debe estar armonizado con el Plan Territorial de Salud y el Plan Decenal de Salud Pública. El Plan Financiero Territorial de Salud deberá definir, integrar y consolidar las fuentes y usos de los recursos nacionales, departamentales, distritales y municipales, destinados a financiar las acciones en salud a cargo de las entidades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, de acuerdo con la normatividad vigente e involucrar la totalidad de los recursos sectoriales del Fondo Local de Salud. 2.3.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 74), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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