Por el cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 con sus capítulos diferenciales: indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera

Resolución · 1035 · 2022-06-14 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 601–620 de 710

Artículo ANEXO (596/705)

Con base en lo anterior y de acuerdo con la estructura estratégica del PDSP 2022-2031, a continuación, se relacionan las estrategias que enmarcan las acciones en salud pública para la población VCA bajo los principios de la ley 1448 de 2011 y la ley 1751 de 2015. 2.1.Eje: gobierno y gobernanza de la salud pública. • Garantía de participación de la población víctima del conflicto armado en los procesos de planeación y gestión territorial en salud • Planeación territorial en salud pública que acoge el marco referencial de la Resolución 2405 de 2021 según la pertinencia, necesidades y realidades particulares de cada entidad territorial, en el marco de la participación y concertación con la población víctima del conflicto armado. • Fortalecimiento de la incidencia y participación de personas víctimas del conflicto armado en la armonización de políticas públicas y su implementación según los diferenciales e interseccionalidad de los sujetos individuales y colectivos VCA (curso de vida, género, discapacidad, entre otros) y las vulnerabilidades generadas por los hechos victimizantes. Integración de las mesas de participación de víctimas en lo nacional y territorial a los procesos de gobernanza en salud pública. 2.2. Eje: Gestión intersectorial de los determinantes sociales de la salud. • Gestión sectorial e intersectorial para la atención en salud y reparación integral de las víctimas del conflicto armado • Gestión sectorial e intersectorial para la atención en salud y reparación integral de las víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado. • Coordinación de acciones intersectoriales para la atención integral de la población víctima del conflicto armado con perspectiva interseccional 2.3. Eje 3: Gestión Integral de la Atención Primaria en Salud. Atención integral en salud con enfoque diferencial y preferencial para la población víctima del conflicto armado.

Artículo ANEXO (597/705)

Atención integral en salud' y psicosocial para la población víctima del conflicto armado con enfoque diferencial e interseccional, en' el marco de la salud pública. Consolidación y fortalecimiento de la implementación del componente étnico en el PAPSIVI 2.4. Eje: Gestión del Conocimiento para la Salud Pública. • Gestión del conocimiento en salud pública con enfoque diferencial para la población víctima del conflicto armado. • Gestión de conocimiénto específico, diferencial e interseccional en salud pública sobre las condiciones de salud de las víctimas del conflicto armado • Fortalecimiento de la gestión de conocimiento institucional y social en salud pública sobre las víctimas del conflicto armado, hechos vicfimizantes, riesgos desproporcionados, impactos diferenciados, prácticas que garanticen la acción sin daño y la organización de medidas que garanticen sus derechos. 2.5. Eje: Gestión y Desarrollo del Talento Humano en Salud Pública. Gestión del talento humano en salud Con enfoque psicosocial y diferencial para población VCA. Fortalecimiento del talento humano mediante la aplicación de los Lineamientos para el Talento Humano que orienta y atiende a las Víctimas del Conflicto Armado (Resolución 1166 de 2018) Fortalecimiento del talento humano para la atención en salud y psicosocial con enfoque de diferencial e interseccional RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 234 de 273 3.

Artículo ANEXO (598/705)

Directrices para la Planeación Territorial en Salud con Adecuación Diferencial para la Población Víctima de Conflicto Armado Le corresponde a las entidades territoriales depairtamentales, distritales y municipales, en cumplimiento de las competencias asignadas en materia social y de las responsabilidades derivadas de la normatividad expedida para la garantía de los derechos de la población VCA, la incorporación de este capítulo diferencial en sus Planes Territoriales de Salud — PTS — en armonía con lo establecido en la Resolución 2405 de 2021, para su ejecución con la participación de los diferentes actores implicados en las respuestas que buscan el! mejoramiento de la calidad de vida y bienestar de esta población. Bajo este escenario, las respuestas en salud parten de diagnósticos situacionales que se traducen en la incorporación de acciones con abordaje individual, familiar y comunitario dirigidas a la población VCA de acuerdo con la realidad de cada territorio. Esto exige la coordinación y articulación con mecanismos de planeación existentes y estrategias o iniciativas que provienen de distintos ámbitos institucionales para atender y reparar a las sujetos individuales y colectivos afectados por el conflicto armado. Como referente fundamental de este proceso, se deben tener en cuenta los Planes de Acción Territorial como el principal instrumento para operativizar las medidas de prevención, protección, asistencia, atención y reparación integral de las víctimas, según lo previsto en la Ley 1448 de 2011 y según el reconocimiento que los propios representantes de las víctimas le han otorgado.

Artículo ANEXO (599/705)

Para la incorporación del capítulo diferencial para la población víctima del conflicto armado en los planes territoriales de salud, las entidades territoriales propiciarán los espacios de participación para la garantía del diálogo y la concertación con dicha población, lo cual implica: Identificar y convocar a las mesas de participación de víctimas del nivel municipal, distrital, departamental y nacional a las que hace referencia la Ley 1448 de 2011, pudiendo incluir, a miembros o representantes de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado a los espacios participativos de formulación de los Planes Territoriales de Salud. Propiciar los espacios de diálogo y participación de los representantes de la población víctima del conflicto armado al desarrollo de los momentos de identificación y comprensión integral de las condiciones en que se encuentra esta población, de los factores diferenciales que inciden en su situación de salud y de las acciones y respuestas diferenciales que se incorporarán a los planes territoriales de salud en sinergia con los demás instrumentos y procesos de gestión en el territorio. Elaborar el componente estratégico y de inversión plurianual del Plan Territorial de Salud, en el marco del proceso de planeación integral en salud, tomando como referente las líneas estratégicas planteadas en este Capítulo, en el marco de los elementos estratégicos y operativos del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 y los resultados de la ruta de armonización. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 235 de 273 Capítulo 10. Acciones diferenciales para la población en situación de calle, población con discapacidad, población campesina, población LGBTI y población migrante.

Artículo ANEXO (600/705)

Introducción El MSPS responde a la protección social a través de acciones de aseguramiento relacionadas con la prestación de servicios de salud por enfermedad general y maternidad, con los riesgos laborales por pérdida de capacidad laboral a causa de accidentes laborales o enfermedades ocupacionales y el sistema de pensiones para los riesgos de vejez o muerte. Además de la coordinación del financiamiento del sistema de salud y de seguridad social integral, responde con la Promoción Social por medio de la armonización y concurrencia de acciones públicas que fomentan la movilidad social de las personas y comunidades especialmente aquellas con vulneración de derechos. En este marco estas acciones para la promoción social requieren del reconocimiento, la comprensión y aplicación de los diversos enfoques diferenciales y lo que implica la concesión de la interseccionalidad. Por esto el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, propone seguir avanzando en este sentido, reconociendo los caminos avanzados en relación con la diversidad étnica del país y de VCA, expuestas en los capítulos 8 y 9 y acoge en este capítulo, los diferenciales de población en situación de calle, población con discapacidad, población campesina, población LGBTI y población migrante. Los aspectos más relevantes de las particularidades relacionadas con la situación de salud de estas poblaciones se describen de manera sucinta en el capitulo 3 de análisis de situación de salud, los desarrollos normativos y jurisprudenciales que los sustentan están consolidados en el anexo 1 del capítulo 1 de antecedentes, como parte integral del plan. Este capítulo, presenta de manera específica para cada uno de ellos, un marco contextual, y las acciones afirmativas que deben permitir desarrollar los enfoques diferenciales, ordenadas a la luz de los ejes estratégicos, del marco estratégico general del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, que deben ser incorporadas en la planeación territorial para su implementación.

Artículo ANEXO (601/705)

1. Población en situación de calle 1.1. Contexto La Ley 1641 de 2013 define a las personas en situación de calle como toda "Persona sin distinción de sexo, raza o edad, que hace de la calle su lugar de habitación, ya sea de forma permanente o transitoria" ( artículo 2) (Congreso de Colombia, 2021). Esta Ley, establece las orientaciones para formular la Política Pública para habitantes de la Calle, y señala que se debe prevenir que las personas lleguen a una situación de calle. Los y las habitantes de la calle hacen parte de un fenómeno urbano que tiene varias causas, la Habitanza en calle, el cual se reconoce en América Latina como Situación de calle, y a nivel mundial como Sinhogarismo o Homelessness. En Colombia la población está delimitada con relación a una situación que puede cambiar en cualquier momento, y a eso se refiere la Ley 1641 cuando señala que puede ser de carácter permanente o transitoria, y por eso se puede pasar de estar en calle a habitar la calle, o viceversa. Las poblaciones que constituyen el fenómeno de habitanza en calle pueden identificarse así: Personas de la calle: son las personas que habitan la calle de forma permanente o transitoria y en ese habitar desarrollan todas las dimensiones de su vida en el espacio público. Personas en calle: aquellas que hacen de la calle el escenario para su supervivencia, pero, cuentan con un espacio privado diferente de la calle donde residen, sea la casa de su familia, la habitación de una residencia o un hotel (Correa, M, 2007). Personas en riesgo de habitar la calle: aquellas cuyo contexto se caracteriza por la presencia de factores predisponentes y precipitantes para la vida en calle. Los factores precipitantes unidos a los predisponentes incrementan exponencialmente el riesgo de habitar la calle (MSPS, 2021a).

Artículo ANEXO (602/705)

Las poblaciones descritas en los numerales a) y b), se reúnen en el grupo población en situación de calle a nivel internacional (Nieto & Koller, 2015), y se debe señalar que no existen unos límites claros entre ambas situaciones puesto que se puede transitar permanentemente entre una y otra. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 236 de 273 Niños, niñas y adolescentes con alta permanencia en calle: se refiere a niños, niñas y adolescentes que permanecen en las calles durante gran parte del día, pero que en la noche regresan a alguna forma de familia y de hogar. Niños, niñas y adolescentes con situación. de vida en calle: ,Niños, niñas y adolescentes que habitan permanentemente en la calle, sin ninguna red familiar de apoyo. Como se mencionó previamente existen dos tipos de factores (Glen y Fitzpatrick, 2018) que inciden en .que las personas lleguen a situación dé calle, por un lado; están los prédisponentes que son aquellos que generan desigualdad estructural que ocasiona exclusión por situaciones y dinámicas "mundiales, regionales y nacionales, las cuales afectan la garantía y ejercicio de derechos, y además la reproducción de las dinámicas sociales y económicas que mantiene e incrementa la desigualdad, entre ellos se encuentran el mercado de, vivienda (Batterham, 2020), el mercado de trabajo, la pobreza, el género (Batterham,2017), la pertenencia étnica, entre otros. Poi otra parte, están los factores precipitantes relacionados con la trayectoria de vida de la persona, con su biografía (Mcnaughton, 2009), los que incrementan riesgol sociales y. de talud que inciden para llegar a la calle (Matulic, 2013).

Artículo ANEXO (603/705)

Entre ellos se encuentran la .pérdidá de vivienda, el abandono escolar, el desempleo, los trastornos mentales y por consumo de sustancial psicoacfivas, la discapacidad, el egreso de insfituciones84 sin redes (MIDES, 2020),. la falta de documento de Identidad (nacionales - y extranjeros), el embarazo adolescente (Fitzpatrick, 2017), entre otros. La combinación de los dos tipos dé faaores condUce a la desafiliación social (Castel, 1997) que se caracteriza por la ruptura o fragilidad de Ids lazos sociales, y 'la exclusión de las redes de intercambio social, afectivo, político, económico, cultural, y en general todo aquel intercambio que genera apoyo y bienestar. En el marco del sistema de protección social, el MSPS propone seguir avanzando en la atención de .' necesidades para el mejoramiento de las condiciones de vida de esta población, por medio de las acciones afirmativas que se presentan a continuación, en el marco del alcance del Plan Decenal de . Salud Pública 2022-2031. 1.2. Acciones afirmativas para el desarrollo del enfoque diferencial en población habitante de la calle en el Plan Decenál de Salud Pública 2022-2031 1.2.1. Eje: Gobierno y Gobernanza de la Salud pública Articulación de instancias y rutas institucionales e intersectoriales para sensibilizar a las instituciones, comunidades y familias sobre el fenómeno de habitanza en calle, la reducción del estigma y discriminación que existe hacia las personas en situación de calle, y la necesidad de un abordaje integral para la prevención del fenómeno y la atención de la población. Armonización de las rutas intersectoriales existentes en el nivel nacional y territorial y diseño de acciones de acuerdo con un modelo de gestión sociosanitario, que garanticen la integralidad y la sostenibilidad de los procesos de inclusión social de las personas en situación de calle.

Artículo ANEXO (604/705)

Inclusión de la prevención de la habitanza de calle y la atención a la población en situación de calle dentro de los instrumentos de planeación de los distintos sectores nacionales, departamentales y municipales, de manera que se garantice su visibilidad y financiación. 1.2.2. Eje: Gestión intersectorial de los determinantes sociales de la salud Consolidación de un directorio y sistema de registro institucional con la oferta pública y privada para la atención de las personas en situación de calle en concordancia con los determinantes en salud (vivienda, educación, trabajo, entre otros), y divulgación con las instituciones y comunidades para el apoyo de la prevención de la habitanza en calle y la orientación para el acceso a bienes y servicios. Identificación de los factores protectores para la salud de la población en situación de calle, y socialización de éstos en las instancias de coordinación interinstitucional para las políticas sociales y de salud, en los servicios sociales, socio sanitarios y de salud, y entre sus redes de apoyo, desde un enfoque de reducción de riesgos y daños, para atender la particularidad de la forma en que viven las personas en situación de calle. 84 De protección, de salud, de privación de libertad entre otras. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 237 de 273 Estrategias intersectoriales e interinstitucionales para agilizar y facilitar la expedición con gratuidad del documento de identificación para las personas en situación de calle que no cuentan con este, teniendo en cuenta las características de su forma de vida. Coordinación con las entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras de servicios de salud para que cuando identifiquen personas en situación de calle, siendo atendidas en sus servicios sin estar aseguradas, se adelante el trámite de afiliación con la oportunidad que demanda su estilo de vida para avanzar en la cobertura universal. 1.2.3.

Artículo ANEXO (605/705)

Eje: Gestión integral de la atención primaria en salud Desarrollo de acciones intersectoriales e interinstitucionales para la información y educación a la población en riesgo de calle yen situación de calle, y sus redes de apoyo y familias, sobre los temas de trastornos de salud mental, su detección temprana y tratamiento, incluidos los ocasionados por consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales, violencias y su ruta de atención. Desarrollo de acciones intersectoriales en las zonas de permanencia de las personas, e instituciones de atención para promover la conformación de redes para el cuidado mutuo, incluyendo agentes y gestores comunitarios, voluntariado, pares, e instituciones del sector social: integración, cultura, educación, deportes, convivencia, entre otras. Realización de pruebas de tamizaje y confirmatorias con énfasis en la detección de trastornos en salud mental y por consumo de sustancias psicoactivas, ITS, VIH, Hepatitis B y C, Tuberculosis, y Triquiasis tracomatosa, para garantizar tratamiento y adherencia al mismo. Oferta de servicios sociales y sanitarios accesibles para las personas en situación de calle, que incluyan agua potable, servicios sanitarios, de higiene personal, y de alimentación de acuerdo con las características y necesidades de la población sin discriminación. 1.2.4. Eje: Gestión integral del riesgo en salud pública Desarrollo de una estrategia de atención intersectorial sociosanitaria intra y extrahospitalaria, para prevenir la pérdida de la salud y recuperarla mediante la articulación del cuidado no sanitario y sanitario, para fortalecer las capacidades y la gestión de los riesgos en salud de las personas en situación de calle. Oferta de servicios sanitarios desde el prestador primario y canalización a las rutas de atención en salud mental y de consumo de sustancias psicoactivas con perspectiva de reducción de riesgos y daños.

Artículo ANEXO (606/705)

Consolidación y actualización de los Listados Censales para población en situación de calle (población 1 del listado censal), de acuerdo con las normas y los lineamientos legales establecidos para la población que no cuenta con documento de identificación. Articulación entre la dependencia del distrito o municipio que realice la certificación de la condición de persona en situación de calle y la secretaría de salud, para armonizar los registros administrativos de SISPRO con el archivo maestro del listado censal, que permita unificar el código para personas sin documento de identidad, número y registro. 1.2.5. Eje: Gestión del conocimiento para la salud pública. Actualizar cada año la sala situacional en salud de la población en situación de calle del país, con base en la información cargada en la plataforma PISIS, y en las herramientas de información disponibles para hacer seguimiento a sus necesidades en salud, de manera que se actualicen las estrategias y acciones necesarias para su atención integral. Gestión de la interoperabilidad del listado censal de SISPRO con el listado censal del Departamento Nacional de Planeación y otras fuentes de información incluidas en el SISPRO y con los sistemas de información de otros sectores para la caracterización intersectorial de la población en situación de calle Promoción y fomento de los estudios e investigaciones sobre las situaciones precipitantes del fenómeno de habitanza de calle en Colombia 1.2.6. Eje: Gestión y desarrollo del talento humano Fortalecimiento de la capacidad de atención del talento humano asistencial y administrativo de las entidades promotoras de salud y sus prestadores, mediante la información y sensibilización sobre las características .cle la población en situación de calle y las demás condiciones diferenciales que pueden presentar, para disminuir el estigma y discriminación y mejorar el acceso a servicios, en coordinación con las autoridades sanitarias y sociales del territorio.

Artículo ANEXO (607/705)

RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 238 de 273 : de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" 2. Población con discapacidad 2.1. Contexto De acuerdo con lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Colombia mediante la, Ley 1346 ide 2009, declarada exequible mediante la Sentencia C-293 de 2010 de la Honorable Corté Constitucional, la discapacidad "es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás" (Congreso de la República, 2009). Este concepto aportado por la Convención refleja una fuerte influencia del modelo social y del enfoque biopsicosocial. Bajo esta perspectiva de integralidad,. aportada por el modelo biopsicosocial, surge la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de. la Discapacidad y de la Salud -CIF,-, publicada por la Organización Mundial de la Salud -OMS-, en el año 2001. La CIF constituye el marco conceptual a partir del cual la OMS entiende el funcionamiento humano en sus tres componentes esenciales: las funciones y estructuras corporales, las actividades y la participación, integradas bajo dos términos que constituyen un espectro continuo que va desde el funcionamiento hasta la discapacidad (Madden & cols., 2011). Tales componentes están determinados por su interacción con las condiciones de salud y con los factores contextuales, los cuales pueden actuar como facilitadores o como barreras.

Artículo ANEXO (608/705)

Las alteraciones en cada uno de los tres componentes del funcionamiento dan lugar a los componentes de la discapacidad, así, la ausencia o alteración en las estructuras y funciones corporales conduce a las deficiencias; las dificultades en las actividades que realiza la persona, ubicadas en el nivel del desempeño individual, conducen a las limitaciones en las actividades; y las dificultades en la participación de la persona en su contexto social, generan las restricciones en la participación (OMS, 2001). Es importante señalar que ninguno dé los tres elementos mencionados, lo corporal, lo individual y lo social, actúa de forma aislada, sino que establecen relaciones entre sí. De acuerdo a lo anterior la discapacidad se configura por la interacción entre las personas con alguna limitación funcional y las barreras construidas socialmente que, en el marco de los derechos enunciados por la convención, al ser vulnerados generan situaciones que discapacita podría señalarse que el funcionamiento de las personas, jr en consecuencia la discapacidad, son la resultante de la interacción entre los individuos y los factores del entorno en que habitan., p El funcionamiento y la discapacidad son conceptos multidimensionales constituidos por determinantes de diverso orden, que tienen lugar en un entorno físico, social, económico, político y cultural, que puede actuar como facilitador o como barrera y que impactan sobre la salud, el bienestar y el funcionamiento. Por tanto, las intervenciones deben estar direccionadas a impactar los múltiples determinantes de la discapacidad (estructurales e intermediarios), buscando reducir las limitaciones en las actividades (cuándo esto sea posible), eliminar las barreras y reducir, así, las restricciones en la participación social, con el fin último de promover la inclusión social y contribuir a reducir la inequidad.

Artículo ANEXO (609/705)

De acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, "las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás" (2006. P.4). Con base en esta definición y en los componentes de la discapacidad que propone el enfoque biopsicosocial, la Resolución 113 de 2020 "Por la cual se dictan disposiciones en relación con la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" reconoce las siguientes categorías de discapacidad en Colombia: discapacidad física, discapacidad auditiva, discapacidad visual, discapacidad intelectual, discapacidad psicosocial (mental), sordoceguera y discapacidad múltiple. En el marco del enfoque de determinantes sociales de la salud, los determinantes estructurales relacionados con el nivel de ingresos, el género, la educación y la pertenencia étnica, entre otros, configuran la diversidad existente al interior de la población con discapacidad e influyen sobre la salud de las personas, y en este caso sobre la discapacidad, a través de su impacto sobre las "condiciones materiales, como la situación laboral y de vivienda; circunstancias psicosociales, como RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 239 de 273 los factores estresantes; y también los factores conductuales y el acceso a los servicios sociales, incluyendo los servicios de salud" (MSPS, 2012).

Artículo ANEXO (610/705)

Así, por ejemplo, las mujeres con discapacidad, las personas con discapacidad psicosocial y las personas con discapacidades que tienen altos niveles de dificultad en el desempeño de sus actividades (OMS & Banco Mundial, 2011; ONU, 2019), y las personas con discapacidad pertenecientes a grupos étnicos, como los indígenas y afrodescendientes (CELADE, 2011; Stienstra & Nyerere, 2016; ONU, 2019) se enfrentan a condiciones de mayor desventaja que quienes, aun teniendo discapacidad, no presentan estas condiciones particulares. En relación con esta población es importante la armonización que se requiere de la política nacional con lo planteado en el Plan Decenal de Salud Pública y su expresión en los planes territoriales y en este sentido la prioridad que debe darse a las siguientes acciones que reconocen su estatus de especial protección. 2.2. Acciones afirmativas para el desarrollo del enfoque diferencial en población con discapacidad en el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 2.2.1. Eje: Gobierno y gobernanza de la salud pública Fortalecimiento de la representación de personas con discapacidad en espacios de participación y veeduría en salud como los Comités de Participación comunitaria en Salud -COPACOS-, asociaciones de usuarios y comités de ética, entre otros, garantizando los apoyos y ajustes razonables que se requieran para su participación plena y efectiva. Fortalecimiento de la participación de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo Nacional de Discapacidad, y los Comités Departamentales, Distritales y Municipales de Discapacidad para hacer incidencia en la gobernanza en salud pública. Acceso a la información para las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás por medio de espacios de socialización y mecanismos de uso de datos abiertos en salud pública con accesibilidad física, comunicativa y digital incluidas las rendiciones de cuentas. 2.2.2.

Artículo ANEXO (611/705)

Eje: Gestión intersectorial de los Determinantes sociales de la salud Fortalecimiento de la participación de las organizaciones de personas con discapacidad en los Consejos de Planeación Territorial. Generación de acciones para la articulación de la Comisión Intersectorial de Salud Pública y el Consejo Nacional de Discapacidad, y de los Consejos de Seguridad Social en Salud y los Comités Departamentales, Distritales y Municipales de Discapacidad para concertar acciones intersectoriales que operen el enfoque diferencial en discapacidad en la planeación en salud pública. Construcción de un inventario nacional y territorial de oferta institucional para la población con discapacidad, que incluya sus criterios de inclusión y requisitos de acceso de cada programa, indicando si estos incluyen el certificado de discapacidad. Generación de rutas de rehabilitación integral a nivel nacional y territorial, como mecanismos de articulación intersectorial para la garantía de la inclusión social de la población con discapacidad. Gestión de recursos propios, intersectoriales, del sector privado y de cooperación internacional, para el desarrollo de programas y proyectos integrales dirigidos a la población con discapacidad. Articulación sectorial e intersectorial para el fortalecimiento de los bancos de ayudas técnicas a nivel municipal, departamental y distrital, como mecanismos para la financiación y la provisión de las ayudas técnicas no cubiertas con el Plan de Beneficios con cargo a la UPC, para las personas con discapacidad. Promoción del diseño e implementación de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales dirigidos a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad. Fortalecimiento de la implementación intersectorial de la estrategia de Rehabilitación Basada en Comunidad - RBC, como estrategia de desarrollo socioeconómico e inclusión social. Generación de entornos accesibles en lo físico, tecnológico, comunicacional y actitudinal, a partir de la implementación de ajustes razonables y de la aplicación del diseño universal, para las personas con discapacidad.

Artículo ANEXO (612/705)

Generación de condiciones de accesibilidad tanto en los espacios físicos como en la información y comunicación relacionada con la prevención y atención prioritaria de esta población en emergencias y desastres. Identificación y caracterización de las personas que ejercen las tareas del cuidado de las personas con discapacidad para reconocer sus necesidades sanitarias, socioeconómicas y de RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 240 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" apoyo para el ejercicio de la labor' sin afectación de la propia salúcl 'física y mental, en el marco de la Política Nacional de Cuidado. Direccionamiento de las personas que ejercen las tareas del cuidado de las personas con discapacidad a la oferta programática sectorial e 'intersectorial, según su perfil de necesidades, en el marco de la Política Nacional de Cuidadó que se encuentra en construcción. 2.2.3. Eje: Gestión integral' de la atención primaria en salud Inclusión del análisis de necesidades de rehabilitación de la población, en el marco de los determinantes sociales de la salud, con enfoque de curso de vida y otros diferenciales, dentro del proceso de Planeación Territoriál dé Salud -PTS- del nivel departamental, distrital y municipal, así como las acciones y las fuentes de recursos requeridas para su resolución. Empoderamiento a las organizaciones derpersonas' con discápabidad y participación activa en los procesos de planeación, implementación, asignación de recursos, evaluación, vigilancia y control de la gestión territorial de la salud pública, proporcionando las condiciones de accesibilidad fisica, comunicativa y digital para facilitar su participación en igualdad de condiciones. Interoperabilidad del Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad -RLCPD- con otras fuentes de información incluidas en el SISPRO y con los sistemas de información de otros sectores para la caracterización intersectorial de la población con discapacidad.

Artículo ANEXO (613/705)

Generación de procesos de adaptación de procedimientos y dispositivos para la atención en salud, incluyendo la atención en salud• sexuál y salud reproductiva, atendiendo a las necesidades de accesibilidad física: comunicativa y actitudinal para las personas con discapacidad. Promoción y verificación de procesos integrales 'de atenciones en rehabilitación que articulen intervenciones individuales y colectivas, y respondan a las necesidades individuales y territoriales de rehabilitación y el Liso de ayudas y ajustes razonables, la eliminación de barreras físicas, comunicativas y acfitudinales. Promoción de estrategias para el fortalecimiento de los hábitos saludables en las personas con discapacidad, familias y personas cuidadoras y su participación activa en los programas de promoción de la salud y proteccióñ de enfirmédades transmisibles y no transmisibles. 2.2.4. Eje: Gestión integral del riesgo en salud pública Promoción de la vacunación en niños y niñas con discapacidad mediante estrategias de información y educación en salud orientadas a reestructurar las ideas erróneas y mitos respecto a los efectos nocivos de la vacunación en esta población. Identificación y prevención de la exposición a factores de riesgo físico, químico, biológico y psicosocial que puedan generar alteraciones en el funcionamiento y, en consecuencia, discapacidad. Fortalecimiento de la detección temprana de alteraciones del funcionamiento en todas las etapas del ciclo de vida e implementación oportuna de procesos de prevención, tratamiento, rehabilitación y paliación, orientados a minimizar las condiciones que discapacitan y potenciar las capacidades de las personas. Fortalecimiento del aseguramiento de las personas con discapacidad y su acceso a las acciones de gestión de riesgo individual mediante estrategias de comunicación y educación en salud.

Artículo ANEXO (614/705)

Fortalecimiento de la articulación entre entidades territoriales, prestadores y aseguradores para la prestación de atenciones en rehabilitación a las personas con discapacidad, en el marco de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud -RIPSS- de las entidades promotoras de salud presentes en los territorios, que respondan a expectativas, intereses y preferencias, así corno a sus características sociales, culturales, lingüísticas, de ubicación entre otras, garantizando disponibilidad, accesibilidad y calidad. Diseño e implementación de normatividad actualizada para los servicios sociosanitario que atienden población con discapacidad institucionalizadas en cualquier momento del curso de tanto en normas higiénico-sanitarias, como en enfoques de derechos, humanización y atención diferencial según condición de dependencia funcional y autonomía personal. Garantizar que las estrategias de información, comunicación y educación para la salud sean inclusivas y accesibles para la población con discapacidad. RESOLUCIÓN NÚMERO 1035 DE 14 DE JUNIO DE 2022 Hoja No. 241 de 273 de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palanquera" 2.2.5. Eje: Gestión del conocimiento para la salud pública Generación de una línea específica de gestión del conocimiento en discapacidad e inclusión social, en el marco de la red integrada de gestión del conocimiento en salud pública. Promoción de la participación de las organizaciones de personas con discapacidad en la red integrada de gestión del conocimiento en salud pública. Ampliación de la cobertura del procedimiento de certificación de discapacidad y del Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad -RLCPD-. Gestión de la interoperabilidad del RLCPD con otras fuentes de información incluidas en el SISPRO y con los sistemas de información de otros sectores para la caracterización intersectorial de la población con discapacidad.

Artículo ANEXO (615/705)

Gestión del módulo de consulta dinámico del RLCPD como mecanismo para la colaboración y el intercambio de datos a nivel interinstitucional e intersectorial. Articulación del observatorio nacional de inclusión social y productiva para personas con discapacidad con los demás observatorios en salud pública. Garantizar condiciones de accesibilidad física, comunicativa y digital en los espacios de socialización y las piezas de comunicación para facilitar el acceso a la información para las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás. 2.2.6. Eje: Gestión y desarrollo del talento humano en salud pública Desarrollo de líneas de formación del talento humano en salud sobre poblaciones en riesgo de vulnerabilidad o vulneradas y sujetos de especial protección. Fortalecimiento de las capacidades de los equipos mulfidisciplinarios para la comprensión de la discapacidad como una condición multidimensional y su aplicación 'en los procesos y procedimientos de atención integral en salud, detección temprana y protección específica a la población con discapacidad acorde con las, características y necesidades de los territorios. Formación en el campo de la salud pública a profesionales en formación de disciplinas del área de la salud tradicionalmente vinculadas a la rehabilitación funcional, como fisioterapia, terapia ocupacional y fonoaudiolog la entre otras para avanzar en la integralidad de su desempeño. Aumento en la disponibilidad y mejora en las competencias laborales del talento humano en rehabilitación. 3. Población campesina 3.1. Contexto Ser campesino no solo se circunscribe a un aspecto geográfico.

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Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 74), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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