POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN UNAS REGLAS

Ley Ordinaria · 1922 · 2018-07-18 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 61–62 de 62

Título TERCERO — Título TERCERO

Artículo 71°

Enfoque diferencial para la investigación de delitos cometidos contra pueblos étnicos. La UIA, previo concepto de la Comisión Étnica de conformidad con el Reglamento, definirá una metodología diferencial para delitos cometidos contra pueblos étnicos y aplicará criterios de selección, pnonzación, acumulación y descongestión de investigación. Para la investigación dispondrá de personal suficiente especializado en enfoque étnico. TíTULO SEXTO CAPíTULO ÚNICO DISPOSICIONES FINALES

Artículo 73°

Consulta previa y garantía de los derechos étnicos. Las disposiciones contenidas en esta ley que afecten a los pueblos étnicos se 33 .. ori2 .J.V~ aplicarán d manera transitoria respetando los principios establecidos en el Capítulo Ét ico del Acuerdo Final para la Construcción de una Paz Estable y Duradera h sta, que se surta el Derecho Fundamental a la Consulta Previa, con el fin de s Ivaguardar los derechos de Pueblos Étnicos, Comunidades y sus Miembros I dividualmente considerados. I En el evento que se advierta que una actuación de la ,JEP basada en esta ley los afecte, .r e aplicará el Convenio 169 de la OIT, la Constitución Política y los decretos leres 4633, 4634 Y 4635 de 2011. ARTíCULq 74. Facultades extraordinarias. De conformidad con lo establecido en el artí~ulo 150, numeral 10, de la Constitución Política, revístese al Presidente e la República de precisas facultades extraordinarias, por el término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ley, para r organizar la estructura y operación, ampliar la planta de personal de la Procura uría General de la Nación, con el único fin de garantizar el cumPlimien/ o de sus funciones en el marco de la implementación del "Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la construcción de una Paz Estable y Duradera" ~ la implementación de la JEP, de conformidad con lo dispuesto en los actos ler islativos 01 de 2016 y 01 de 2017.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Título SEGUNDO — Título SEGUNDO
Título TERCERO — Título TERCERO
Título QUINTO — Título QUINTO

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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