Funciones de la Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera las siguientes:
1. Ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión presupuestal, contable y de tesorería del Ministerio.
2. Preparar, en coordinación con la Oficina de Planeación y Estudios Sectoriales y bajo la dirección de la Secretaría General, el anteproyecto anual de presupuesto.
3. Elaborar y ejecutar, bajo la dirección de la Secretaria General, el Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC- gel Ministerio.
4. Coordinar con las diferentes dependencias, y bajo la dirección de la Secretaria General, la ejecución y control del presupuesto, asl como verificar y llevar la contabilidad general y de la ejecución presupuesta!.
5. Efectuar el análisis de los estados financieros y presentar los correspondientes informes al Secretario Genera!.
6. Hacer seguimiento a la inversión de los fondos públicos a cargo del Ministerio.
7. Realizar el registro contable de las operaciones financieras que realice el Ministerio, de acuerdo con las disposicion~s vigentes sobre la materia;
8. Ejecutar las acciones pertinentes para el manejo del portafolio de inversiones, recaudo y pago de recursos financieros a cargo del Ministerio, de acuerdo con las directrices impartidas por la Secretaria General. Decreto Número de 2011 Hoja 32 41i~¡~__~___~_ ~______~______ ~ Continuación del Decreto 'Por el cual se detenninan los objetÍVos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector AdministratÍVo de Salud y Protección Social:
9. Consolidar y presentar a la Se.cretarla General los estados contables, de ingresos y ejecución de presupuesto de la respectiva vigencia fiscal para la redención de la cuenta anual con destino a la Contraloría General de la República, de acuerdo con los lineamientos impartidos por dicha entidad.
10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
11. Las demás que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
ArticulO 48. Funciones de la Subdirección de Gestión del Talento Humano. Son funciones de la Subdirección de Gestión del Talento Humano las siguientes:
1. Dirigir y elaborar el plan estratégico de recursos humanos con sus tres componentes de planeación, gestión y desarrollo.
2. Apoyar a la Secretaria general en los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación de políticas, planes, programas y estrategias de gestión y proyección del talento humano del Ministerio.
3. Proponer, ejecutar y evaluar. los planes y procesos de gestión, capacitación, desarrollo, carrera administrativa, bienestar y estlmulos de las personas al servicio del Ministerio.
4. Ejecutar el proceso de nómina y pago de la misma, así como adelantar las actividades necesarias para el cumplimiento de normas y procedimientos relacionados con la administración salarial y prestacional de los funcionarios de la entidad.
5. Dirigir la implementación de un sistema técnico de evaluación de las necesidades de personal, de las cargas de trabajo y de distribución de los cargos de la planta de personal de la entidad.
6. Proponer a la Secretaria General los proyectos de actualización y desarrollo del Manual de Funciones Específicas y Competencias Laborales de los empleos de la planta del Ministerio.
7. Ejecutar los programas de evaluación de riesgos profesionales, de salud ocupacional y de mejoramiento de la calidad de vida laboral que sean adoptados por la entidad en cumplimiento de sus obligaciones legales.
8. Custodiar, sistematizar y mantener actualizadas las historias laborales de todos los funcionarios del Ministerio.
9. Ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de las poJiticas institucionales en materia de desarrollo del Talento Humano.
10. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia
12. Las demás que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
ArtículO 49. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, además de las señaladas en las leyes vigentes sobre la materia, las siguientes:
1. Ejercer la función disciplinaria y aplicar el procedimiento con sujeción a las disposiciones, facultades y competencias establecidas en la ley disciplinaria.
2. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios contra los servidores yex servidores del Ministerio ..
3. Preparar y remitir los informes a la Procuradurla General de la Nación en relación con los procesos disciplinarios y demás actuaciones inherentes a las funciones encomendadas. ------------------------.-----------' Decreto Número de 2011 Hoja 33
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4. Dar a conocer a la Fiscalía General de la Nación, a los organismos de control y fiscalización del Estado, a las dependencias de control interno disciplinario de otras entidades, los hechos y pruebas materia de la acción disciplinaria a su cargo cuando pudieren ser de competencia de aquellos.
5. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones
6. Las demás funciones que le sean asignadas por la Ley.
CAPITULO /11
Órganos Internos de Asesoría y Coordinación