Artículo 21
Funciones de la Dirección de Epidemiología y Demografía, Son funciones de la Dirección de Epidemiología y Demografía las siguientes: 1. Promover, orientar y dirigir la elaboración del estudio de la situación de la salud. 2. Promover, orientar y dirigir la elaboración de los estudios de impacto, pronóstico y de seguimiento de la salud pública en los componentes epidemiológicos, demográfico y de servicios de salud. . 3. Dirigir la elaboración del Plan Decenal de Salud Pública. 4. Dirigir la incorporación de la estrategia de la atención primaria en todas las acciones de salud pública a cargo del Ministerio. 5. Proponer, desarrollar, ejecutar y apoyar actividades de investigación de problemas de salud pública, en coordinación con instituciones estatales o privadas involucradas en estos temas. 6. Dirigir el desarrollo de las actividades a cargo del Ministerio en el sistema de vigilancia en salud pública en 'los componentes epidemiológicos, demográfico y de servicios de salud. 7. Coordinar la vigilancia sanitaria, alertas y respuestas ante eventos o riesgos, y comunicarlo a las autoridades competentes. 8. Elaborar normas, reglamentos, políticas, programas y proyectos en materia de prevención, detección, control e intervención de factores de riesgos sanitarios. 9. Realizar estrategias de promoción y prevención de factores de riesgos sanitarios, en coordinación con entidades territoriales o privadas involucradas. 10. Desarrollar los proyectos de reglamento en los temas a su cargo. 11. Prestar asistencia técnica en los temas a su cargo. 12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia 13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la Decreto Número . e ,1.:L 1 de 2011 Hoja 17