Artículo 230°
); malversación y dilapidación de los bienes de familiares (C. P. Artículo 236); hurto simple cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P.
Decreto · 207 · 2022-02-08 · Jerarquía: nivel 7
); malversación y dilapidación de los bienes de familiares (C. P. Artículo 236); hurto simple cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P.
inciso 2°); alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado (C. P.
); estafa cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P.
inciso 3°); emisión y transferencia ilegal de cheques (C. P.
); abuso de confianza (C. P.
); aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito (C. P.
); alzamiento de bienes (C. P.
); disposición de bien propio gravado con prenda* (C. P.
); defraudación de fluidos (C. P.
); acceso ilegal de los servicios de telecomunicaciones (C. P.
); malversación y dilapidación de bienes (C. P.
); usurpación de tierras (C. P.
); usurpación de aguas (C. P. Artículo 262); invasión de tierras o edificaciones, cuando el avalúo del inmueble no exceda de ciento 5}O'7_ _ _ _ _de 2022 Hoja N°. 9 DECRETO NÚMERO_,·,_---.;.-_ Continuación del decreto "Por el cual se corrigen unos yerros en la Ley 2197 de 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN NORMAS TENDIENTES AL FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P.
); perturbación de la posesión sobre inmuebles (C. P.
); daño en bien ajeno (C. P.
); usura y recargo de ventas a plazo (C. P.
); falsa autoacusación (C. P.
); infidelidad a los deberes profesionales (C. P.
); Violación de los derechos de reunión y asociación (C. P.
). PARÁGRAFO 1°. No será necesario querella para iniciar la acción penal respecto de casos de flagrancia o en los cuales el sujeto pasivo sea menor de edad, inimputable o se refieran a presuntas conductas punibles de violencia contra la mujer. PARAGRAFO 2°. No será necesaria la querella, cuando el delito de invasión de tierras o edificaciones recaiga sobre bienes del Estado.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Decreto
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 7
Fuente auxiliar: No
Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario