Funciones de la Subdirección de Fortalecimiento Fiscal Territorial. Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento Fiscal Territorial, las siguientes: 1. Diseñar y acompañar la implementación de políticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento territorial, de manera articulada con la Subdirección de Descentralización y demás entidades del Gobierno Nacional. 2. Realizar análisis integrales de las diferentes fuentes de financiación territorial y brindar orientación sobre las disposiciones que la regulan, recomendaciones de las diferentes fuentes de financiación a las entidades territoriales, que propendan por mejorar el financiamiento y el fortalecimiento de la descentralización fiscal. 3. Orientar la asistencia técnica a las entidades territoriales en torno a la planeación estratégica, ejecución y seguimiento a la inversión pública territorial y, en los asuntos de competencia de la entidad. 4. Contribuir en la implementación de instrumentos y metodologías para el desarrollo de la política de descentralización fiscal en coordinación con las entidades pertinentes competentes. 5. Coordinar con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el diseño e implementación de metodologías para hacer análisis integrales de las diferentes fuentes de financiación de las entidades territoriales. 6. Acompañar la implementación de la política de Catastro Multipropósito relacionado con el componente fiscal, en coordinación con la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial y bajo los lineamientos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 7. Diseñar las herramientas para el monitoreo de los recursos de Propósito General y Asignaciones Especiales del Sistema General de Participaciones. 8. Dirigir las actividades de monitoreo a la ejecución de los recursos de propósito general y asignaciones especiales del Sistema General de Participaciones - SGP; 9. Adelantar las actividades adicionales requeridas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público que se deriven de la estrategia de monitoreo, seguimiento y control para propósito general y asignaciones especiales del SGP. 10. Proponer lineamientos sobre la evaluación de la gestión de los recursos del SGP que debe realizar las secretarías departamentales de planeación o quien haga sus veces. 11. Elaborar conceptos frente a las solicitudes de endeudamiento externo de las entidades territoriales, en el marco de las normas legales vigentes en materia de endeudamiento territorial. 12. Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes. 13. Promover y orientar la implementación de 'acciones de articulación inter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación. 14. Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de su competencia. 15. Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia. 16. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 18. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas. DECRETO NÚMERO _ _ _--'-1...:..5'-l!9o!..-3='_ _ __ de 2021 Página 50 de 81 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planea cíón "\nArtículo 47°. Funciones de la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial. Son funciones de la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, las siguientes: 1. Dirigir la formulación de políticas, planes, programas y proyectos en materia de ordenamiento y desarrollo regional y territorial y su articulación interinstitucional entre los diferentes niveles de gobierno, en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con las entidades pertinentes de acuerdo con la normativa vigente. ' 2. Conceptuar sobre la creación de entidades territoriales y distritos, cuando fuere el caso según las normas vigentes y bajo las metodologías determinadas para ello. 3. Proponer procesos de planificación de mediano y largo plazo, esquemas asociativos y formas de organización territorial para el desarrollo regional y subregional, de acuerdo con la normativa vigente. 4. Dirigir el diseño de las políticas, programas e instrumentos del sistema de administración del territorio para el fortalecimiento y gobernanza del mismo, en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con las demás entidades competentes 5. Dirigir la administración de las herramientas para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Planes de Desarrollo Territorial, en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación. 6. Promover y coordinar ejercicios de transferencia de conocimiento y asistencia técnica a las entidades territoriales en los asuntos de su competencia. 7. Coordinar con las entidades competentes la implementación de la política de catastro multipropósito y de la estrategia de levantamiento y usos de la información catastral para la planeación y gestión pública territorial, en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación. 8. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de Ordenamiento Territorial en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.1.6 del Decreto 1066 de 2015 o en las normas que lo modifiquen o adicionen. 9. Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo Superior de Administración del Ordenamiento del Suelo Rural (CSOSR) de acuerdo con el Decreto 2367 de 2015 Nivel Nacional y el Acuerdo 10 de 2018 del CSOSR y las demás normas que lo modifique, adicione o reglamente. 10. Definir estrategias para la articulación de procesos de ordenamiento territorial con los planes de desarrollo territorial, según las disposiciones legales vigentes. 11. Orientar la formulación y diseño de la política de integración y desarrollo fronterizo, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Gobierno, DDHH y Paz del Departamento Nacional de Planeación y otros organismos y entidades competentes. 12. Coordinar la consecución de recursos de cooperación internacional, para el fortalecimiento en materia de ordenamiento y desarrollo territorial y regional en articulación con la Subdirección de Crédito y Cooperación Internacional del Departamento Nacional de Planeación, las entidades y organismos competentes. 13. Coordinar y gestionar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes. 14. Coordinar la elaboración de estudios técnicos que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo, en los asuntos de su competencia. 15. Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los,asuntos de su competencia. 16. Promover y orientar la implementación de acciones de articulación inter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación. 17. Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia. 18. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 20. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas. DECRETO NÚMERO _ _ _ _ _1=....:8::::...~9::.::..,·..=;3_ __ de 2021 Página 51 de 81 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación"\nArtículo 48°. Funciones de la Subdirección de Planeación Territorial, son funciones de la Subdirección de Planeación Territorial, las siguientes: 1. Diseñar y acompañar la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos de carácter regional,subregional y territorial en coordinación con las entidades y organismos pertinentes, en los asuntos de la competencia de la entidad. 2. Emitir recomendaciones para la estrategia de fortalecimiento territorial con base en los análisis de la evaluación de gestión y resultados de las entidades territoriales, en coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública. 3. Administrar las herramientas para la elaboración, seguimiento y evaluación de los Planes de Desarrollo Territorial, en coordinación con las demás entidades del Gobierno Nacional. 4. Brindar asistencia técnica a las entidades territoriales en los demás asuntos de su competencia para el fortalecimiento de sus capacidades. 5. Diseñar e implementar metodologías para monitorear y analizar la gestión y resultados de las entidades territoriales. 6. Diseñar e implementar, en articulación con el DANE y otras entidades del orden nacional, herramientas estadísticas territoriales en el marco de las competencias del Departamento Nacional de Planeación y del Modelo Integrado de Planeación y Gestión o el que haga sus veces. 7. Elaborar estudios y análisis correspondientes para proponer orientaciones y recomendaciones tendientes a mejorar el desempeño de la gestión integral territorial y la descentralización. 8. Proponer estrategias para la articulación de procesos de ordenamiento territorial con los planes de desarrollo territorial, en coordinación con la Subdirección de Ordenamiento Territorial. 9. Gestionar la consecución de recursos de cooperación internacional, para el fortalecimiento en materia de desarrollo territorial y regional en articulación con la Subdirección de Crédito y Cooperación Internacional del Departamento Nacional de Planeación, las entidades y organismos competentes. 10. Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes. 11. Promover y orientar la implementación de acciones de articulación inter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación. 12. Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de su competencia. 13. Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia. 14. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 16. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.