Artículo 22°
Funciones de la Subdirección de Agua y Saneamiento. Son funciones de la Subdirección de Agua y Saneamiento, las siguientes: 1. Consolidar la prospectiva sectorial de mediano y largo plazo, y brindar el apoyo técnico a las entidades cabeza de sector, para la formulación de políticas, planes, programas, proyectos y demás instrumentos de planeación en el ámbito Agua y Saneamiento. 2. Definir criterios para la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. 3. Apoyar a la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación en la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico. 4. Apoyar el desarrollo de las políticas generales y estrategias relacionadas con los servicios públicos domiciliarios de su competencia y realizar el seguimiento y evaluación de estas. 5. Hacer seguimiento y apoyar la definición y ejecución de las políticas, planes y programas de las Comisiones de Regulación de los sectores de su competencia y participar en los Comités que para el cumplimiento de estas se establezcan. 6. Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo,1 los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de 'planeación nacional, en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes. 7. Elaborar documentos técnicos base para la toma de decisiones, así como evaluar el desarrollo de la política sectorial para los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco de los Planes Departamentales de Agua. 8. Revisar los aspectos técnicos concernientes a la formulación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico en el marco de lo definido en la normatividad vigente. 9. Analizar el comportamiento del gasto público de inversión en los sectores y asuntos de su competencia, así como diseñar, desarrollar y mejorar los i~strumentos que permitan su correcta focalización y eficiencia. . 10. Apoyar el proceso de programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional y territorial, en los sectores de su competencia. 11. Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión o el que corresponda y que tengan relación con los asuntos de su competencia. 12. Brindar asistencia técnica en aspectos específicos de las entidades del sector y entidades territoriales, en relación con las políticas, programas y proyectos de inversión de los sectores y asuntos de su competencia. 13. Apoyar técnicamente a los organismos y entidades públicas en la preparación y presentación de programas y proyectos de su competencia que serán fina~ciados con recursos de crédito, en coordinación con la Subdirección de Crédito y Cooperación Internacional. 14. Participar en el diseño e implementación de los sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión y resultados de la administración pública en los asuntos de su competencia, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación del Departamento Nacional de Planeación. DECRETO NÚMERO 1893 ----------------------- de 2021 Página 25 de 81 Continuación del Decreto "Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación" 15. Incorporar los procesos de evaluación y seguimiento en la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos, cuando sea pertinente, en coordinación con la Subdirección General de Inversiones, Seguimiento y Evaluación . , 16. Coordinar, orientar y elaborar estudios y análisis de coyuntura nacional, internacional y territorial, así como investigaciones y conceptos técnicos, en los asuntos de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión de Estado en el largo plazo. 17. Orientar y promover la generación de datos y actualización y mejoramiento de la información e indicadores, que contribuyan a la identificación de las necesidades de inversión pública y a mejorar la eficiencia del gasto social en los sectores y asuntos de su competencia, en coordinación con otras dependencias del Departamento Nacional de Planeación. 18. Elaborar y promover las iniciativas de inversión que se consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los sectores y asuntos de su competencia. 19. Participar en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de competencia de la Subdirección. 20. Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia. 21. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 22. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 23. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.