Por el cual se reglamenta el artículo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el

Decreto · 1649 · 2023-10-12 · Jerarquía: nivel 7

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 56

Artículo 27°

Decreto 1075 estructura del Ministerio de Igualdad y en Paz, la cual estará a 2023 por medio , crea la del de la implementación y desarrollo el Gobierno nacional en el documento CONP 4040 de 2021 Colombia con las Juventudes: Estrategia para Forta el Desarrollo Integ Juventud", como objetivo contribuir desde a crear condiciones para jóvenes desarrollen las y las les permitan consolidar sus proyectos de vida, avanzar en el ejercicio sus activo en la solución de los problemas derechos y en el desempeño de un desarrollo nacional y el progreso con la aprobación del Plan Nacional de Política Criminal 1-2025 se diseñó fenómeno criminal a sus penal una política que no y penitenciario, sino que se orienta a la rgr,nn", la justicia restaurativa y la los comunitarios en el marco para el regreso a la vida en convivencia. Asimismo, se ha conservado la característica del penal como ultima ratio, que el deba alternativas y mantener una variedad de herramientas complementarias sanción sistema penal y a privación de la libertad, generando otras formas y prevención busquen el de los derechos humanos, ntías protección derechos víctimas. judiciales y la Social N.O 4089 de 2022, se Que a través documento CON orientaciones del de Política Criminal 2022-2025 y se planteó la concebir estrategias de prevención del delito cometido por jóvenes que impliquen: (i) ampliar la cobertura en ucación; (ii) espacios culturales, artísticos y (iii) garantizar acceso al mercado laboral en condiciones (iv) los y Y (v) promover una amorosa y la prestación diferentes que garanticen el desarrollo en un entorno protector. Que de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo y ante las afectaciones que históricamente generado la violencia y la delincuencia, resulta necesario adoptar que permitan desvincular a los jóvenes de dinámicas criminales, los ciclos en comunidades vulnerables y promover vinculación educativa, laboral y los jóvenes y desarrollo de sus talentos, capacidades y habilidades individuales, toda vez acuerdo con las cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estad - DANE la población juvenil en Colombia asciende a los 12 millones, lo que representa el 24.4% de la población. Que el Programa Nacional no asistencia lista, en el que en Paz a un derechos, persona no es vista como receptora pasiva de DECRETO NÚMERO 1 Q~' /¡.~ ()~r ----------------- DE 2023 PÁGINA 5 DE 21 "Por el cual se reglamenta el arlfculo 348 de /a Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz" prestaciones públicas, sino que se respeta su intrínseca dignidad otorgándole las suficientes oportunidades sociales para que pueda forjar su propio destino, participar activamente en la vida común, asumir sus responsabilidades frente a la sociedad y contribuir a la reconstrucción del tejido social a través de la materialización de acciones con contenido restaurativo. De esta manera, los componentes previstos tienen como fin, a través de la educación, de la formación para el trabajo, del deporte, del empleo, del emprendimiento, del arte, de la cultura y la formación de la ciudadanía, promover el desarrollo de sus capacidades y autonomía. Que, para la materialización del Programa Nacional Jóvenes en Paz, se hace necesario expedir su reglamentación mediante acto administrativo en procura de garantizar los principios de seguridad jurídica, eficacia, idoneidad, transparencia, publicidad, consulta pública, y accesibilidad respecto a la regulación del programa, así como armonizar su diseño conforme a los nuevos lineamientos de política plJblica. Que para el desarrollo e implementación del Programa Nacional Jóvenes en Paz se entenderá por corresponsabilidad el trabajo comunitario que comprende las acciones asumidas por el o la joven participante su territorio para la construcción de paz y para el fortalecimiento de las juventudes como agentes transformadores, mediante diferentes acciones que se definan en cada municipio donde se desarrolla el programa. Que en cumplimiento de lo previsto en los artículos 3° y 8° de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República 1081 de 2015, el proyecto de Decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Igualdad y Equidad desde el día 24 de agosto de 2023, hasta el día 14 de septiembre de 2023. En mérito de lo expuesto, DECRETA TíTULO PROGRAMA NACIONAL JÓVENES EN PAZ CAPíTULO I Objeto y disposiciones generales

Artículo 1°

Objeto. El presente título tiene por objeto reglamentar el Programa Nacional Jóvenes en Paz. Su finalidad es implementar una ruta de atención integral para los y las jóvenes en condición de extrema pobreza, pobreza y vulnerabilidad, jóvenes rurales, en explotación sexual, vinculados o con riesgo de vincularse en dinámicas de criminalidad, en territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos. 1 !~;\ q DECRETO NÚMERO _ _ _ _-L._,J_'_.~ _L'_ _ DE 2023 PÁGINA 6 DE 21 "Por el cual se reglamenta el artículo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz" La ruta integral tendrá como propósito contribuir en la eliminación de las desigualdades económicas, territoriales, políticas y sociales, impulsar el goce del derecho a la igualdad, el cumplimiento de los principios de no discriminación y no regresividad, y la construcción de paz en los territorios, incorporando y adoptando el enfoque territorial, de seguridad humana y justicia social, de derechos, diferencial, étnico racial, campesino, de género e interseccional.

Artículo 2°

Destinatarios. Los potenciales beneficiarios del Programa Nacional Jóvenes en Paz serán los y las jóvenes entre los 14 y los 28 años que cuenten con documento de identidad expedido por autoridad colombiana y que, de acuerdo con los criterios de focalización territorial e individual definidos por el Departamento Nacional de Planeación - DNP, cumplan con alguna de las siguientes condiciones: 1. Estar en pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad en términos monetarios 2. Tener residencia habitual en zonas rurales. 3. Ser, haber sido o tener riesgo de ser víctima de explotación sexual. 4. Estar o tener riesgo de estar vinculado o vinculada a dinámicas de criminalidad, violencia o reclutamiento forzado. 5. Estar en vulnerabilidad por tener residencia habitual en territorios afectados por la violencia o el conflicto armado. Parágrafo: Los destinatarios del programa serán escogidos siguiendo como referencia el cumplimiento de estas condiciones, y podrán tener otros atributos que sean definidos por la metodología de focalización definida por el DNP, de acuerdo con el artículo 8 del presente decreto.

Artículo 3°

Protección de datos personales. La confidencialidad, integridad y seguridad de la información del Programa Nacional Jóvenes en Paz es responsabilidad de todas las entidades que participen en la implementación y ejecución del mismo, en los términos de la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones legales vigentes.

Artículo 4°

Temporalidad de las Intervenciones del Programa. El Programa garantizará a todos los y las jóvenes beneficiarios que cumplan con los criterios de permanencia en el Programa, una ruta de atención integral por un periodo inicial de seis (6) meses que podrá prorrogarse de acuerdo al cumplimiento del compromiso suscrito hasta máximo dieciocho (18) meses, salvo estudios secundarios y universitarios formales, en los términos y condiciones establecidos en cada componente.

Artículo 5°

No concurrencia de transferencias monetarias. Las y los jóvenes beneficiarios del Programa Nacional Jóvenes en Paz no podrán recibir simultáneamente, transferencias monetarias del orden nacional atribuidas a título individual, ni tampoco recibir otros beneficios económicos otorgados en el marco de los procesos implementados por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). DECRETO NÚMERO 1·r:;A0 ----------------- DE 2023 v '- '- PÁGINA 7 DE 21 "Por el cual se reglamenta el art{culo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz" La verificación de esta posible concurrencia se realizará de acuerdo a la información disponible en el Registro Social de Hogares del Departamento Nacional de Planeación al momento de corte del proceso de focalización y del ciclo para la entrega de la transferencia y la información que suministre la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) .

Artículo 6°

Orientación Sociojurídica. Los y las jóvenes beneficiarios del Programa podrán contar con orientación sociojurídica en relación con los procesos penales que existan en su contra o conflictos que se presenten, promoviendo con dicha atención que se comprendan las consecuencias legales de la situación, se asuma la responsabilidad por el daño causado, se repare de forma directa o simbólica a las personas que se hayan visto afectadas y se genere el fortalecimiento de un tejido social afectado por la comisión de un delito u ofensa. Para la orientación sociojurídica el Ministerio de Justicia y del Derecho en coordinación con el Sistema Nacional de Defensoría Pública y el Ministerio de igualdad y Equidad podrá vincular entidades públicas de acuerdo con sus competencias, así como organizaciones de la sociedad civil, sector privado, cooperación Internacional, entre otros actores relevantes . CAPíTULO 11 Esquema de Operación

Artículo 7°

Dirección, ejecución y coordinación del Programa. La dirección, ejecución y coordinación del Programa Nacional Jóvenes en Paz estará a cargo del Ministerio de Igualdad y Equidad, en articulación con las entidades responsables del desarrollo e implementación de cada uno de los componentes del Programa .

Artículo 8°

Metodología de focalización. El Departamento Nacional de Planeación - DNP estará a cargo de la metodología de focalización territorial e individual de los potenciales beneficiarios del Programa, cuyos criterios y atributos técnicos darán cuenta de las condiciones de pobreza, vulnerabilidad y desigualdad económica y social que vienen afectado su bienestar y calidad de vida ubicados en los territorios afectados por la violencia y el conflicto armado que han sido históricamente marginados y excluidos . DECRETO NÚMERO ----------------- 2023 PÁGINA 8 "Por el cual se reglamenta el arlfculo 348 de la 2294 de 2023, que crea el Nacional Jóvenes en Paz" información no será confidencialidad, salvo en convenios, contratos o casos donde la ley explícitamente lo

Parágrafo 1. Los potenciales beneficiarios del programa serán identificados mediante el Registro Social de Hogares, instrumento de focalización que contendrá los registros administrativos del orden nacional y territorial requeridos para orientan los procesos de ingreso, permanencia y salida del programa.
Parágrafo 2. Para el desarrollo e implementación de la focal ización en los términos, tiempos y mecanismos que defina el DNP, de conformidad con la Ley 1266 de 2008, Ley 1581 de 2012 y la Ley 1712 de 2014, todas las entidades públicas y privadas que ejerzan funciones públicas deberán poner a disposición del Registro Social de Hogares las bases de datos completas de los registros administrativos que sean solicitados por el Departamento, para lo cual no será oponible la reserva legal o estadística . Para la entrega y disposición de esta

Artículo 9°

Identificación Jóvenes en Paz del Ministerio los potenciales beneficiarios con la metodología que Planeación. potenciales beneficiarios. Idad y Equidad realizará la ma Nacional Jóvenes en establezca el Departamento Nacional de la validación de los Departamento para su Jóvenes en potenciales beneficiarios Planeación, quien los enviará vinculación. del de

Artículo 10°

Certificación la transferencia monetaria condicionada. la Dirección de Ministerio de Igualdad y Equidad certificará la vinculación y los componentes de trabajo comunitario o corresponsabilidad y educativo por parte de los con el fin de efectuar monetaria de señaladas a lo Decreto. Para a la Interior y Educación Nacional allegarán en el marco Dirección del Programa, respectivos soportes que cumplimiento de los componentes trabajo comunitario o corresponsabilidad y formación educativa,

Artículo 11°

Informes de seguimiento. la Dirección en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, tendrá a su cargo la consolidación de los informes de seguimiento a la formulación, implementación y evaluación al Programa Nacional Jóvenes en Paz. lo anterior, con la debida concurrencia en el competencias de las entidades del desarrollo y componentes del Programa Nacional Jóvenes en Paz.

Artículo 13°

Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz. del Programa Nacional en Paz será la instancia de alto Gobierno nacional orientada cumplimiento de los objetivos 1 Conformación del Comité Directivo del Programa Nacional Comité Nacional Jóvenes en en conformado por los siguientes 1. Ministro (a) de Igualdad y , o su delegado (a), quien 1 ~ l it'l DECRETO NÚMERO _ _ _ _ '-'_ -_ ~_' _ _ DE 2023 PÁGINA 9 DE 21 "Por el cual se reglamenta el artfculo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz" 2. Ministro (a) de Educación Nacional , o su delegado (a). 3. Ministro (a) de Salud y Protección Social, o su delegado (a). 4. Ministro (a) de Comercio Industria y Turismo, o su delegado (a) . 5. Ministro (a) de Trabajo, o su delegado (a) . 6. Ministro (a) del Interior, o su delegado (a) . 7. Director (a) del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado (a) . 8. Alto Comisionado para la Paz, o su delegado (a) .

Parágrafo 1. El Director (a) del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, o su delegado (a) será invitado permanente a las sesiones del Comité Directivo, con derecho a voz pero sin voto .
Parágrafo 2. Podrán ser invitados a las sesiones del Comité para temas específicos , con derecho a voz, pero sin voto, representantes de otras instituciones públicas o privadas, de organizaciones de la sociedad civil o de la academia .

Artículo 15°

Funciones del Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz. El Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz tendrá a su cargo las siguientes funciones: 1. Orientar y recomendar estrategias para el desarrollo y sostenibilidad financiera del Programa Nacional Jóvenes en Paz. 2. Asignar los cupos y definir los municipios en donde se implementará el Programa, de acuerdo a la metodología adoptada por el Departamento Nacional de Planeación y las apropiaciones presupuestales previstas por cada vigencia. 3. Solicitar a las entidades competentes información relacionada con la implementación del Programa Nacional Jóvenes en Paz. 4. Revisar y avalar los informes de seguimiento a la formulación, implementación y evaluación al Programa Nacional Jóvenes en Paz. 5. Proponer recomendaciones de acuerdo con los resultados obtenidos producto de los informes de seguimiento, formulación, implementación y evaluación del Programa Nacional Jóvenes en Paz. 6. Elaborar y aprobar el reglamento del Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz. 7. Aprobar los manuales operativos a los que hace referencia este decreto, los cuales serán adoptados a través de los actos administrativos correspondientes. 8. Las demás que, de acuerdo con su naturaleza, se definan en el reglamento.

Artículo 16°

Secretaria Técnica del Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz. La Secretaría Técnica del Comité Directivo del Programa Nacional Jóvenes en Paz estará a cargo de la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de igualdad y Equidad. DECRETO NÚMERO 64:9 DE 2023 ----------------- "Por el cual se PÁGINA 10 21 el arlfculo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Nacional Jóvenes en Paz" CAPíTULO IV Condiciones de ingreso y permanencia al Programa Nacional Jóvenes en Paz

Artículo 17°

Competencia. Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio Igualdad y uidad correspondiente proceso de vinculación, no vinculación, y terminación de la misma de los potenciales beneficiarios y beneficiarias

Artículo 18°

los 1. no vinculación Serán causales de no vinculación una autoridad judicial captura o aprehensión por parte de una 2. o penal privativa de la judicial. 3. Haber cumplido o más 29 años al momento de rama Nacional Jóvenes en Paz. 4. transferencias monetarias del orden atribuidas a título individual, ni tampoco recibir otros en el marco de los procesos implementados por la Reincorporación y la Normalización (ARN). 5. documento de identificación vigente, de acuerdo con la información por la Registraduría Nacional del Estado Civil o Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. Parágrafo. artículo se disponible Planeación a lo previsto en el numeral cuarto (4) del la verificación de la posible concurrencia con la información de Hogares del Departamento Nacional y con los datos suministrados por la Agencia para la y la Normalización durante el proceso de focalización y

Artículo 19°

vinculación ............. de terminación. Son causales de terminación Jóvenes en Paz, las siguientes: 1. 3. 4. 5. 6. 7. la la integral prevista en Programa. rama. Culminación tiempo máximo permitido de permanencia en voluntario beneficiario del Programa. El incumplimiento los deberes y responsabilidades compromiso corresponsabilidad, el manual operativo verificación del mismo. objeto una orden de captura o aprehensión por una autoridad judicial o medida penal privativa de la libertad judicial. beneficiario fallezca. DECRETO NÚMERO "Por el cual se ----------------- 2023 PÁGINA 11 DE 21 el artículo 348 de la 2294 de 2023, que crea el Nacional Jóvenes en Paz"\nArtículo 20°. Manual Operativo del Programa. Dirección de del Ministerio ualdad y Equidad elabora el Manual Operativo que integrará todos los componentes y establecerá las permanencia y salida correspondientes, descritos en el presente CAPíTULO V Sección I Aspectos

Artículo 21°

Componentes del Programa Nacional Jóvenes en Programa Nacional Jóvenes en Paz, orientará sus acciones a la de una ruta integral para la garantía derechos de los y jóvenes beneficiarios/as que contará con los siguientes componentes: 1. educación. 2. Componente de corresponsabilidad o comunitario en su municipio. 3. Componente emprendímiento, asociatividad y empleabilidad 4. Componente atención integral en salud con énfasis en salud mental 5. Componente de transferencias monetarias condicionadas. Sección 11 Componente ucación Artículo Definición y alcance. A partir de una oferta ed pertinente y la coordinación de Educación Nacional, se busca de calidad, contribuir a la generación de conocimiento y y la transformación proyectos de vida y los jóvenes habilidades en Paz, desde una perspectiva de beneficiarios en Programa Nacional formación para la construcción de

Artículo 23°

Líneas estratégicas, competencia y oferta. Los ministerios de Educación Nacional, Ambiente y rrollo Sostenible, Tecnolog de la Información y Comunicaciones, Cultura, Ciencia Tecnología e Innovación, Igualdad y , Deporte, así como la Escuela Superior Administración Pública, Nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar tendrán a su y ejecución componente y formación en los de educación, formación para el en la presente el marco sus funciones y términos competencias definirán los planes, programas y proyectos que constituirán la oferta educativa a la que pueden los jóvenes beneficiarios. Artículo en dos Fase 1. duración Fases, rutas de formación y oferta. El componente se desplegará de las y los cuatro (4) al componente educativo. Tendrá una tiene por objetivo sensibilización, . lGA0 DECRETO NUMERO _ _ _ _ _ _-_ _ DE 2023 "Por el cual se reglamenta el artIculo 348 de la 2294 de Nacional Jóvenes en Paz" PÁGINA 12 DE 21 que crea el Programa motivación y orientación inicial de pedagógicas para que los de com básicas, socioemocionales, habilidades alternativa de conflictos y la construcción de una cultura para la roroLHY"I a la educación formal, formación para Propenderá para que, formación individual, los y las la consecución de los su nivel de puedan acceder a la componente de educación cuatro (4) rutas a y media; Ruta de educación para el trabajo y de educación superior; Ruta educativa complementaría. la promoción desarrollen la resolución y educación necesarios y y su plan de educativa. Ruta de educación humano; Ruta

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Decreto

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 7

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Desarrollo administrativo y reglamentario

Preguntar a la IA sobre esta norma