Artículo 2°
Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona el Capítulo 5 del Título 2 de la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único reglamentario del sector Administrativo del Interior, y deroga las Resoluciones 0583 del 11 de mayo de 2018 y 1195 del 6 de agosto de 2018, así como las normas que le sean contrarias. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 18 ¿025 El Ministro del Interior, ARMANDO ALBERTO BENEDETTI VILLANEDA