Artículo 2.1.9.2.8
Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de las Mujeres. Son funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de las Mujeres: 1. Presentar la agenda anual de trabajo a la Comisión Intersectorial de las Mujeres, convocar a las sesiones de esta Comisión y suscribir las actas de cada sesión. 2. Realizar el seguimiento a los compromisos adoptados por la Comisión en el marco del Sistema Nacional de las Mujeres. 3. Servir de enlace y brindar apoyo técnico, administrativo y operativo para la coordinación de las entidades que integran la Comisión en el marco del Sistema Nacional de las Mujeres. 4. Coordinar las actividades de apoyo necesarias para adelantar las sesiones de la Comisión. 5. Recibir y dar trámite a las propuestas que sean presentadas por los integrantes de la instancia, invitados y terceros interesados, para que la Comisión pueda evaluar las iniciativas que se propongan y cumplir con sus funciones. DECRETO NÚMERO____________de 2015 Hoja N°. 74 "Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector de la Presidencia de la República" --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 6. Consolidar informes periódicos sobre los avances del Plan de Acción acordado por la Comisión Intersectorial de las Mujeres, conforme a la información suministrada por las mesas técnicas de trabajo. 7. Archivar y custodiar las decisiones y actuaciones de la instancia. 8. Las demás funciones que le correspondan por su naturaleza, así como las demás que le asigne la Comisión Intersectorial de las Mujeres. (Decreto 1106 de 2022, Artículo 1)