Estructura del concepto técnico. La estructura de los conceptos técnicos deberá contener los siguientes apartados:
16.1. Epígrafe y nomenclatura completa de la iniciativa, identificando si se trata de Senado o Cámara de Representantes, al igual que el radicado de entrada que RESOLUCIÓN NÚNIPI4Y 087 9 DE =2 JuN 2023 HOJA No. 7
motiva el pronunciamiento, si aplica. Esta información- deberá registrarse en el asunto.
16.2. En el encabezado siguiente al asunto, describir la etapa del curso legislativo, a saber: 4°, 30, 2° o 1° debate; o en el caso de proyectos de actos legislativos, hasta el 8° debate, la gaceta o documento o enlace electrónico oficial donde se encuentra el texto contentivo de la última actuación surtida en el legislativo que sirvió de base para el pronunciamiento e informar, por parte de los viceministerios, a nota de pie de página los radicados de los insumos técnicos que sirvieron de fundamento para emitir la posición técnica unificada, consolidada y actualizada. Para estos efectos se podrán consultar sitios oficiales, tanto del Senado de la República como de la Cámara de representantes: https://www.senado.qov.co https://www.camaramov.co o http://svrpubindc.imprenta.qov.co/senado/ y el enlace institucional que disponga el asesor o asesora para Asuntos Legislativos.
16.3. En la sección de "contenido", señalar el objeto de la iniciativa que amerita el pronunciamiento y relacionar los demás artículos que la componen de forma sucinta. Se debe aludir de manera breve y concisa los aspectos de interés e incidencia para el Ministerio. No se debe hacer una transcripción extensa de todo el proyecto de ley o acto legislativo.
16.4. En la sección de "consideraciones", a modo de subtítulos, se debe informar, si hay lugar a ello, como subsección, los antecedentes de propuestas análogas referenciando, de ser el caso, los conceptos institucionales que se hayan emitido sobre la materia. Igualmente, se deben incorporar a modo de subsecciones los comentarios generales y específicos de manera clara, tanto de forma como de fondo, sobre el articulado. Es indispensable ordenar los argumentos de cada componente, para mayor facilidad apoyándose en numeraciones jerarquizadas y orientativas.
Se pueden presentar propuestas de mejora a los proyectos, alternativas de redacción e indicar, de ser procedente, la necesidad de intervención de otros sectores. Si el análisis arroja como conclusión que el proyecto resulta inconveniente, en principio, no debería sugerirse redacciones de artículos pues ello significaría que se estaría apoyando la iniciativa. Esto no obsta para que se analicen cada una de las normas propuestas cuando pueda resultar de interés para el sector a futuro.
Se debe indicar, si existe, normatividad relacionada y si esta es suficiente para resolver la problemática que plantea el proyecto apelando al test de necesidad de la norma cuando sea procedente. Adicionalmente, se debe analizar si, eventualmente, la misma puede ser regresiva frente a la protección existente cuando aplique. En el caso de proyectos de acto legislativo debe tenerse en cuenta si la disposición propuesta genera el efecto de sustitución de la Constitución.
Se hará alusión, si es del caso, a experiencias internacionales a nivel técnico o de derecho comparado, así como de pronunciamientos de instancias internacionales para los cuales el tema sea sensible.
16.5. En la sección de "conclusiones" se debe indicar de forma concisa y congruente con las consideraciones la posición del Ministerio sobre la iniciativa objeto de estudio, expresando su conveniencia, inconveniencia, incompetencia o solicitud de archivo desde el punto de vista técnico, realizando una síntesis de las razones por las cuales se concluye de ese modo. En el caso del componente jurídico, con RESOLUCIÓN NÚIVIllf 8 (t DE _ 2 juN 2023 HOJA No. 8
base en dicho insumo, deberá examinarse su constitucionalidad. Adicionalmente, y de ser procedente, señalar que sectores o autoridades están llamadas a intervenir debido a que el articulado comprende ámbitos de su competencia.