Para los colombianos:
* Para menores de 3 meses, el tipo documento es el registro civil o el certificado de nacido vivo.
» Para menores de 7 años, el tipo documento es el registro civil.
» Los menores entre 7 y 17 años cumplidos, deben identificarse con la tarjeta de identidad.
» Para mayores de 18 años, el documento con el cual se deben identificar es la cédula de ciudadanía.
* Para los adultos afiliados de la Población Especial del Régimen Subsidiado que no están identificados por la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) y que se encuentren en el listado censal, se utiliza AS y el número de documento asociado lo provee la entidad territorial correspondiente.
» Para los menores afiliados de la Población Especial del Régimen Subsidiado que no están identificados por la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) y que se encuentren en el listado censal, se utiliza MS y el número de documento asociado lo provee la entidad territorial correspondiente.
» Para los casos de personas colombianas donde no tenga o no se conozca la identificación del usuario se utilizará "Sl" (sin identificación)
Para los extranjeros:
* Los extranjeros que se encuentran de paso en el país se identifican con Cédula de Extranjeria (CE), Carné Diplomático (CD), Pasaporte (PA), Salvo conducto (SC) o permiso especial de permanencia (PE).
* Para personas extranjeras de cualquier edad que no posean CE, PA, CD, SC o PE, pero que tienen algún documento de identificación expedido por el país de origen se utilizará el tipo de documento de extranjero (DE) y como número el que corresponda al documento de identificación extranjero
* Para el caso de extranjeros que no tengan o no se conozca la identificación del usuario se utilizará Sl (sin identificación).
* Para menores de 7 años, si son extranjeros el documento válido es el pasaporte.