Por la cual se adopta la metodología para definir el presupuesto máximo a asignar a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar para la vigencia 2021

Resolución · 593 · 2021-05-11 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 27

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar ta metodología para la definición del presupuesto máximo a asignar a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar para la vigencia 2021, contenida en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 2

Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, las demás Entidades Obligadas a Compensar - EOC, y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES. ni RESOLUCIÓN NÚMERO 26593 De 1 MAY 2023021 HOJA No. 3

Artículo 3

Definiciones. Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se adoptan las siguientes definiciones: 3.1. Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema (VMediana, 20721): Corresponde al valor de la mediana por UMC de cada grupo relevante, considerando ta información del periodo a -evaluar, de,todas las EPS de tos regímenes contributivo y subsidiado o EOC. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. 3.2. Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC (VUMC; ;.. 2071): Corresponde al valor por UMC de cada registro del grupo relevante en cada EPS o EOC, del periodo a evaluar. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. : 3.3. Valor de Referencia (VR) 2021: En los grupos relevantes con Precio de Referencia por Comparación Internacional (PRI), el valor de referencia corresponde al menor valor entre el valor de la mediana del sistema por Unidad Minima de Concentración - UMC de cada grupo relevante y el PRI. En los grupos relevantes sin PRI, el Valor de Referencia corresponde al valor de la mediana del sistema por Unidad Mínima de Concentración — UMC del grupo relevante. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de Referencia se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. 3.4. Valor Máximo 2021 (Pmax*): Corresponde al menor valor por UMC entre el valor de referencia de! grupo relevante y el valor del Grupo Relevante de cada EPS o E0C.

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Artículo ANEXO (1/23)

Viceministra de Protección Social dd, irectora de Regulación, Beneficios. Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud / Director de Financiamiento Sectorial irectora Juridica 7 £ Nor t EN BA mo anar 593 MAY RESOLUCIÓN NUMERO DE 1 1 MAY NA HOJA No. 4 Obligadas a Compensar para la vigencia 2021" ANEXO TÉCNICO METODOLOGÍA PARA ESTABLECER EL PRESUPUESTO MÁXIMO DE LA VIGENCIA 2021 POR EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO Y DEMAS EOC l.. CALCULO DEL PRESUPUESTO MÁXIMO PARA LA VIGENCIA 2021 A continuación, se presentan los criterios para el cálculo del presupuesto máximo de la vigencia 2021. a) b) c) d) Descripción y generalidades de la metodología Fuente de información: Se tomará la información reportada en el módulo de cierre de suministro de la herramienta tecnológica de prescripción MIPRES, con corte efectuado a 15 de febrero de 2021 para el periodo de enero a diciembre de 2020. Revisión de datos: Datos con validación de consistencia y oportunidad. Cobertura: Se revisará la cobertura de los servicios y tecnologías suministrados para determinar cuales se encuentran financiados con cafgo al presupuesto máximo. Clasificación por Grupo Retevante y EPS: Se clasifica la información por grupo relevante y por EPS o EOC y para cada registro se calcula la cantidad en UMC.

Artículo ANEXO (2/23)

Los valores identificados como inconsistentes en recursos de los grupos relevantes se ajustarán multiplicando las cantidades de UMC por el valor máximo entre el Valor de Referencia contenido en el documento técnico que soporta la fijación del presupuesto máximo para la vigencia 2020, fa mediana y la media de ese grupo relevante en el periodo evaluado. Los valores inconsistentes en cantidades UMC se ajustarán dividiendo el valor en recursos sobre el valor máximo entre el Valor de Referencia contenido en el documento técnico que soporta la fijación del presupuesto máximo para la vigencia 2020, la mediana y la media del sistema por UMC para ese grupo relevante en el periodo evaluado. Factor cantidades ajustadas (FQA): Se calculan las cantidades ajustadas para cada grupo relevante utilizando el método de Chain-Ladder (método del triángulo). Lo anterior, en virtud que, a la fecha de reporte de la información, no se ha suministrado toda la información correspondiente a las prestaciones efectuadas durante la vigencia analizada. El valor hallado con el método de Chain-Ladder se distribuye de acuerdo con la participación del valor de cada registro de los grupos relevantes de cada EPS o EOC en el valor total de suministros de las EPS o EOC de la base utilizada para el cálculo. El valor de las cantidades FQA de cada grupo relevante y de cada EPS o EOC se obtiene de la multiplicación entre la participación encontrada anteriormente y el valor hallado con el método de Chain-Ladder. Las cantidades FQA de cada grupo relevante y de cada EPS o EOC se obtienen de la división entre el valor encontrado anteriormente y el valor de cada registro del suministro del grupo relevante de la EPS o EOC del periodo evaluado. Factor cantidades del Delta (FQODELTA): Se calcula el factor de las cantidades del Delta con base en los resultados del modelo econométrico del régimen contributivo, ponderado por las cantidades totales y el valor total de los grupos relevantes agrupados por unidad de medida. Los resultados del modelo anterior se aplican para los regímenes contributivo y subsidiado.

Artículo ANEXO (3/23)

Proyección de las cantidades para la vigencia 2021: Con la información de los meses disponibles de los grupos relevantes y por EPS se toma el valor de las cantidades UMC, se divide por el número de meses disponibles y se multiplica por 12 meses para calcular las cantidades del periodo evaluado. A este valor se le suman las cantidades ajustadas (FQA) calculadas en el literal e). El resultado anterior, se multiplica por el ajuste del factor delta (FODELTA) catculado en el litera! f) para calcular las cantidades correspondientes al ajuste del factor del Delta. Las cantidades para la vigencia 2021 resultan de sumar las cantidades identificadas en los tres criterios: cantidades del periodo evaluado, cantidades ajustadas (FQA) y cantidades correspondientes al ajuste del factor del Delta (FADELTA). RESOLUCIÓN NÚMEROS 7.6593 De 4 ¡ UN 2 21 HOJA No. 5 h) Presupuesto máximo 2021: El presupuesto máximo 2021 resulta de la sumatoria del producto entre la proyección de las cantidades y el valor máximo para la vigencia 2021 de cada Grupo Relevante para cada EPS o EOC. í) La información reportada en el módulo de suministro de ta herramienta tecnológica de prescripción MIPRES que se utilizará para el presupuesto máximo, no incluye la información de los CUPS asociada a las pruebas SARS Cova [GOVID- 19. 1) Para el presupuesto máximo 2021, se excluirán los registros de los grupos relevantes financiados con recursos de la UPC para la vigencia 2021. Se contempla dentro del cálculo los servicios y tecnologías prescritos y suministrados por orden judicial, siempre y cuando estos no hagan parte de los servicios y tecnologías financiados con recursos de la UPC.

Artículo ANEXO (4/23)

k) Los registros de los suministros de las EPS o EOC de movilidad de cada uno de los regimenes contributivo y subsidiado se agregarán de acuerdo al código de la EPS o EOC del régimen para el cual se encuentran habilitadas. EO% H Los registros de los servicios y tecnologías en salud de los afiliados trasladados en razón a un proceso de liquidación forzosa, en la vigencia «de' análisis para el cálculo del presupuesto máximo, se incluirán en la base de información de'la EPS o FOC receptora del afiliado trasladado m) Los registros de los servicios y tecnologías en salud de los afiliados trasladados voluntariamente, en la vigencia de análisis para el cálculo del presupuesto máximo, se incluirán en la base de información de la EPS o EOC receptora del afiliado trasladado. 1.2. Desarrollo metodológico para el cálculo del presupuesto máximo 2021 1.2.1. Presupuesto Máximo 2021 Se parte del valor y de las cantidades de los suministros registrados por parte de las EPS o EOC en el módulo de suministro de la herramienta tecnológica de prescripción MIPRES. Para el cálculo del presupuesto máximo 2021 se deben identificar las cantidades y el valor máximo de cada uno de los grupos relevantes.

Artículo ANEXO (5/23)

Presupuesto Máximo 2021 = PtoMax, 2021 = y PmáXÍ nzo21 * Ozo214jn Donde, PrOMOXp020 = Presupuesto Máximo de la vigencia 2021 PmaX¿jnzo2 = Valor Máximo por unidad mínima de concentración de cada grupo relevante Óx021 corresponde a las cantidades estimadas para la vigencia 2021 ¿corresponde al Grupo Relevante de medicamentos agrupados 0 APME o procedimientos o servicios complementarios . f corresponde a los meses de reporte de información del periodo evaluado 1 corresponde a la EPS o EOC Las cantidades estimadas para la vigencia 2021 se obtienen con la información disponible de la vigencia 2020 registrada en el módulo de cierre de suministro de la herramienta tecnológica de prescripción MIPRES, e incluye las cantidades ajustadas del FQA y las cantidades del Delta FADELTA. A continuación, se desarrollan los elementos necesarios para el cálculo del presupuesto máximo para la vigencia 2021 1.2.1.1. Análisis del factor de cantidades ajustadas (FQA) para el cálculo del presupuesto Las cantidades ajustadas hacen referencia al concepto de IBNR (Incurred But Not Reported- incurridos, pero no reportados), que consiste en un gasto ya ocurrido, pero aún no avisado. La metodologia de Chain Ladder estima la reserva por este concepto. La metodología mencionada establece una distribución bidimensional de la información histórica de gastos. Las dos dimensiones son el mes de prescripción (eje vertical) y el mes de prestación (eje horizonta!). A medida que los gastos son más recientes se reduce la información, y de ahi que la matriz resultante tenga forma triangular o de escalera.

Artículo ANEXO (6/23)

Mediante los triángulos de la información se analiza el RESOLUCIÓN NÚMERO 76593 DE, 1 MAY 208021 HOJA No. 8 desarroilo de los gastos a lo largo de! tiempo, sirviendo de base para determinados métodos de cálculo de la provisión técnica de prestaciones. A continuación, se presenta el triángulo de reservas para el cálculo del factor de cantidades ajustadas. Periodo de prestación , £ e y 4 1 2 ... nit. |? nt n 2 5 1 Ba Ria 2. Riun-in e... Rina Rin og Rar Raz E Bonita . Bana E 35 2. Qe e Qe eN En $ Ú Rias Riz 1d Roni+1 5 .. Qe Le n1 Ratt Ra-1,2 n Bra q Donde R; es igual al monto total del valor de la prescripción at final de! periodo ¡y prestado en el periodo Í a a bi ? Dada la disponibilidad de información mensual de la base de la herramienta tecnológica de prescripción MIPRES, se procederá a calcular el triángulo de las reservas mediante la técnica mencionada para estimar el valor de las cantidades ajustadas. El valor hallado con el método de Chain-Ladder se distribuye de acuerdo con la participación del valor de cada registro de los grupos relevantes de cada EPS o EOC en el valor total de suministros de las EPS o EOC de la base utilizada para el cálculo. El valor de las cantidades FQA de cada grupo relevante y de cada EPS o EOC, se obtiene de la multiplicación entre la participación encontrada anteriormente y el valor hallado con el método de Chain-Ladder.

Artículo ANEXO (7/23)

Las cantidades FQA de cada grupo relevante y de cada EPS o EOC, se obtienen de la división entre el valor encontrado anteriormente y el valor de cada registro dei suministro del grupo relevante de la EPS o EOC del peroo evaluado. 1.2.1.2. Análisis del factor de cantidades del Delta (EQDELTA) para el cálculo del presupuesto Las cantidades que corresponden al factor del Delta se calculan de la siguiente forma: Se calcula el factor de las cantidades del Delta estimando las tasas de crecimiento de los grupos relevantes mediante la aplicación de técnicas econométricas. Para la vigencia de 2021 se utiliza la técnica de datos panel. Se calculará el factor de las cantidades del Delta tomando como fuente de información las bases de datos del régimen contributivo de recobro/cobro de los datos reportados a este Ministerio que corresponden a las prestaciones de los años 2015, 2016, 2017 y 2018 por grupo relevante, hayan sido o no recobrados/cobrado en todos los años, hagan parte o no de la cantidad inicial, e incluye órdenes judiciales en cada año. 1.2.1. 2.1. Modelo econométrico Con la información disponible de recobros/cobros, se procede a estimar mediante técnicas econométricas las cantidades del Delta de recobros/cobros por Grupos Relevantes. Para ello se debe contar con información de varias vigencias, con el objeto de poder identificar las tasas de crecimiento de los grupos relevantes que comparten la misma unidad de medida y poder estimar el delta del Presupuesto Máximo. Se establece que las cantidades de cada Grupo Relevante en Unidades Minimas de Concentración (UMO), están en función de los registros asociados a la entrega y de la tasa de crecimiento en el tiempo.

Artículo ANEXO (8/23)

QUMC = f(Registros, Tasa crecimiento intertemporal) - QUMC = Cantidades de Unidad Minima de Concentración, expresadas en Unidades de cada Grupo Relevante En términos de logaritmos es: LnQUMC, si; = 0,+ Bo + Pi * LnRegistros¡sy + D, * Tiempos + Cs RESOLUCIÓN NÚMERO 22659 3De. : 021 HOJA No, 7 11 MAY 202 Registros = corresponde a las tecnologías de los grupos relevantes con cargo a los presupuestos máximos Tiempo = corresponde a la tasa de crecimiento en el tiempo (intertemporal) i=1L2 ¡corresponde al Grupo Relevante s=123,.. s corresponde al tiempo en años con información del modelo de datos panel k=1,23,... k corresponde a la unidad de medida de los Grupos, Relevantes de medicamentos y nutricionales APME a = Vector de variables intercepto para cada Grupo Relevante dei — 1 gruposldel modelo Po = constante o intercepto de un grupo relevante f, = coeficiente de la variable explicativa del modelo b, = Vector de coeficientes para los tipos de unidad de medida de los Grupos Relevantes Ci. 4 = Corresponde al termino de error del modelo asociado a los grupos relevantes del modelo de datos panel Como el modelo está en logaritmos, se halla el antilogaritmo de 9, para obtener la tasa de crecimiento anual de los Grupos Relevantes que comparten ta misma unidad de medida (TASA DELTA). El factor delta de las cantidades estimadas adicionales de la EPS o EOC por cada Grupo Relevante, incluye lo nuevo asociado a servicios y tecnologías.

Artículo ANEXO (9/23)

TASA DELTA = ((Exp(9y) — 1) + 100 os 1 Ahora, para calcular el FADELTA, se procede a realizar la sumatoria de multiplicar cada una de las TASA DELTA, por dos criterios: ¡) la participación de las cantidades de los grupos relevantes con igual unidad de medida en el total de las cantidades de los grupos relevantes, y ¡i) la participación de los valores de los grupos relevantes con igual unidad de medida en el total de los valores de los grupos relevantes. . . Y QAUMC; EVdumc, FQDELTA = Ajustador Cantidades Deltazy,, = y TASA DELTA, * * EXQTUMC) NM VTUMC QdUMC,: Cantidades totales de los grupos relevantes con igual unidad de medida de cada k grupo VdlIMC,: Valores totales de los grupos relevantes con igual unidad de medida de cada k grupo QTUMC = Cantidades Totales de Unidad Minima de Concentración, expresadas en Unidades de cada Grupo Relevante VTUMC = Valor total de las Unidades Minimas de Concentración de cada Grupo Relevante El FQDELTA resultante se aplicará tanto para el régimen contributivo como para el régimen subsidiado.

Artículo ANEXO (10/23)

Para calcular las cantidades del Delta en UMC de los Grupos Relevantes para cada EPS o EOC, se procede a multiplicar la suma de las cantidades reportadas en el periodo de análisis y las cantidades FQA por el FADELTA : Ñ —(Oijmea * 12 OrooELTAso2ijn TNT + FA: ymi-x) + FQDELTA Qijns- 1 corresponde a las cantidades de cada registro del periodo evaluado FOA; ¡m1 corresponde al factor de ajuste de cantidades no reportadas para la vigencia evaluada O ronerrazozr corresponde a las cantidades que corresponden al factor de ajuste de cantidades delta para la vigencia 2021 i=1 23,... ¡corresponde al Grupo Relevante de medicamentos agrupados o APME o procedimientos o servicios complementarios j=1,2/3,.. j corresponde a los meses de reporte de información del periodo evaluado n=1,2,3,..n corresponde a la EPS o EOC t = corresponde a la vigencia del calculo del presupuesto máximo 1.2.1.3.

Artículo ANEXO (11/23)

Cálculo del presupuesto máximo 2021 Se debe estimar las cantidades de UMC de cada Grupo Relevante de cada EPS o EOC y así poder establecer el Presupuesto Máximo de la siguiente forma: jota +12 Goo21ijn = +FOA jmia + OrODELTAz020155n O.u2, corresponde a las cantidades estimadas para la vigencia 2021 ¿1 Sorresponde a las cantidades de cada registro del periodo evaluado FQA; ¡11 corresponde al factor de ajuste de cantidades no reportadas para la vigencia evaluada RESOLUCIÓN NÚMERO 7.6593 DE. 21 HOJA No. 8 ¡Mar 20) Oronrirazan Corresponde a las cantidades que corresponden al factor de ajuste de cantidades delta para la vigencia 2021 ¿21,23 1 corresponde al Grupo Relevante de medicamentos agr upados o APME o procedimientos o servicios complementarios jeorresponde a los meses de reporte de información del periodo evaluado n corresponde a la EPS o EOC t= corresponde ata vigencia del calculo del presupuesto máximo A continuación, se presentan los criterios para la identificación de los valores máximos que serán aña utilizados para el cálculo del presupuesto máximo: 4 4 Y Y y Valor suministro; ¡n¿-, = Cantidad de UMC, ¡ y;.¿-1 * Valor UMC jn.ta Valor suministro = Valor total de las cantidades suministradas en MC de cada Grupo Relevante Cantidad de UMC = Cantidades suministradas por Unidad Minima de Concentración de cada Grupo Relevante Valor UMC = Valor de suministro por Unidad Minima de Concentración de cada Grupo Relevante >] .

Artículo ANEXO (12/23)

Entonces, _ Valor suministro; ¿me-a — Cantidad de UMC; ¡,* Valor UMC ¡ma = VUMC ptm Valor suministro; ¡11 Valor UMC ¡mr = VUMC joa Qijas1 Para identificar el Valor Máximo 2021 por Grupo Relevante y por EPS o EOC (Pmax; ¡mn 2021) se tienen en cuenta tres conceptos: el PRI; 2021, VMediana, 2021 Y €l VUMC, ¿n.2021 Es decir: Pmaxi jmz021 = Valor Máximo 20214, 50,2021 = F PRli2021 VMediana, 2021, VUMC; ¡m2021) Precio de referencia por comparación internacional (PRI): Es el precio regulado por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema (VMediana, 2021): Corresponde ai valor de la mediana por UMC de cada grupo relevante, considerando'la información del periodo a evaluar, de todas las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado o EOC. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de la Mediana del Grupo Relevante del Sistema se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021. Valor de Referencia (VR) 2021: En los grupos relevantes con Precio de Referencia por Comparación internacional (PRI), el valor de referencia corresponde al menor valor entre el valor de la mediana del sistema por Unidad Minima de Concentración - UMC de cada grupo relevante y el PRI. En los grupos relevantes sin PRI, el Valor de Referencia corresponde al valor de la mediana del sistema por Unidad Mínima de Concentración -—- UMC del grupo relevante. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor de Referencia se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021.

Artículo ANEXO (13/23)

Si PRlizo21 > 0; VR; 2021 = Minimo(V Mediana, 2021: PRli2n23) Valor de Referencia = VR;¡2973 = [ . . —__—_— ” Si PRl¡2023 = no disponible; VR ¡2974 = VMediana, 2021 Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC (VUMC; ;» 2021): Corresponde al valor por UMC de cada registro del grupo relevante en cada EPS o EOC, del periodo a evaluar. Para el presupuesto máximo de la vigencia 2021, el Valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC se calculará tomando como base los valores del año 2020, el cual se indexará con la inflación proyectada por el Gobierno Nacional para la vigencia 2021.

Artículo ANEXO (14/23)

Valor Máximo 2021 (Pmax*): Corresponde al menor valor por UMC entre el Valor de Referencia del grupo relevante y el valor del Grupo Relevante de cada EPS o EOC de acuerdo con los siguientes criterios: RESOLUCIÓN NÚMEROS (593 DE- 4 HOJA No. 9 44 mar 2 Donde Pmaxi ¡n2021 = Mínimo(VR 2021: VUMCijm2021) Para los componentes de medicamentos, nutricionales APME, procedimientos y para el grupo de pañales del componente de servicios complementarios, el valor máximo será: ei SiVUME, > VR ; Pmaxí m= VR; 7 Valor Máximo 2021 = PAX pmzozs al ¿jm 2021 1.2021 c . 12021) SiVUMC nz S VRi,20215 Pax faz = VOM iorzozt Para el componente de servicios complementarios, el valor máximo será: Valor Máximo 2021 = PmaX negar = [si Servicios Complementarios = Pañales; PMAXi ¡noo = VUM Ci m202 Esto significa que, en el componente de los servicios complementarios, exceptuando el grupo de pañales, el Valor Máximo 2021 (Pmax*) corresponde al valor reportado por la EPS o EOC VUMC, ¿2021 De lo anterior se procede a calcular el presupuesto máximo 2021 de la siguiente forma: _ q. Po Presupuesto Máximo 2021 = PtoMaxa2021 = y Pmax pmi2021 * 2021: jm Los resultados del presupuesto máximo para las EPS o EOC de movilidad de cada uno de los Regimenes Contributivo y Subsidiado se agregarán de acuerdo al código de la EPS o EOC del régimen para el cual se encuentran habilitadas.

Artículo ANEXO (15/23)

Definición del presupuesto máximo para EPS o EOC que no presentan información o con información incompleta 7 Para la identificación del estado de la información de las EPS o EOC, se tendrá en cuenta el indicador de reporte de información, el cual se medirá como la proporción resultante de dividir el valor de fos suministros con cierre en el ciclo de suministro de la herramienta tecnológica de prescripción MIPRES, sobre la asignación dei presupuesto máximo realizada en la vigencia anterior. Si esta información no supera el 25% se considerará información incompleta. A las EPS o EOC que no tengan información o a las que este Ministerio consideré con información incompleta, se les asignará un presupuesto máximo, que corresponderá al menor valor que resulté de la aplicación de las siguientes reglas: 1. Se determina el percentil 25 de! valor per cápita de tas EPS o EOC que tiene asignado un presupuesto máximo. El valor per cápita de cada EPS o EOC resulta de dividir el presupuesto máximo sobre su población afiliada en estado activo. Se tomará como fuente la BDUA. El per cápita encontrado (percentil 25) se multiplica por la población afiliada de la EPS o EOC que no tenga presupuesto máximo. Se tomará como fuente la BDUA 2. Se toma el valor final de los recursos reconocidos por la ÁDRES en el presupuesto máximo en la vigencia anterior, considerando el incremento de la inflación proyectada por el Gobierno nacional para la vigencia del presupuesto máximo a definir. y el porcentaje de descuento, que este Ministerio determine, por la actuatización integral de los servicios y tecnologias en salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación. Para el caso de la vigencia 2021, se tendrá en cuenta el valor final de los recursos reconocidos por la ADRES en el presupuesto máximo para la vigencia 2020, el cual se dividirá por diez (10) para obtener el valor mensual, y se muttiplicará por doce (12).

Artículo ANEXO (16/23)

Valor faltante por girar para la vigencia 2021 s Una vez sea fijado el presupuesto máximo para la vigencia 2021, la ADRES determinará el monto pendiente por reconocer de los meses restantes de la vigencia, considerando la asignación realizada mediante la Resolución 043 de 202? y la liquidación realizada por la ADRES en razón a los traslados de afiliados presentados durante los primeros cuatro meses de la vigencia 2021, con el fin de asegurar que en la vigencia el giro sea equivalente al presupuesto máximo asignado. RESOLUCIÓN NÚMEROF * (¿593 DE, IN 2094021 HOJA No. 10 1.2.2. Reconocimiento de los traslados de afiliados con cargo al presupuesto máximo 2021 Para determinar el presupuesto máximo que se debe trasladar por cada afiliado de cada EPS o EOC, este Ministerio con una periodicidad cuatrimestral realizará la identificación del valor de las tecnologias y servicios, que hicieron base para calcular el presupuesto máximo posterior a la aplicación de la metodología de cálculo de este, correspondiente a los afiliados que se trasladan de EPS o EOC durante la vigencia. El descuento y asignación de lás techologias y servicios identificados será proporcional al número de meses faltantes para el cierre de la vigencia a partir del momento en el cual se efectúe el traslado.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 89), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma