Artículo ANEXO (23/41)
Generalmente, la aspiración endouterina es utilizada hasta las 15 semanas de gestación —aunque la Organización Mundial de la Salud en las Directrices sobre la Atención del Aborto de 2022 y el Royal College of Obstetrics and Gynaecology (2022), (Best practice in abortion care. 2022.), reconocen que puede ser llevada a cabo hasta la semana 16—. A través de la aspiración endouterina, el contenido uterino es evacuado con el uso de cánulas plásticas y un aspirador manual o eléctrico utilizando técnica aséptica. Luego de las 15 semanas, se debe llevar a cabo la DyE, un método que combina el uso de fórceps y aspiración al vacío. Estos tratamientos se pueden ofrecer desde la atención en el prestador primario para embarazos menores a 15 semanas y, después de esta edad gestacional, en el nivel complementario. El legrado uterino o curetaje no es un método de elección para la IVE y es una técnica obsoleta que debe dejar de ser empleada. Solamente debe ser usada cuando no hay disponibilidad de otros métodos. Por lo tanto, los profesionales de la salud deben erradicar definitivamente su práctica lo antes posible y reemplazarla por las técnicas de aspiración. 4.2.5.9 Consentimiento informado para la IVE Las mujeres y personas gestantes deben expresar su consentimiento respecto de las atenciones relacionadas con la IVE. Por lo tanto, deben contar con un espacio para manifestar sus inquietudes y recibir respuestas precisas, neutrales y basadas en la evidencia científica sobre la experiencia y los tratamientos disponibles para interrumpir el embarazo. La cualificación del consentimiento en niñas y adolescentes inicia por el reconocimiento de la autonomía progresiva y contextual, que permite la toma de decisiones en salud de manera individual teniendo en cuenta su contexto y madurez cognitiva. Por ello, el consentimiento informado lo debe abordar con profundidad el personal de la salud en un espacio privado antes de realizar el método de IVE seleccionado.