Artículo 41
Aspectos no previstos. Los aspectos no previstos en este reglamento se regirá por lo dispuesto en la normatividad vigente que guarde relación con el derecho de petición y el acceso a la información pública nacional.
Resolución · 3687 · 2016-07-19 · Jerarquía: nivel 8
Aspectos no previstos. Los aspectos no previstos en este reglamento se regirá por lo dispuesto en la normatividad vigente que guarde relación con el derecho de petición y el acceso a la información pública nacional.
Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga la Resolución 2084 del 30 de Julio de 2012 y modifica el articulo tercero "Horario de atención al ciudadano y correspondencia" de la Resolución 054 del 11 de enero de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: En Revisión
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original