Por la cual se modifican las Resoluciones número 2358 de 2006, modificada por la Resolución número 2947 del mismo año, 610 de 2012, modificada por la Resolución número 3214 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 3336 · 2013-09-02 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogado» (consultado el 22/10/2026) .
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Articulado
Artículos 1–20 de 117

Artículo 1

Modifícase el artículo 11 de la Resolución 610 de 2012, el cual quedará así: "ARTÍCULO 11. INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES, CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN. El administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, preparará y dispondrá periódicamente a este Ministerio, la información extraída de la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA. Este Ministerio, incorporará a dicha información los datos correspondientes a la afiliación del Sistema General de Pensiones, extraídos del Registro Único de Añiliados - RUAF y la entregará al citado administrador para que la disponga a los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes — PILA, información que corresponderá a la siguiente: Posición Campa | Long Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Inicio | Fin atos 1 15 1 16 N | Senal Serial asignado en BDUA a cada afiliado Corresponde al código asignado por la Supermtendencia Nacional de 2 s | 17 | 22 | a [codigodelasps |Selvd a la EPS o EOC es equivalente al definido en el campo LIN 1747 de 2003, 33 del artículo 10 de la resolución P - 9 SET 20M RESOLUCIÓN NÚMERO C(3336 DE hn HOJA No 3 de 65 De acuerdo con la Resolución 1344 de 2012, Anexo Técnico, numeral 22.1 Régimen Contribulivo, TABLA 4 Estructura del archivo maestro de afiliados al Régimen Contributivo son: Tipo documento del 2% 3 2 23 24 A RC= Registro Civil de afilado Nacimiento Tl = Taijeta de identidad CG= Cédula de Ciudadania CE= Cédula de extranjera PA= Pasaporte. Cl= _ Carmé diplomático Número de Número de identificación del afiliado, 4 16 28 40 A identificación del es equivalente al definido en el afiliado campo 4 del artículo 10 de la Ñ resolución 1747 de 2008 Corresponde al primer apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 11 del arliculo 10 de la resolución 1747 de 2008 Corresponde al segundo apellido del afilado, es equivalente al definido en el campo 12 del artículo 10 de la resolución 1747 de 2008 Corresponde al primer nombra del afiliado, es equivalente al definido en el campo 13 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Corresponde al segundo nombre dei afilado, es equivalente al definido en y 80 221 250 A Segundo nombre el campo 14 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Fecha a partir de la cual está vigente a 50 41 100 A Primer apellido 5 60 101 160 A Segundo apellido 7 60 161 220 A Primer nombre 9 a 281 288 A o afllación la afillación a la EPS por parte del afiliado. (Formato es AAAAMMDD). Corresponde a. 0 1 289 289 A Tipo de Afiliado Cx= Cotizante A= Adicional Liquidación UPC Valor UPC adicional, calculado por el $ 20 290 309 N cotización adicional_| FOSYGA para un periodo de 30 días Código de la Corresponde al código asignado por Administradora de a Superintendencia Financiera de 12 6 310 315 A Colombia, es equivalente al definido Pensiones a la cual pertenece el afiliado en el campo 31 del articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008 Fecha efectiva de Formato" AABAMMDOD, afiliación a la 13 8 316 323 A Administradora de - Pensiones TOTAL | 323 í ] ' PARÁGRAFO 1. Este Ministerio ajustará las condiciones técnicas mínimas para la disposición y entrega de la información de que trata el presente artículo y comunicará lo pertimente tanto al administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, como a los operadores de información. ARTÍCULO 2 Modificase el artículo 12 de la Resolución 610 de 2012, modificado por el articulo 16 de la Resolución 3214 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 12. Procedimiento de validación de información por parte de Jos operadores de información. El operador validará fa información reportada sobre los cofizantes a cargo del aportante, cruzando la información de: QA ya al = 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (003336 DE 2013 HOJA No 4 de 65 1 Para información proveniente de cotizantes activos" a) El tipo de documento del cotizante o beneficiario de UPC adicional de que tratan tos Campos 3 y 3 A del artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, se debe cruzar con el tipo de documento del afiliado definido en el Campo 3 de la “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTFIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, de que Írala el artículo 1 de esta resolución, a través del cual, se modifica el artículo 11 de la Resolución 610 de 2012. b) El número de identificación del cotizante o beneficiario de UPC adicional, reportado en los Campos 4 y 4 4, definidos en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, se debe cruzar con el número de documento del afiliado definido en el campo 4 de que trata el artículo f de esta resolución, a través del cual, se modifica el artículo 11 de ta Resolución 610 de 2012. ' . 2. Para información proveniente de pensionados. a) El tipo de documento del pensionado o beneficiario de UPC adicional, reportado en los Campos 7 y 7A del numeral! 1.2 1 "VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES” - Numeral 1 "INFORMACION DEL FORMULARIO UNICO O PLANILLA INTEGRADA” del literal B “DESCRIPCION DETALLADA DEL CONTENIDO DE LA PLANILLA” del artículo 1 de la Resolución 2145 de 2006, se deben cruzar con el tipo de documento «del afiliado definido en el Campo 3 de la “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUO Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, de que trata el artículo 1 de esta resolución, a través del cual, se modifica el artículo 11 de la Resolución 610 de 2012.” b) El número de identificación del pensionado o beneficiario de UPC adicional de que tratan los Campos 8 y 84 definidos en el numeral 12.1. del numeral 12 “REGISTRO TIPO 2. LIQUIDACIÓN DETALLADA DE APORTES” del literal A "ESTRUCTURA" del artículo 1 de la Resolución 2145 de 2006 se debe cruzar con el número de documento del afiliado definido en el campo 4 de que trata el artículo 1 de esia resolución. a través del cual, se modifica el artículo 11 de la Resolución 610 de 2012. Parágrafo. Como resultado de fos cruces a que refiere el presente artículo y en consideración al casó presentado, se deberá proceder de la siguiente forma: Caso 1, Coincide el tipo y número de identificación, pero na hay una coincidencia total en los nombres y apellidos del cotizante. En este caso, se le informará al aportante que para este cotizante la información registrada en la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, es: Primer Apellido, Segundo Apellido, Primer Nombre y Segundo Nombre, definido en el artículo 1 de esta resolución, a través del cual, se PA el artículo 11 de fa Resolución 610 de 2012. El aportante decidirá sí L t y - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (£3336 De Jota HOJA No 5 de 65 realiza la modificación de tos nombres y apellidos de acuerdo con ta información que tenga registrada de sus cotizantes. Caso 2. Coincide el tipo y número de identificación, pero el código de la EPS no coincide con la EPS registrada en el campo 2 de “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN" y la fecha de afiliación a fa EPS registrada en el campo 9 de fa "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, es inferior o igual al período de pago para el sistema de salud. En el presente caso, se le informará al aportante fa EPS que se tiene registrada en el campo 2 de la “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”. El aportante decidirá si realiza o no la modificación ce la EPS de acuerdo con la información que tenga registrada de sus cotizantes. Caso 3. Coincide el tipo y número de identificación del cotizante adicional de la planilla (cotizante tipo 40 o pensionado tipo 9). En este caso, se le sugerirá al aportante que para este cotizante, ta información del valor de la UPC adicional, sea la definida en el campo 11 de que trata el artículo 1 de esta resolución, a través del cual, se modifica el artículo 11 de la Resolución 610 de 2012. Caso 4. Coincide el tipo y número de identificación, pero el código ce la Administradora de Pensiones. no coincide con fa Administradora de Pensiones del campo 12 de la “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN" y la fecha efectiva de afiliación a la Administradora de Pensiones registrada en ta “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, es infenor o igual al período de pago para el Sistema de Pensiones, En este caso, el operador de información reemplazará el vator del campo 31 «del registro tipo 2 del archivo tipo 2 “Código de la Administradora de Pensiones a la cua! pertenece el afiliado" de que trata el artículo 10 de fa Resolución 1747 de 2008 con la información registrada en el campo "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, de que trata el artículo 1 de la presente resolución, a través del cual se modifica el artículo 11 de la Resotución 610 de 2012 y le comunicará al aportante que se realizó el cambio de Administradora de Fondo de Pensiones. Caso 5. En el caso en que el tipo y número de identificación del cotizante no se encuentre en la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES A LOS SISTEMAS GENERALES DE SALUD Y PENSIONES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN”, el operador deberá informar al aportante que af cotizante no le aparece afiliación y que el pago se realizará a la Administradora de Fondo de Pensiones que él haya reportado en la Planilla CAN de Liquidación de Aportes — PILA. A - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO €£(03336 DE 2013 HOJA No 6 de 65 ARTÍCULO 3, Modificase el artículo 18 de la Resolución 510 de 2012, modificado por el artículo 19 de la Resolución 3214 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 16. ESTRUCTURA DEL REGISTRO TIPO 1 - ENCABEZADO PLANILLA: Este registro contiene la información del aportante por cada planilla, asi: Posición Campo| Long Inicio Fin Tipo Descripción Validacionas y Origan de los Datos WNúmeio del Registro Es el número del Registro Tipo de Registro Debe ser 1 para este caso. Número secuencial de planilla Para cada registra tipo 1 inicia en 00000001, Se incrementa con cada registro tipo 2 Código del Operador Es el código del Opelador de Información por donde se realizó el pago de la planilla 5 200 Nombre a razón social del aportante El registrado en el campo 1 del artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para el caso de pagadores de penslones es el definido en el campo 3 del registro tipo 1- Encabezado — Literal B Descripción detallada de la planfía Resolución 2145 de 2006. Tipo documento del aportante El iegisbado en el campo 2 del arículo 3 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones €s el definido en el campo 4 del registro tipo 1- Encabezado — Literal B Descripción delallada de la planilla de ta Resolución 2145 de 2008. Número de Identificación del aportante El registrado en el campo 3 del articulo 3 de la Resolucion 1747 de 2008 y sus modificaciones Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 5 del registro tipo 1 Encabezado — Literal B Descripcion detallada de la plarulla de la Resolución 2145 de 2008 Digito de Verificación aportante, El registrado en el campo 4 del artículo 4 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones Para el caso de pagadores de pensiones es el definida cn el campo 6 del registra tipo 1- Encabezado - Literal B Descripción — detallada de la planilla de la Resolución 2145 de 2006. - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO CCS338 DE 2013 HOJA No 7 de 65 Tlpo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Naturaleza Jurídica del aportante El registrado en el campo 8 dal articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones Para el caso de pagadores de pensiones el valor es cero Tipo de persona El registrado en el campo Y del artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones, Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Codigo de la Sucursal o de la Dependencia El registrado en el campo $ del Articulo 3 de la Resolucion 1747 de 2008 y sus modificaciones Para el caso de pagadores de pensiones es el delmido en el campo 8 del registro tipa 41- Encabezado = Litoral B Descripcion detallada de la planilla de la Resolución 2145 de 2006. Clase de aportanta. Es al registrado en el campo 7 del artículo 3 de la Resalución 1747 de 2008 y sus modificaciones Para el caso de pagadores de penslones se registra "P”. Forma de presentación. Es el registrada en el campo 10 del articulo 3 de la Resalución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para el caso de pagadores de penslones es el definida en el campo 7 del registro tipo 1- Encabezado — Llterai B Descripción dotallada de la planilla de la Resolución 2145 de 2006. Fecha inicia concordato, reestructuración, tiquidación o cese de actividades El legistrado en el campo 25 definido en el artículo 3* de la Resolucion 1747 de 2006 y suis modificaciones Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Tipo de acción El registrado en el campo 26 definido en el artículo 3* de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para el caso de pagadoros de pansianes se deja en cero Fecha an que terminó actividades comerciales, El registrado en el campo 27 definido en el artículo 3* de la Resolución 1747 de 2008 y sus madificaciones. Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Fecha de Matrícula Mercantil ((aaaa--mm- dd) Es el registrado en el campo 31 del artículo 2 de la Rosolución 3251 de 2011 que modifico el Articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Posición A E 9 1 239 | 239 10 1 240 | 240 11 10 [| 241 | 250 12 7 251 | 261 13 7 252 | 252 14 10 | 253 | 262 15 3 263 | 263 16 10 | 264 1 273 17 10 | 274 | 283 7, - 2 SET, 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO UC3336 DE 2013 HOJA No 8 de 65 por la Resolución 2947 del mismo año. 610 de 2012, modificada por la Resolución 3214 de 2012 y se dictan otras drsposiciones" Campo Long Poslelón Inicio Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos A Código de! departamento Matricula Mercantil Es el registrado en el campo 32 dal artículo 2 de la Resolución 3251 de 2011 que modifico el Articulo 3 de ta Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Tipo de aportante. El registrado en el campo 30D del Artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 16 del registro tipo 1- Encabezado — Literal B Desenperan detallada de ta planilla de la Resolución 2145 de 2006 Periodo de pago del Aportante para el sistema de salud, El registrado en et campo 15 definido en el artículo 7” da la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campa 11 del regisiro tipo 1-Encabezado — Literal 6 Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 Código de la ARP El registrado en al campo 13 definida en el artículo 7* de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Tipo de Planilla El registrada en al campo 7 definido en el articulo 7 de la Resolución 1747 de 2008. Pará el caso de pagadores de pensiones se retorna el valor definido en el campo 18 'Tipo de planilla pensionado” de esta Resolución. Fecha de pago de la planilla asociada a esta planilla (aaaa-mm-dd) El registrado en el campo Y del definido en el artleulo 7” de la Resolución 1747 de 2008, Para ol caso de pagadores de pensiones se deja en blanco. Fecha de pago faaaa- mm-dd) El registrado en el campo 17 definido en el arlículo 7” de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 13 del registro tipo 1- Encabezado -= Literal B Descripción detallada de Ja planilla, Resolución 2145 de 2006. N? de la planilla asociada a esta planilla El registrado en el campo 8 definido en el artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiónes se deja en blanco, Número de radicación o de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes El registrado an el campo 16 definido en el artículo 7” de la Resolución 1747 de 2008, transformado a alfanuméórico y justificado a la Izquierda. De <]W Para_en caso de pagadoles de — His - 2 SET 2013 ResoLución NúmeRO CL02336 DE 2013 HOJA No 9 de 65 Posición Inicio | Fm Tlpo Descripción Validaciones y Origen de los Datos pensiones es el definido en el campo 12 del registro llpa 1- Encabezado — Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. Modalidad de ía Planilla El registrado en el campo 24 definido en el articulo 7” de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones se deja en cera Dias de mora El valor lo debe calcular el operador de información de acuerdo con la techa de pago de la planilla Para al caso de pagadores de pensiones se deja en cero Total cotización cbligatona Es la sumatoria del campo 3 de los registros Tipo 3 de esta planilla Total intereses de mora cotización obligatoria Es la sumatoria del campo 10 de los registros Tipo 3 de esta planilla Total UPC adicional Es la sumatoria del campo 11 de los registros Tipo 3 de esta planilla Inlereses de mora cotización UPC adicional Es la sumatoria del campo 12 de los registros Tipo 3 de esla planilla Número de registros de salida tipo 2 Ñ El contenido de este campo la debe calcular el operador de información y corresponde a la cantidad de registros TIPO 2 LIQUIDACION DETALLADA incluidos para esta planilla. Aportante exonerado de pago de aporte de parafiscales y salud - Ley 1607 de 2012 El registrado en el campo 33 del archivo tipo 1, definido en el artículo 1* de lá Resolución 1300 de 2013 Para el caso de pagadores ue pensiones se deja en blanco TOTAL PARÁGRAPO 1. Por cada planilla debe existir un registro TIPO 1.

Artículo 4

Modifícase el artículo 17 de la Resolución 610 de 2012, modificado por el artículo 20 de la Resolución 3214 de 2012, el cual, quedará así: “Artículo 17. ESTRUCTURA DEL REGISTRO TIPO 2 — LIQUIDACIÓN DETALLADA PLANILLA: Este registro contiene la información de cada uno de / izantes reportados en la planilla que deberá ser igual al número de 1) Pp . = 2 SET, RESOLUCIÓN NÚMERO (023336 DE 2013 HOJA No 10 de 65 resolución, así; registros de salida tipo 2 de que trata el campo 29 del artículo 16 de la presente Campo | Long Posición Inicio Fin Tipa Descripción Validaciones y Origen de los Batos ly Número del Registro Es el número del registro mn |— pr Tipo de registro Debe ser 2 para este caso. Número secuencial de planilla Debe inictar en 0000002 y ser secuencial para el resto de registros de la planilla. Código del Operador, Es el codigo del operador de Información por donde se realizú el pago de la planilla. Registrado en el campo 21 del articulo 7 de la Resolucion 1747 de 2008, Para al caso de pagadores de pensiones es el definido en el campa 17 del registro tipo 41- Encabezado — literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2008 Número de radicación o de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes El registrado en el campo 16 definido en el artículo 7* de la Resolución 1747 de 2008, transformado a alfanumérico y Justificado a la Izquierda. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 12 del registro tipo 1- Encabezado — Literai B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 Periodo de pago del aportante para el sistema de salud AAAA-MM, El registrado en el campo 15 definido en el artículo 7? de la Resolución 1747" de 2008. Para el caso de pagadores de penslones es el definido en al campo 14 del registro tipo 1- Encabezado — Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. Fecha de pago (aaaa-mm- dd) El registrado en el campo 17 definido en el articulo 7* de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones es el definida en el campo 13 del registro tipo 1- Encabezado — Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolucion 21465 de 2006 Código de la EPS 6 EOC El Registrada an el campo 33 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadoros de pensiones es el definido en el campo 32 del registro tipo 2- "Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Descripcion detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 LD) É - 2 SET 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO CC03336 DE 2013 HOJA No 11 de 65 Campo | Long Posición inicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos 9 16 53 68 Número de Identificación (NIT) de la EPS o EOC. Debe ser el número del NIT de la administradora correspondiente 10 1 69 69 Digito de verificación del NT. 11 16 TO 85 Sarial cotizante o pensionado principal Debe ser el verificación del administradora correspondiente Sertal asignado en BDUA a cada afiliado. dígito de NIT de la Campo 1 del articulo 11 de la Resolución 610 de 2012 12 2 86 87 Tipo documento del cotizante o pensionado principal El registrado en el campo 3 definido en ef artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para al caso de pagarores de pensiones es el definido en el campa 7 del registro tipo 2- “Liquidación — detallada de apottes - Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 13 18 88 103 N" de identificación del colizante y pensionado principal. El registrado en el campo 4 definido an el artículo 10 de fa Resolución 1747 de 2008 Pará el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 8 del reglstro tipo 2- "Liquidación — detallada de aportes" - Litera? B Descripción — delallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 14 16 104 | 119 Serlal beneficiario UPC adicional Serial asignado en BDUA a cada afiliado campo 1 del artículo 11 de la Resolución 610 de 2012, correspondiente al cruce lealizado con la Información de tipo y número de identificación del beneflclario UPC adicional +5 2 120 | 124 Tipo doctimento del beneficiario UPC adicional. E! registrada en el campo 3 A definido en el articulo 16 de la presente resofución, cuando el tipo de cotizantes es 40, Para el caso de pagadores de penslones es al definido en el campo 7A definido en el artículo 6 de la presente resolución, cuando el lipo de pensionado as 9, Es obligatorio en caso de reportar un beneficiano de UPC Adicional 16 15 122 | 137 N” de identificación del beneficiario UPC adicional, El registrado en el campo 4 A delinido en el articulo 16 de la presente ¡esolución, cuando el tipa de cotizantes es 40, Para el caso de pagadores de pensiones es el definida en el campo 8 A definido en el artículo 6_ de la_ presente - 2 SET, 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO CL333B DE 2013 HOJA No 12 de 65 Campo | Long | Posición ¡ — inicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos resolución, cuando el tipo de pensionado es 9, Es obligatorio en caso de reportar un beneficiario de UPC Adicional 17 2 1385 139 N Tipo de cotizante Cuando la clase de aportante definida en el campo 7 del articulo 3 de la Resolucion 1747 de 2008 es diferente de D se tomará el registrado en el campo 5 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Cuando la clase de aportante definida en el campo 7 del artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008 es D, se modificará el valor de salida de este campo así, Valor Valor campo 5 Salida 1 43 12 49 KE] 50 Cuando el tipo de cotizante es 40 “Beneficiario Ue adicional”, se deben diligenciar los siguientes campos de este tipo de registro, 11 | Serial cotizante principal 12 | Tipo documento del cotizante pilnclpal 13 | N* de identificación del cotizante principal, 14 | Seria! beneficiario UPC adicional 15 | Tipo documento del beneficiario UPC adicional 18 | N” de identificación del beneficiaria uPc adicional Pasa el caso de pagadores de pensiones se deja en cora, 18 2 140 | 141 N Subtipo de Catizante El registrado en el campo 8 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones se deja en cero 19 1 142 142 N Tipo de pensionado Solo para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 17 del registro tipo 2-“Liquidación detallada de aportes” — Literal B Descripcion detallada de la planilla Resolución 2145 de 2006. Cuando el tipo de pensionado es_ Y "'Beneficiario_ UPC - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO U 03336 DE 2013 HOJA No 13 de 65 Campo | Long Posición Inicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos adlclonal", se daban diligenciar los siguientes campos de este tipo de registro: 11 | Serial prncipal cotizante 12 | Tipo documenta del entizante pincipal. 13 | N” de identificación del cotizante principal. 14 | Serial beneficiario UPG adicional 15 | Tipo documonto del beneficiario UPC adicional. 16 | N” de identificación del beneficiario LPCc adicional. De lo contrario se deja en celo 20 2 143 | 144 Tipo de pensión Solo para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 9 del regisiro tipo 2-"Liguidación detallada de aportes” — Literal E Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2008, De lo contrarlo se deja en Cero 21 1 145 [ 145 Pensión compartida Solo para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 10 del registro tipo 2-"Liquidación detallada de aportes" — Literal B Descripción detallada de [a planilla, Resolución 2145 de 2006, De lo contrario se deja en blanco 22 1 148 | 146 Extranjero na obligado a cotizar a pensiones. El registrada en el campo 7 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de penslones se debe dejar en blanco. 23 1 147 | 147 Colombiano residente en el exlerior El registrado en el campo 8 definida en el arlículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 18 del registro tipo 2. “Liquidación — detallada de aportes! —- Literal B Descripción detallada de la planila, Resolución 2145 de 2006. 24 2 148 | 149 Código del departamento de la ubicación laboral El registrado en el campo 9 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 19 del registro tipo 2- - 2 SET 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (33368 DE 203 HOJA No 14 de 65 Campo | Long Posición Inicio | Fin Tipo Deseripeclón Validaciones y Orlgen de los Datos detallada de aportes" —= Literal B Descripción detallada de la plamila Resolución 2145 de 20086. “Liquidación 25 3 150 | 152 Código del municipio de la ubicación laboral El registrado en el campo 109 definido en el artículo 10 de la Rosolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 20 de! registro tipo 2- "Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Desenpcion detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006, 26 20 153 [ 172 Primer apellido El registrado en el campo 11 definido en ol articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pansiones es al definido en el campo 3 del registro tipo 2- “Liquidación detallada de aportes" - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2008, 27 30 173 | 202 Segundo apellido, El registado en el campo 12 defirido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de benslones es el definido en el campo 4 del registro tipo 2- *Liquidación — detallada de aportes” - Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 28 20 203 | 222 Primer nombre, El registrado en el campo 43 definido en el artlcuto 10 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 5 del registro tipo 2- "Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 29 30 223 | 252 Segundo nombre El registrado en el campo 14 definido en el artículo 10 de da Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 6 del registra tipo 2- "Liguidación — detallada de aportes” -= literal E Descripción — datallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 30 1 253 [253 ING; Ingreso El registrado en el campo 15 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el detrido en el - 2 SET, 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (003336 DE 2013 HOJA No 15 de 65 Campo | Long Poslelón . Validaci i ! Inicio | Fin Tipo Descripción 'alidaciones y Origen de los Datos campo 22 del registro tipo 2- "Liquidación detallada de aportes" — Literal BE Dascripción detallada de ta planilla, Resolución 2145 de 2005 31 1 254 254 A RET: Retira El registrado en el campo 16 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de penslones es el definido en el campo 23 del registro tipo 2- “Liquidación detallada de aportes" —- Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2146 de 2006 YA 1 255 255 A TOE. Traslado de Otra El registrado en el campo 17 BAdnunistradora definida en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 24 del registro tipo 2- "Liquidación — detallada de apartes" - Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolucion 2145 de 2006 33 1 255 | 256 A TAE, Traslado a Ótra El registrado en al campo 18 Administradora definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en ej campo 25 del registro tipo 2- “Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Descripción — delallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006, q 1 257 257 A VSP, Variación Permanente ] El registrado en el campo 21 de Salario. definido en el artículo 19 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 28 del registra tipo 2- *Liquidación detallada de aportes” = Literal [5] Deseripción — datallada de la planilla. Resolución 2145 de 2006. 35 1 258 | 259 A WST: Variación Transitoria |El registrado en el campo 23 del Salario. definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008 36 1 259 | 259 A SN Suspensión Temporal | El registrado en el campo 24 del Contrato de Trabajo y — | definido en el artículo 8 do la Licencias no Remuneradas. | resolución 610 de 2012, Para el caso de pagadores de penslones es el definido en ei campo 29 del registro tipo 2- “Liquidación detallada de aportes" - Literal 3 Descripción detallada de la planilla Resolución 2145 de > 2008, - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (23336 DE 2043 HOJA No 16 de 65 Campo | Long [ Posición | Ínicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos 37 1 .260 | 260 A WAC: Vacaciones. El registrado en el campo 27 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. 38 2 261 | 262 Dlas cotizados. El registrado en el campo 37 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 37 del registro tipa 2- “Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 Cuando en el campo 38 "Valor de la UPC adicional", del registro tipo 2 "ESTRUCTURA DEL REGISTRO TIPO 2 -— LIQUIDACIÓN — DETALLADA PLANILLA? definido en este artículo sea mayor que cero, el valor de días cotizados debe ser 30, 39 9 283 | 271 Salario básico. El registrado en el campo 40 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para al caso de pagadores de pensiones es el definida en el campo 39 del registro tipo 2- “Liquidación — detallada de aportes' - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 40 g 272 | 280 Ingreso Base Cotización. El registrado en el campo 43 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 39 del registro tipo 2- "Liquidacion detallada de aportes” - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 41 7 281 | 287 Tarifa. El registrado en el campo 54 definida en el articulo 14 de la Resolución 1747 de 2008 Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 48 del registro tipo 2. "Liquidación — detallada de aportes" —- literal B Deserpcian detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006 4 9 288 | 296 Cotizacion obligatoria, El regisirado en el campo $5 definido en el artículo 14 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de penslones es el definido en el campo 49 del registro tipo 2- "Liquidación — detallada de aportes” - Literal B Desenpción detallada de la UN RESOLUCIÓN NÚMERO ((33 - 2 SET 2013 36 DE 2013 HOJA No 17 de 65 Long Posición Inicio | Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos planilla, Resolución 2145 de 20086, 43 El 297 Valor de la UPC adicional. El registrado en el campo 56 definido en el artículo 14 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el delinido en el campo 50 dal registro tipo 2- “Liquidación — detallada de aportes" - Literal B Descripción — detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006, Es obligalono en caso de reportar un beneficiario de UPC Adicional. 44 1 306 | 306 Correcciones El registrado en el campo 22 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco 45 1 307 | 307 Salario Integral. El registrado en el campo 41 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco 46 1 308 | 308 Cotizante exonerado de pago de aporle de parafiscales y salud - Ley 1607 de 2012 El registrado en el campo 74 del registro tipo 2 del archivo tipo 2 definido en el artículo 3 de la Resolucion 1300 de 2013, Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanca TOTAL 308 ARTÍCULO 5, Modifícase el artículo 4 de la Resolución 2358 de 2006, modificado por el artículo 3 de la Resolución 2947 del mismo año, el cual, quedará así: Y.) a. Anexo Técnico de Afiliados a Pensiones: Deberá remitirse el viernes de cada semana Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán descargar fos archivos de inconsistencias generados por el Registro Único de Afiliados - RUAF, corregir dichas inconsistencias y enviartas corregidas en el transcurso de ta siguiente semana del reporte de las novedades periódicas. (y

Artículo 6

Adóptense como _Parte integral de la presente resolución, los anexos técnicos del Registro Único de Afiliados - RUAF relacionados a continuación, contentivos de las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por cada una de las administradoras de los diferentes Subsistemas, así, Anexo Técnico No. 1 de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones LIO ya ko 2 SET 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (03336 DE 2013 HOJA No 18 de 65 Anexo Técnico No. 2 de Cesantías: Subsistema de Cesantias Anexo Técnico No, 3 de Riesgos Laborales: Subsistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales. Anexo Técnico No. 4 Pagador de Pensiones; Subsistema de Seguridad Social en Pensiones — Entidades Pagadoras de Pensiones Anexo Técnico No. 5 de Subsidio Familiar: Subsistema de Subsidio Familiar Anexo Técnico No. 6 de Asistencia Social: Subsistema de Asistencia Social y Subsistema de Parafiscales.

Artículo 7

Vigencia y derogatorias. Lo dispuesto en la presente resolución regirá así: los artículos 1 y 2 a partir del 1 de noviembre de 2013; los artículo 3 y 4 a partir del 1 de enero de 2014 y los articulos 5 y 6, a más tardar el 31 de octubre de 2013, Esta resolución modifica los artículos 11 de la Resolución 810 de 2012, 12, 16 y 17 de la misma resolución, modificados por los articulos 16,19 y 20 de la Resolución 3214 de 2012 y el artículo 4 de la Resolución 2358 de 2006, modificado por el artículo 3 de la Resolución 2947 del mismo año y deroga la Resolución 4316 de 2006.

Artículo ANEXO (1/113)

a e e 7 y / > 2 SET 20 RESOLUCIÓN NÚMERO (23338 pe dr B HOJA No 19 de 65 ANEXO 1 ANEXO TÉCNICO DE AFILIADOS A PENSIONES ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. Datos que las administradoras de pensiones deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del registro único de afilados a la protección social RUAF.

Artículo ANEXO (2/113)

Las administradoras deberán envíar los archivos maestros de afiliados y el de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen: SIGLAS PARA NOMBRES DE LOS ARCHIVOS MAESTROS SIGLA DESCRIPCIÓN LONGITUD MP ¿[Arehoo rraestro de afiliados a pensiones. 2 NP Archiva maestro de novedades de afiliados a pensiones 2 NPE Archiva maestro de novedades del estado de la afiliación y al dla del aportanta 3 COMPONENTE _| Componente de la Proteccion Social al que partaneca el archivo — Pensiones (P) 1 CODENTIDAD _ | Cádigo de la entidad de pensiones que reporta la información. 6 AAAAMMDD _ | Fecha de generación dal archivo, No 5e debe utilizar nmgun tipo de separador. $ NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS TIPO DE ARCHIVO 2 CHIVO LONSITUp | Maestro de afllados a pensicnes PMPCODENTIDADAAAAMNMDD 17 Maestro de novedades de afiliados a pensiones PNPCODENTIDADAAAAMMDD 17 Maestro de novedades del estado de la afillación y al día dal aportante PNPECODENTIDADAAAA|AMMDD 16 ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A PENSIONES El archivo maestro de afilados a pensiones esta compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) Utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afillados solicitados en la etapa del cargue inicial, así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a pensiones, Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios, deben reportarse en el archivo como (,,).

Artículo ANEXO (3/113)

REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL o [a] Él e E $ NOMBRE DEL CAMPO 2 VALOR PERMITIDO Ly [e l al 7 Q O | Tipo de Registro 111 si 17 | Código administradora 8_ |Ver glosario si 35 | Fecha nicial del cerlodo de la información 10 |AAAA-MM-DD E 36 _ | Fecha final del perlodo de la Información 10 [AAMA-MM-DD si 37_ | Total de registros relacionados en al arcrivo E si 38__| Norrbre del Archivo (Sin extension TXT] 19 |Werglosario si REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE la - - 2 SET 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (3338 DE 2013 HOJA No 20 de 65 | al a als| ja do E ES [SES gs NOMERE DEL CAMPO g VALOR PERMITIDO <lul ¡< Dro! ER ó da (Sud al - aa 18 al 4__| Tlpo de registra 1 ]2 si si 1_ | Tipo de identificación del afliado 2 _ |Verglosaria El si 2__ | Número de identiacacion del afiliado 17 si EJ 3 | Código genera 1 Ver glosario E si 4 Fecha de nacimiento 16 | ABAA-MM-DD NO El 5 Departamento nacimiento 2 Ver glasano NO EJ 6_ | Municópio nacimiento 3_|Ver glosario NO EJ 7 Primer apellido 20 El $l 8£_ | Segunda apellido 30 Ve: ol Ñ NO NO 92 | P:lrer nombre 20 e: glosario Si [St 10_ | Segunda romua 30 NO no 11 | Deparamento resiúencia 2 |Verglosario NO E 12 | Municipio residencia 3 |Verglosario NO si

Artículo ANEXO (4/113)

45 | Fecha efectiva de afiliación a la administradora 10 |AMAA-MM-DD El sI 16_ | Afiliación subsidrada 1 |Verglosario s si 17 | Código edministradora 6 EJ st 18 | Código tipo de cotizante 2 _ |Werglosaria $ si 39 |afllado cesante 1 Ver glosario E NO 19 | Tipo de Identificación del apertante 2 |Verglosario NO NO 20 _| Numero de identificación del anortante 17 NO NO 21 5 Díglta de verltcación del aporíante 1 Ver glosario NO NO 22 | Razón social del aportante 150 | Ver plosano NO NO 23_ | Slasa de aportante 1_ |Ver glosario NO El 24 | Departamento de la ubicacion laboral 2_ [Ver glosario NO E 25 | Murrcipio de la ubicación laboral 3 (Var glosario NO EJ 26 | Fecha de vinculación can al aportanta 10 | A4AA-MM-DO NO NÓ 27_ | Estado de la afitación 1 Ver glosario El El 28_|4 día 1 Ver glosario si si Este campo só'o se gillgernc:a al la 34 | Código de la administeadora desde donde se traslada 6 cración e mación corresponde a administradoras 40 [Traslado 1 |Ver Glosario NO NO Los campos Segundo Apellido y Segunda Nombre son obligatorios si el afiliado, de acuerdo con su documento de identidad los tiene. El campo dígito de verificación del aportante no es obligatorio. Los campos 19, 20 y 22 no serán obligatorios si el campo 39 (afiliado cesante) viene en valor S.

Artículo ANEXO (5/113)

Para el cargue inicial, si un afilado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de ellos, diligenciando la totalidad de los campos del archivo maestro de afiliados, Para las novedades de creación de nuevos afillados que tengan más de un aportante, la entidad sólo debe reportar un registro al archivo maestro de afiliados diligenciando la totalidad de los campos con un aportante, los demás aportantes los debe reportar en el maestro de novedades can la navedad PO7. Si el afillado es tipa de cotizante independiente, ta Información del aportante debe ser la misma del afiliado. ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES El archivo de novedades de afiliados a pensiones está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización, Novedad de creación de nuevos afiliados. las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a pensiones utilizando la estructura del archivo maestro de afiliados y el nombre del archivo FIN afiliados a pensiones. Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como / . - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (23336 DE 2013 HOJA No 21 de 65 consecuencia de un traslado de régimen ó traslado de administradora del mismo régimen, deberá repartarse la creación de la nueva afiliación enviando el maestro de afiliados. Novedades de actualización.

Artículo ANEXO (6/113)

La información de los afiliados reportados a traves del archivo maestro de afilados deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a pensiones. De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla "CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES”. El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de éstas Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no Hevará ningún valor, es decir debe ser vacio y reportarse en el archivo como (,,).

Artículo ANEXO (7/113)

Cuando una afillación tenga más de un tipo de novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad, REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL nl ER E 2 E NOMBRE DEL CAMPO y VALOR PERMITIDO BLIGA' EN 3 al hr 0 )Tipo de Registra 1 1 E 17 | Código de la administradora 8_ | Ver plosano $ 35_ | Fecha inicias del período de la Información 10 [ARAA-MM-DD a] 38_ | Fecha final del poriodo de la Información 10 (AMAS-MM-DD EJ 37_ | Total de registros relacionados an el archivo 8 _ | Sin incluir_registro control si 38 ¡Nombre del Archivo (Sin extensión TXT) 18 | Ver ulosano El REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE o 2 2 El E E NOMBRE DEL GAMPO 3 OR PERMITIDO E OBSERVACIONES Ol 3 E 0 | Tipo de registro 1 2 EJ 17 | Código admin'stradora 6 B 1 Tipo de Identificación del afiliado 2 | Ver glosario Sl 2 | Numero de identificación del afilada 17 si 7_ | Primer apellido 20 si 8 _ | Segundo apellido 30 NO 9 [Primer nombre 20] Ver gloserlo sl 10 | Segundo nombre 30 NO Código de la novedad 3 Ver"Códigos de novedades de El] afiliados a pensiones Wealor 1 Walar 2 Dependiendo del codigo de Valor 3 a novadad se deben | Valor 4 egistrar los valores en el Valor 6 mismo orden en que Valor 6 bparecen en la tabia de Valor 7 'Cádigos de novedades de Valor 8 NO Afinados a pensiones " y los Valor Y ue ne se modifiquen se Valor 19 eben reemplazar por, AR 5 e deben completar los DR m uevos 15 valoras teniendo lor n cuenta lo explicado var > neriormenta, alor Valor 15 ' - 2 SET. 2013 RESOLUCIÓN Número CC3336 DE 2013 HOJA No 22

Artículo ANEXO (8/113)

de 65 CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social RUAF. Cód. Orden de las varlables da Observaciones Kov. Descripción la novedad Modificar la Infanmación de uma persona que se PO1 [Modificar persona 3,4,5,6,7,8,9,10,11.12 [ox vara en la base de datos RUAF, Modifica: el tino y/a al númaso de identificacion P02 [Modificación identificación de parsena 1,2 de una persora registrada en la base de datos RUAF ; ñ A Allación Po3 [Modificar efliación a penslones 15, 16 Modrácar la Información de la efillación a pens'ones en la base de datos RUAF Retirar afiliación e pensiones en la basa de datos RUAF en tos sigulantes casos" SI el caso es por fallecimiento se deben diligenciar los cermpos 30, 31 y 33 SI el caso es por recorocimiento de pensión, devolución Je saldos 0 indemnización! sustitutiva, se deben dil genciar los campos 30, 31 y32 Si al caso es por traslado de administradora sel deben diligercia: los campos 30, 31, y 34 Sl el caso es por anulación a retracic se deben diligenciar los campos 39, 34.

Artículo ANEXO (9/113)

Si el caso es por 'Anulación par mulliaf liación" se deben d Iigencia; les campos 30 y 31, danda! al "carpo 30. coresponde a la fecha de la A 4 é PO4 [Retirar o trasladar afliación a penslones (30, 31,32, 33, 34 EIA poetes or rutatilación" se deban diligenciar los campos 30 y 31, dende la fecha 'campo 30" corresponde a la fecha de An de la vigencia, S!' el caso es por "sustifución” se deben alligenciar los campos 30 y 31, donde la fecha "campo 30 corresponte a la fecha de la sustitución de administradora ' Sel caso es por “fus:on” se deben dl penciar los| campos 30 y 31 donde la feche "Campa 30" debs corresponder a la fecha de la fusión de las. administradores Si al caso es par "llquidación' se deber diigenciar las campos 30 y 31 donde la fecha “Campo 30* debe corresponde” a la fecha de la! Ituidación de la administradora, poz [Asociar otro aportante a una afiliacóna — [18,19, 20, 21, 22, 23, 24, Donsleras om o rente 2 ua có e pans ones 25, 26 Los campos 18, 19, 20, 21 y 22 son onligatori3s Modificar información de un aportante ca una POB Modificar aportante de una añliacion a 18,19, 20, 21,22, 23,24, — [afiiación e pensiones er. la base de datos versiones 25, 28 RUAF Los campos 19, 20, 21, 22 son obligatoriós, Desvincular apartante de una afliación a pansiores en la base de datos RUAF Desvincular aportante de una afiliación a Los campos 19, 2D, 24 y 29 $0n obligatarlas Pos pansiones

Artículo ANEXO (10/113)

19, 20, 21, 22, 28 Si el áportente que se de la es el único: actwo de la afilacion se debe _enuarc esta novedpd Junto con ta novedad PO4 ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DEL ESTADO DE LA AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE El archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante está compuesto por un único registro de control (Registra Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y Un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades del estado de la afiliación y al día del aportante. ? La EA = 2 SET 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO (003336 DE 2013 HOJA No 23 de 65 El archivo de novedades P05 y P06 que se reportan a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, se indica que deben enviarse solamente en el periodo donde haya cambiado el estado de la afiliación o al día y en mora respecto al periodo anterior. Para el reporte del estado de la afiliación, se deberá enviar un registro con código de novedad PO5 y para el reporte de la novedad de sí el aportante está al día o en mora, se debe enviar un registro para el aportante que tenga la afiliación, con el código de novedad POS.

Artículo ANEXO (11/113)

REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL o 210 Fl 3 E NOMBRE DEL CAMPO 9 VALOR PERMITIDO OBLIGATORIO Blol 3 3 14] “Tipo de Registro 1 1 si 17 | Código de la administradora 6_ |Verglosario El] 3£_ | Fecha inicial del perfodo de la información 10 | AAAA-MM-DD si 36 | Facha final del periodo de la información 19__| AABA-MM-DD E 37_ | Total de registros relacionados en el a“chivo 8 | Sin inciuw_ registro control Si 38 | Nombra del Árchiva (Sin extens'on .1XT) 19 |Verglasariz [ 31 REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE Q 8 E 5 E NOMBRE DEL CAMPO ral OR PERMITIDO 3 OBSERVACIONES Zz 2 o o E D__ ¿Tipo de registra 1.12 El 17 | Codigo administradore El 1 | Tipo de identificación Sel afillado 2_|Varglosa:io El 2_ | Número de Identificación del afilado 47 E] 7 Peirmar apallida 20 EJ] 3_ | Segundo apellido 30 NQ 9 |Prrmer nombre 20 Ver glosano si 10 | Segundo nombre 130 HO Po5 Solo pueden ser los códigos Código de la rovedad 3 [06 SI [Pos oPo6 sta campo es de obligatoria 27 | Estado de la afiliación 1 | Ver glosario NO diligenciamiento sl el código de da novedad es PO5 19_ | Tipo de Identificación del aponiante 2 [Ver olosario S5i_1 “ampos obligatorios 20 | Nórrero de identificación del aportante 17 | Ver glosario Sy P Él 21 | Dlgito de verificación del apor-ante 1 ¡Vez glosario NO_ Campo no obligatorio 22 | Razón social del aportante 150 | Ver giosario s1__ampa obligatorio Este campo es de obligatorio 28 |Aldía + |Verglosaria

Artículo ANEXO (12/113)

NO Plligenclamiento sí el codigo de la novedad es POB Cuando no existan novedades de creación de nuevos afilados, novedades de actualización, o novedades de estado de afiliación o al día del aportante, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros. GLOSARIO DE CAMPOS En al siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social RUAF, a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permiidos.

Artículo ANEXO (13/113)

Cada variable está codificada. el código asignado aparece en la cotumna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la cotumna Tipo se muestran el tipo de dato que Ola RESOLUCIÓN NÚMERO (033386 DE 2013 - 2 SET 2013 HOJA No 24 de 65

Artículo ANEXO (14/113)

Para los nomgrss y aselldos co npuestos, se tomara 7 |Primarapellido 20 A como primer nombre el prrner norrbre del nombre compuesto y como segundo nombre e” complamenta, 6 Seguado apellido 30 A Igualmente para el caso de los ape lidos compuastos, El pe Julio Álvaro Andrés Moliáa del Castillo Pruner nombre 9 |Primernombre 20 A JULIO, segundo nombre ÁLVARO ANDRÉS, Pilmer apellido, MOLINA, segundo apeltido DEL CASTILLO Cuando una parsona no tiene segundo nombre o avel ido be reportara vaclo en estos atributos Sa utilizará la abreviatura "YDA” vara los segundos apellidos que 10 | Segundo nombre 30 A utilizan la palabra VIUDA (0). Los Nombres termmados en “A pasa género mescufino hay que teportalos can al documante ascaneado, Igualmente para nombres o apellidos menores da 3 lotras se 4 Tab'a Dapariamentos — Tabla DIVIPOLA (Diaston 11 | Ospartamerto sesidencia 2 N Politico Adrnin strativa da Colombia) del DANE .

Artículo ANEXO (15/113)

Tebie Municipios — Tabla DIMIPOLA (División Política 12 |Munialplo residencia 3 N __| Administrativa de Colombia) de" DANE 15 Fecha efectiva de afiliación e la 10 A AAAA-MM-DD administradora Esta fecha ocrresponde a la fecha Je la selección m , $ = Si recibe subsid.o 16 | Afiliación subsid:iada 1 A N - No recibe subsid'o 17 | Códiga administradara 6 A 1 - Dependiente 2 - Empleada doméstica 3 - Independiente 4 - Macre Comunitaria 18 - Irdependiente agrernado o asociado 189 | Código tipo de cotizante 2 N 17 - Empleada san requisitos cumplidos vara pension 30 - Dependiente entidades o Unwersidades públicas DON Ráglmen Especial en Salud l 31 - Cooparades de cooperativas de trabajo asociado 32 — Cotizante carrera diplomática a consular a funclonários de organismos multilateral TI - Taneta de Identidad CC - Cédula de ciudadanía , CE - Cedula de extranjerla 18 | Tipo de identificación del aportanta 2 A PA - Pasaporte NI - Númaro de Identificación tributaria CD- Carnet diplomatico Número de identificación del 20 aponrtante 17 A 21__| Digita de verláración def aportante 1 N 0-9 Nombra dal aporlante pára colizantes dependientes o 22 | Razón sacial del aportante 150 A nombres y apellidos completos para cotizantes Independientes que son aportantes A Apertante con 200 o mas cotizantes E Aportante con menos de 200 cotizantes C Apartante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 23 | Class de aportante 1 A D Aportante beneficiaria de la Ley de Formalización y Generación de Emplao (Ley 1429 de 2010) | Independiente Tabla Deyartamentos — Tabla DIVIPOLA ¡Oñusión 24 | Departamento de la ubicación laboral | 2 N_| Político Aderinistrativa

Artículo ANEXO (16/113)

de Cotombraj del DANE N Tabla Municipios — Tabla DIVIPOLA (División Po'ftico 25 piynicipio de la ubicación laboral 3 N Administrativa de Colombia) dal DANE Al ; Í USUAL ap aquiza 10d O Se.OpeSIUIuopa jue SOpE [ye ep Dpe¡se!] un e epuodsaJoo UpIoRI]ye 39 UpIpBaso e] 15 e19U8É|]p 9S 0198 aduea e1s7 N L OPeÍsBlL | 0r ON-Z [S-L 2uesad equendua 98 0U OPeI/e [a 15 -N *|210G8/ 0/n9uja un buju auep, Y L SUESO9 Opel] BE ou anb e Opigap s¡uesao 2Janaua 96 apelllye 19 15 -S «SINOISN3d Y SOOWM14Y 30 SIOYIIAON Y E: na 309 A OYLSIVIN SOAIHOYY 30 SIHBMNON.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogado»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 55), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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