Por medio de la cual se Definen términos y condiciones del Reporte de información para el seguimiento de las reglas establecidad para el saneamiento definitivo cobros y recobros por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC

Resolución · 3315 · 2019-12-06 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 50

Artículo ANEXO (10/39)

Ejemplo: 40150000.32 Si Valor glosa Valor glosa aplicada al recobro, según los datos de la ERP -- Entidad Responsable | de Pago. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Si RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2019 HOJA No 12 0003315 "6 Dic 2019 Ñ 203 TAR al S 1 al Pas a E O E No. | Nombre del campo DIG 3 > Mrálores permitidos y arab 2 cas de a ' % ad Ñ AS 2 le Pl PU ld a É 12 |Recobro se encuentra en A [Sl SI proceso jurídico NO 13 | Número del proceso 23 A |Incluir el Código Unico del Proceso| Sl Judicial del Consejo Superior de la . Judicatura. 14 [Número del contrato de 23 A [Incluir el número de contrato de| Sl transacción transacción asignado. 4.2. Características de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a) Enelanexo técnico de los archivos, el tipo de dato corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales b) Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión Axt c) Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d) El separador de campos debe ser pipe (|;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|).

Artículo ANEXO (11/39)

e) Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará asi: dato1||dato3. f) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. g) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. i) Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. 1) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. Il) Losarchivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 4.3. Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Sociai -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO.

Artículo ANEXO (12/39)

Registrar entidad: https://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes. aspx RESOLUCIÓN NÚMERO 200331 5 DE2019 HOJA No 13 *f DIC 2019 Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el contro! de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: //www.sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.qov.co/MWVebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx 4.4. Periodo de reporte y plazo La ADRES realizará masivamente cargues de todos los recobros que sean radicados ante la entidad y con periodicidad trimestral reportará los pagos aplicados a los recobros sujetos de reconocimiento en el portal transaccional. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social habilitará la plataforma PISIS para el envío de dicha información.

Artículo ANEXO (13/39)

RESOLUCIÓN NÚMERO h DE 2019 (903315 DE DIC 2019 HOJA No 14 ANEXO TÉCNICO No. 5 REPORTE DE INFORMACIÓN DE FACTURAS Y RECOBROS AUDITADOS POR PARTE DE ENTIDADES TERRITORIALES PARA CADA FASE * El presente anexo técnico deberá ser reportado a través de ta plataforma PISIS, una vez sean enviados los anexos técnicos No. 1, 2 y 3 por parte de la entidad territorial, y la actualización de las facturas o recobros objeto de este saneamiento que ya hayan sido auditados, se realizará a través del portal transaccional dispuesto por parte de este Ministerio. Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 5.1. Estructura y especificación de los archivos 5.2. Características de los archivos planos 5.3. Plataforma para el envío de archivos 5.4. Período de reporte y plazo 5.1. Estructura y especificación de los archivos 5.1.1. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de las facturas y los recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el articulo 238 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores del nombre permitidos o Descripción Longitud Requerido de archivo formato ya Módulo de APF Identificador del módulo de 3 S información información. Acuerdo de Punto Final Fuente de la información: entidades Tipo de fuente 120 territoriales del orden departamental y 3 El distrital Reporte de información de las facturas Tema de FRAU y los recobros objeto de saneamiento 4 SI información en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (14/39)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019. Fecha de corte de la información Fecha de reportada, corresponde al último dla corte AAAAMMDD | calendario del periodo de información 8 SI reportada, No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 e a e Tipo de identificación de la entidad : DE/D! reportadora de información: DE 2 Si de la entidad (Departamentos) y DI (Distritos) reportadora Código DANE de la entidad que envía Número de el archivo, sin dígito de verificación. Se identificación debe utilizar el carácter CERO de de la entidad 909999999999 relleno a la izquierda si se requiere 12 si reportadora para completar la longitud del campo. Ejemplo 000999999999. Extensión del TXT Extensión del archivo plano. 4 sI NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Información de las facturas y los recobros objeto de saneamiento en el marco de | APF120FRAUAAAAMMDDNI999999999999.txt 36 lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019. RESOLUCIÓN NÚMERO 5 DE 2019 HOJA No 15 co0331o * 6 DIC 2019 el seguimiento at cumplimiento de las reglas establecidas para el saneamiento definitivo de los cobros o recobros 5.1.2. Contenido del archivo El archivo con la información de las facturas y los recobros objeto de saneamiento en el marco de to establecido en el articulo 238 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de contro! (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen ta información solicitada asi: | Registro | Descripción _ j Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle que contiene cada una de las facturas y los | Obligatorio recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (15/39)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019 Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) 5.1.2.1. Registro Tipo 1 -— Registro de Control Este registro es de carácter obligatorio y corresponde al primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. E E 3 z£Elo 3 No. Nombre del campo Dx E 3 Valores permitidos 2 383 E 1 ¡Tipo de registro 1 N | 1: valor que significa que el registro es de | Sl control 2 ¡Tipo de identificación de la 2 A | Tipo de identificación de la entidad fuente | Si entidad que reporta de la información: NE NIT 3 |Número de identificación de la 12 N | NIT de identificación de la entidad que| SI entidad que reporta reporta, sin dígito de verificación. 4 |Razón socia! 250 A | Razón social de la entidad reportadora de| Si la información. 5 |Fecha inicial del perlodo de la 10 F [En formato AAAA-MM-DD. —Debej SI información reportada corresponder a la fecha de inicio del perlodo de información reportada. 6 |Fecha final del periodo de la 10 F [En formato AAAA-MM-DD. —Debej SI información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo, 7 |Nuúmero total de registros de 10 N [Debe corresponder a la totalidad de| Si detalle contenidos en el archivo registros de tipo 2, contenidos en el archivo. 5.1.2.2. Registro Tipo 2 —- Registro de Detalle de Facturas y Recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (16/39)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019 En el Registro Tipo 2, la entidad territorial, reportará el detalle de las facturas y recobros presentados por los prestadores y proveedores de servicios de salud y EPS (ésta última para el caso de recobros con las entidades territoriales). porra” > - No. | Nombre del campo Valores permitidos del campo Tipo Longitud =| máxima MiRequerido z 2: valor que significa que el registro es de detalle 1 | Tipo de registro RESOLUCIÓN NÚMERO (00331 5 DC 2018 HOJA No 16 esta factura o recobro E 13 , 3 la . Al ] OIR e 2 | Consecutivo de registro 10 Número consecutivo de registros de| SI detalle dentro del archivo.

Artículo ANEXO (17/39)

Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 3 [Tipo de identificación del 2 El único valor válido es: NI (NIT) tanto| SI Prestador/Proveedor de para el prestador/proveedor de servicios Servicios de Salud o EPS para de salud como para ta EPS para el caso el caso de recobros de recobros. 4 |Número de identificación del 12 Corresponde al número de identificación | Sl Prestador/Proveedor de del Prestador/Proveedor de Servicios de Servicios de Salud o EPS para Salud o EPS para el caso de recobros. el caso de recobros Este número se diligencia sin dígito de verificación. 5 |Razón Social del| 250 Corresponde a la razón social del| Sl Prestador/Proveedor de Prestador/Proveedor de Servicios de Servicios de Salud o EPS para Salud o EPS para el caso de recobros. el caso de recobros 6 | Tipo de cobro 1 % Si corresponde a un recobro| Sl presentado por una EPS a una entidad territorial. 2: Si corresponde a una factura presentada por un del Prestador/Proveedor de Servicios de Salud a una entidad territorial por servicios y tecnologías no financiados con la UPC-S. 7 |Prefijo de la factura o recobro 6 Prefijo de la factura o recobro. En caso de| NO de la ERP no tener prefijo, dejar en blanco. 8 |Número de factura/ Número| 20 Número de la factura presentada por el| Sl de recobro de la ERP det Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o recobro presentado por la EPS. 9 | Fecha de emisión de la factura 10 En formato AAAA-MM-DD. Fecha en la| Sl o recobro cual se emitió la factura por parte del Prestador/Proveedor de Servicios de Salud o recobro por parte de la EPS. 10 |Fecha de presentación de la 10 En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (18/39)

Fecha en la| SI factura o recobro cual se presentó la factura o recobro ante la Entidad Responsable de Pago, es decir, la fecha de radicación. 11 [Valor de la factura o recobro 15 Valor inicial de la factura o recobro. S]] El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 12 | Valor de glosa definitiva 15 Valor de la glosa definitiva de la factura o| SI recobro por la Entidad Responsable de Pago. 13 | Valor pagado históricamente a 15 Se deberá reportar el valor pagado a la| Sl factura o recobro que se haya efectuado históricamente, antes de la fecha de certificación de la deuda reconocida RESOLUCIÓN NÚMERO 0003315 DE 2019 HOJA No 17 -6 DIC 2019 mediante el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 Saldo de la deuda reconocida 15 D |Se deberá reportar el saldo de la deudaj Sl a esta factura o recobro reconocida por parte de la entidad territorial a esta factura o recobro, el cual debe ser consistente con la deuda reconocida reportada en el Anexo Técnico No. 41 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el separador de miles.

Artículo ANEXO (19/39)

Ejemplo: 40150000.32 Factura O recobro se 2 A |SI Sl encuentra en proceso jurídico NO Etapa en que se encuentra el 1 N |0= No se encuentra en proceso Si proceso jurídico 1= Demandando en primera instancia. 2= Demandando en segunda instancia. 3= Demandado con sentencia ejecutoriada, con fallo o sentencia que condena su pago a la Nación o Entidad Territorial 4= Demandado con sentencia ejecutoriada, con fallo o sentencia sin condena de pago a la Nación o entidad territorial. Número del proceso 23 A | Incluir el Código Único del Procesoj NO Judicial del Consejo Superior de la Judicatura. Número del contrato de 23 A | Incluir el número de contrato de| Si transacción transacción asignado. 5.2. Características de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:. a) b) c) a) e) En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sín caracteres especiales y sin tildes. El separador de campos debe ser pipe ([;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato? y el dato3, el dato2 está vacio se reportará así: dato1|]dato3. RESOLUCIÓN NÚMERO (003315 DE201 HOJA No 18 - 6 DIC 2019

Artículo ANEXO (20/39)

f) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. 9) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. 1) Las longitudes de campos definidas en los registros de contro! y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal “O” la cual es un carácter diferente a cero. Il) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 53. Plataforma para el envío de archivos Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que fas entidades reporten la información. Sí la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO.

Artículo ANEXO (21/39)

Registrar entidad: hitps://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: hitps://web, sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza ei proceso de validación, así: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. + Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el contro! de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: //www. sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web, sispro.gov,co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ aspx 5.4. Período de reporte y plazo Cada una de las entidades territoriales deberá cargar este anexo técnico en las fechas establecidas en el Plan de Saneamiento dispuesto por el departamento o distrito respectivo. De esta forma, la fecha de reporte depende de cada entidad territorial y los tiempos definidos para adelantar cada una de las fases en el proceso de saneamiento establecido en el marco de la Ley 1955 de 2019. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Satud y Protección Socia! habilitará la plataforma PISIS para el envío de dicha información.

Artículo ANEXO (22/39)

RESOLUCIÓN NÚMERO (003315 oe 2019 - 6 DIC 2019 HOJA No 19 ANEXO TÉCNICO No. 6 REPORTE DE INFORMACIÓN DE FACTURAS Y RECOBROS PAGADOS POR PARTE DE ENTIDADES TERRITORIALES PARA CADA FASE El presente anexo técnico deberá ser reportado a través de la plataforma PISIS, una vez sean enviados los anexos técnicos No, 1, 2, 3 y 5 por parte de la entidad territorial. Para este anexo técnico se definen cuatro capitulos: 6.1. Estructura y especificación de los archivos 6.2. Características de los archivos planos 6.3. Plataforma para el envío de archivos 6.4. Pertodo de reporte y plazo 6.1. Estructura y especificación de los archivos 6.1.1, Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de los pagos efectuados a los contratos de transacción objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores del nombre permitidos o Descripción Longitud Requerido de archivo formato Ya Módulo de APF identificador del módulo de 3 Si información información. Acuerdo de Punto Final Tipo de Fuente de la Información: Entidades Fuente 120 Territoriales del orden departamental y 3 SI distrital Reporte de información de los pagos efectuados a los cobros y recobros Tema de FRPA incluidos en los contratos de 4 sI información transacción, objeto de saneamiento, en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (23/39)

articulo 238 de la Ley 1955 de 2019 Fecha de corte de la información Fecha de reportada, corresponde al último día Corte AAAAMMDD | calendario del período de información 8 SI reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo: 20190930 e e Tipo de identificación de la entidad de la entidad DE/DI reportadora de información: DE 2 si reportadora (Departamentos) y DI (Distritos) Código DANE de la entidad que envía Número de el archivo, sin digito de verificación. Se identificación debe utilizar el carácter CERO de de la entidad 999999999999 relleno a la izquierda si se requiere 12 si reportadora para completar la longitud del campo. Ejemplo 000999999999. Extensión del TXT Extensión del archivo plano. 4 Si NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud información de los pagos efectuados a los cobros y recobros incluidos en los APF1t20FRPAAAAAMMDDNI999999999999.txt 36 contratos de transacción, RESOLUCIÓN NÚMERO E 2019 HOJA No 20 co a 019 CE : Tipo de Archivo j Nombre de Archivo Longitud objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019. 6.1.2. Contenido del archivo El archivo con la información de los pagos efectuados a los cobros y recobros incluidos en los contratos de transacción objeto de saneamiento, en el marco de lo establecido en el

Artículo ANEXO (24/39)

artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, está compuesto por un único registro de control (Registro tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen ta información solicitada asl: Registro -_ Descripción _ Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle que contiene cada uno de los pagos efectuados de las | Obligatorio facturas y los recobros objeto de saneamiento en el marco de lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019 Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe ()) 6.1.2.1. Registro Tipo 1 - Registro de Control Este registro es de carácter obligatorio y corresponde al primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. 3, 3 £gna 2 E No. Nombre del campo yE E = Valores Permitidos 2 q3e ¿ 1 ¡[Tipo de registro 1 N | 1: valor que significa que el registro es de| Si control 2 |Tipo de identificación de la 2 A | Tipo de identificación de la entidad fuente | SI entidad que reporta de la información: NINET 3 | Numero de identificación de la 12 N |NIT de identificación de la entidad que| Sl entidad que reporta reporta, sin dígito de verificación. 4 | Razón Social 250 A | Razón social de la entidad reportadora de¡ Sl la información. 5 | Fecha inicial del pertodo de la 10 F |En formato AAAA-MM-DD, Debe| SI información reportada corresponder a la fecha de inicio del periodo de información reportada. 6 ¡Fecha final del perlodo de la 10 F |En formato AAAA-MM-DD. Debe| SI información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. 7 | Número total de registros de 10 N [Debe corresponder a la totalidad dej Sl detalle contenidos en el registros de tipo 2, contenidos en el archivo archivo. 6.1.2.2.

Artículo ANEXO (25/39)

Registro Tipo 2 — Registro de Detalle de Pagos Facturas y Recobros En el Registro Tipo 2, la Entidad Territorial, reportará el detalle de los pagos efectuados a los contratos de transacción presentados por tos prestadores y proveedores de servicios de salud y EPS (ésta última para el caso de recobros con las entidades territoriales), después de la certificación de la deuda reconocida en cada fase, RESOLUCIÓN NÚMERO (003315 DE 2019 - E DIC 2019 HOJA No 21 por concepto de servicios y tecnologías na financiadas con cargo a la UPC” ERA , $” EJ E z “5 EEE E ¿ 97,0 E dile il 2d Ea de E We Tipo de registro 1 2: valor que significa que el registro es de| Sl detalle Consecutivo de registro 10 Número consecutivo de registros de| SI detalle dentro del archivo. inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el fina! del archivo. Número de la orden de pago 23 Incluir el número de la orden de pago que| SI autoriza el pago del contrato de transacción. Número del contrato de| 23 Incluir el número de contrato de| SI transacción transacción el cual se está pagando. Fecha de la orden de pago 10 En formato AAAA-MM-DD. Debe| Si corresponder a la fecha de la orden de pago. Tipo de identificación del| “2 El único valor válido es: NI (NIT) tanto] SI! Prestador/Proveedor de para el prestador/proveedor de servicios Servicios de Salud O EPS de salud como para la EPS para el caso para el caso de recobros quien de recobros. recibe el pago Número de identificación del 12 Corresponde al número de identificación | SI Prestador/Proveedor de del Prestador/Proveedor de Servicios de Servicios de Salud o EPS Salud o EPS para el caso de recobros. para el caso de recobros Este número se diligencia sin dígito de quien recibe el pago verificación.

Artículo ANEXO (26/39)

Razón Social delj 250 Corresponde a la razón social del] Si Prestador/Proveedor de Prestador/Proveedor de Servicios de Servicios de Salud o EPS Salud o EPS para el caso de recobros. para el caso de recobros Valor pagado con recursos 15 Se deberá reportar el valor total pagado a| Sl propios de la entidad territorial este contrato de transacción, que se haya a este contrato de transacción efectuado con recursos propios de ta entidad territorial en el marco del saneamiento establecido en el Artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, después de la fecha de certificación de la deuda reconocida mediante el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse e! separador de miles. Ejemplo: j 40150000.32 Valor pagado con recursos de 15 Se deberá reportar ei valor total pagado a| Sl la Nación a este contrato de transacción este contrato de transacción, que se haya efectuado con recursos de la Nación en el marco del saneamiento establecido en el Artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, después de la fecha de certificación de la deuda reconocida mediante el Anexo Técnico No. 1 del presente acto administrativo. El formato de este campo permite dos decimales opcionales, el separador de decimal es el punto. No debe utilizarse el RESOLUCIÓN NÚMERO (003315ne 2019 HOJA No 22 - 4 DIC 2019 el seguimiento al cumplimiento de las reglas establecidas para el saneamiento definitivo de tos cobros o recobros por concepto de servicios y tecnologias no financiadas con cargo a la UPC* No. | Nombre del campo Valores Permitidos Longitud máxima del campo Tipo Requerido separador de miles. Ejemplo: 40150000.32 6.2. Características de tos archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:

Artículo ANEXO (27/39)

a) En el anexo técnico de los archivos, el tipo de data, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales b) Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt c) Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYUSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d) El separador de campos debe ser pipe ([;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). e) Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el datoí y el dato3, el dato2 está vacio se reportará así: dato1/[dato3. f) Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (””) ni ningún otro carácter especial, g) Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de . decimales. h) Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. i)' Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. 1) Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k) Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. I) Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de fina! de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro

Artículo ANEXO (28/39)

m) Los archivos deben estar firmados digitalmente. 6.3. Plataforma para el envio de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si la entidad que reporta aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO. Registrar entidad: hitps://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: RESOLUCIÓN NÚMERO £003315 DE 2019 HOJA No 23 - 4 DIC 2019 + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción a la entidad que reporta. » Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a la entidad que reporta el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas retacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda.

Artículo ANEXO (29/39)

Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: //www.sispro.gov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web,sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/F AQ/FAC).aspx 6.4, Período de reporte y plazo Cada una de las entidades territoriales deberá cargar este anexo técnico una vez haya efectuado la totalidad de los pagos con cargo a los recursos territoriales de la fase definida en el Plan de Saneamiento del departamento o distrito respectivo. Una vez, cuenten con los recursos de la cofinanciación de la Nación, si aplica, deberá cargar este anexo técnico incluyendo los pagos realizados exclusivamente con esta fuente. Conforme a lo anterior, la fecha de reporte depende de cada entidad territorial y los tiempos definidos para adelantar cada una de las fases en el proceso de saneamiento establecido en el marco de la Ley 1955 de 2019. Para ello, la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Sacial habilitará la plataforma PHSIS para e! envio de dicha información. RESOLUCIÓN NÚMERO 2003315 DE E ÍC 2019 HOJA No 24 ANEXO TÉCNICO No. 7 FORMATO DE CESIÓN DE CRÉDITO Se sugiere utilizar este formato por parte de la Entidad Responsable de Pago, esto es, ADRES o las entidades territoriales del orden departamental o distrital, cuando éstas y la EPS suscriban cesión de derechos de crédito a favor de la IPS o proveedor de servicios de salud.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2019-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 59), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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