Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico

Resolución · 2806 · 2022-12-29 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–60 de 91

Artículo ANEXO (39/89)

RESOLUCIÓN NÚMERO 28960 29:DIC-2022 2022 HOJA No 30 1D : Campo Descripción Tipo | Tamaño Observaciones Versión R11 | fechaEgreso Fecha y hora |C 16 [En caso de muerte corresponderá 1 de egreso del a la fecha y hora de la muerte del usuario de usuario. urgencias con observación. La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS ni menor a la fecha de nacimiento del usuario. Así mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. El rango comprendido entre la fecha/hora de ingreso y la fecha/hora de egreso no puede superar las 48 horas. R12 | consecutivo Número N 1-7 | Debe inicias con el número uno (1) 1 consecutivo incrementando de uno en uno. No que identifique deben existir números idénticos el registro. repetidos.

Artículo ANEXO (40/89)

Ejemplo: "urgencias": [ ( "cogPrestador": "500000000001", “fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08:10", "causaMotivoAtencion”: "21", "codDiagnosticoPrincipal": "B427", "codDiagnosticoPrincipalE": "B427", “codDiagnosticoRelacionadoE1”: null, “codDiagnosticoRelacionadoE2”: null, "codDiagnosticoRelacionadoE3”: null, "condicionDestinoUsuarioEgreso": "01", "codDiagnosticoCausaMuerte": null, "fechaEgreso": "2021-08-23 20:22", “consecutivo”: 1 ) ] 3.3.4 Datos de hospitalización 1D Campo Descripción Tipo| Tamaño Observaciones Versión HO1 cogPrestador Código otorgado |C 12 | Elcódigo del facturador electrónico 1 por el Ministerio en salud se debe encontrar en la de Salud y tabla “IPSCodHabilitación” para Protección prestadores de servicios de salud o Socia! al en “IPSNoREPS” para prestadores prestador de exceptuados del registro en REPS. servicios de salud o del El código del prestador de servicios obligado a de salud o del obligado a reportar reportar. debe estar relacionado con el numDocumentoidObligado. HO2 | vialngresoServicioSalud identificador c 2 |!nformmar dato según tabla de 1 para determinar referencia: “VialngresoUsuario” la vía de ingreso teniendo en cuenta la columna de del usuario al la tabla de referencia que indique la servicio, vía de ingreso del usuario al servicio de hospitalización, en web.sispro.gov.co. Se puede validar que según la via de ingreso informada se cuenten con los registros respectivos de la atención realizada en la misma RESOLUCIÓN NÚNEROG2808De 2022 HOJANo 31 o. 79.DIC,2022 i 1D Campo Descripción Tipo| Tamaño Observaciones Versión institución previo al ingreso a hospitalización.

Artículo ANEXO (41/89)

HO3 ¡jfechalnicioAtencion Fecha y hora de |C 16 | La fecha y hora de ingreso no debe 1 ingreso del ser mayor a la fecha y hora de Usuario a validación de los RIPS. Asi mismo, hospitalización. no debe ser mayor a la fecha y hora de egreso. HO4 | numAutorizacion Número Cc 0-30 ¡Cuando el servicio de salud no 1 asignado por la requiera autorización se informa entidad null, responsable de pago y demás pagadores a los que aplique, para ordenar la prestación de servicios. HOS | causaMotivoAtencion Identificador de ¡C 2 | Informar dato según tabla de 1 la causa que referencia: origina el "RIPSCausaExternaVersion2” servicio de teniendo en cuenta la columna de salud. la tabla de referencia que indique la causa que origina el servicio de "salud para hospitalización, en web sispro.gov.co. HOS | codDiagnosticoPrincipal Código del ¡C 4-25 |El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del usuario. principal de ingreso El código de CIE no puede ser de confirmado 0 causas externas de morbilidad y de presuntivo, mortalidad (CIE10: VO1-Y98 o su según la versión equivalente en la CIE vigente). : vigente de la Clasificación El código de CIE se puede validar Internacional de según el código de la consulta Enfermedades — (CUPS) informado. CIE. Informar dato según tabla de referencia: “CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

Artículo ANEXO (42/89)

HO? | codDiagnosticoPrincipalE Código del |C 4-25 |El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del usuario, principal de egreso El código de CIE no puede ser de confirmado o causas externas de morbilidad y de presuntivo, mortalidad (CIE10: VO1-Y98 o su según la versión equivalente en la CIE vigente). vigente de la : Clasificación El código de CIE se puede validar Internacional de según el código de la consulta Enfermedades — (CUPS) informado. Cif. Informar dato según tabla de referencia: “CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la ClE. H08 | codDiagnosticoRelacionadoE1 Código del |C 0, 4-25 |El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del usuario. relacionado 1 de egreso Se puede validar que el código de confirmado o diagnóstico relacionado de egreso presuntivo, no sea igual al código de según la versión diagnóstico principal de egreso. vigente de la Clasificación Se puede validar que el código de Internacional de diagnóstico relacionado de egreso Enfermedades - no sea igual a otro diagnóstico CIE. relacionado de egreso. RESOLUCIÓN NÚMERO 928% Boe 2.9 DIC 2022 2022 HOJANo 32 para determinar la condición y destino del usuario al egreso de hospitalización. referencia: *CondicionyDestinoUsuarioEgreso” teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la identificación de la condición y destino del usuario al egreso de hospitalización, en web.sispro.gov.co. Se puede validar que, si la condición del usuario al egreso es “Paciente muerto”, para este no se informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte.

Artículo ANEXO (43/89)

Se puede validar que si la condición del usuario al egreso es “Paciente 1D Campo Descripción Tipo| Tamaño Observaciones Versión Informar dato según tabla de referencia: “CIE1O” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. HO9 | codDiagnosticoRelacionadoE2 Código del ¡€ 0,4-25 |El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del usuario. relacionado 2 de egreso Se puede validar que el código de confirmado [7 diagnóstico relacionado de egreso presuntivo, no sea igual al código de según la versión diagnóstico principal de egreso. vigente de la Clasificación Se puede validar que el código de Internacional de diagnóstico relacionado de egreso Enfermedades — no sea igual a otro diagnóstico CIE. relacionado de egreso. Informar dato según tabla de referencia: “CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. H10 | codDiagnosticoRelacionadoE3 Código del |[C 0, 4-25 [El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del usuario, relacionado 3 de egreso Se puede validar que el código de confirmado O diagnóstico relacionado de egreso presuntivo, no sea igual al código de según la versión diagnóstico principal de egreso. vigente de la Clasificación Se puede validar que el código de Internacional de diagnóstico relacionado de egreso Enfermedades — no sea igual a otro diagnóstico CIE. relacionado de egreso. informar dato según tabla de referencia: “ClE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

Artículo ANEXO (44/89)

H11 | codComplicacion Código del ¡Cc 0, 4-25 |El código de CiÉ se puede validar 1 diagnóstico de según el sexo y la edad del usuario, complicación confirmado o El código de CIE no puede ser de presuntivo, causas externas de morbilidad y de según la versión mortalidad (CIE10: VO1-Y98 o su vigente de la equivalente en la CIE vigente). Clasificación Internacional! de Informar dato según tabla de Enfermedades — referencia: *CiEtO" en CIE. web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. H12 |condicionDestinoUsuarioEgreso | Identificador e 2 | Informar dato según tabla de 1 RESOLUCIÓN NÚMERO 2806 DE 09 DIC720792 2022 HOJA No 33 Continuación de ta resolución: “Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la 1D Campo Descripción Tipo| Tamaño Observaciones Versión derivado a otro servicio” se informen los servicios prestados. H13 | codDiagnosticoCausaMuerte Código det |C 0, 4-25 | Debe ser igual a la causa básica de 1 diagnóstico de muerte registrada en el Centificado causa básica de de defunción. Muerte confirmado * o Se debe registrar el diagnóstico de presuntivo, la causa básica de muerte si la según la versión condición y destino del usuario al vigente de la egreso es "Paciente muerto”, Clasificación Internacional de El código de CIE se puede validar Enfermedades — . según el sexo y la edad del usuario. CIE. , El código de CIE no puede ser de : causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE10: VO1-Y98 o su equivalente en la CIE vigente).

Artículo ANEXO (45/89)

El código de CIE no puede ser de sintomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo otro concepto (CIE10: ROO- R99 o su equivalente en la CIE vigente). El código de CIÉ no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CHE10: Z00- Z99 o Su equivalente en la CIE vigente). Informar dato según tabla de referencia: *CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. H14 | fechaEgreso Fecha y hora de |C 16 | En caso de muerte corresponderá 1 egreso del a la fecha y hora de la muerte del usuario de usuario, hospitalización. La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. Así mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. Se puede validar si la estancia fue menor a 6 horas, H15 | consecutivo Número N 1-7 | Debe iniciar con el número uno (1) 1 consecutivo que incrementando de uno en uno. No 7 identifique el deben existir números idénticos registro, repetidos.

Artículo ANEXO (46/89)

Ejemplo: “hospitalizacion": [ í “codPrestador”: "500000000001", "vialngresoServicioSalud": "02", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08:10", “numAutorizacion": "0102342", "causaMotivoAtencion": "21", "codDiagnosticoPrincipal": "B427", "codDiagnosticoPrincipalE”: "B427", RESOLUCIÓN NÚMERO ¿288 8n€ 09 DIC 012 2022 HOJA No 34 Continuación de ta resolución: “Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la "codDiagnosticoRelacionadoE1": null, "codDiagnosticoRelacionadoE2": null, "codDiagnosticoRelacionadoE3": null, “codComplicacion”: null, "condicionDestinoUsuarioEgreso": “01”, "codDiagnosticoCausaMuerte”: null, “fechaEgreso": "2021-12-12 14:22", "consecutivo": 1 3.3.5 Datos de recién nacido Campo Descripción Tipo Tamaño Observaciones Versión NO1 codPrestador Código otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social al prestador de servicios de salud o del obligado a reportar. El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla “IPSCodHabilitación” para prestadores de servicios de salud o en “IPSNOREPS” para prestadores exceptuados del registro en REPS. - El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con * el numDocumentoldObligado. NO2 tipoDocumentoldentificacion Identificador del tipo de identificación del recién nacido de acuerdo con su documento de identificación. Informar dato según tabla de referencia: “TipoldPISIS”, en web.sispro.gov.co. Solo aplican los siguientes valores: CN: Certificado de nacido vivo RC: Registro civil MS: Menor sin identificar En ningún caso el recién nacido debe carecer de documento de identificación.

Artículo ANEXO (47/89)

De acuerdo con la Resolución 3280 de 2018 todo recién nacido debe contar con el certificado de nacido vivo expedido por el médico que atendió el parto, únicamente se podrá usar la opción “MS: Menor sin identificar” de acuerdo con la Resolución 4622 del 2016 y se validará la estructura del número del documento de acuerdo con las consideraciones de estas normas. NO3 numDocumentoldentificacion Corresponde al número del documento de identificación del recién nacido. 4-20 Cuando el tipo de identificación sea MS: Menor sin identificar, se debe registrar el número según lo establecido en la Resolución 4622 del 2016. Tener en cuenta que el objeto "recienNacidos” se encuentra contenido por el objeto “usuarios” que para este caso hará referencia a la madre, por lo tanto, no se hace necesario informar los datos de la misma. NO04 fechaNacimiento Fecha y hora de nacimiento del recién nacido. La fecha y hora de nacimiento no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. RESOLUCIÓN NUMERO€; 2 80 f DE 9 DIC 2022 2022 HOJANo 35 confirmado o presuntivo de la causa básica de muerte del recién nacido si esta ocurrió en las primeras 24 horas de nacido, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. de muerte registrada en el Certificado de defunción. Se debe registrar el diagnóstico de la causa básica de muerte si la condición y destino del usuario al egreso es “Paciente muerto”. El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CJE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE10: VO1-Y988 0 su equivalente en la CIE vigente).

Artículo ANEXO (48/89)

El código de CIÉ no puede ser de síntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no [19] Campo Descripción Tipo | Tamaño Observaciones Versión NOS | edadGestaciona! Número de semanas de |N 2 [Se puede validar que ta edad 1 gestación de la madre al gestacional se encuentre entre Ñ momento del parto. 20 a 46 semanas. NOG | numConsultasCPrenatal Número de consultas |N 2 1 para el cuidado prenatal. NO7 | codSexoBiologico Identificador del sexo |C 2 ¡[Informar dato según tabla de 1 biológico del recién referencia: “Sexo”, en nacido. web. sispro.gov.co. NO8 | peso Peso en gramos del |N 3,4 | Se puede validar que el peso en 1 recién nacido. gramos del recién nacido este dentro del rango 500 — 5000 gramos, NO9 | codDiagnosticoPrincipal Código del diagnóstico |C 4-25 |El código de CIE se puede 1 confirmado o validar según el sexo y la edad presuntivo, según ta del usuario, versión vigente de la Clasificación El código de CIE no puede ser Internacional de de causas externas de Enfermedades - CIE. morbilidad y de mortalidad (CIEFO: VO1-Y98 o su equivalente en la CIE vigente). Informar dato según tabla de referencia *CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que to sustituya según la vigencia de la CIE. N10 ¡ condicionDestinoUsuarioEgr identificador para |C 2 [Informar dato según tabla de 1 eso determinar la condición referencia: y destino del recién “CondicionyDestinoUsuarivEgr nacido al egreso. eso” teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la identificación de ta condición y - destino del recién nacido al egreso, en web.sispro.gov.co.

Artículo ANEXO (49/89)

Se puede validar que, si la MN condición del usuario al egreso es "Paciente muerto”, para este no se Informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte. Se puede validar que si la condición del usuario al egreso es “Paciente derivado a otro servicio” se informen los servicios prestados. N11 | codDiagnosticoCausaMuerte Código del diagnóstico | C 0, 4-25 | Debe ser igual a la causa básica 1 RESOLUCIÓN NÚMER» 2886 De 29 DIC 2022 2022 HOJANo 36 implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soponte de la factura electrónica de 1D Campo Descripción Tipo | Tamaño Observaciones Versión clasificados bajo otro concepto (CIE10: RO0-R99 o su equivalente en la CIE vigente). El código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con tos servicios sanitarios (CIE%0: 200-299 o su equivalente en la CIE vigente). Informar dato según tabla de referencia “CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. N12 | fechaEgreso Fecha y hora de egreso |C 16 ¡En caso de muerte 1 del recién nacido. corresponderá a la fecha y hora de la muerte del recién nacido, La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. Así mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. La fecha y hora de egreso no debe ser menor a la fecha y hora de nacimiento del recién nacido. N13 j consecutivo Número consecutivo |N 1-7 | Debe iniciar con el número uno 1 que identifique el (1) incrementando de uno en registro. uno. No deben existir números idénticos repetidos.

Artículo ANEXO (50/89)

Ejemplo: “recienNacidos”: [ + "codPrestador": "500000000001", "tipoDocumentoldentificacion": "RC", "numDocumentoldentificacion": "10172349991", "fechaNacimiento": "2019-05-10 10:40", “edadGestacional”: 40, “aumConsultasCPrenatal": 6, “codSexoBiologico": "02", "peso": 1850, "codDiagnosticoPrincipal”: "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "01", “codDiagnosticoCausaMuerte": null, "fechaEgreso": "2019-05-25 09:30", "consecutivo": 1 ) ] ) 3.3.5 Registro de datos de medicamentos 1D Campo Descripción Tipo |Tamaño Observaciones Versión M01 [codPrestador Código otorgado |C 0,12 |El código del facturador 1 por el Ministerio de electrónico en salud se debe Salud y Protección encontrar en la tabla Social al prestador “IPSCodHabllitación” para de servicios de prestadores de servicios de salud salud o del o en “IPSnoREPS” para RESOLUCIÓN NÚMERO 28086DE 99 DIC 2022 2022 HOJANO 37 [[») Campo Descripción Tipo | Tamaño Observaciones Versión obligado a proveedores de tecnologias en reportar. salud o prestadores exceptuados del registro en REPS. El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObligado. M02 | numaAutorizacion Número asignado [C 0-30 ¡En caso de medicamentos 1 por la entidad financiados con presupuesto responsable de máximo, se puede validar que el pago y demás número de autorización pagadores a los corresponda al número de que aplique, para prescripción en MIPRES. ordenar la prestación de Cuando el medicamento no servicios. requiera autorización se informa null.

Artículo ANEXO (51/89)

MO03 [idMIPRES Corresponde al [Cc 0-15 | Cuando el medicamento no es 1 número de 1D que financiado por presupuesto se asigna a la máximo se debe informar null a entrega de menos que el medicamento sea medicamentos solicitado a través de la financiados con herramienta MIPRES, en este presupuesto caso debe informar el número de máximo. ID de entrega correspondiente. Se puede validar que el número de 1D de entrega corresponda al registrado en MIPRES. M04 | fechaDispensAdmon Corresponde a la |C 16 ¡[La fecha y hora de dispensación 1 fecha y hora en la no debe ser mayor a la fecha y cual se dispensó o hora de validación de los RIPS, ni administró el menor a la fecha y hora de medicamento al nacimiento del usuario. Así paciente. mismo, no podrá encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. MOS | codDiagnosticoPrincipa! Código del |C 4-25 [El diagnóstico principal para el 1 diagnóstico caso de medicamentos debe ser principal por el cual se hace necesaria la confirmado o formutación del medicamento. presuntivo, según la versión vigente El código de CIE no puede ser de de la Clasificación causas externas de morbilidad y Internacional de de mortalidad (CIE10: VO1-Y98 o Enfermedades - su equivalente en la CIE vigente). CIE. El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. Informar dato según tabla de referencia “CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. MOS | codDiagnosticoRelacionado Código del ¡C 0, 4-25 |El código de CIE se puede validar 1 diagnóstico según el sexo y la edad del relacionado usuario. número 1 . confirmado o Se puede validar que el código de presuntivo, según diagnóstico relacionado no sea la versión vigente igual al código de diagnóstico de la Clasificación principal.

Artículo ANEXO (52/89)

Internacional de Enfermedades - Informar dato según tabla de CIE. referencia “CIE10” en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. RESOLUCIÓN NÚMERG Y 283 6pDe 99 DIC 2022 2022 HOJANo 38 1D Campo Descripción Tipo [Tamaño Observaciones Versión MO7 |tipoMedicamento Identificador para |[C 2 | informar dato según tabla de 1 determinar el tipo referencia: de medicamento “TipoMedicamentoPOSVersion2”, de acuerdo con en web.sispro.gov.co. uso. Para la opción "03: Preparación magistral” genere un registro por cada uno de los principios activos. Si el medicamento es UNIRS se puede validar que se encuentre en el listado de UNIRS. M08 | codTecnologiaSalud Código del [C 0-20 ¡Etcódigo del medicamento será el 1 medicamento de Identificador Único de acuerdo con las Medicamento — 1UM. codificaciones vigentes para Para los medicamentos que no medicamentos cuentan con lUM se deberá esenciales registrar el Código Unico de codificación Medicamento — CUM, vigente. Para las preparaciones magistrales se debe informar el campo null. Se podrá validar la existencia del ¡UM o del CUM en las tablas de referencia: “IUm” o “CatalogoCUMs” respectivamente, en web.sispro.gov.co. M09 | momTecnologiaSalud Descripción textual | C 0-30 ¡Registre para el caso de 1 del medicamento preparación magistral ta en nombre descripción textual del principio genérico. activo del medicamento en nombre genérico (Denominación Común Internacional). Para los otros tipos de medicamentos puede informar null. Informar dato según tabla de referencia: “Denominación Común Internacional (DCI), en web.sispro.gov.co.

Artículo ANEXO (53/89)

M10 | concentracionMedicamento Descripción de la |N 0-3 |Registre para el caso de 1 concentración del preparación magistral la medicamento concentración del medicamento indicando la indicando ta cantidad del principio cantidad del activo. Para los otros tipos de principio activo. medicamentos puede informar pull. M11 unidadMedida Unidad de medida |N 0-4 |Registte para el caso de 1 del principio activo preparación magistral la unidad de medida de la concentración del principio activo. Para los otros tipos de medicamentos puede informar null. Informar dato según tabla de referencia: “Unidad de Medida de Medicamento (UMM)", en web.sispro.gov.co. mM12 |formaFarmaceutica Código de la forma ¡C 0,6,8 ¡Registre para el caso de 1 farmacéutica del preparación magistral la forma medicamento. farmacéutica del medicamento. Para los otros tipos de medicamentos puede informar null. Informar dato según tabla de referencia: “FEM”, en web.sispro.gov.co. RESOLUCIÓN NÚMERO 3 280 8De 7 9 DIC 2022 2022 HOJANO 39 ID Campo Descripción Tipo |Tamaño Observaciones Versión M13 ¡unidadMinDispensa Código de la |N 1-2 (Unidad minima de medida en la 1 unidad de medida que se dispensó el medicamento del medicamento. (Vial, tableta, frasco). En los casos en que la dispensación se reporte en unidades de medida diferentes, por ejemplo, en Unidades Internacionales o miligramos, deberá coincidir con tos datos asociados como el valor unitario, entre otros según aplique, Informar dato según tabla de referencia: “UPR”, en web sispro.gov.co. M14 | cantidadMedicamento Cantidad de iN 1-10 | Debe diligenciarse para todos los 1 unidades minimas medicamentos facturados. del medicamento Ñ dispensadas o administradas.

Artículo ANEXO (54/89)

M15 | diasTratamiento Corresponde al oN 1-3 | Corresponde al número de días 1 número de días para los cuales se realiza la para los cuales se dispensación del medicamento, realiza la La mínima unidad será uno (1) y dispensación del no se debe utilizar fracciones sino medicamento. aproximar al número más alto de días (expresado en días completos) M16 |tipoDocumentoldentificacion Tipo de documento € 2 Informar dato según tabla de 1 de identificación de referencia: — "TipotdPISIS”, en la persona que web.sispro.gov.co. Solo aplican prescribió el los siguientes valores: medicamento. CC: Cédula ciudadania CE: Cédula de extranjería CD: Carné diplomático PA: Pasaporte sc: Salvoconducto de permanencia PE: Permiso Especial de Permanencia DE: Documento extranjero PT: Permiso por Protección Tempora! M17 numDocumentoldentificacion Corresponde al c 4-20 4 número del documento de identificación de la persona que prescribió el medicamento. M18 |vrUnitMedicamento Valor monetario |N 1-15 | Diligenciar el valor mayor a cero 1 unitario del (0) si la modalidad de pago medicamento por corresponde a “Pago por evento”, unidad minima de Para las demás modalidades dispensación, informar cero (0). según el manual tarifario o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades. mM19 |vrServicio Valor . monetario |N 1-15 ¡Este valor NO incluye la cuota 1 total del moderadora. medicamento dispensado, según Diligenciar el valor mayor a cero el manual tarifario (0) si la modalidad de pago o la tarifa pactada corresponde a “Pago por evento”. en el acuerdo de Para las demás modalidades voluntades. informar cero (0).

Artículo ANEXO (55/89)

Si el RIPS es sin Factura Electrónica de Venta — FEV en salud, informar cero (0) RESOLUCIÓN NÚMEROS 2 8 () 6 DE 7 9 DIC 2022 2022 HOJANo' 40 implementación del Registro individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de ID Campo Descripción Tipo | Tamaño Observaciones Versión M20 | tipoPagoModerador Tipo de pago |€ 2 | informar dato según tabla de 2 moderador según referencia: el plan de “TipoPagoModerador”, en beneficios o planes web.sispro.gov.co. Solo aplican o pólizas los siguientes valores: adquiridas. 01: Cuota moderadora 03: Bono o vale de plan voluntario 04: No aplica pago moderador Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados det régimen contributivo. Para usuarios del régimen subsidiado no se puede informar el pago de valores moderadores de planes voluntarios. M21 valorPagoModerador Valor monetario |N 1-10 [Cuando no aplique pago 2 del pago moderador se debe informar cero moderador. (0). Si el tipo de pago moderador es “cuota moderadora” o “bono o vale de plan voluntario” el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno (1). En el caso de la cuota moderadora, cuando se aplica a órdenes de varios items, deberá registrarse el valor correspondiente pagado por el usuario en uno solo de los registros. En el caso del RIPS soporte de factura con varios usuarios O servicios, el valor del pago . moderador informado en la factura electrónica de venta en salud, debe corresponder a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de estas facturas de recaudo, informados en RIPS. M22 |numFEVPagoModerador Número de factura El tipo y tamaño del dato serán 1 electrónica de dados por las disposiciones de la venta emitida al DIAN. usuario y que soporte el valor Cuando no aplique pago registrado en el moderador se debe informar null. campo M21 o informado por la entidad responsable de pago Oo demás pagadores.

Artículo ANEXO (56/89)

M23 | consecutivo Número N 17 Debe iniciar con el número uno (1) 1 consecutivo que incrementando de uno en uno. No identifique el deben existir números idénticos registro. repetidos. Ejemplo: "medicamentos": ( “codPrestador": “500000000001”, “numAutorizacion": null, “¡dMIPRES": "1017232344", "fechaDispensAdmon”: "2021-08-18 08:10", “codDiagnosticoPrincipal”: "K469", RESOLUCIÓN NÚMEBROS 2840 pe 29 DIC 2029 2922 HOJA NO 41 "codDiagnosticoRelacionado”: null, "tipoMedicamento”: "01", "codTecnologiaSalud": "1A1014721001104”, "nomTecnologiaSalud”: null, "concentracionMedicamento”: O, “unidadMedida": O, “formaFarmaceutica": "123456", "unidadMinDispensa": 1, “cantidadMedicamento”: 10, “diasTratamiento”: 365, "tipoDocumentoldentificacion”: “CC”, "numDocumentoldentificacion": "10234561292", "vrUnitMedicamento": 1, “vrServicio": 1, “tipoPagoModerador": "D4", “valorPagoModerador": 0, “"numFEVPagoModerador”: null, "consecutivo": 1 ) ' ] 3.3.6 Datos de otros servicios 1D Campo Descripción Tipo Tamaño Observaciones Versión S01 codPrestador Código otorgado porel |C 0,12 |El código del facturador 1 Ministerio de Salud y electrónico en salud se t Protección Social al debe encontrar en la tabla prestador de servicios “IPSCodHabilitación” para de salud o del obligado prestadores de servicios de a reportar, salud o en “IPSNnoREPS” para proveedores de tecnologias de salud o prestadores exceptuados del registro en REPS.

Artículo ANEXO (57/89)

Para proveedor de tecnologías de salud debe informar el campo como null. El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObligado. S02 |[numAutorizacion Número asignado por |C 0-30 | En caso de tecnologias de 1 la entidad responsable salud o servicios de pago y demás complementarios pagadores a los que financiados con aplique, para ordenar presupuesto máximo, se la prestación de puede validar que el servicios. número de autorización corresponda al número de prescripción en MIPRES. Cuando el servicio de salud no requiera autorización se deja el campo vacío. S03 ¡| idMIPRES Corresponde al |N 0-15 | Cuando el servicio no es 1 número de ID que se financiado por presupuesto asigna a ta entrega de máximo se debe informar tecnologias de salud null a menos que el servicio financiados con sea solicitado a través de la presupuesto máximo. herramienta MIPRES, en este caso debe informar el número de ID de entrega correspondiente. Se puede validar que el número de ID de entrega RESOLUCIÓN NÚMEROS; 2 80 6 DE 2022 HOJANo 42 9 DIC 2022 1D Campo Descripción Tipo Tamaño Observaciones Versión corresponda al registrado en MIPRES. 504 | fechaSuministroTecnologia Corresponde ala fecha |C 16 | La fecha y hora no debe ser 1 y hora en la cual se mayor a la de validación de realizó, dispensó, tos RIPS. Asi mismo, no administró o entregó podrá encontrarse por otros servicios, según fuera del periodo de aplique. facturación según los datos de la factura electrónica de venta. Sos |tipo0S Identificador para ¡C 2 | informar dato según tabla 1 determinar el tipo de de referencia: otros servicios, “TipoOtrosServicios”, en web. sispro.gOv.CO.

Artículo ANEXO (58/89)

Tener en cuenta que los servicios complementarios solamente son los financiados por presupuestos máximos. Los APME deben registrarse como servicios complementarios. Las estancias se deben validar con el registro de urgencias u hospitalizaciones informadas. S06 |codTecnologíaSalud Código del otro servicio |C 1-20 |El código del dispositivo 1 de acuerdo con las médico e insumo debe codificaciones vigentes corresponder al código o aquella utilizada por usado por el facturador el facturador electrónico en salud. electrónico en salud para casos El código del traslado, excepcionales. transporte o estancia debe corresponder al código dado por la Clasificación Unica de Procedimientos en Salud - CUPS. El código de servicios complementarios debe corresponder al código dado por la tabla de referencia MIPRES. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a una cobertura de otros servicios. El código de CUPS puede ser validado que corresponda al sexo del usuario. El código CUPS puede corresponder al grupo de servicios informado, El código de CUPS puede ser validado que corresponda a la cobertura o plan de beneficios registrada en la factura electrónica de venta. El código de CUPS se puede validar según la cantidad de veces que se informe por paciente y por día. RESOLUCIÓN NÚMERO € 280 Bo 2022 HOJANo 43 9 9 DIC 2022 Campo Descripción Tipo Tamaño Observaciones Versión El código de CUPS se puede validar con el diagnóstico principal. Informar dato según tabla de referencia: "CUPSRips”, en web sispro.gov.co. so7 nomTecnologiaSalud Nombre del otro [el 0,60 | Descripción del dispositivo 1 servicio. médico e insumo de la : entidad obligada a reportar. Si el tipo de otro servicio es diferente a*01: Dispositivos médicos e insumos” puede informar este campo como null, $08 cantidadOS Cantidad entregada de |N 5 |Para dispositivos médicos, 1 otros servicios. insumos, traslados y servicios complementarios: informar en unidades Para estancia informar la cantidad de días.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 125), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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