Por la cual expiden los lineamientos para la prestación de proyectos de inversión con recursos del Sistema General de Regalías

Resolución · 2515 · 2019-09-16 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 41–56 de 56

Artículo ANEXO (36/51)

artículo 2.5.2.2,1,17 del precitado Decreto establece lo siguiente con relación a tos plazos y tratamiento financiero especial para el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia: “Plazos y tratamiento financiero especial a. El defecto se tomará con base en la medición realizada por la Superintendencia Nacional de Salud con corte a 31 de diciembre de 2015. RESOLUCIÓN NÚMERE 251 5 DE 2019 16 SEP 2019 — HOJANO 19 b. El plazo del periodo de transición para el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia, a que hace referencia el artículo 2.5.2.2.1.12 del presente decreto podrá ser hasta de diez (10) años, contados a partir del 23 de diciembre de 2014. c. Los porcentajes para cubrir el defecto de capital mínimo, patrimonio adecuado e inversión de las reservas técnicas podrán ser ajustados por la EPS y aprobados por la Superintendencia Nacional de Salud, a partir del 23 de diciembre de 2017. En todo caso al final del quinto año deberán haber cubierto como minimo el 50% del defecto a diciembre 31 de 2015 y para cada uno de los siguientes años un adicional mínimo del 10% hasta cubrir el total del defecto. d. Para el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.5.2.2.1.5 sobre acreditación de capital mínimo y en el numeral ¡), del literal n. del numeral 1.1. del artículo 2.5.2.21.7 del presente decreto, sobre deducciones al capital primario, las entidades de que trata el presente artículo podrán descontar proporcionalmente las pérdidas incurridas en el ejercicio del año 2016 y siguientes, de acuerdo con el momento en que se realiza la pérdida y el periodo de transición respectivo.” Bajo el anterior contexto, las Entidades Promotoras de Salud que puedan hacer uso de los recursos del Sistema General de Regalías en virtud del

Artículo ANEXO (37/51)

artículo 2.2.4.1.1.9.1 del Decreto 744 de 2018, en conjunto con las entidades territoriales deben presentar una propuesta del proyecto de inversión que tenga por objeto la capitalización para el saneamiento de obligaciones asociadas a la prestación de servicios de salud. En dicha propuesta se debe indicar el marco normativo al cual se acoge para el cumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia definidas en el artículo 2.5.2.2. 1.12 y 2.5.2.2.1.17 del Decreto 780 de 2016. 2.2. Financiación de capitalización y saneamiento con recursos del Sistema General de Regalías La Ley 1797 de 2016 estableció en el parágrafo del artículo 5 la utilización de recursos de regalías para la capitalización y saneamiento de las EPS en los siguientes términos: “Por una sola vez se podrán utilizar recursos de regalías para la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tenga participación las entidades territoriales, para lo cual se presentara el respectivo proyecto de inversión al OCAD. Los recursos se girarán directamente alos prestadores de servicios de salud y privilegiarán el pago de las deudas con los Prestadores de Servicios de Salud de la red pública”. En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Planeación expidieron el Decreto 744 de 2018 a través del cual se adiciona el Decreto 1082 de 2015, estableciendo lo siguiente: “Artículo 2.2.4.1.1.9.1. Destinación de los recursos del SGR para la financiación de proyectos de inversión que tengan por objeto la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tenga participación las entidades territoriales. Las entidades territoriales podrán hacer uso de los recursos del SGR, por una única vez, para la financiación de proyectos de inversión que tengan por objeto la capitalización y saneamiento de las entidades promotoras de salud en las cuales tengan participación.

Artículo ANEXO (38/51)

Parágrafo 1. Con el fin de presentar ante el correspondiente OCAD el proyecto de inversión de que trata el presente artículo, fa entidad territorial debe contar con la totalidad de los recursos que determine la Superintendencia Nacional de Salud para asegurar las condiciones financieras y de solvencia de la entidad, definidas en los Decretos 2702 de 2014 y 2117 de 2016 compilados en el Decreto 780 de 2016, o en las normas que lo modifiquen o sustituyan. Parágrafo 2. Las entidades territoriales podrán solicitar recursos del SGR para la financiación de fos proyectos de qué trata el presente artículo en el siguiente orden: 1. Asignaciones directas. 2. Recursos del 40% del Fondo de Compensación Regional.

Artículo ANEXO (39/51)

Artículo 2.2.4.1.1.9.2. Viabilización para proyectos de inversión que tengan por objeto la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tengan participación las entidades territoriales con recursos del SGR. Para la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tengan participación las entidades territoriales con los recursos del SGR, se debe presentar el proyecto de inversión al respectivo órgano colegiado de administración y decisión, de conformidad con los lineamientos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el DNP, los cuales deben estar acorde con la normativa del SGR, y serán incorporados en el Acuerdo Único de la Comisión Rectora del SGR." PE * RESOLUCIÓN NÚMERQ” 2 5 1 5DE 2019 16 SEP 2019 HOJA No 20 A Además de los requisitos señalados por la Comisión Rectora del SGR, se debe presentar el proyecto de inversión con los siguientes documentos: 1. Concepto de la Superintendencia Nacional de Salud para la capitalización y saneamiento de las EPS, el cual dará cuenta de tos montos a invertir de acuerdo con los requerimientos para el cumplimiento de las condiciones de estabilidad financiera y de solvencia definidas en la normativa vigente. Así mismo, dicho concepto certificará la presentación y suscripción de capitalización soportada en el modelo de atención en salud basado en gestión integral del riesgo, de conformidad con lo establecido en la Resolución 429 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social, o en las normas que la modifiquen o sustituyan. 2. Certificación suscrita por el representante legal de la entidad promotora de salud en la que se discrimine tas instituciones prestadoras de salud y proveedores, los valores, concepto y periodo de las deudas, iniciando con tas de mayor antigúiedad, a las cuales se aplicará el pago de cartera con recursos provenientes de la capitalización.

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Artículo 2.2.4.1.1.9.3. Pago de las deudas reconocidas para la capitalización y saneamiento de las entidades prestadoras de servicios de salud en las cuales tengan participación las entidades territoriales con los recursos del SGR. El pago con recursos del SGR de las deudas reconocidas para la capitalización y saneamiento de las entidades prestadoras de servicios de salud, en las cuales tengan participación las entidades territoriales, debe realizarse priorizando la red pública y las deudas de mayor antigiiedad. De conformidad con lo señalado en el numeral 2 del artículo 2.2.4. 1.1.9.2 del presente Decreto" 3. REGLAS Y CONDICIONES PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN Para la presentación de la propuesta del proyecto de inversión de que trata el Artículo 2.2.4.1.1.9.1 del Decreto 744 de 2018, tas Entidades Promotoras de Salud deberán tener en cuenta lo siguiente: 3.1 Condiciones Financieras y de solvencia 3.1.1. Cuando la Entidad Promotora de Salud presente la propuesta para el cumplimiento de tas condiciones financieras y de solvencia, en virtud del artículo 2.5.2.2.1.12 del Decreto 780 de 2016, el valor de la capitalización corresponderá como mínimo at monto requerido para acreditar el cumplimiento de tas condiciones financieras, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.5.2.2.1.12 con corte al año anterior a la presentación de dicha propuesta ante la Superintendencia Nacional de Salud. 3.1.2, Cuando la Entidad Promotora de Salud presente la propuesta para acceder a los plazos y tratamiento financiero especial, en virtud del

Artículo ANEXO (41/51)

artículo 2.5.2.2.1.17 del Decreto 780 de 2016, el valor de la capitalización corresponderá al monto exigido en la condición del literal a) relacionado con el avance en el fortalecimiento patrimonial. Así mismo, la propuesta debe contemplar los recursos necesarios para el cumplimiento de las condiciones financieras de acuerdo con los porcentajes definidos en el plan de ajuste presentado ante la Superintendencia Nacional de Salud en el marco del parágrafo del artículo 2.5.2.2.1.17, La propuesta aprobada del proyecto de inversión para hacer uso de los recursos del Sistema General de Regalías en virtud del Artículo 2.2.4.1.1.9.1 del Decreto 744 de 2018, podrá ser el instrumento que le permita a la EPS acreditar el cumplimiento del primero de los requisitos previstos en el artículo 2.5.2.2.1.17 del Decreto 780 de 2016, para acceder a los plazos y tratamiento financiero especial; sin embargo, acreditar dicho requisito no implica la aprobación automática de la solicitud elevada a la Superintendencia Nacional de Salud respecto del Plan de Ajuste y recuperación financiera. 3.2 Condiciones El proyecto de inversión debe cumplir con las siguientes condiciones: 3.21. Se pagarán únicamente obligaciones asociadas a la prestación de servicios y/o tecnologías en salud con los recursos del SGR, en cumplimiento del

Artículo ANEXO (42/51)

artículo 2.2.4.1.1.9.3 del Decreto 744 de 2018. 3.2.2. Se debe priorizar el pago de las deudas reconocidas con la red pública pray q RESOLUCIÓN NÚMERIC 25 1 5De 2019 46 SEP 2019 HOJANO 21 3.2.3. Se deben pagar las deudas iniciando con las de mayor antiguedad. 3.2.4. Se deben pagar las obligaciones cuyas facturas estén debidamente conciliadas, auditadas y reconocidas. 3.2.5. El proyecto debe incluir certificación suscrita por el representante legal de la Entidad Promotora de Salud, donde se relacione la siguiente información: Listado de acreencias NOMBRE DEL PRESTADOR NIT O PROVEEDOR NÚMERO DE FACTURA | FECHA | CONCEPTO VALOR ($) La información remitida en el anexo anterior debe ser consistente con lo reportado por ta Entidad Promotora de Salud al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud en los mecanismos vigentes. 3.2.6. Se debe presentar una certificación suscrita por el representante legal, contador y revisor fiscal o contralor designado donde certifique que la relación de obligaciones remitida cumple con las condiciones y/o criterios definidos para ordenar su pago. 4. ORIENTACIÓN PARA LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN Se presenta a continuación la información que requiere el formulador para diligenciar la MGA en sus aspectos de formulación. 4.1. Clasificación del proyecto en el sector y el programa El proyecto se clasifica en el sector Salud y Protección Social, en el programa 1902 — Aseguramiento y administración del Sistema General de la Seguridad Social en Salud - SGSSS. 4.2.

Artículo ANEXO (43/51)

Problemática El planteamiento del problema y en consecuencia la justificación del proyecto de inversión se expresa en términos del fortalecimiento para la gestión financiera del modelo de atención en salud en la Entidad Promotora de Salud, en la cual tiene participación la entidad territorial con recursos del Sistema General de Regalías, por lo tanto el planteamiento del problema y en consecuencia la justificación se establece como el resultado de la necesidad de mejorar la deficiente gestión financiera de la Entidad Promotora de Salud. En este sentido, se evidencia que ésta se deriva principalmente de la baja disponibilidad de recursos para el fortalecimiento patrimonial, la cual es consecuencia de las pérdidas acumuladas de los ejercicios anteriores y la deficiencia en el pago de las acreencias a los prestadores y proveedores. El siguiente es ei árbol del problema que define la problemática: ÁRBOL DE PROBLEMAS [ Ueterioro en los toneiciones de acceso a sonic'as de solud en fa población orihad: 1 e tacimipltaiento de las condiciones Anunciar de permanencia de las £95 en las cuales te entidad tarritoriat meno participación Enuliciencia en la rd de prestación de servicios de salu | 'ncumbbmionto de | obligaciones tan terceros PROBLEMA : Deficiente gestión administrativa y financiera del madeío de atención en satud en la EPS en la cual tlene participación financiera ia entidad territorial L_, | Plreidas acumuladas 00 ivblal do Las estracrgiós de pi |_ *lercicios anteriores + - Deticioncias an los lincamecntos de gestión adevolsratlva en salud en fa En5 Baja implementación de sistemas de intornarión en la £6S En este sentido, una adecuada formulación del proyecto debe integrar el criterio mencionado anteriormente, consolidando la situación que genera, como por ejemplo el deterioro de las condiciones de acceso en salud en la población afiliada de la EPS por el incumplimiento en las obligaciones con los terceros.

Artículo ANEXO (44/51)

HOJA No 22 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 51 50€ 2019 6 SEP 2019 Teniendo en cuenta la problemática analizada, la linea base para medir el problema centra! está relacionada con las siguientes variables: a. Los indicadores de capital mínimo y patrimonio adecuado en la EPS en el año ___ fueron de ___y___ respectivamente. b. El capital suscrito y pagado de la EPS enelaño __ fuede ___. c. La variación del capita! suscrito y pagado en la EPS en los dos últimos años fue de ___. d. Larelación capital mínimo observado al cierre de vigencia! capital mínimo requerido en el año fue de . e. La relación patrimonio adecuado observado al cierre de vigencia / patrimonio adecuado esperado enelaño__ fuede__. f. La implementación del modelo de gestión de riesgos en la EPS es del ___%. g. El índice de siniestralidad de la EPS fue de ___enelaño ___. h. Delos 17 componentes que valoran el avance de implementación del modelo de riesgos por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, la EPS solo ha implementado ___. i. Alafecha solo el ___% de los procesos administrativos y financieros de la EPS se encuentran sistematizados. j. Obligaciones pendientes de pago a la fecha __. 4.3. Participantes La entidad territorial debe identificar y catalogar los actores relacionados con la situación problemática que se presenta, por ejemplo, las entidades de salud, los prestadores y proveedores de servicios y tecnologias en salud, Actor Entidad Posición ante Intorós o Contribución al proyecto el proyecto expectativas o gestión que se debe realizar con el actor : - Nacional Ministerio de Satud Cooperante Mejorar "las Reglamentar las condiciones y Protección Soctal condiciones de salud financieras de operación de las g6 la población EPS Naclonal Superintendencia Cooperante Mejorar las Vigilar et cumplimiento de la Nacional de Satud condiciones de salud normativa vigente y aplicable de la población en el sector y el cumplimiento de las condiciones financieras de las EPS.

Artículo ANEXO (45/51)

Otro (Público EPS 70 Cooperante Garantizar el” ”' Gafantizar el derecho a la o privado) aseguramiento a la salud de los afilados a traves salud de la población. del acceso a tecnologías en salud. Otro (Público [PS y proveedores Cooperante Garantizar el acceso a Suministra las tecnologias en o privado) las tecnologias en salud con oportunidad a los salud, beneficiarios 4.4. Población afectada por el problema y población beneficiaria del proyecto. La población afectada por el problema y beneficiaria del proyecto se encuentra definida por los afillados a la Entidad Promotora de Salud en la que tenga participación la entidad territorial beneficiaria del proyecto. 4.5. Objetivos De acuerdo con la problemática presentada, las entidades territoriales en virtud de sus competencias en materia de afiliación y las Entidades Promotoras de Salud en virtud de la función de aseguramiento, y en especial estas últimas, tienen la necesidad de mejorar los procesos y procedimientos al interior de ellos con el fin de cumplir con las condiciones financieras establecidas en la normativa vigente. De acuerdo con esta problemática se plantea el siguiente árbol de objetivos que daría lugar a la alternativa de solución. RESOLUCIÓN NÚMERO".

Artículo ANEXO (46/51)

DE 2019 HOJA No 23 MER9c 2515 16 SEP 2019 Majorar las condiciones de acceso a servicios de salud en la población afiliada AnS Generar sostenibilidad financiera en el aseguranVento INDIRECTOS á | Atende: eficientemente la ria Disminuir fas demandas soblación alado contralaEPS A Cumplir las condiciones financieras de A permanencia de las EPS en las cuales fa entidad Mantener la red de tesrítorial ene participación 1 prestación de servicios Cumplir las obligaciones de salud ton terceros OBIETIVO GENERAL Mejorar la gestión administrativa y financiera del modeto de atención en salud en la EPS en la cual tiene participación financiera la entidad territorial Dispenerrecussos para el fortalecimiento patrimonial de la £PS 4 l Í Cubiírlas pérdidas | Disminulslosírdices de” | | Aumentar la electividad de las estrategias de gestión administrativa dela EPS acumuladas de H siniestralidad ejercicios anteriores " + 1 Impfementartagstón Mejos bs neamintos e gestión implementa sistemas de de riesgos en salud ¿ administrativa en salud en la EPS información en la EPS En este sentido, mejorar la capacidad financiera del modelo de atención en salud en la EPS garantiza no solo el cumplimiento de las condiciones financieras de permanencia y el cumplimiento de las obligaciones, sino que genera sostenibilidad financiera y por lo tanto mejora tas condiciones de acceso a los servicios de salud de la población afiliada. La medición del cumplimiento del objetivo general del proyecto se puede expresar en estos indicadores: a. Aumentar los indicadores de capital mínimo y patrimonio adecuado en la EPS en yo respectivamente. b. Aumentar el capital suscrito y pagado de ta EPS en ___. Cc. — Disminuir la variación del capital suscrito y pagado en la EPS en __ %. d. Alcanzar una relación capital minimo observado al cierre de vigencia! capital mínimo requerido de

Artículo ANEXO (47/51)

e. Aumentar: la relación patrimonio adecuado observado al cierre de vigencia / patrimonio adecuado en Ñ f. Aumentar el porcentaje de implementación del modelo de gestión de riesgos a ___%. 9. Disminuir en ___% el índice de siniestralidad de la EPS. h. Componentes que valoran el avance de implementación del modelo de riesgos por parte de la Superintendencia Nacional de Salud implementados en la EPS. i. Sistematizar el ___% de los procesos administrativos y financieros de la EPS. ¡. Reducción de obligaciones pendientes de pago. 4.6. Alternativa de solución RESOLUCIÓN NÚMERG- 25 1 5 pe 2019 HOJA No 24 16 SEP 2019 4. Realizar la capitalización y saneamiento de la Entidad Promotora de Salud con participación de la entidad territorial, con el fin de mejorar la gestión administrativa y financiera de esta para garantizar las condiciones de acceso a servicios de satud en la población afiliada. 4.7. Estudio de necesidades La entidad territorial debe identificar la Entidad Promotora de Salud en la que tiene participación y requiere la capitalización y saneamiento, para lo cual deberá contar con la información financiera que soporte el proceso, de conformidad con las reglas y condiciones establecidas el numeral 3 del presente documento. Para el efecto se deberá tener en cuenta que la demanda de recursos hace referencia al monto que se requiere para operar y pagar las deudas año tras año; en este sentido, se deberá contar con información mínima de los últimos años de evolución de la deuda Por su parte la oferta hace referencia a los recursos disponibles para realizar la capitalización 4.8. Análisis técnico de la alternativa de solución En atención al proceso de capitalización y saneamiento tanto la entidad territorial como la Entidad Promotora de Salud, deben tener en cuenta que el valor corresponderá como mínimo al monto requerido para acreditar el cumplimiento de las condiciones financieras, de acuerdo con lo previsto en el

Artículo ANEXO (48/51)

artículo 2.5.2.2.1.12 del Decreto 780 de 2016, con corte al año anterior a la presentación de dicha propuesta ante la Superintendencia Nacional de Satud. Ahora bien, en el evento en que la EPS se encuentre en un proceso de reorganización empresarial en el marco del Decreto 780 de 2016, y presente la propuesta para acceder a los plazos y tratamiento financiero especial en virtud del artículo 2.5.2.2.1.17 del mencionado Decreto, el valor de la capitalización corresponderá al monto exigido en la condición del literal a). Avance en el fortalecimiento patrimonial. De manera adicional, la propuesta debe contemplar los recursos necesarios para el cumplimiento de las condiciones financieras de acuerdo con los porcentajes definidos en el plan de ajuste presentado ante la Superintendencia Nacional de Salud en el marco del parágrafo del artículo 2.5.2.2.1.17. 4.9. Localización de la alternativa de solución Esta información está relacionada con el lugar de residencia de los afillados de conformidad con la Base de Datos Unica de Afiliados - BDUA, se recomienda que el diligenciamiento en la MGA sea a nivel de municipio. 10. Cadena de valor Se presenta a continuación un resumen de la cadena de valor que debe ser presentada en el proyecto. Para completar esta información es necesario calcular los costos asociados a la alternativa de solución y relacionarios a cada actividad.

Artículo ANEXO (49/51)

En el mismo sentido, el ingreso de la información a la MGA requiere que se identifiquen los insumos que se requieren para desarrollar cada actividad (por ejemplo, mano de obra calificada, mano de obra no calificada, servicios domiciliarios, gastos imprevistos) Productos de la cadena de valor Objetivo Mejorar la gestión administrativa y financiera del modelo de atención en salud en las EPS en ta cual general tienen participación financiera la entidad territorial Objetivo Producto Cédigo Descripción del indicadores nad Se nc: a especifico producto producto de producto indicador secundario Disponer Servicio de Recursos monetarios recursos apoyo financiero entregados a las EPS para el para el en las cuales la fortalecimi | fortalecimiento entidad territorial tiene ento patrimonial de participación, con el EPS patrimonia | las EPS con fin de cumplir las capitalizad Número Principal Ide ta participación condiciones as EPS financiera de las financieras de entidades permanencia, según territoriales o dispuesto en el Decreto 780 de 2016 RESOLUCIÓN NÚMERGE. 2 5 ] 5 DE 2019 16 SEP 2019 HOJA No 25 Actividades de la cadena de valor . Mejorar la gestión administrativa y financiera del modelo de atención en salud en las Objetivo general EPS en la cual tienen participación financiera la entidad territorial e : ai Costos de las Objetivo específico Producto Actividades actividades Disponer recursos para el | Servicio de apoyo financiero | kdentificar las obligaciones fortalecimiento patrimonial de la | para el fortalecimiento | asociadas a la prestación de 5 EPS patrimonial de las EPS con | servicios y/o tecnologías en participación financiera de las | salud entidades territoriales Priorizar el pago de deudas con $ la red pública Pagar las obligaciones cuyas facturas estén debidamente $ conciliadas, auditadas y reconocidas Pagar las deudas iniciando con $ las de mayor antigúedad 4.11.

Artículo ANEXO (50/51)

Análisis de riesgos Se deben analizar los riesgos que se observan asociados al desarrollo del proyecto, la probabilidad de ocurrencia y las posibles medidas de mitigación. La siguiente tabla facilita su identificación para el diligenciamiento de la MGA: Nivel de Tipo de riesgo | Descripción [Probabilidad | Impacto Efectos Medidas de clasificación del riesgo de mitigación ocurrencia Objetivo general | Administrativo ¡Aumento de Probable Mayor No se logra | Realizar la las cumplir con la | identificación de acreencias de capitalización y | todas tas la EPS saneamiento acreencias de la EPS Actividades Administrativo Pagar deudas Probable Mayor No se cumple | Identificación de no prioritarias con las | la edad de la : prelaciones de | deuda pago establecidas en la normativa Producto Administrativo Pago de Probable Mayor Genera mala | Identificación y deuda no utilización de los | auditoría de las soportadas recursos facturas por parte de la EPS 4.12. Beneficios derivados del proyecto Se deben identificar y cuantificar los beneficios que se van a generar con el proyecto. En el siguiente formato se identifican algunos de estos beneficios para que sean calculados con la información que tenga ei sector y la entidad territorial. Por el tipo de proyecto, el número de periodos en el que se deben cuantificar los beneficios dependerá de cada proyecto, por ejemplo del plazo en el que va a entregar los medicamentos Identificación de beneficios Se obtiene Descripción Medido a través de Bien producido Beneficios Evitar costos asociados a demandas de los Pesos FC Consumo prestadores por el no pago de los servicios y tecnologías en salud. Beneficios Evitar costos asociados al traslado (trasporte Pesos FC Consumo ambulatorio) de los usuarios al no tener disponible los servicios en la red Cuantificación de beneficios Beneficios Periodo Cantidad Valor unitario Valor total Evitar costos Anual Numero de acreedores Valor promedio, de “la | “77 asociados a AS E deuda + PESE demandas de los 0 prestadores por el 1 no pago de los servicios y 2 2% >.

Artículo ANEXO (51/51)

HOJA No 26 RESOLUCIÓN NÚMERE 2515 De 2019 45 SEP 2019 Cuantificación de beneficios Beneficios Periodo Cantidad Valor unitario Valor total tecnologías en 3 salud. Evitar costos |. Anual” | Número de afiliados” " — |” Valor” promedio del asociados al trasporte traslado (trasporte p= nm] ambulatorio) de los usuarios al no tener 1 disponible tos 7 servicios en la red 4.13. Indicadores de gestión Se sugiere utilizar el indicador de gestión “Seguimiento a ta programación de la inversión proyecto” identificado con el código 0500G017”. 4.14. Fuentes de financiación del proyecto El subprograma donde clasifica el proyecto es 0300 INTERSUBSECTORIAL SALUD. La fuente de financiación del proyecto corresponde lo definido en el articulo 2.2,4.1.1.9.1 del Decreto 744 de 2018, ay

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2019-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 48), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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