Por la cual se modifica la Resolución 1841 de 2013 en el sentido de adoptar el capitulo diferecial para a pobliación victima del conflicto armado en Colombia -como parte del Plan Decenal de Salud Pública -PDSP 2012 -2021

Resolución · 2405 · 2021-12-31 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 101–120 de 137

Artículo ANEXO (97/133)

Mejorar la efectividad y oportunidad de las respuestas a las necesidades de salud de la población víctima del conflicto armado, mediante el cumplimiento de los mandatos que ordenan la atención integral en salud a esta población en articulación con la normatividad estipulada en la Ley 1448 de 2011 Def nición de las estrategias Aseguramiento de la población | De acuerdo a la información suministrada por la UARIV el Ministerio de , victima del conflicto armado Salud y Protección Social. determina las personas plenamente: identificadas pendientes pot asegurar. Las entidades territoriales deberán ¡ Fortalecimiento gestionar la afiliación al SGSSS. a a Esta estrategia consiste en desarrollar e implementar las acciones el consolidación del PAPSIVI permitan consolidar el PAPSIVI como. la principal política que en materia ; para la atención integral en|de salud, contribuye a la atención, asistencia y reparación integral de ta! población víctima del conflicto _armado. ; RESOLUCIÓN NÚMERÁ. vv. 240 05 o. 1 DIC 202 Continuación resolución “Por la cual.se modífica la Resolución 1841 de 2013, enel sentido.de adoptar el capitulo diferencial para la población víctima-del conflicto armado en Colombia, como parte del Plan Decenal de Salve Pública — Estrategias. + Definición delas estrategias salud a la población víctima del conflicto armado Porlo anterior, implica un incremento de manera gradual en las coberturas ; del componente psicosocial del programa con especial énfasis hacia las * zonas rurales y dispersas e integrarse de manera efeclwa y complementaria con el componente de salud integral que opera en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGS5SS), el Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) y las.

Artículo ANEXO (98/133)

Rutas de Atención Integra! que definen un enfoque territorial, diferencial y psicosocial hácia este tipo de población, ¡ Con fo anterior, se busca articular la atención en salud en el marco de tas ¿ medidas de asistencia y rehabilitación de la población victima del conflicto armado a través de la implementación de: 1. El Protocolo de Atención ; Integral en Salud con Enfoque Psicosocial a Victimas del Conflicto Armado (MSPS-JETS, 2017), 2. Los lineamientos para la construcción departamenta! de planes para la gestión e implementación del protecolo (MSPS, 2018), 3. La Guia para la territorialización de Ja medida de Rehabilitación (MSPS, 2018) y 4. Lo establecido en la Res. 1166/2018 para el talento humano que orienta y atiende a las victimas del conílicto : armado. ¡Gestión de información, conocimiento, monitoreo, seguimiento y evaluación. Esta estrategia consiste en el fortalecimiento de las “capacidades. y recursos para mejorar la información y el conocimiento que sustenta los ; procesos de toma de decisiones para la salud de lá población victima det ¡ i conilicto armado. La evidencia generada debe permitir orientar, ajustar € ; incidir en las mejores formas. de abordar tos retos y desafíos que significa ¿ los nuevos escenarios de paz y reconciliación. ; implica también “consolidar los mecanismos de monitoréo. seguimiento y | evaluación de tas políticas y respuestas en salud dirigidas a la población ' victima del conflicto-armado.

Artículo ANEXO (99/133)

Define la necesidad de fortalecer el sistema ! h de seguimiento y monitoreo a las atenciones de las víctimas de tal forma ' ¿ que pueda integrarse al Sistema de Gestión de Datos (Bodega de Datos ' de SISPRO) y al sistema de seguimiento y monitoreo del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021. | En la actualidad esté Ministerio cuenta con un instrumento vía Web en: donde se registran las atenciones psicosociales brindadas a través de ta! modalidad psicosocial del PAPSIVI y se encuentra integrada al SISPRO y alimenta el Cubo de Victimas. * Aumentar los niveles de salud y calidad de vida de la población víctima del conflicto armado a través de la promoción y fortalecimiento de los procesos de: participación social y gabernariza en salud Estrategias a Definición de las estrategias implementación de fa Política. de Participación Social en Salud (Resolución No. 20863. de 2017) con: enfoque diferencial hacia lá población Victima del Conflicto Armado Esta estrategia consiste en asegurar que las: planeando y ejecutando para lograr la implementación progresiva de la | Política de Participación Social en Salud (PPSS), garanticen la inclusión y visibilidad de la población víctima del conflicto armado. Promoción de la corresponsabilidad de la población victima del conflicto armado frente al mejoramiento de sus condiciones de vida y salud.

Artículo ANEXO (100/133)

Esta estrategia consiste en posicionar la participación de las per la comunidad frente a las acciones de autogestión y autocuidado de la; salud, E Establece la necesidad de proveer a la gente información suficiente, ¿ pertinente y objetiva sobre la salud y la gestión de la misma Como: resultado se espera génerar una mayor comprensión de los problemas, * los, retos y fas: oportunidades que se tienen para mejorar fa salud. ; Señala la necesidad de implementar una agenda que permita mejorar; continuamente el acceso de las personas victimas a la información ; sobre sus derechos y deberes en salud y sobre los mecanismos para acceder a las distintas rutas de atención diseñadas para los casos | particulares que les concierne. Lo anterior deberá traducirse en mejores decisiones a nivel individual y | comunitario y en soluciones e iniciativas que logren incidir _en el! : co e RESOLUCIÓN NÚMERO» w + -2403 pg 31 DIC 202 Continuación resolución "Por la-cuaf.se modifica la Resolución 1841 dé.2013, en el.sentido de adoptat el capitulo diferencial para la población victima del conílicto armado en Colombia, como parte del Plan Decenal de.

Artículo ANEXO (101/133)

Salud Pública — Estrategias a -Definición:de las estrategias mejoramiento de las condiciones de vida de la población vicima del | conflicto armado. mad Fortálecimiento de la gobernanza para la planificación territorial en salud con enfoque diferencial hacia la población victima del Consiste en fortalecer las capacidades institucionales y comunitarias frente a la formulación participativa de los planes territoriales de salud. : Busca desarrollar las capacidades para identificar y priorizar bajo la metodología Pase a la Equidad en Salud las necesidades de la: conflicto armado población víctima del conilicto atmado de tal forma que los próximos PTS ¡incorporen respuestas diferenciales y efectivas para esta! población. : Establece la ejecución de un proceso de asistencia técnica dirigido. a las + entidades nacionales y territoriales para la incorporación del enfoque* diferencial de la población victima del conflicto armado en tos planes territoriales de salud y en lo demás instrumentos de planeación que! incotporan acciones. que impactañ en la salud y el bienestar de la! población. : Igualmente, en el marco de la implementación del PAPSIVI y otras : estrategias psicosociales lideradas por este Ministerio, señala el! fomento: de ta participación de distintos actores institucionales y! comunitarios en los espacios pedagógicos diseñados para orientar la ¡ implementación de las diversas estrategias del Programa de Atención a : Victimas (Ej.

Artículo ANEXO (102/133)

Curso Virival en Enfoque Psicosocial; Cúrso presencial o virtual en atención en salud con enfoque psicosocial. . ¡ Esta estrategia se concibe desde dos perspectivas, una consiste en; H crear los espacios y mecanismos para que los actores institucionales ¡ del sistema de salud puedan informar sobre las acciones, Jecursos. : resultados y demás aspectos relacionados con la gestión. de la salud | para la población victima del conflicto armado, la otra implica definir e ¡ implementar los mecanismos a través de los cuales los representantes $ de.la población víctima del conflicto ármado también informan a la; población que representan sobre las gestiones y la participación ! realizada para incidir en las politicas que impactan en la salud y la! calidad de vida de esta población, ; e a e m] 7. INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE DIFERENCIAL PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN LA PLANEACIÓN TERRITORIAL EN SALUD Generación de espacios para la rendición de cuentas y transparencia en salud. con la población victima dei conflicto armado Le corresponde a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, en cumplimiento de las competencias asignadas en materia social y de las responsabilidades derivadas de la normatividad expedida para la.garantía.de los derechos dela población víctima del conflicto armado. la incorporación de este capitulo diferencial para:esta población en sus Planes Territoriales de Salud -PTS- como insirumento dela función pública para la planeación territorial, el cual se formula cada cuatro años, obedeciendo a la Ley 152 de 1994, estableciendo en su Artículo 1?.- Propósitos. La presente Ley tiene comio propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la. elaboración, .aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los. planes de desarrollo, así comio la regulación de-los demás aspectos contemplados por-el artículo 342, y en general por el

Artículo ANEXO (103/133)

artículo 2. del Título XIf de la constitución Política y demás normas constitucionales que.se refieren al plan de desarrollo y la planificación”, lo que refiere que las metas sanitarias cuatrianuales se materializan y ejecutan enel marco de los Planes Temitoriáles de Salud, en coherencia Y armonización en los establecido en la Resolución 1536 de 2015, la Resolución 2626 de 2019 o las normas que la modifiquen o las sustituyan y en consecuencia, su:ejecución con la participación de- los diferentes actores implicados en las respuestas que buscan el mejoramiento de la calidad de vida y bienestar de está población. 7.4. Competencias Las competencias territoriales, respecto del sector salud, definen el deber de las entidades territoriales en cuanto aí Plan Decenal de Salud Pública en los planes territoriales de salud. Al respecto. .se tienen, entre otras, cómo normas guia, la Constitución Política, articulos 49, 298, 311, 356 y 357, las Leyes 152 de 1994, 715 de 2001, articulos 43, 44-y 46; 1438 de 2011, 1448 de 2011, artículos 135 a 138 y 174; la Resolución 1841 de 2013; Resolución 1536 de 2015 y la Resolución 2626 de:2019 de este Ministerio. su nomert ví 2405 a RESOLUCIÓN NUMERO: v v - és DE 2021 PÁGINA 45 DE-55 Continuación resolución “Por la cual se modifica la Resolución 1841 de -2013, er el sentido de adoptar etcapitilo diferencial para la población víctima:del.conflicto.armado.en Colombia, como parte del Plan Decenal de Salud Pública — 7.2.

Artículo ANEXO (104/133)

Lineamientos La incorporación del capítulo diferencial para la población víctima del conílicto armado.en los PTS es esencial para que anivel de los departamentos, distritos y municipios se contribuya a la superación delas afectaciones que el conflicto armado ha dejado sobre las condiciones de vida y bienestar de esta población. Así, los PTS deberán reflejar las necesidades, desigualdades e inequidades en sálud que enmarcan. ta realidad de este colectivo en cada territorio. Por tario, la ruta de incorporación considera como elementos conceptuales, transversales y fundamentales el enfoque diferencial y tas acciones afirmativás. Desde ta perspectiva metodológica define los componentes de participación, concertación y coordinación interinstitucional e intersectorial, como pilares para la incidencia en los determinantes sociales que requieren ser transformados para responder de manera efectiva a las demandas de esta población. La Estrategia PASE a la Equidad en Salud está definida :en la Resolución 1536 de 2015 y constituye la herramienta de planeación en el proceso de formulación de los. PTS. Por tanto, su aplicación se convierte en el instrumento operativo que permite llevar a la acción los objetivos definidas en el Plan. Decenal de Salud Pública 2012-2021 y en su capitulo diferencial. De lo:anterior, se asume que los contenidos. y orientaciones de este capitulo constituyen un insumo para los procesos de planeación territorial y en salud que se adelantarán en los próximos periodos de gobierno. Bajo este escenario, las respuestas en salud parten de diagnósticos. situaciónales que se traducen en la incorporación de acciones con abordaje individual, familiar y comunitario dirigidas a la población VCA de acuerdo a la realidad de cada territorio. Esto exige la coordinación y articulación: con mecanismos de planeación existentes y estrategias o iniciativas que provienen de distintos. ámbitos institucionales” para atender y reparar a las personas afectadas por el conflicto armado.

Artículo ANEXO (105/133)

Como referente fundamental de este proceso se deben tener en cuenta los Planes de Acción Territorial como :el principal instrumento para operativizar las medidas de prevención, protección, asistencia, atención y. reparación integral de las victimas, según lo previsto en la Ley 1448 de 2011 y según el reconocimiento que los propios representantes de las. víctimas le han otorgado. Ahora bien, bajo el marco de aplicación de la Estrategia PASE, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones a partir de los procesos definidos: Primer Proceso, Alistamiento institucional: Se debe contar con la presencia y tener interlocución con los representantes de la población víctimá del conflicto armado en el territorio y fomentar las condiciones institucionales para lá incorporación de insumos de planeación y metodológicos especificos para esta población, Segundo proceso, Ruta Lógica para la Formulación de Planes Territoriales de Salud. Se deben surtir los momentos que permiten identificar, comprender y responder con enfoque diferencial a las situaciones de la población víctima del conflicto armado existentes en el territorio, contando con la participación de sus representantes. Implica identificar, explicar y comprender tas situaciones específicas de esta población para plantear la respuesta según las particularidades y los derechos inherentes.

Artículo ANEXO (106/133)

Como paríe de este proceso, los análisis de situación de salud (ASIS) con enfoque de determinantes sociales de la salud y caracterización de la población VCA se integran-a los lineamientos y metodologías dispuestas por-el Ministerio de Salud y Protección Social que determinen un abordaje diferencial para la población victima del conflicto armado y adicional, se promueve la gestión de información y conocimiento sobre las condiciones de vida y salud de esta población, de tal forma'"qué se logre definir a adaptar, a partir de ta evidencia y comprensión de las dinámicas de salud-enfermedád y de mus determinantes sec en los territorios, respuestas o rutas específicas de atención para avanzar en la garantia del derecho a la sálud de esta población, Como insumo fundamental para-este proceso se cuenta con el Comunicado Conjunto No. 4 del Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad de Atención y Reparación Integra! a las Víctimas del Conflicto Armado (VARIV) vigente a partir del 14 de septiembre del año 2018, él cual provee instrucciones a los actores del SGSSS para cruzar sus bases de datos con el Registro Único de Víctimas (RUV) y asi lograr identificar plenamente a las personas víctimas que viven en sus territorios. Como resultado se podrá hacer una caracterización reai de la situación de salud de esta población y asi fortalecer los ASIS y los procesos de plantificación territorial con enfoque diferencial.

Artículo ANEXO (107/133)

Continuación resolución “Por la cual se-modifica la Resolución 1841 de 2013, en el sentido de adoptar el capitulo diferencial para la población víctima del conflicto armado en Colombia, como parte del Plan Decenal de Salud Piública — Otro insumo fundamental en este proceso corresponde al diagnóstico y a las líneas de acción propuestas en este capítulo, las cuales deben ser revisadas y analizadas a la luz de la realidad y necesidades de cada territorio, para. definir su adaptación e incorporación en los próximos PTS a partir de los procesos participativos y de concertación que define la Estrategia PASE a la Equidad. Tercer Proceso, Gestión Operativa: Está integrado por dos pasos: 1) Elaboración.del Componente Operativa Anual de Inversiones en Salud (COAI) y 2) Elaboración del Plan de Acción en Salud (PAS),-en los cuales se deben garantizar recursos del sector y de otros sectores, con responsabilidades asociadas a los objetivos y metas proyectadas para esta población del territorio. Es fundamental que los objetivos, metas, programas y subprogramas qué se hayan definido para las poblaciones de victimas, estén debidamente armonizadas con lo determinádo:en otros instrumentos de planeación existentes y normados para responder a la garantia del goce efectivo de derechos de las victimas del conflicto armado. Igualmente, como. parte del proceso para la materialización de lo definido, $e debe involucrar estos aspectos en los proyectos inscritos 0-a inscribir en el Banco de Proyectos de inversión, Así mismo, lo formutado en los objetivos y metas se debe tener en cuenta como insumo de los posteriores procesos de Monitoreo y Evaluación y de Rendición de Cuentas.

Artículo ANEXO (108/133)

El Ministerio de Salud y Protección Social realizará seguimiento a la implementación de las lineas de acción que hacen parte integral del presente capitulo a través de lo incorporado-en los Planes Territoriales de Salud de las entidades territoriales, Así, el principal indicador de seguimiento e implementación de éste capitulo se refiere a los PTS que incorporan e implementan acciones diferenciales dirigidas a la población víctima del confiicio armado de manera concertada con sus representantes. 8. RESPONSABILIDADES DE LOS. ACTORES 8.1. Responsabilidades de los departamentos, distritos y municipios a) Adoptar los contenidos establecidos en este anexo en:el Plan Territorial de Salud, proponiendo orientaciones de carácter estratégico tendientes a mejorar lás condiciones de vída de la población victima del conflicta armado, b) Realizar el 'seguimiento y evaluación de las metas de continuidad, cobertura y calidad establecidas para la. población victima del conflicto armado como: instrumento gerencial de programación y control de ejecución anual. c) Promover fá adecuada representación de todos los actores én el proceso de planeación, garantizando la participación de la población víctima del conflicto armado para ta priorización de las acciones en salud que se incluirán en el Plan Territorial de Salud. d) Adelantar las acciones necesarias para la coordinación entre. las instituciones de la entidad territorial y la población víctima del conflicto armado. relacionadas con temáticas de salud con el objetivo de mejorar las condiciones de vida.de esta población. e) Promover la participación de la población víctima del conflictó armado y de la Mesa de Participación Efectiva dela Población Víctima del Conflicto Armado en esceriarios de control social y rendición de cuentas frente a la ejecución de los planes territoriales de salud y ta implementación de este capítulo.

Artículo ANEXO (109/133)

f) Enel caso de los departamentos, apoyar con asesoría técnica a los municipios; para el desarrollo de procesos participativos y la debida inclusión del enfoque diferencial en la planeación territorial y en la ejecución de planes, proyectos y acciones dirigidos a la atención en salud ta población víctima del conflicto armado. g) Implementar y mantener sistemas de información e indicadores de gestión; con enfoque diferencial, como soporte a la toma de decisiones. hi) Elaborar el Análisis de Situación de Salud-ASIS bajo el modelo de determinantes de la salud y con enfoque :diferencial, a partir de los procedimientos y las. herramientás. definidas por el Ministerio para que sirva de insumo al proceso de planeación territorial. Ahora bien, particularmente las secretarías de salud: i) Implementar estrategias locales para el aseguramiento prioritario de la población víctima no asegurada

Artículo ANEXO (110/133)

3) Revisar y ajustar alas redes integrales de servicios de salud y atenciones a población victima en los planes de Intervericiones colectivas, cón base en el componente caracterización, para que sean suficientes ante las necesidades de atención en salud de la población víctima. 31 DIC 202 Continuación resolución “Por fa cual $e modifica la Resolución 1841 de-2013, en el.senfido-dé adoptar el capítulo diferencial para la población victima del conflicto armado en Colombia, como parte del Plan Decenal de. Salud Pública — PDSP: 2012-2021" 8.2, Responsabilidades de tas entidades promotoras de salud y demás entidades. obligadas a compensar, administradoras de los regimenes Especial y de Excepción: a) Organizar la forma.y mecanismos que permitan el acceso de la población victima del conflicto armado a los servicios de salud a nivel nacional. b) Instaurar procedimientos que garanticen el acceso de la población víctima del conflicto armado a las IPSen su área de influencia o en cualquier jugar det territorio naciónal, c) Implementar los protocolos y orientaciones otorgadas desde este Ministerio para identificar y gestionar el riesgo. y la atención en salud de la población víctima del conflicto armado d) Coordinar con la.secretaría de salud departamental la revisión y ajuste a las redes integrales de servicios. de salud. e) Garantizar la atención en salud a la población víctima según las indicaciones del protocolo. f) Definir un marco de reporte y seguimiento a tas atenciones en salud con enfoque psicosocial de la población víctima.

Artículo ANEXO (111/133)

9) Hacer seguimiento a fas atenciones brindadas a la población víctima en el marco del. protocolo por parte de su red integrada de servicios de salud. Para ello se recomienda que ls enlaces departamentales PAPSIVI de las entidades promotoras de salud y demás entidades obligadas a compensar, administradoras de los regimenes Especial y de Excepción sostengan una comunicación fluida y encuentros periódicos de seguimiento.con el profesional de lá salud de los equipos de atención psicosocial (donde los hubiere). 8.3. Responsabilidades de las instituciones prestadoras de servicios de salud a) Garantizar la atención integral en salud a la población víctima del conflicto armado en el marco del cumplimiento de sus funciones y de la normatividad vigente que oriente la adopción del enfoque diferencial para la atención en salud. b) Diseñar y ejecutar las estrategias de demanda inducida y de búsqueda. activa de la población victima del conflicto armado que pertenece a los grupos más vulnerables para garantizar la realización de las actividades, procedimientos e intervenciones de protección especifica y detección temprana y.la atención de las-enfermedades de interés en salud pública. ajustadas a las prioridades territoriales y al enfoque diferencial. c) Implementar los protocolos. y orientaciones otorgadas desde este Ministerio para. identificar y gestionar el fiesgo y la atención en salud de ta población victima del conflicto armada 8.4. Responsabilidades de los Comités Territoriales de Justicia Transicional Les corresponde, en el ámbito de sus competencias: a) Promover a nivel territorial la articulación y coordinación requerida para lograr que politicas públicas en el marco de la atención, asistencia y reparación integral a las victimas, incluyan acciones para la salud de la población víctima del conflicio.armado en consecuencia con el PTS.

Artículo ANEXO (112/133)

b) Gestionar ta incorporación 'en los Plaries de Acción Territorial (PAT) los compromisos relacionados con la salud pública que se acuérdeñ con la población víctima del conflicto armado en su respectivo contexto territorial, c) Gestionar la asignación o consecución de los recursos financieros para la ejecución de los proyectos dirigidos almejoramiento de la salud de la población víctima del conflicto armado 8.5. Responsabilidades de la población víctima del conflicto armado a) Participar en los espacios para ta priorización de las acciones en salud que se incluirán en el Plan territorial de salud. b) Fomentar la pariicipación y coordinación de actores comunitarios en la ejecución de proyectos dirigidos a mejorar condiciones de vida de población víctima del conflicto armado e incidir en determinantes sociales de la salud. c) Participar en escenarios decontro! social rendición de cuentas frente a la ejecución de los planes territoriales de salud. 8.6. Responsabilidades de los miembros de las mesas de participación de victimas del nivel municipal, distrital, departamental y nacional a las que hace referencia la Ley 1448 de 2011 a) Promover y participar en los procesos de divulgación, implementación y seguimiento a la adopción de los contenidos del capítulo en fos distintos instrumentos de planificación territorial, 31 DIC 20M E Continuación resolución “Por la cual se modifica la Resolución 18417 de 2013, en el.sentido de adoptar el capitulo diferencial para la población víctima del conflicto armado en Colombia, como. parte del Plan Decenal de Salud Pública — b) Participar en espacios de control social y rendición de cuentas frente a los compromisos establecidos en relación con la implementación de este capítulo.

Artículo ANEXO (113/133)

c) Promover la movilización de esfuerzos y recursos sectoriales, intersectoriales y comunitarios para la implementación del capítulo de víctimas. 8.7. Responsabilidades de las Organizaciones Defensoras de Víctimas y de Derechos Hiimanos Les corresponde, en el ámbito de sus competencias: a) Contribuir en la. generación de mecanismos para la divulgación del capitulo de victimas. b) Promover ta participación de la población victimá del cónflicto armado en los escenarios de planeación para la salud pública. 8.8. Responsabilidades del Subcomité Técnico de Medidas de Rehabilitación Les corresponde, en el:ámbito de sus competencias: a) Contribuir con la incorporación de los conceptos y elementos del capítulo de victimas en los lineamientos que se desarrollan para orientar a las entidades territoriales en la formulación de los planes de acción dirigidos a garantizar la aplicación y efectividad de las medidas de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas, b) Propiciar los espacios de interlocución con.las entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación a Víctimas (SNARIV) para socializar y divulgar el capítulo de victimas y su incorporación, según pertinencia, en los programas de atención a esta población,

Artículo ANEXO (114/133)

9. FINANCIACIÓN Por ser este un capítulo las fuentes de financiación corresponden a las definidas en el Plan Decena! de Salud Pública, a las estipuladas.en la Resolución 1536 de 2015 referidas al componente de inversión plurianual de salud del plan territorial de salud, y a las demás que se-encuentran vigentes a se adicionen para la gestión de ta salud pública a parir de ta normatividad nacional. No obstante, lo recursos financieros nacionales departamentales y municipales destinados al cumplimiento de la atención y reparación integral de la población victima del conflicto armado podrian constituir una alternativa de financiación adicional, eri la medida en que sea viable su vinculación a las acciones de sálud y protección social que se definan como resultado de la planificación territorial en salud. Es importante reconocer en este componente la necesidad de coordinación y articulación de las tespuestas en salud. de la-población victima con las. diferentes. entidades, planes e instrumentos que ha dispuesto:el Gobierno nacional y quese integran al Sistema Nacional dé Atención y Reparación Integral a las Víctimas y. más aún, entre la nación y las. entidades territoriales. Por tal razón, la asignación financiera para el cumplimiento de las metas en salud que se definan en los planes territoriales de salud dirigidas hacía la población victima del conflicto “armado, deberán estar respaldadas por un análisis previo frente a las fuentes de financiación y proyectos que se tienen previstos o se adelantán a nivel nacional, departamental, distrital y municipal para esta población. También es importante identificar los recursos que provienen de organismos de cooperación internacional y asi lograr optimizar y establecer las-sinergias que permitan contribuir a la reparación integral y transformadora de las víctimas del conflicto armado. 10.

Artículo ANEXO (115/133)

MONITOREO Y EVALUACIÓN El capitulo diferencial para la población víctima del conflicto armado, se integra al sistema de monitoreo y evaluación definido por este Ministerio, con el fin de establecer los avances y logros.de los objetivos y las metas sanitarias definidas para diferentes grupos diferenciales y su contribución a. los objetivas estratégicos del PDSP. La metodología para el monitoreo y evaluación de los PTS inscrita en el proceso de planeación integralen salud y desarrollada a través de la metodología PASE a la. Equidad en Salud, permitirá establecer las contribuciones de las entidades territoriales objetivo general del capitulo. Así, el componente de víctimas del PDSP, adopta la. metodología para. realizar la medición del monitoreo y evaluación de los PTS denominada “Medición del desempeño de la gestión integral en salud en las Entidades Territoriales", la cual se desarrolla Continuación resolución “Por la cualse modifica la Resolución 1841 de 2013, en el sentido de.acloptar el capiluto diferencial para la población victima del conflicto armado en Colombia, como parte del Plan Decenal de Salud Pública — a través del análisis de cuatro componentes que se integran en un indicador sintético denominado Índice de Gestión Integral en Salud (1GIS). Dichos componentes son: Gestión institucional, Eficacia Técnica, Eficacia Financiera, Eficiencia.

Artículo ANEXO (116/133)

En concordancia con la metodologia de medición del desempeño de ta gestión integral en salud en las entidades territoriales, para el monitoreo y evaluación del contenido del capitulo de victimas,. se adoptan los momentos de medición definidos así: Monitoreo a la gestión operativa del PTS y Evaluación del PTS: Ahora bien, teniendo en cuenta que las líneas de acción tienen un carácter orientador, tanto las entidades territoriales como las entidades del orden nacional, de acuerdo a las metas seleccionadas e incorfioradas a planes de acción del nivel nacional o'territorial, podrán definir los mecanismos de monitoreo y evaluación y su integración con los instrumentos ya existentes en el marco de la gestión de la salud pública, la cual se hace a partir de los objetivos y metas establecidas para cada una de las dimensiones del Plan Decenal de Salud Pública o de las demás políticas que incorporan respuestas diferenciales dirigidas a la población víctima del conflicto armado. Igualmente, las futuras evaluaciones de procesos y resultados que se realicen al PDSP..deberán incorporar los métodos y estrategias adecuadas para generar información frente a los resultados de la implementación de capitulo diferencial para la población víctima -del conflicto armado. 41. BIBLIOGRAFÍA A, Z., Blumenfeld O, N,-S., Gottfried, D., Y, T.R., £ E, H. (2012). Increase ín the incidence of type 1 diabetes ín Israel children followirig the Second. Pediatr Diabetes, 13(4), 326-33. Achoteguí,.J, (2004). Emigrar en situación extrema: El sindrome del inmigrante con estrés crónico y múltiple (Sindrome de Ulises). Norte de salisd mental (24), 39 - 52. Agudelo, £., Gallo, N., € Martínez, M. (2011). Situación de salud y derechos sexuales y reproductivos de niños. niñas y adolescéntes, bajo abuso y explotación sexual comercial, en situación de calle e institucionalizados.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 265), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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