Por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico "Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031"

Resolución · 2367 · 2023-12-29 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 361–380 de 610

Artículo ANEXO (357/606)

Allí está el origen, la vida, los alimentos, la historia, los recursos de la sabiduría ancestral, los sitios sagrados, las representaciones sociales y culturales, los mitos, las leyendas, las formas de autoridad RESOLUCIÓN NúmERez000236 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No.221 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — y gobierno propio, la sacralidad, la lucha y resistencia de los pueblos indígenas en sus procesos. Además, proporciona el soporte y las condiciones para la armonía, el equilibrio y el "buen vivir o vivir bien", es así como las desarmonías y todo lo que lo afecte, son causas generadoras de problemas de salud. En suma, es el escenario cultural y las condiciones naturales fundamentales en el que se desarrolla y posiciona la existencia pasada, presente y futura de los pueblos indígenas, por lo que no poseerlosugiere un factor de riesgo colectivo y desarmonía que impide su normal desarrollo socio cultural. Se reconoce a los territorios Indígenas su condición de organización político- administrativa de carácter especial, que les permite el ejercicio de las competencias y funciones públicas establecidas en el decreto 1953/2014, a través de sus autoridades propias. En este sentido, la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas supone, entre otras, la atribución de competencias en materia de salud y educación, agua potable y saneamiento básico, y el otorgamiento de los recursos necesarios para ejercerlas de manera directa, tal y como lo establecen el numeral 1 del artículo 25 y los numerales 2 y 3 del artículo 27 de la Ley 21 de 1991, mediante la cual se aprueba el Convenio número 169 de la OIT (Presidencia de la República, 2014).

Artículo ANEXO (358/606)

Comprende tierras ocupadas y poseídas por estos pueblos ancestralmente, que debe incluir su espacio vital y socioeconómico, en dicho territorio no se debe observar al indígena como un objeto en el paisaje sino como un ser activo que hace parte de un hábitat en el cual puede cazar, recolectar o pescar, así mismo, donde conformará su familia y le enseñará sus sucesores su forma de concebir el mundo, reclamando que no existe una sola forma de desarrollo y progreso (Espinoza Sauceda, 2016) y (Baez, 2017). "La territorialidad indígena es un tejido diverso, de un complejo entramado y particular construcción para cada pueblo o comunidad, que responde a un amplio legado cultural donde su urdimbre es la cosmovisión territorial es un medio y no un fin. Confluye el concepto de memoria y oralidad, lo sagrado, el reconocimiento de las prácticas tradicionales y rituales, las representaciones espaciales propias como apuestas colectivas de construcción de territorio, como un ejercicio de resistencia a las propuestas de ordenamiento. Así, los pueblos indígenas desde sus conocimientos, prácticas y legado cultural podrán seguir confrontando los regímenes y esquemas coloniales perpetuados en nuestros Estados, desde donde se mira y organiza elterritorio y la vida colectiva de las comunidades" (Villamil Ruiz, 2020).

Artículo ANEXO (359/606)

RESOLUCIÓN NÚMER90002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 222 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Identidad cultural indígena: Está asociada con el sentido de pertenencia que tienen los pueblos indígenas con el territorio y un conjunto de elementos materiales e inmateriales tales como humores, energías, vida espiritual, idiomas propios, vivienda, folclore, música, artesanías, juegos ancestrales, semillas, entre otros, que recrean y le dan un simbolismo especial a la cultura propia de determinado pueblo indígena. Determina el modo de vida propio que tienen las comunidades, estudia los procesos socioculturales, territoriales, políticos, productivos, y los usos y costumbres. Desde el sentido global, se trata de una identidad cultural colectiva que es sujeto de estudio para comprender el grado de identidad que tiene los pueblos indígenas, dado que existen determinantes externos e internos que difieren directamente a las formas de vida, proceso de desarrollo, progreso y el nivel y forma de interculturalidad. Sistemas de conocimiento: Para los pueblos indígenas en los sistemas de conocimiento se desarrollan los usos y costumbres, los cuales son conocimientos, sabidurías, acciones, enseñanzas o consejos que son ejemplos de vida o hacen parte del diario vivir. En el proceso de organización sociocultural de los pueblos indígenas, los usos y costumbres son las leyes colectivas que hacen parte de la convivencia, pero también son leyes individuales dado que determinan el comportamiento y la identidad de cada persona en su reconocimiento como integrante de cierta comunidad indígena. •• Sabiduría ancestral: La sabiduría ancestral de cada pueblo indígena contiene el saber propio y las costumbres que durante miles de años han estado en el conocimiento indígena.

Artículo ANEXO (360/606)

Está fundamentada en los códigos de cada espacio y es transmitida de generación en generación a través de la tradición oral, vivencias, usos y costumbres, mitos y acciones propias, como aspecto esencial para la pervivencia de los individuos, la comunidad, los grupos sociales y los pueblos indígenas, como sujetos colectivos de unas culturas propias. Está inmersa en el sistema médico tradicional o propio y contiene un conjunto amplio de recursos, saberes y acciones con métodos de protección, sanación y curación física y espiritual a nivel individual, familiar y colectivo, así como del territorio. Es un conocimiento desarrollado por sabedores ancestrales como médicos, sanadores, rezanderos, hierbateros, pulseadores, parteras, sobanderos, entre otros, con experticia y/o diferenciación en especialidades de diversas áreas en torno a los procesos del "buen vivir o vivir bien" y "desequilibrio o desarmonía". Gobernabilidad: Se relaciona con el ejercicio práctico de las normas a nivel social, dentro de instituciones propias y con autoridades de carácter propio, que procuran por la RESOLUCIÓN NÚMERJ UG 235 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No.223 de 381 Resolución 1035 de 2022, y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — armonía y el buen vivir entre las personas y grupos que habitan e interactúan en y con el territorio. Para el desarrollo de la gobernabilidad, los pueblos indígenas tienen estructuras políticas propias desde su cosmovisión, ley de origen y su aplicabilidad está dada a través de diversos mecanismos, entre los cuales están los usos y costumbres. En consecuencia, existen autoridades indígenas que tienen la responsabilidad de orientar el cuidado, buen manejo y equilibrio en el territorio y que transfieren estos mandatos a otros miembros de la comunidad, generando su perdurabilidad aún en nuevos contextos.

Artículo ANEXO (361/606)

Reciprocidad: Es el proceso a través del cual se retribuye una acción con fundamento en las relaciones entre los seres humanos y espirituales que habitan el territorio, expresados en prácticas o rituales ancestrales, en los intercambios de saberes, la comunidad, yen todos los espacios de la vida, propendiendo por el cuidado de la salud como un derecho fundamental. Así mismo, implica la corresponsabilidad del pensamiento, la acción y los deberes entre la institucionalidad, los pueblos y las comunidades indígenas, en aras de preservar en armonía y equilibrio la salud integral del territorio, la cultura, la autonomía y gobernabilidad, en el marco de la constitución nacional y el estado pluricultural. A partir de los principios y fundamentos que son base esencial del "buen vivir" y el "bien estar" para los pueblos y comunidades indígenas, se identifican los elementos orientadores del marco estratégico para la planeación con pueblos y comunidades indígenas que se direccionan y orientan al PDSP 2022-2031 a partir del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural -SISPI. 8.2.1.2 Planeación estratégica en salud a partir de la autonomía y gobernabilidad de los pueblos y comunidades indígenas. Es el proceso orientado a generar condiciones territoriales para la operatividad de la política de salud, desde los desafíos relacionados en los planes de vida y/o el que haga sus veces, que pueden estar escritos o en la trasmisión oral de los pueblos indígenas.

Artículo ANEXO (362/606)

La planeación facilita la identificación de las condiciones de salud en los territorios o insumos que faciliten el análisis y la torna de decisiones, que contribuyan al "Buen Vivir" de la persona, la familia, la comunidad y el territorio desde las dinámicas de cada pueblo y comunidad indígena del país. :RESOLUCIÓN NÚMERP H2367 DE 2J1t 2023 Hoja No. 224 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Autonomía: Desde la salud, la autonomía expresa la sabiduría de las comunidades sobre la medicina tradicional, y la capacidad de determinar los alcances que tiene la medicina tradicional dentro de sus territorios; desde lo económico, es la resistencia por mantener los sistemas de alimentación propios como es la huerta, la chagra, el conuco, el tul, etc. También expresa la capacidad de organización colectiva y el ejercicio de autoridad que tienen los pueblos indígenas para poder ejercer control, brindar protección, seguridad territorial, emprendim lento, liderazgo y gestión. los pueblos indígenas, aplicando su autonomía, dan a conocer qué es lo que se quiere para sus pueblos y como quieren que se haga (Ministerio de Salud y Protección Social, 2021). Desde la salud, la autonomía es la capacidad que tienen los pueblos indígenas para asumir la responsabilidad de la salud, desarrollando la cultura tradicional de la salud propia en coordinación con la medicina no indígena También expresa la capacidad de organización colectiva y el ejercicio de autoridad que tienen los pueblos indígenas para poder ejercer control, brindar protección, seguridad territorial, emprendimiento, liderazgo y gestión. Así mismo se refiere a mantener los sistemas de producción y alimentación propia.

Artículo ANEXO (363/606)

Gobernabilidad: "La gobernabilidad implica la capacidad de la comunidad para lograr un equilibrio estable entre los sistemas político, económico, social, cultural, que permita conducir los asuntos públicos con transparencia y calidad en forma equitativa y armoniosa, eficaz y eficiente, en beneficio del bienestar de todos. En un sentido particular para las comunidades indígenas significaría la capacidad de la comunidad para lograr equilibrio de lo político, lo económico, lo social y lo cultural desde el ejercicio del gobierno propio que se enmarca en los planes de vida u otros instrumentos propios de los pueblos indígenas. Es decir, la gobernabilidad es el eje fundamental de las visiones comunitarias sobre dicho territorio, donde construimos tejido social y cultural, desde lo propio y lo intercultural" (Pérez Velásquez, 2019). La gobernabilidad para los pueblos indígenas se afianza desde la espiritualidad.

Artículo ANEXO (364/606)

Gobernanza En el marco de una gobernabilidad propia, la gobernanza permite la participación real y efectiva de los procesos político- organizativos de los pueblos indígenas, esto implica la toma de decisiones, por ende, el ejercicio de una autonomía, el control social, el relacionamiento equitativo con el gobierno territorial, nacional y , pueblos fronterizos, la inclusión y gestión de herramientas propias de planeación territorial orientadas por las estructuras propias en salud para la implementación del Sistema indígena de salud propia e intercultural-SISPI Para garantizar el ejercicio de la gobernanza multicultural en la gestión territorial integral de la salud pública basado en la acción conjunta, colaborativa y efectiva será necesario RESOLUCIÓN N ú mugí) O 02 36 7 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 225 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — partir de las estructuras orgánicas y políticas de los pueblos y comunidades que desarrollan su gobernabilidad y autonomía. Planeación: La planeación del cuidado se ordena, por la configuración que cada pueblo ha hecho de sus formas de cuidado y las condiciones de salud encontradas en los territorios, sin alejarse de los desafíos en salud establecidos en el plan de vida de cada pueblo u otras formas de planeación territorial. El proceso inicia con la revisión de las condiciones de vida identificadas en cada familia y territorio, estableciéndose un plan de cuidado familiar, comunitario y territorial. Los instrumentos propios de planeación pueden ser orales o escritos, y con los cuales se debe articular son: Plan de Vida, Plan de salvaguarda, Planes de reparación colectiva u otros instrumentos propios de los pueblos indígenas que involucren acciones colectivas e individuales (Subcomisión Nacional de Salud, 2019).

Artículo ANEXO (365/606)

Participación: La participación es el mecanismo de legitimación, apropiación y generación de compromisos para la realización de lo definido. Así, la participación de actores comunitarios, organizativos y autoridades propias de los pueblos indígenas se debe dar en la definición y realización de estrategias, acciones y procesos para el mejoramiento de las condiciones de salud (Ministerio de Salud y Protección Social, 2021). Para Rodríguez (2011), argumenta que la participación es la posibilidad real de ser parte activa de procesos, de las decisiones y de la gestión. Permite a los actores sociales actuar sobre todo aquello que afecta sus vidas, y reconocer sus intereses legítimos. A diferencia de esquemas paternalistas que trabajan para la gente, infiere en trabajar con la gente. Los involucrados deben tener participación y amplia en todo el ciclo de los planes, programas y proyectos que se realicen con ellos; y va más allá de solo consultar y después decidir a espalda de los consultados. La participación como herramienta genera la visibilización de capacidades locales existentes o generadas por la coyuntura, permiten a la población apropiarse de las respuestas, establecer prioridades y políticas respecto a sus afectaciones y/o problemáticas, auto reconociéndose como objetos transformadores y generadores de cambio en sus contextos; "la capacidad local es uno de los valores más importantes que debemos mejorar y que debe servir de sustento a nuestra acción" (Universidad Nacional de Colombia - UNAL, 2014, págs. 15-16).

Artículo ANEXO (366/606)

La interpretación cultural cuando surja alguna duda sobre la interpretación de los términos utilizados en el marco del SISPI, su alcance, objeto, o efectos, se acudirá a las disposiciones RESOLUCIÓN ~ER60002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No.226 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — constitucionales pertinentes, los postulados contenidos en la Ley 1751 de 2015, estatutaria del derecho fundamental a la salud, el principio pro homine, al pensamiento, lenguaje, ley de origen, Derecho Propio y Derecho Mayor de los diferentes pueblos. La consulta previa, libre e informada para que los distintos niveles de la administración pública garantizarán la aplicación del derecho fundamental y colectivo de los pueblos indígenas a la consulta previa, libre e informada y a la concertación, a través de sus autoridades tradicionales y organizaciones, en relación con las medidas y decisiones administrativas y normativas susceptibles de afectarlos directamente, así como en la formulación de planes, programas y proyectos sectoriales de salud pública (colectiva) que las afecten (Subcomisión Nacional de Salud, 2019). PLANEACIÓN ESTRATEGICA Gobernabilidad y gobernanza de la Salud pública Conocimiento en salud pública y soberanía sanitaria .• Personal de salud Estrategias Objetivos de las estrategias Garantizar el ejercicio del gobierno propio que se enmarca en las estructuras propias en salud de los pueblos indígenas. RESOLUCIÓN NÚMER00002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 227 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Garantizar la participación real y efectiva de los procesos político- organizativos de los pueblos indígenas en la planeación y ejercicio de la salud pública.

Artículo ANEXO (367/606)

Gobernabilidad, gobernanza y planeación Fortalecer las capacidades de las en la salud pública desde la visión propia organizaciones y colectivos de los pueblos de los pueblos indígenas indígenas en la planeación y participación como ejercicio del derecho a la salud. Garantizar la incorporación e implementación del ejercicio de planeación territorial desde las formas propias del cuidado de cada pueblo y las condiciones de salud identificadas en los territorios. El proceso inicia con la revisión de las condiciones de vida identificadas en cada familia y territorio, estableciéndose un plan de cuidado territorial, comunitario y familiar, considerando los diversos instrumentos de planeación que tienen los pueblos indígenas y con los cuales se debe articular: Plan de Vida, Plan de salvaguarda, Planes de reparación colectiva u otros instrumentos propios que involucren acciones colectivas e individuales. RESOLUCIÓN NÚMEM002367 DE 29 oic 2023 Hoja No.228 de 381 Cbntinuación de resolución por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capftulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Garantizar a actores comunitarios, organizativos y autoridades propias de los pueblos indígenas los mecanismos de legitimación, apropiación y generación de Participación como mecanismo de compromisos para la definición yrealización legitimación, apropiación y generación de de estrategias, acciones y procesos que compromisos para la salud pública de los aporten en el mejoramiento de las pueblos indígenas. condiciones de salud.

Artículo ANEXO (368/606)

Construir de manera conjunta con las autoridades indígenas y la Comisión Intersectorial de Salud Pública o quien haga sus veces el Plan de Acción para dinam izar el Eje de Gestión Intersectorial de los Determinantes Sociales de la Salud propios e interculturales y dar lineamientos sobre las acciones intersectoriales a los Consejos Territoriales de Seguridad Socialo quien haga sus veces. RESOLUCIÓN NÚMERG00623G7 DE 29 DIC 2023 Hoja No.229 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Herramientas de control, seguimiento y Definir de manera concertada con los evaluación de los indicadores de goce pueblos indígenas los elementos de efectivo del derecho a la salud control, seguimiento y evaluación para la presentación periódica de un informe sobre la evolución de los indicadores adecuados socio culturalmente de goce efectivo del derecho fundamental a la salud para los pueblos indígenas, el cual debe ser coordinado entre las entidades territoriales y las autoridades, organizaciones, estructuras propias en salud de los pueblos indígenas. En el ejercicio de planeación e implementación para la elaboración del PTS para las comunidades indígenas tener en cuenta las siguientes acciones desde el contexto de acción sin daño: Capacitar a todos los actores, pueblos y comunidades indígenas en la construcción del PTS para lograr el empoderamiento de estas comunidades. Garantizar la inclusión de todos los actores territoriales, involucrados en la formulación y ejecución del PTS para identificar intereses comunes que les permitan trabajar de manera conjunta en la formulación de actividades en beneficio de la salud de los pueblos y comunidades indígenas y demás existentes en el territorio.

Artículo ANEXO (369/606)

Fortalecer en conjunto con las organizaciones, autoridades y estructuras en salud indígena a las entidades territoriales en el conocimiento de la cosmovisión de los pueblos indígenas, su territorio, su contexto, condiciones y necesidades de salud, instrumentos de planeación, en la política pública nacional de salud SISPI, para realizar un análisis ético y de autorreflexión sobre las acciones en salud, los posibles impactos positivos y negativos en la salud de sus comunidades, así como de los posibles daños que puedan ócasionarse. Garantizar espacios de dialogo, consulta previa y consenso entre la entidad territorial, las instituciones prestadoras de servicios de salud y las comunidades indígenas, sabedoras y sabedores, con la participación de profesionales indígenas de amplio conocimiento en el contexto de su territorio, en medicina ancestral y demás usos y costumbres con el fin de proponer acciones que no atenten contra posturas ideológicas, y éticas ni a sus conocimientos de medicina ancestral.

Artículo ANEXO (370/606)

RESOLUCIÓN NÚMERGW2367 DE 29 OIC 2023 Hoja No. 230 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — 8.2.1.3 Desarrollo de los componentes del SISPI en los ejes estratégicos del Plan Decenal de Salud Pública - PDSP- 2022-2031 Componente de Sabiduría Ancestral En el marco del componente de Sabiduría Ancestral que guía el propósito del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural — SISPI, se hace necesario aludir a la esencia de este considerando las principales estrategias y objetivos necesarios para la formulación de los PTS, en este sentido, la sabiduría ancestral "son los conocimientos propios y espirituales de los pueblos indígenas, practicados culturalmente de forma milenaria y que se transmiten por generaciones a través de las autoridades espirituales permitiendo la existencia física y cultural de los pueblos indígenas. Su objeto es fortalecer y orientar las prácticas culturales de cada pueblo como núcleo fundamental en el desarrollo de los demás componentes del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI)" (Presidencia de la República, 2014). "Desde el origen de la vida y durante su desarrollo, la sabiduría ancestral, los recursos de la medicina tradicional y el entorno social, histórico, cultural y espiritual, interactúan para qué se establezca una estrecha relación del ser humano con la madre tierra, la familia y la comunidad, a través de actividades de fomento, protección, sanación y curación, todo esto ligado a ley de origen, dado que todo cuanto existe en el universo tiene vida y todo da fruto en estrecha relación con el entorno y para los pueblos indígenas, la reproducción está estrechamente ligada a esta ley, cuyo objetivo consiste en mantener la pervivencia del pueblo.

Artículo ANEXO (371/606)

La Sabiduría ancestral de cada pueblo indígena, contiene el saber propio y las costumbres acumuladas que durante miles de años han estado en el conocimiento indígena. Está inmersa en el sistema médico tradicional o propio y contiene un conjunto amplio de recursos, saberes y acciones con métodos de protección, sanación y curación física y espiritual a nivel individual, familiar y colectivo, así como del territorio. Es un don encomendado a sabedores ancestrales como médicos, sanadores, rezanderos, hierbateros, pulseado res, parteras, sobanderos, entre otros, con experticia y/o diferenciación en especialidades de diversas áreas en torno a los procesos del "buen vivir o vivir bien" y "desequilibrio o desarmonía" (Subcomisión Nacional de Salud, 2019). RESOLUCIÓN NÚMER90002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No. 231 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — SABIDURIA ANCESTRAL Conocimiento en salud pública y soberanía sanitaria Personal de salud Estrategias Objetivos de la estrategia Garantizar la elaboración de una caracterización para la identificación de los sabedores y/o médicos ancestrales, agentes de salud propia en los territorios en el marco de los PTS. Desarrollar espacios de protección para la transmisión intergeneracional de la sabiduría ancestral que sean Garantizar la incorporación en el permanentes y continuos dirigidos al cuidado de la ejercicio de la salud pública de las salud de los pueblos indígenas en el nivel territorial, de cosmovisiones, saberes y prácticas acuerdo con sus particularidades y estructuras propias: ancestrales de los pueblos consejo de sabios, mayores(as), sabedores (as), entre indígenas. otros.

Artículo ANEXO (372/606)

Incorporar en los Planes territoriales de salud - PTS acciones y actores específicos que fortalezcan y reconozcan la medicina ancestral como componente esencial en el desarrollo del sistema indígena de salud propio e intercultural con los pueblos indígenas. 40 Los sitios sagrados representan la base ordenadora del territorio, la red de conexiones entre los espacios naturales y el mundo. Son de gran importancia cultural en donde los pueblos indígenas establecen contacto espiritual con sus deidades y antepasados con la finalidad de obtener un aprovechamiento en los campos del conocimiento material y espiritual. Los sitios sagrados son parte importante del patrimonio tangible e intangible, que incluye todas las expresiones de la relación entre un pueblo, como colectividad, con su tierra, con otros seres vivos y con la sabiduría ancestral. Todos los aspectos de los sitios sagrados se relacionan entre sí y son inherentes al territorio tradicional de un determinado pueblo, este conocimiento de sitios sagrados se trasmite de manera cultural ancestral como los lugares acogimiento y recogimiento de sabiduría Fuente especificada no válida. 41 En los espacios de vida, que pueden ser "vital aéreo, marítimo y terrestre, están las historias de orígenes de los pueblos y naciones nómadas, sedentarios y seminómadas, sus deidades y espíritus, principios de armonía y equilibrio, solidaridad y reciprocidad, complementariedad con responsabilidad, acorde al ecosistema de donde somos originarios o nos hemos establecido, desiertos, llanuras, bosques, sabanas, montañas y costos; de allí la diversidad en sistemas económicos y alimentarios, estructuras sociales, políticas" Fuente especificada no válida.

Artículo ANEXO (373/606)

RESOLUCIÓN NÚMER6000236 7 DE 29 D1C 2023 Hoja No.232 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Fortalecer la línea del cuidado de los sabedores, parteras (os) y agentes de salud propia, como conocedores propios, para restablecer o mantener la armonía tanto individual, familiar, comunitaria, espiritual Reconocimiento, protección y o territorial, garantizando la alimentación, la vivienda, y regulación de los saberes, la dotación con insumos necesarios para el ejercicio de sabedores, prácticas ancestrales y su labor en la comunidad y el territorio. uso adecuado de la naturaleza Garantizar el desarrollo de acciones para la preservación y el cuidado de los sitios sagrados«) y espacios de vida41, en conjunto con los sabedores (as) ancestrales como eje fundamental para el ejercicio de protección, prevención y promoción del buen vivir.

Artículo ANEXO (374/606)

Reconocer a los sabedores y sabedoras ancestrales como personas con grandes conocimientos ancestrales utilizados para curar, restablecer o mantener la armonía tanto individual, familiar, comunitaria, espiritual o territorial Diseñar mecanismos de seguimiento y control frente a la práctica ancestral en el ejercicio de gobierno propio, para promover el buen uso y evitar prácticas y/o personal no autorizado, Coordinar la complementariedad entre la medicina occidental y tradicional para la atención y seguimiento de los pueblos indígenas mediante mesa de dialogo donde se definan sus alcances, límites y acuerdos para el fortalecimiento del cuidado de la salud propia Componente político organizativo Las entidades territoriales de acuerdo con sus competencias y necesidades, condiciones y características de su territorio, deberán adoptar los contenidos establecidos como resultado de la ruta de armonización, que formará parte de uno de los elementos orientadores para el Plan Territorial de Salud; así como coordinar la implementación en su área de influencia, de conformidad con los lineamientos concertado con los pueblos y comunidades indígenas a través de sus espacios participativos de legitimidad técnica y política con la Subcomisión de Salud Indígena de la Mesa Permanente de Concertación y el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo ANEXO (375/606)

RESOLUCIÓN NúmER6Ü002367 DE 29 DIC 2023 Hoja No.233 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — Para el desarrollo de la ruta de armonización en los planes territoriales de salud, las entidades territoriales en el marco de sus responsabilidades, propiciarán los espacios de participación, real y efectiva, en garantía del diálogo con ellos, a través de sus representantes: autoridades tradicionalesy líderes indígenas, para la inclusión de acciones propias e interculturales de los aspectos socio culturales de la población indígena, que les permita ampliar y comprender mutuamente el conocimiento de su situación de salud. Coherente con la definición del componente político organizativo del SISPI, encaminado al fortalecimiento de los procesos organizacionales, el respeto y reconocimiento de su autonomía y ley de origen que rige las dinámicas al interior del territorio indígena y en correspondencia con el Artículo 74. "... El SISPI se articula, coordina y complementa con el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), con el fin de maximizar los logros en salud de los pueblos indígenas". Ahora bien, en sinergia con el eje Estratégico de Gobierno y Gobernanza del PDSP, que ...reconoce la complejidad de su abordaje el cual requiere múltiples respuestas institucionales y sociales, que se sustentan en acuerdos de acción conjunta en contextos y territorios diversos, para incidir en los determinantes sociales y establecer el mejor nivel de salud posible (resultados en salud).

Artículo ANEXO (376/606)

A esta perspectiva de gobierno se agrega la gobernanza de la salud pública que se orienta a una toma de decisiones participativa, comprometida y legitima establecida a través de relaciones que se construyen con múltiples actores sociales gubernamentales y no gubernamentales y las estructuras de gobierno propio de los pueblos indígenas en cada territorio. Por lo anterior, se identifican las estrategias enunciadas en el PDSP 2022 — 2031 que recogen los elementos comunes entre los marcos citados: Generación de confianza social sustentada en el gobierno abierto, la inclusión social diversa, la rendición de cuentas y el cumplimiento de los acuerdos sociales en el ejercicio de la gobernanza en salud pública; la consolidación de mecanismos para el control de intereses y el acceso abierto a la información, procesos, decisiones y espacios colaborativos de gobierno y gobernanza en salud pública; y en la gestión de alternativas para la rendición de Cuentas adaptadas y apropiadas según los diferenciales poblacionales y territoriales para la población indígena. Consolidación de procesos de participación informada, incluyente, continua y RESOLUCIÓN NÚMER50061 2367 DE 29 D1C 2023 Hoja No. 234 de 381 Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3,4, 5, 6, 9, 10 y 11 del anexo técnico — empoderada de la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general según los contextos territoriales y la perspectiva de derechos; la promoción del pluralismo participativo en la gestión territorial integral de la salud pública basado en la acción conjunta, colaborativa y en los activos sociales; y el desarrollo de estrategias para el empoderamiento social y organizativo en salud pública y en mecanismos de responsabilidad social que apalanquen la acción común.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 80), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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